Acreditación de entidades prestadoras de servicios incluidos en el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura (MADEX) - Juntaex.es

Actualizado el 9 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Este trámite regula la acreditación de entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que ofrecen servicios a personas con discapacidad en Extremadura, dentro del Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura (MADEX).

¿Quién puede solicitarlo?

Entidades Públicas y Entidades Privadas sin ánimo de lucro de la Comunidad Autónoma de Extremadura que presten servicios de atención especializada a personas con discapacidad.

Requisitos principales

  • Ser una Entidad Pública o Privada sin ánimo de lucro de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • Prestar alguno de los servicios de atención especializada a personas con discapacidad establecidos en el artículo 4 del Decreto 151/2006.
  • Cumplir con las condiciones y requisitos establecidos en el Título II del Decreto 151/2006.

Plazos

El plazo de presentación está abierto durante todo el año.

Duración del trámite

6 meses

Información adicional

La acreditación permite que los servicios formen parte de la red pública de atención a través de conciertos.

Resumen

Este trámite permite a entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro obtener la acreditación para prestar servicios a personas con discapacidad en Extremadura, dentro del Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura (MADEX).

Quién puede usar este servicio:

Entidades Públicas y Privadas sin ánimo de lucro de la Comunidad Autónoma de Extremadura que presten servicios de atención especializada a personas con discapacidad.

Antes de empezar:

Es importante revisar los requisitos y la documentación necesaria para realizar la solicitud.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Solicitud de acreditación (disponible en: Modelo de solicitud)
  • Documento acreditativo de la personalidad del solicitante.
  • Tarjeta de identificación fiscal.
  • Memoria explicativa de la actividad a desarrollar.
  • Documentación que acredite el cumplimiento de las ratios de personal.
  • Justificantes de inscripción en la Seguridad Social.
  • Certificación del Registro de la Propiedad o contrato de arrendamiento del local.
  • Plan de emergencia y evacuación.
  • Póliza de seguros de responsabilidad civil.
  • Licencias municipales.
  • Reglamento de régimen interior del centro.
  • Horario de atención a los usuarios.
  • Número previsto de usuarios.

Requisitos previos:

  • Ser una entidad pública o privada sin ánimo de lucro.
  • Prestar servicios de atención especializada a personas con discapacidad.
  • Cumplir con los requisitos del Decreto 151/2006.

Costes y plazos:

  • El trámite es gratuito.
  • El plazo de resolución es de 6 meses.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Reúne la documentación necesaria.
  2. Accede a la plataforma de trámites online de la Junta de Extremadura: Tramitar en línea
  3. Completa la solicitud y adjunta la documentación requerida.
  4. Presenta la solicitud.

Información sobre cada etapa:

  • La solicitud se presenta de forma telemática.
  • Es importante asegurarse de que toda la documentación esté completa y sea correcta.

Tiempos de espera:

  • El plazo máximo para resolver es de 6 meses.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

Una vez presentada la solicitud, se revisará la documentación y se evaluará el cumplimiento de los requisitos.

Plazos de resolución:

El plazo máximo para resolver es de 6 meses.

Siguiente pasos:

Si la solicitud es aprobada, la entidad será acreditada como prestadora de servicios dentro del MADEX. Si es denegada, se indicarán los motivos y se podrán presentar los recursos correspondientes.

Ayuda

Contacto:

  • Consejería de Salud y Servicios Sociales
  • Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD)
  • Dirección Gerencia - Sepad
  • Unidad de Gestión de Programas Asistenciales
  • Avenida De las Américas, 4
  • 06800, Mérida

Recursos adicionales:

Preguntas frecuentes:

Ver sección de preguntas frecuentes (FAQ).

Normativa relacionada


Preguntas frecuentes


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