Pruebas de aptitud para la obtención de la licencia de caza (Año 2017)
Objeto
Convocatoria de las pruebas para la obtención del certificado de aptitud necesario para la expedición de la licencia de caza, fijando los lugares y las fechas de las mismas, regulando igualmente su desarrollo.
¿Quién lo puede solicitar?
Cualquier persona que pretenda obtener la licencia de caza en la Comunidad de Castilla y León.
Lugar y Forma de presentación
Presencial:
- En los Servicios Territoriales de Medio Ambiente de la provincia dónde desean realizar las pruebas.
- Oficinas de asistencia en materia de registros de la Junta de Castilla y León.
- En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP).
Electrónico:
- Por Internet desde esta misma página. Tramitación electrónica: ver requisitos técnicos.
¿Qué requisitos debo cumplir?
El examen del cazador debe realizarlo cualquier persona que pretenda obtener la licencia de caza en la Comunidad de Castilla y León, con las siguientes excepciones:
No tendrán que examinarse:
- Aquellos ciudadanos que hayan tenido licencia en Castilla y León en algún momento de los 5 años inmediatamente anteriores a la entrada en vigor del decreto (en el periodo de 19 de marzo de 2010 a 19 de marzo de 2015).
- Quienes hayan obtenido una licencia expedida por otra CCAA o en el extranjero en el periodo de 19 de marzo de 2010 a 19 de marzo de 2015.
- Quienes acrediten haber superado el examen del cazador en otras Comunidades Autónomas o fuera de España.
A los efectos del término LICENCIA se entiende cualquier tipo de licencia de caza, ya sea, Tipo A (armas de fuego), B (caza con galgo) o C (rehala), por lo que haber tenido cualquiera de estas licencias en los cinco años inmediatamente anteriores a la entrada en vigor del decreto eximirá de la obligatoriedad de hacer el examen.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud, dirigida al Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de la provincia dónde deseen realizar la prueba, haciendo constar ésta en dicho formulario.
Tasas: Los interesados deberán abonar asimismo la tasa correspondiente a través del modelo 046 con el concepto «derechos de examen del cazador, año 2018, la 305.6.0», cuyo importe es de 55,55 recogida en la Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes . La tasa así abonada, dará derecho al aspirante a presentarse a las dos convocatorias del 2019 previstas.
Los aspirantes deberán presentarse al examen, en el lugar y hora indicados, provistos de DNI/NIE, bolígrafo y documento de pago de la tasa abonada (justificante de pago mediante TPV virtual o copia del modelo 046).
Fecha de publicación
18 de febrero de 2019
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Los plazos para la presentación de dichas solicitudes serán:
PRIMERA CONVOCATORIA: Desde el 19 de febrero de 2019 hasta el lunes 15 de abril de 2019 inclusive.
SEGUNDA CONVOCATORIA: Desde el 16 de abril hasta el 16 de septiembre de 2019 incluidos.
Te interesa saber
- Fechas, lugares y desarrollo de las pruebas para el año 2019
-
Contenido:
Las fechas y horas para la realización de pruebas para el año 2019 serán coincidentes para todas las provincias. Se realizarán dos convocatorias:
- Primera convocatoria: Jueves, 25 de abril, a las 10:30.
- Segunda convocatoria: Jueves, 26 de septiembre, a las 10:30.
Desarrollo de las pruebas
- Las pruebas serán teórico prácticas y versarán sobre el temario disponible en la página web http://www.jcyl.es/cazaypesca y en las oficinas de los Servicios Territoriales de Medio Ambiente. En esta página web se pondrá asimismo a su disposición una recopilación de preguntas tipo test y de fichas de fotografías para la identificación de especies, de las cuales se extraerán las de las pruebas.
- El examen se realizará en un tiempo máximo de 1 hora y constará de un cuestionario de 20 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas posibles de las que sólo una será la correcta. Al menos dos de las preguntas consistirán en identificar mediante fotografía alguna de las especies cinegéticas o protegidas que se incluyen en las fichas. Conforme a lo establecido en el Decreto 14/2015, de 19 de febrero, cada respuesta correcta se valorará con 1 punto, siendo la máxima nota posible a obtener en el examen 20 puntos. Cada pregunta no contestada descontará 0,10 puntos y cada respuesta incorrecta restará 0,25 puntos, siendo necesaria una nota mínima de 10 puntos para superar el examen.
- Los resultados se publicarán en los tablones de anuncios de los Servicios Territoriales de Medio Ambiente. A los aspirantes que superen la prueba se les expedirá un certificado que les permitirá obtener la primera licencia de caza, una vez realizados los trámites administrativos correspondientes.
Los lugares para realizar las pruebas serán los relacionados en el Anexo:
LUGARES DE REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS PROVINCIA DIRECCIÓN ÁVILA Pasaje del Císter, 1 - C.P.: 05001 - Ávila BURGOS C/ Juan de Padilla, s/n C.P. 09006 - Burgos LEÓN Avda. Peregrinos, s/n (Edificio de Usos Múltiples) - C.P.: 24008 - León PALENCIA Servicio Territorial de Cultura C/ Obispo Nicolás Castellanos, 10 C.P. 34001 - Palencia SALAMANCA Edificio Administrativo de Usos Múltiples (ESAUM). C/ Príncipe de Vergara, 53-71 - C.P.: 37003 - Salamanca SEGOVIA Pza. Reina Doña Juana, 5 C.P. 40001 - Segovia SORIA C/ Linajes, 1. C.P. 42003 - Soria VALLADOLID C/ Duque de la Victoria, 8 - C.P.: 47001 - Valladolid ZAMORA C/ Leopoldo Alas Clarín, 4. C.P.: 49018 - Zamora Desarrollo de las pruebas
- Las pruebas serán teórico prácticas y versarán sobre el temario disponible en la página web http://www.jcyl.es/cazaypesca y en las oficinas de los Servicios Territoriales de Medio Ambiente. En esta página web se pondrá asimismo a su disposición una recopilación de preguntas tipo test y de fichas de fotografías para la identificación de especies, de las cuales se extraerán las de las pruebas.
- El examen se realizará en un tiempo máximo de 1 hora y constará de un cuestionario de 20 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas posibles de las que sólo una será la correcta. Al menos dos de las preguntas consistirán en identificar mediante fotografía alguna de las especies cinegéticas o protegidas que se incluyen en las fichas. Conforme a lo establecido en el Decreto 14/2015, de 19 de febrero, cada respuesta correcta se valorará con 1 punto, siendo la máxima nota posible a obtener en el examen 20 puntos. Cada pregunta no contestada descontará 0,10 puntos y cada respuesta incorrecta restará 0,25 puntos, siendo necesaria una nota mínima de 10 puntos para superar el examen.
- Los resultados se publicarán en los tablones de anuncios de los Servicios Territoriales de Medio Ambiente. A los aspirantes que superen la prueba se les expedirá un certificado que les permitirá obtener la primera licencia de caza, una vez realizados los trámites administrativos correspondientes.
Notificación
- En los tablones de anuncios de los Servicios Territoriales de Medio Ambiente.
Legislación aplicable
- Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León (BOCyL 22-07-1996 - Incluye modificaciones)
- Decreto 14/2015, de 19 de febrero, por el que se regulan las pruebas de aptitud para la obtención de la licencia de caza en Castilla y León (BOCyL 23-02-2015)
- RESOLUCIÓN de 4 de febrero de 2019, de la Dirección General del Medio Natural, por la que se aprueban las convocatorias para la realización de las pruebas de aptitud para la obtención de la licencia de caza en Castilla y León para el año 2019 (BOCyL 18-02-2019)
Organismo
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicios Territoriales de Medio Ambiente
Órgano que resuelve:
Servicios Territoriales de Medio Ambiente
Tramitación electrónica
Descargar formulario
Información de tasas
Descargas
- Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León (BOCyL 22-07-1996 - Incluye modificaciones) 797 kbytes Descargar
- DECRETO 14/2015, de 19 de febrero (BOCyL 23-02-2015) 1.109 kbytes Descargar
- CONVOCATORIA: RESOLUCIÓN de 4 de febrero de 2019, de la Dirección General del Medio Natural (BOCyL 18-02-2019) 456 kbytes Descargar
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