Acogimiento familiar de niños/as o adolescentes en familia extensa - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Este trámite permite iniciar el proceso para que una persona sea considerada apta para acoger a un niño, niña o adolescente dentro de su familia extensa (parientes). Se evalúan las condiciones sociales y psicológicas del solicitante para asegurar que puede ofrecer un entorno adecuado.
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier persona física con capacidad legal suficiente que resida en Extremadura. Las parejas (casadas o con relación análoga) deben presentar la solicitud de forma conjunta.
Requisitos principales
- Ser mayor de edad con plena capacidad legal.
- No haber sido privado de la patria potestad ni estar en riesgo de ello.
- No tener antecedentes penales por delitos contra la vida, libertad, integridad moral, libertad sexual o derechos familiares, ni estar sujeto a medidas cautelares por violencia doméstica.
- No estar afectado por medidas de protección de menores a su cargo por riesgo o desamparo.
Plazos
Puede presentarse la solicitud durante todo el año.
Duración del trámite
6 meses
Información adicional
El acogimiento familiar es una medida de protección temporal para menores que no pueden ser atendidos adecuadamente en su hogar. Busca proporcionar un ambiente familiar mientras se trabaja con la familia de origen para resolver los problemas que causaron la separación.
Resumen
Este trámite permite solicitar la valoración de idoneidad para el acogimiento familiar de un niño, niña o adolescente por parte de un miembro de su familia extensa en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quién puede usar este servicio
Cualquier persona física con capacidad legal suficiente que desee acoger a un menor de su familia extensa.
Antes de empezar
Es importante conocer los requisitos y documentación necesaria para realizar la solicitud.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- Copia del DNI y dos fotografías.
- Certificación literal de nacimiento.
- Certificado de empadronamiento y convivencia.
- En caso de parejas, certificación de matrimonio o del Registro de Parejas de Hecho.
- Copia del Libro de Familia.
- Declaración responsable sobre hijos/menores en acogimiento, solicitudes previas de acogimiento/adopción, y no haber sido privado de la patria potestad.
- Certificado de antecedentes penales.
- Certificado médico sobre el estado de salud.
- Copia de la última declaración de la Renta y Patrimonio.
- En su caso, certificado oficial de discapacidad o dependencia.
- Copia de la escritura de la vivienda.
- Certificado de vida laboral.
Requisitos previos
- Ser mayor de edad con plena capacidad legal.
- No haber sido privado de la patria potestad ni estar en riesgo de ello.
- No tener antecedentes penales por delitos contra la vida, libertad, integridad moral, libertad sexual o derechos familiares, ni estar sujeto a medidas cautelares por violencia doméstica.
- No estar afectado por medidas de protección de menores a su cargo por riesgo o desamparo.
Costes y plazos
El trámite es gratuito y puede presentarse durante todo el año.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Reúne la documentación necesaria.
- Descarga y cumplimenta el formulario de solicitud: SOLICITUD MODELO FAMILIA EXTENSA
- Presenta la solicitud y la documentación de forma telemática a través de la sede electrónica de la Junta de Extremadura: Tramitar en línea
Información sobre cada etapa
La solicitud será revisada y se realizará un estudio valorativo de las circunstancias sociales y psicológicas del solicitante.
Tiempos de espera
El plazo máximo para resolver es de 6 meses.
Después de hacerlo
Qué sucede después
Se notificará la resolución del procedimiento.
Plazos de resolución
El plazo máximo para resolver es de 6 meses. El silencio administrativo es desestimatorio.
Siguiente pasos
En caso de resolución favorable, se procederá al acogimiento familiar. En caso de resolución desfavorable, se puede interponer recurso de alzada.
Ayuda
Contacto
Consejería de Salud y Servicios Sociales Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia Servicio de Protección y Atención a la Infancia Calle Antonio Rodríguez Moñino, 2A 06800, Mérida
Recursos adicionales
- DECRETO 9/2014, de 4 de febrero
- Modelo de inscripción de representación voluntaria para medios electrónicos.
- Modelo de revocación de representación voluntaria para medios electrónicos.
Preguntas frecuentes
(Ver sección FAQ)
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
Centro de Atención Administrativa de Guareña
Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Jarandilla de la Vera
Centro de Atención Administrativa de Montánchez
Centro de Atención Administrativa de Monesterio
En esta página
- Resumen
- Quién puede usar este servicio
- Antes de empezar
- Lo que necesitas
- Documentos requeridos
- Requisitos previos
- Costes y plazos
- Cómo hacerlo
- Paso a paso del proceso
- Información sobre cada etapa
- Tiempos de espera
- Después de hacerlo
- Qué sucede después
- Plazos de resolución
- Siguiente pasos
- Ayuda
- Contacto
- Recursos adicionales
- Preguntas frecuentes
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