Convocatoria de las pruebas para la obtención del certificado de aptitud necesario para la expedición de la licencia de caza, fijando los lugares y las fechas de las mismas, regulando igualmente su desarrollo.
Cualquier persona que pretenda obtener la licencia de caza en la Comunidad de Castilla y León.
Presencial:
Electrónico:
El examen del cazador debe realizarlo cualquier persona que pretenda obtener la licencia de caza en la Comunidad de Castilla y León, con las siguientes excepciones:
No tendrán que examinarse:
A los efectos del término LICENCIA se entiende cualquier tipo de licencia de caza, ya sea, Tipo A (armas de fuego), B (caza con galgo) o C (rehala), por lo que haber tenido cualquiera de estas licencias en los cinco años inmediatamente anteriores a la entrada en vigor del decreto eximirá de la obligatoriedad de hacer el examen.
Solicitud, dirigida al Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de la provincia dónde deseen realizar la prueba, haciendo constar ésta en dicho formulario.
Tasas: Los interesados deberán abonar asimismo la tasa correspondiente a través del modelo 046 con el concepto «derechos de examen del cazador, año 2018, la 305.6.0», cuyo importe es de 55,55 recogida en la Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes . La tasa así abonada, dará derecho al aspirante a presentarse a las dos convocatorias del 2019 previstas.
Los aspirantes deberán presentarse al examen, en el lugar y hora indicados, provistos de DNI/NIE, bolígrafo y documento de pago de la tasa abonada (justificante de pago mediante TPV virtual o copia del modelo 046).
18 de febrero de 2019
Los plazos para la presentación de dichas solicitudes serán:
PRIMERA CONVOCATORIA: Desde el 19 de febrero de 2019 hasta el lunes 15 de abril de 2019 inclusive.
SEGUNDA CONVOCATORIA: Desde el 16 de abril hasta el 16 de septiembre de 2019 incluidos.
Contenido:
Las fechas y horas para la realización de pruebas para el año 2019 serán coincidentes para todas las provincias. Se realizarán dos convocatorias:
Desarrollo de las pruebas
Los lugares para realizar las pruebas serán los relacionados en el Anexo:
PROVINCIA | DIRECCIÓN |
---|---|
ÁVILA | Pasaje del Císter, 1 - C.P.: 05001 - Ávila |
BURGOS | C/ Juan de Padilla, s/n C.P. 09006 - Burgos |
LEÓN | Avda. Peregrinos, s/n (Edificio de Usos Múltiples) - C.P.: 24008 - León |
PALENCIA | Servicio Territorial de Cultura C/ Obispo Nicolás Castellanos, 10 C.P. 34001 - Palencia |
SALAMANCA | Edificio Administrativo de Usos Múltiples (ESAUM). C/ Príncipe de Vergara, 53-71 - C.P.: 37003 - Salamanca |
SEGOVIA | Pza. Reina Doña Juana, 5 C.P. 40001 - Segovia |
SORIA | C/ Linajes, 1. C.P. 42003 - Soria |
VALLADOLID | C/ Duque de la Victoria, 8 - C.P.: 47001 - Valladolid |
ZAMORA | C/ Leopoldo Alas Clarín, 4. C.P.: 49018 - Zamora |
Desarrollo de las pruebas
Servicios Territoriales de Medio Ambiente
Servicios Territoriales de Medio Ambiente
4 de febrero de 2016
Convocar las pruebas de certificación para los niveles básico, intermedio, avanzado y C1 de los idiomas que se imparten en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad de Castilla y León, para el curso 2015-2016.
Alumnos que deseen ser examinados en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad de CyL para obtener los CERTIFICADOS de los distintos niveles.
Para poder matricularse en las pruebas de certificación será requisito imprescindible tener 16 años cumplidos en el año natural en que tienen lugar las mismas.
Los alumnos oficiales de la modalidad presencial y los alumnos de la modalidad de enseñanza de inglés a distancia That´s English! no precisarán realizar trámite alguno para presentarse a las pruebas de certificación.
Los alumnos de la modalidad libre deberán efectuar la matrícula que les permite presentarse a las pruebas de certificación, abonando los correspondientes precios públicos previstos en el Decreto 11/2015, de 29 de enero, por el que se fijan los precios públicos por las enseñanzas de régimen especial en la Comunidad de Castilla y León para el curso académico 2015/2016, con las exenciones y bonificaciones que en él se prevén.
DOCUMENTACIÓN a presentar (91 kbytes)
Desde el 7 de marzo de 2016 hasta el 18 de marzo de 2016
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Preferentemente, en las Escuelas Oficiales de Idiomas donde se vayan a realizar las pruebas (presencial o electrónicamente)
Servicio de Enseñanzas Régimen Especial y Educación de Personas Adultas
Alzada.
Se admitirán todas las solicitudes de aspirantes con domicilio familiar en la Comunidad de Castilla y León, teniendo en cuenta a estos efectos el que figure en el DNI o NIE.
Asimismo, se admitirán solicitudes de aspirantes con domicilio familiar en otras comunidades autónomas. . En este caso, cuando el número de solicitudes sea muy superior al que la EOI puede atender en función del cupo de profesorado y de los recursos disponibles, la Dirección Provincial de Educación, oído el equipo directivo, determinará mediante resolución el número de plazas disponibles por idioma y nivel, una vez analizadas las solicitudes de aspirantes con domicilio familiar en Castilla y León, así como el plazo para la publicación del listado de admitidos.
Para la selección de solicitudes se aplicará como criterio las letras del sorteo efectuado para dirimir empates en el proceso de admisión del alumnado en los centros docentes de Castilla y León para cursar en 2015-2016 enseñanzas sostenidas con fondos públicos de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria o bachillerato, establecido por Resolución de 13 de marzo de 2015 (BOCyL nº 59 de 26 de marzo).
El calendario de las pruebas de certificación, el lugar preciso de celebración y los idiomas sobre los que se realizarán serán publicados por cada Escuela Oficial de Idiomas con anterioridad a la celebración de las pruebas y de forma previa al período de matrícula, tanto en su tablón de anuncios como en su página web.
Las pruebas se realizarán en todo caso en el periodo comprendido entre el primer día no lectivo del mes de junio y el final del citado mes, en la convocatoria ordinaria, y en el mes de septiembre, preferentemente en la primera quincena, en la convocatoria extraordinaria.
La realización de la prueba lleva aparejado el PAGO de PRECIO PÚBLICO, regulado en el
Más información sobre abono de precios públicos en las páginas web de las EEOOII:
1 de febrero de 2017
Convocar las pruebas de certificación para los niveles básico, intermedio, avanzado y C1 de los idiomas que se imparten en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad de Castilla y León, para el curso 2016-2017.
Alumnos que deseen ser examinados en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad de CyL para obtener los CERTIFICADOS de los distintos niveles.
Para poder matricularse en las pruebas de certificación será requisito imprescindible tener 16 años cumplidos en el año natural en que tienen lugar las mismas.
Los alumnos oficiales de la modalidad presencial y los alumnos de la modalidad de enseñanza de inglés a distancia That´s English! no precisarán realizar trámite alguno para presentarse a las pruebas de certificación.
Los alumnos de la modalidad libre deberán efectuar la matrícula que les permite presentarse a las pruebas de certificación, abonando los correspondientes precios públicos previstos en el Decreto 11/2015, de 29 de enero, por el que se fijan los precios públicos por las enseñanzas de régimen especial en la Comunidad de Castilla y León para el curso académico 2015/2016, con las exenciones y bonificaciones que en él se prevén.
DOCUMENTACIÓN a presentar (69 kbytes)
Desde el 6 de marzo de 2017 hasta el 17 de marzo de 2017
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Preferentemente, en las Escuelas Oficiales de Idiomas donde se vayan a realizar las pruebas (presencial o electrónicamente)
Servicio de Enseñanzas Régimen Especial
Se admitirán todas las solicitudes de aspirantes con domicilio familiar en la Comunidad de Castilla y León, teniendo en cuenta a estos efectos el que figure en el DNI o NIE.
Asimismo, se admitirán solicitudes de aspirantes con domicilio familiar en otras comunidades autónomas.
En este caso, cuando el número de solicitudes sea muy superior al que la EOI puede atender en función del cupo de profesorado y de los recursos disponibles, la Dirección Provincial de Educación, oído el equipo directivo, determinará mediante resolución el número de plazas disponibles por idioma y nivel, una vez analizadas las solicitudes de aspirantes con domicilio familiar en Castilla y León, así como el plazo para la publicación del listado de admitidos.
En el supuesto previsto en el párrafo anterior, se aplicará como criterio para la selección de solicitudes las letras del sorteo efectuado para dirimir los empates en el proceso de admisión del alumnado en los centros docentes de Castilla y León para cursar en 2016-2017 enseñanzas sostenidas con fondos públicos de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria o bachillerato previstas en la Resolución de 11 de marzo de 2016 (?BOCYL? nº 52 de 16 de marzo), siendo «_V_» la letra que determina la primera letra del primer apellido, «_H_» la letra que determina la segunda letra del primer apellido, «_J_» la letra que determina la primera letra del segundo apellido y «_C_» la letra que determina la segunda letra del segundo apellido.
El calendario de las pruebas de certificación, el lugar preciso de celebración y los idiomas sobre los que se realizarán serán publicados por cada Escuela Oficial de Idiomas con anterioridad a la celebración de las pruebas y de forma previa al período de matrícula, tanto en su tablón de anuncios como en su página web.
Las pruebas se realizarán en todo caso en el periodo comprendido entre el primer día no lectivo del mes de junio y el final del citado mes, en la convocatoria ordinaria, y en el mes de septiembre, preferentemente en la primera quincena, en la convocatoria extraordinaria.
La realización de la prueba lleva aparejado el PAGO de PRECIO PÚBLICO, regulado en el
Más información sobre abono de precios públicos en las páginas web de las EEOOII:
11 de noviembre de 2010
Convocar para el año 2011, las pruebas de selección de jóvenes estudiantes que cursen enseñanzas profesionales de música y, excepcionalmente, enseñanzas elementales o superiores, para formar parte como instrumentistas de la Joven Orquesta Sinfónica y la Joven Banda Sinfónica de Castilla y León (JOSCyL y JOBASCyL).
Los jóvenes seleccionados para formar parte de la Joven Orquesta y de la Joven Banda tendrán la condición de becarios.
Jóvenes estudiantes de música de cualquier nacionalidad que reúnan los requisitos.
a)Estar matriculado en uno de los seis cursos de las enseñanzas profesionales de música, en las enseñanzas elementales o superiores de música, en cualquier especialidad instrumental de las convocadas, en centros que impartan enseñanzas musicales en nuestra Comunidad.
b)Tener menos de 22 años cumplidos a 31 de diciembre de 2011.
c)No padecer enfermedad o limitación física o psíquica incompatible con la función que se ha de realizar.
Los componentes que habiendo sido seleccionados en convocatorias anteriores cesen por superar el período máximo de permanencia establecido en el artículo 4.5 de la Orden 974/2008, de 9 de junio, podrán acudir a esta convocatoria siempre y cuando cumplan todos los requisitos previstos.
Las solicitudes, dirigidas al Excmo. Sr. Consejero de Educación, irán acompañadas de tres copias de las partituras de las obras elegidas por el aspirante para la realización de la prueba instrumental (incluidas las del pianista acompañante).
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
a)Copia del documento Nacional de Identidad (DNI) o, en el caso de ciudadanos extranjeros, pasaporte o documento equivalente, salvo que el solicitante manifieste en la solicitud su consentimiento expreso para que la Consejería de Educación verifique de forma directa los datos de identificación.
b)Certificado de matriculación en un centro de enseñanza musical de la Comunidad de Castilla y León en el que figure el curso y especialidad del solicitante.
Desde el 12 de noviembre de 2010 hasta el 26 de noviembre de 2010
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 DÍAS NATURALES contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en BOCyL.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Presencial:
Electrónico:
Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial
Contencioso-administrativo, Reposición.
Los candidatos que habiendo aprobado la prueba de selección no hayan obtenido plaza en condición de becarios en las citadas agrupaciones quedarán en lista de espera para posibles sustituciones o refuerzos siguiendo como criterio el orden de puntuación.
ORDEN EDU/65/2011, de 31 de enero, por la que se resuelve la convocatoria de pruebas de selección para formar parte de la Joven Orquesta Sinfónica de Castilla y León (JOSCyL) y de la Joven Banda Sinfónica de Castilla y León (JOBASCyL), para el año 2011 (BOCyL 10-02-2011)
ACTUALMENTE PROCEDIMIENTO CERRADO. Convocar las pruebas de habilitación como guía de turismo de Castilla y León, así como convocar las pruebas de ampliación de idiomas para los guías de turismo ya habilitados en Castilla y León, para el año 2017.
Cualquier ciudadano que cumpla los requisitos
Presencial:
Electrónico:
Los requisitos, que deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de las solicitud, son los siguientes:
Requisitos de los aspirantes (90 kbytes)
«Solicitud de participación en las pruebas de guías de turismo de Castilla y León», modelo normalizado,dirigida a la Consejería de Cultura y Turismo, Dirección General de Turismo.
ABONO DE LA TASA: Para la realización de las pruebas, los aspirantes deberán abonar la TASA cuyo importe recoja la Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes 15,10 (Año 2016)
Junto con la solicitud se acompañará la siguiente DOCUMENTACIÓN:
Documentación a presentar (102 kbytes)
14 de marzo de 2017
Desde el 15 de marzo de 2017 hasta el 3 de abril de 2017
El plazo de presentación de las solicitudes es de20 DÍAS NATURALES a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial de Castilla y León.».
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Desestimatorio
Servicio de Empresas y Actividades Turísticas
Consejero de Cultura y Turismo
1. Una vez que haya finalizado el plazo de presentación de las solicitudes, la Dirección General de Turismo procederá a su revisión y hará públicos, en los lugares señalados en el Anexo I de la presente orden, las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación, en su caso, de la causa que motive la exclusión. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación, para formular las oportunas reclamaciones y, en su caso, subsanar los defectos observados
Cuando no se subsanasen dichos defectos, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Transcurrido el plazo para formular reclamaciones y subsanar, la Dirección General de Turismo publicará, en los lugares señalados en el Anexo I de la presente orden, el listado definitivo de aspirantes admitidos y excluidos y el lugar, fecha y hora de la fecha de celebración de la primera prueba. Asimismo se indicará el resultado del sorteo que determinará el orden de actuación de los aspirantes para el desarrollo de las pruebas orales.
Contra la referida resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
24 de agosto de 2016
Convocar los Premios Extraordinarios de las Enseñanzas Artísticas Profesionales en los ámbitos de Música, Danza y Artes Plásticas y Diseño, de Castilla y León, correspondientes al curso académico 2015-2016.
Alumnos que hayan finalizado las enseñanzas profesionales en los ámbitos de Música, Danza y Artes Plásticas y Diseño en la convocatoria ordinaria del curso 2015/2016 en centros públicos o privados, debidamente autorizados de la Comunidad Castilla y León.
a) Música: Haber obtenido una nota media, en la última sesión ordinaria de evaluación, en sexto curso de las enseñanzas profesionales de música, superior a 9,5 puntos.
b) Danza: haber obtenido una nota media igual o superior en los dos últimos cursos de las enseñanzas profesionales de danza de 8,75 puntos en la última sesión ordinaria de evaluación.
c) Artes Plásticas y Diseño: haber obtenido una nota media igual o superior a 8,75 puntos en el ciclo formativo de grado superior de Artes Plásticas y Diseño cursado.
Los alumnos que, reuniendo los requisitos, deseen realizar las pruebas para optar al Premio Extraordinario de las Enseñanzas Artísticas Profesionales de la Comunidad de Castilla y León, en el ámbito correspondiente, deberán Solicitud en modelo normalizado, acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:
a) Certificación acreditativa del secretario del centro donde estuviera depositado el expediente académico del alumno, del cumplimiento de los requisitos establecidos para optar a los citados Premios, conforme a los modelos del anexo II, III y IV respectivamente.
b) Copia del D.N.I., N.I.F. o N.I.E. en el caso de que el interesado en la solicitud no autorice de forma expresa a la Consejería de Educación para la verificación directa de los datos de identificación personal. Si el solicitante se identifica con el pasaporte, deberá aportar copia del mismo.
c) Los aspirantes con discapacidad que necesiten adaptaciones o condiciones especiales para la realización de la prueba, deberán aportar los documentos acreditativos e información precisa para que se pueda realizar la prueba en las condiciones adecuadas para el aspirante.
DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA POR ÁMBITO:
- Música, el programa firmado por el aspirante y tres copias del repertorio que vaya a presentar a la prueba.
- Danza, el programa firmado por el aspirante.
- Artes Plásticas y Diseño, los documentos a los que se refiere el apartado 2.c) del artículo 5 de la Orden EDU/694/2016, de 1 de agosto. Se deberá presentar copia compulsada de los méritos académicos y profesionales acreditados.
Desde el 25 de agosto de 2016 hasta el 8 de septiembre de 2016
Presencial:
Electrónico:
Servicio de Enseñanzas Régimen Especial
ORDEN EDU/973/2016, de 17 de noviembre, por la que se conceden los«Premios Extraordinarios de las Enseñanzas Artísticas Profesionales en los ámbitos de Música, Danza y Artes Plásticas y Diseño, de Castilla y León», correspondientes al curso académico 2015-2016. (BOCyL 28-11-2016)
ORDEN EDU/973/2016, de 17 de noviembre (BOCyL 28-11-2016) (1.340 kbytes)
16 de junio de 2016
Convocar las pruebas para la obtención de determinados títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional del sistema educativo en la Comunidad de Castilla y León, para el curso académico 2015-2016.
Los candidatos interesados en obtener los títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional Inicial, que además cumplan los requisitos
Para presentarse a las pruebas para la obtención de los títulos se requiere tener, en el momento de la finalización del plazo inscripción, dieciocho años para los títulos de Técnico y veinte años para los de Técnico Superior. Además de la edad requerida, los candidatos deben reunir alguno de los requisitos académicos siguientes:
Solicitud, en modelo normalizado Anexo III A) y B). El solicitante podrá inscribirse en todos o en alguno de los módulos profesionales que componen cada título, incluidos los módulos profesionales para los que tenga previsto solicitar la convalidación o exención. Se podrá solicitar la inscripción en los módulos profesionales de «Formación en Centros de Trabajo» y «Proyecto» si se dan las condiciones establecidas.
A la solicitud se acompañará la siguiente DOCUMENTACIÓN:
Documentación a presentar (101 kbytes)
Desde el 17 de junio de 2016 hasta el 27 de junio de 2016
El período para presentar la solicitud de inscripción será de 10 DÍAS NATURALES contados a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en BOCyL.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial
Centros Educativos de Castilla y León
Contencioso-administrativo, Reposición.
Están exentos del pago de esta tasa:
La matrícula solo será efectiva tras el pago de la tasa correspondiente a los derechos de examen.
Las pruebas tendrán lugar durante el mes de septiembre de 2016.
El calendario de realización de las pruebas, así como las características y los ejercicios que las componen, con indicación de su carácter eliminatorio o no, el tiempo máximo para su realización, los materiales e instrumentos necesarios para su desarrollo que el candidato debe aportar cada módulo profesional y cuanta otra información se considere relevante para la realización de las pruebas, serán publicados en el tablón de anuncios y en la página web del centro examinador antes del día 15 de julio de 2016.
Los resultados de las pruebas se harán públicos en el tablón de anuncios y en la página web del centro examinador.
En el plazo de tres días hábiles contados a partir del último día de celebración de las pruebas, la comisión de evaluación se reunirá para evaluar y calificar los ejercicios realizados por los aspirantes.
El centro educativo verificará los requisitos de acceso y transcurridos diez días hábiles desde la conclusión del plazo de presentación de solicitudes publicará, en el tablón de anuncios y en la página web del centro docente, la relación provisional de admitidos y excluidos por módulo profesional, en la que conste el D.N.I. o documento similar de identificación de las personas, y en su caso, el motivo de la exclusión
La relación provisional de admitidas y excluidas por módulo profesional podrá ser objeto de reclamación por los aspirantes en los tres días hábiles siguientes al de su publicación, mediante la presentación de escrito dirigido al director del centro.
En el plazo de los dos días hábiles siguientes, el director del centro resolverá las reclamaciones y se publicará, en el tablón de anuncios y en la página web del centro, la lista definitiva de admitidos y excluidos en cada uno de los módulos profesionales. Los candidatos admitidos quedarán matriculados en los módulos profesionales relacionados en la solicitud.
3 de abril de 2017
Convocar las pruebas para la obtención de determinados títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional del sistema educativo en la Comunidad de Castilla y León, para el curso académico 2016-2017.
Los candidatos interesados en obtener los títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional Inicial, que además cumplan los requisitos
a) Tener, al menos, dieciocho años de edad para presentarse a las pruebas para la obtención del título de Técnico y veinte años para el de Técnico Superior o, en su caso, diecinueve para aquellos que estén en posesión del título de Técnico. La condición de edad se entenderá acreditada si se cumple durante el año natural en el que se celebran las pruebas.
b) Poseer alguno de los requisitos de acceso establecidos en el artículo 3 de la Orden EDU/347/2016, de 21 de abril, por la que se regula la admisión del alumnado de formación profesional inicial en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, para el título de Técnico, y en el artículo 4 para el título de Técnico Superior.
El solicitante no podrá estar matriculado en el curso académico 2016-2017 en un mismo módulo profesional en las pruebas reguladas por esta orden y a la vez, en las que convoquen otras Administraciones educativas para la obtención de títulos de formación profesional. Tampoco podrá estar matriculado simultáneamente en un mismo módulo profesional en la modalidad de formación presencial y a distancia. El incumplimiento conllevará la anulación de la matrícula de las pruebas y de los resultados académicos en ella obtenidos.
Sólo podrán inscribirse en las pruebas quienes hayan superado con anterioridad algún módulo profesional de los títulos regulados al amparo de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y no se encuentren matriculados en el curso académico 2016-2017 en los módulos profesionales para los que solicita la inscripción.
Relación de títulos (84 kbytes)
Solicitud, en modelo normalizado Anexo III A) y B). El solicitante podrá inscribirse en todos o en alguno de los módulos profesionales que componen cada título, incluidos los módulos profesionales para los que tenga previsto solicitar la convalidación o exención. Se podrá solicitar la inscripción en los módulos profesionales de «Formación en Centros de Trabajo» y «Proyecto» si se dan las condiciones establecidas.
TASAS: Según lo dispuesto en la Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes la participación en las pruebas para la obtención del título de Técnico de Formación Profesional conlleva el abono de una tasa, que es de 45,00 ? por curso completo y, en su caso, de 7,50 ? por cada módulo, y la participación en las pruebas para la obtención del título de Técnico Superior de Formación Profesional conlleva el abono de una tasa, que es de 50,00 ? por curso completo y, en su caso, de 10,00 ? por cada módulo, en concepto de inscripción. La no presentación a las pruebas no comportará la devolución de las tasas.
La solicitud de inscripción deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
Documentación a presentar (103 kbytes)
Desde el 4 de abril de 2017 hasta el 19 de abril de 2017
El período para presentar la solicitud de inscripción en las pruebas será de 10 DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Contenido:
Elaboración, estructura y contenidos de las pruebas.
Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial
Centros Educativos de Castilla y León
4 de diciembre de 2014
Convocar pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial para los conductores de determinados vehículos destinados al transporte de viajeros y mercancías por carretera.
CONDUCTORES destinados al transporte de viajeros y mercancías por carretera.
Solicitud en modelo normalizado, acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:
El plazo de presentación de solicutdes comprenderá desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden, hasta las fechas que a continuación se relacionan para cada convocatoria::
1.ª CONVOCATORIA: 5 de enero de 2015.
2.ª CONVOCATORIA: 24 de febrero de 2015.
3.ª CONVOCATORIA: 27 de abril de 2015.
4.ª CONVOCATORIA: 30 de junio de 2015.
5.ª CONVOCATORIA: 1 de septiembre de 2015.
6.ª CONVOCATORIA: 27 de octubre de 2015.
Presencial:
Electrónico:
Hay que liquidar la correspondiente Tasa en materia de transportes por carretera(Código 303.1 «Competencia profesional Certificado de aptitud profesional acreditativa de la cualificación inicial») recogida en la Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes.
18 de diciembre de 2015
Convocar pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial para los conductores de determinados vehículos destinados al transporte de viajeros y mercancías por carretera.
Conductores destinados al transporte de viajeros y mercancías por carretera, que cumplan los requisitos
Documentación a presentar (86 kbytes)
El plazo de presentación de solicitudes comprenderá desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden, hasta las fechas que a continuación se relacionan para cada convocatoria:
1.ª CONVOCATORIA: 4 de enero de 2016.
2.ª CONVOCATORIA: 1 de marzo de 2016.
3.ª CONVOCATORIA: 3 de mayo de 2016.
4.ª CONVOCATORIA: 28 de junio de 2016.
5.ª CONVOCATORIA: 30 de agosto de 2016.
6.ª CONVOCATORIA: 31 de octubre de 2016.
Presencial:
Electrónico:
Contencioso-administrativo, Reposición.
Hay que liquidar la correspondiente Tasa en materia de transportes por carretera(Código 303.1 «Por participación en las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativa de la cualificación inicial») recogida en la Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes.