Junta de Castilla y León

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    Fecha de publicación:

    12 de mayo de 2016

    Objeto:

    Efectuar convocatoria para la participación en el Programa de reutilización de libros de texto ?RELEO?, dirigida a los centros docentes públicos, dependientes de la Consejería de Educación, que impartan enseñanzas obligatorias en la Comunidad de Castilla y León para el curso 2016-2017.

    El programa de reutilización de libros de texto ?RELEO? dirigido a los centros docentes públicos dependientes de la consejería competente en materia de educación que impartan enseñanzas obligatorias en la Comunidad de Castilla y León se encuentra desarrollado en la Orden EDU/319/2014, de 30 de abril.

    La finalidad es impulsar la constitución y el mantenimiento, en los centros públicos, de bancos de libros de texto y material curricular para su uso por el alumnado mediante el sistema de préstamo y reutilización. Los bancos de libros de texto estarán compuestos por:

    • Materiales impresos o en soporte digital, no fungibles, que los centros docentes, en desarrollo de los contenidos establecidos en el currículo oficial vigente, hayan seleccionado para ser utilizados por el alumnado en el curso escolar correspondiente.
    • Materiales curriculares como atlas, mapas, diccionarios y/o libros de lectura para la educación obligatoria, impresos o en otro tipo de soporte o formato. Estos materiales deberán tener como referencia las asignaturas, materias y áreas del currículo de las distintas etapas educativas y no podrán superar el diez por ciento de los fondos librados por la administración.
    • Libros o materiales específicos destinados a favorecer el desarrollo del proceso de enseñanza y aprendizaje adaptado al alumnado con necesidades educativas específicas. No formarán parte de los bancos, los libros que no sean susceptibles de reutilización.

    ¿Quién lo puede solicitar?:

    • El Programa ?RELEO? tiene como destinatarios a todos los centros públicos de Castilla y León que impartan niveles obligatorios de enseñanza.
    • La participación en el programa es obligatoria para centros que participaron en convocatorias anteriores, salvo que se alegue causa justificada para no hacerlo.

    ¿Qué requisitos debo cumplir?:

    El equipo directivo de los centros, antes de su participación en el programa «RELEO» informará, sobre las características del programa y su intención de constituir o mantener un banco de libros de texto en el centro, al claustro de profesores y al consejo escolar.
    Una vez acordada la participación en el programa, el equipo directivo informará a las familias del alumnado y se solicitará la colaboración de las asociaciones de padres y madres del centro y de las asociaciones de alumnos.
    En cada centro educativo que pretenda participar en el programa ?RELEO? se creará una comisión de gestión y valoración que estará integrada por el director del centro, o persona en quien delegue, y dos profesores.

    ¿Qué documentos necesito?:

    ?SOLICITUDES DEL ALUMNADO:
    La participación por parte del alumnado es voluntaria, se expresará mediante la correspondiente solicitud, formulada por la madre, padre o tutor legal, conforme a los formularios para educación primaria y para educación secundaria obligatoria disponibles en los centros educativos. En la solicitud se especificará las donaciones y peticiones por curso y materia.
    ?SOLICITUDES O COMUNICACIÓN POR PARTE DE LOS CENTROS:
    Las solicitudes de participación en el Programa de reutilización de libros de texto, ?RELEO? o la comunicación de su continuidad en el mismo, y en su caso la petición de fondos precisos para completar el banco de libros de texto del centro, se realizará por parte de los centros interesados conforme al formulario que se generará con la herramienta informática Releo integrada en STILUS.
    EL ACCESO A STILUS SE REALIZA A TRAVÉS DEL PORTAL DE EDUCACIÓN.

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

    ?SOLICITUDES DEL ALUMNADO:
    EDUCACIÓN PRIMARIA: del 1 de junio al 10 de junio de 2016, ambos inclusive.
    EDUCACIÓN SECUNDARIA: del 15 al 30 de junio de 2016, ambos inclusive.
    La entrega de libros donados y material curricular por parte del alumnado se realizará desde la finalización del curso escolar 2015-2016 hasta el 30 de junio de 2015, salvo casos excepcionales, exámenes extraordinarios, en este caso hasta el 12 de septiembre de 2016 inclusive.

    ?SOLICITUDES O COMUNICACIÓN POR PARTE DE LOS CENTROS:
    CENTROS DE EDUCACIÓN PRIMARIA: Hasta el 30 de junio de 2016,
    CENTROS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA: Hasta el 15 de julio de 2016
    El préstamo de los libros y material curricular del banco al alumnado se realizará durante el mes de septiembre de 2016.

    Lugar y Forma de presentación:

    Presencial:

    Organismo:

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Dirección Provincial de Educación

    Legislación aplicable:

    • ORDEN EDU/319/2014, de 30 de abril, por la que se regula el Programa de reutilización de libros de texto, «RELEO» dirigido a los centros docentes públicos dependientes de la consejería competente en materia de educación que impartan enseñanzas obligatorias en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 09-05-2014)
    • ORDEN EDU/373/2016, de 4 de mayo, por la que se efectúa la convocatoria para la participación en el Programa de reutilización de libros de texto, «RELEO», dirigida a los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación que impartan enseñanzas obligatorias en la Comunidad de Castilla y León, para el curso 2016-2017. (BOCyL 12-05-2016)

    Información adicional:

    Criterios para la distribución de libros en el centro educativo

    • La comisión de gestión y valoración del programa ?RELEO? de cada centro procederá a adjudicar los libros de texto y el material curricular del banco priorizando al alumnado que se encuentre en situación económica desfavorecida, debidamente acreditada mediante el correspondiente informe emitido por el centro de acción social perteneciente a la zona donde esté ubicado el centro docente. Cubiertas las necesidades de estos alumnados, se procederá a la adjudicación de acuerdo con los siguientes criterios de preferencia, en función de las existencias del banco:
      • Alumnado que haya realizado donaciones, de forma proporcional a los libros que haya entregado.
      • Alumnado que no haya realizado donaciones, por proceder de un centro no participante en el programa ?RELEO? o de un curso en el que los libros de texto y el material curricular no fueran reutilizables.
      • Alumnado que hubiera realizado donaciones pero no hubiese recibido todos los libros solicitados.
      • Alumnado que hubiese realizado peticiones sin efectuar ninguna entrega de libros.
    • En ningún caso se adjudicarán libros y/u otro material curricular del banco al alumnado que no haya hecho uso adecuado de los mismos en convocatorias anteriores.


    Compromisos del alumnado

    • El alumnado participante en el programa ?RELEO? respetará las normas establecidas en el reglamento de régimen interno del centro relativas a la utilización y conservación de los libros de texto y material curricular que forme parte de su banco de libros. Se compromete al cuidado y devolución en plazo de los libros y material cedido.

    Compatibilidad

    • La participación en el Programa de reutilización de libros de texto, ?RELEO? no impedirá al alumnado la percepción de ayudas para la adquisición de libros de texto convocadas por la Consejería de Educación, en los términos establecidos en la normativa reguladora de estas ayudas y en las correspondientes convocatorias.

    Herramienta informática

    1. La Consejería de Educación habilitará la aplicación informática Releo integrada en STILUS, se dará de alta automáticamente en ella a los centros participantes en convocatorias anteriores del programa. Los centros que participen por primera vez deberán de solicitar el alta a través de los responsables de la gestión del programa en las direcciones provinciales de educación.
    2. Hasta el 31 de mayo de 2016 los centros deberán incluir en la aplicación Releo el listado de libros de texto seleccionados para cada curso y asignatura.
    3. La aplicación facilitará a los centros la gestión del Programa de reutilización de libros de texto ?RELEO? y les permitirá la grabación de las solicitudes de participación del alumnado en el programa, la determinación del material necesario al objeto de completar sus bancos de libros, el conocimiento en diferentes momentos del estado de los banco de libros y la realización de comprobaciones y cálculos estadísticos.
    4. La grabación de las solicitudes de los alumnos se realizará del 13 al 24 de junio en los centros de educación primaria y del 20 de junio al 8 de julio de 2016 en los centros de educación secundaria, todos ellos inclusive.

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    Fecha de publicación:

    26 de abril de 2016

    Objeto:

    Seleccionar al alumnado participante en el Programa experimental "Campus de Profundización Científica", durante el curso escolar 2015/2016. La finalidad del Programa es:
    a) La promoción de la investigación científica entre el alumnado, buscando un equilibrio entre las actividades y talleres propiamente científicos, de potenciación práctica del currículo de bachillerato, y las actividades lúdicas y culturales.
    b) La convivencia entre el alumnado participante así como el intercambio de experiencias personales.
    c) El reconocimiento del esfuerzo individual de los alumnos que hayan obtenido un excepcional rendimiento en el área científica.

    ¿Quién lo puede solicitar?:

    Alumnos que cursen primero de bachillerato en la modalidad de ciencias y tecnología, en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León y reúnan los requisitos

    ¿Qué requisitos debo cumplir?:

    a) Haber obtenido el título de graduado en educación secundaria obligatoria en la evaluación final ordinaria, en el curso 2014-2015, con una nota media igual o superior a 8.
    b) Haber obtenido en las evaluaciones realizadas en el curso 2015-2016 hasta el momento de la publicación de esta orden, una nota media igual o superior a 7,5.
    La nota media se expresará con dos decimales y se obtendrá sumando las calificaciones de todas las materias, excepto la religión, y dividiendo la cifra resultante entre el número de materias computadas.
    Para la participación en el Programa, en el supuesto que sean menores de edad, los padres o tutores de los alumnos seleccionados deberán prestar su consentimiento.

    ¿Qué documentos necesito?:

    Solicitud conforme al modelo normalizado, cumplimentada por el alumno o, en caso de ser menor de edad, por su padre, madre o tutor, dirigida al Sr. Consejero de Educación, y acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:
    a) En el caso que el alumno sea mayor de edad, aportará el Documento Nacional de Identidad, salvo que autoricen a la Consejería de Educación a obtener directamente y/o por medios telemáticos la comprobación de los datos de identidad personal y edad.
    b) Certificado del centro en que el alumno haya cursado sus estudios de educación secundaria obligatoria en el que conste que ha obtenido el título de graduado en educación secundaria obligatoria en la evaluación final ordinaria en el curso 2014-2015 y la nota media obtenida.
    c) Certificado del centro en el que el alumno esté realizando sus estudios de bachillerato en el que consten las calificaciones obtenidas, en las evaluaciones realizadas en el curso 2015-2016 hasta el momento de la publicación de esta orden, y la nota media resultante.

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

    Desde el 27 de abril de 2016 hasta el 11 de mayo de 2016

    Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

    Lugar y Forma de presentación:

    Presencial:

    Electrónico:

    Organismo:

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Dirección General de Innovación y Equidad Educativa

    Órgano que resuelve:

    Consejero de Educación

    Plazo de resolución:

    El plazo máximo para resolver y publicar la resolución será de 3 MESES contados desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que la resolución haya sido publicada, se podrán entender desestimadas las solicitudes.

    La resolución será publicada en el "Boletín Oficial de Castilla y León" y será objeto de publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León.

    Notificación:

    • En el Boletín Oficial de Castilla y León

    Recursos:

    • Contencioso-administrativo.
    • Reposición.

    Efecto del silencio administrativo:

    Desestimatorio

    Legislación aplicable:

    • ORDEN EDU/311/2016, de 18 de abril, por la que se selecciona a los alumnos participantes en el programa experimental «Campus de Profundización Científica» durante el curso escolar 2015-2016. (BOCyL 26-04-2016)

    Información adicional:

    DISTRIBUCIÓN DE LAS PLAZAS Y DESARROLLO DEL PROGRAMA

    El Programa cuenta con un máximo de 40 plazas distribuidas, en función de los alumnos matriculados en bachillerato en los centros docentes de las nueve provincias de la Comunidad de Castilla y León durante el curso 2015-2016, de la siguiente forma: Ávila 3, Burgos 5, León 7, Palencia 3, Salamanca 6, Segovia 3, Soria 3, Valladolid 7 y Zamora 3.
    Las plazas, de acuerdo con el número de alumnos matriculados en bachillerato en el curso 2015-2016, tendrán la siguiente distribución en cada provincia:
    • 75% para los alumnos de los centros de titularidad pública.
    • 25% para los alumnos de los centros de titularidad privada.

    Si en alguna provincia quedase vacante alguna de las plazas que tiene asignadas, la plaza se adjudicará al alumno con mejor expediente de la lista de suplentes, con independencia de la provincia a la que pertenezca.
    El programa se desarrollará en el IES Politécnico de Soria, con alojamiento y manutención en la residencia «Escuela Hogar Madre de las Mercedes» de Soria, del 6 al 16 de julio de 2016.
    Los gastos de desplazamiento de los alumnos desde su domicilio hasta la Escuela Hogar Madre de las Mercedes de Soria así como el regreso correrán a cargo de las familias.

    Resolución. Beneficiarios:

    ORDEN EDU/495/2016, de 2 de junio, por la que se resuelve la convocatoria por la que se selecciona a los alumnos participantes en el programa experimental «Campus de Profundización Científica», durante el curso escolar 2015-2016. (BOCyL 13-06-2016)

    ORDEN EDU/495/2016 (BOCyL 13-06-2016) (1.333 kbytes)

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    Fecha de publicación:

    9 de enero de 2017

    Objeto:

    Efectuar la convocatoria para la presentación de los planes de éxito educativo por los centros docentes públicos de Castilla y León y su posterior selección en el curso 2016/2017, para la puesta en marcha de la medida «Impartición de clases extraordinarias fuera del período lectivo al alumnado de educación secundaria obligatoria». Modalidad alumnado de 4º de educación secundaria obligatoria. Preparación de pruebas extraordinarias, contemplada en la Orden EDU/872 /2014, de 10 de octubre, por la que se regula el «Programa para la Mejora del Éxito Educativo» en la Comunidad de Castilla y León.

    ¿Quién lo puede solicitar?:

    Podrán presentarse a esta convocatoria los centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León.

    ¿Qué documentos necesito?:

    Solicitud de convocatoria, Anexo I, y que se formalizará conforme al modelo normalizado y se acompañará de la siguiente documentación:

    • Propuesta de Plan de Éxito Educativo del centro, conforme al modelo que figura en el Anexo II.
    • En el supuesto de los planes de éxito educativo de zona, compromiso de participación de los directores de los centros agrupados.

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

    Desde el 10 de enero de 2017 hasta el 31 de enero de 2017

    Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

    Lugar y Forma de presentación:

    Presencial:

    Electrónico:

    Organismo:

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Dirección General de Innovación y Equidad Educativa

    Órgano que resuelve:

    Consejero de Educación

    Plazo de resolución:

    • El plazo para resolver esta convocatoria y publicar la resolución será, como máximo, de 6 MESES contados a partir del día siguiente a la finalización del plazo para presentar las solicitudes. Transcurrido dicho plazo, sin que la resolución haya sido publicada, se entenderán DESESTIMADAS las solicitudes.
    • La resolución de la convocatoria se publicará en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y será objeto de publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http:/www.educa.jcyl.es).

    Notificación:

    • En el Boletín Oficial de Castilla y León.

    Recursos:

    • Contencioso-administrativo.
    • Reposición.

    Efecto del silencio administrativo:

    Desestimatorio

    Legislación aplicable:

    • ORDEN EDU/872/2014, de 10 de octubre, por la que se regula el Programa para la Mejora del Éxito Educativo en la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 22-10-2014)
    • ORDEN EDU/1103/2016, de 27 de diciembre, por la que se convoca a los centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León a participar en el Programa para la Mejora del Éxito Educativo para el curso 2016-2017 (BOCyL 09-01-2017)

    Resolución. Beneficiarios:

    ORDEN EDU/184/2017, de 13 de marzo, por la que se resuelve la convocatoria a los centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León a participar en el Programa para la Mejora del Éxito Educativo para el curso 2016-2017. (BOCyL 22-03-2017)

    ORDEN EDU/184/2017 (BOCyL 22-03-2017) (1.027 kbytes)

  • Tramitación electrónica

    Fecha de publicación:

    17 de octubre de 2016

    Objeto:

    Convocatoria del Programa para la mejora de las destrezas de expresión oral, Liga Debate, dirigida a centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten educación secundaria obligatoria y bachillerato en la Comunidad de Castilla y León, durante el curso 2016/2017. El Programa Liga Debate consiste en la puesta en práctica de actividades de aprendizaje colectivo, centradas en el desarrollo de herramientas que mejoren las habilidades oratorias del alumnado.

    El programa se desarrollará en distintas fases:

    1. Fase previa.
    2. Fase de centro.
    3. Fase provincial de debate por etapas educativas.
    4. Fase regional de argumentación por etapas educativas: «Liga Debate».
    5. Fase final por etapas educativas: «Liga Debate».

    ¿Quién lo puede solicitar?:

    Centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas de educación secundaria obligatoria y bachillerato en la Comunidad de Castilla y León. Podrá participar todo el alumnado de 3º y 4º curso de ESO y 1º de Bachillerato

    ¿Qué documentos necesito?:

    Solicitud en modelo normalizado,cumplimentada por el director o titular del centro, y dirigida a la Directora General de Innovación y Equidad Educativa.

    A la solicitud se acompañará una memoria elaborada por el equipo docente, certificada por el secretario y visada por el director o el titular del centro, en la que se relacionarán aquellos programas y proyectos en los cuales el centro docente haya participado, y en la que asimismo el director o titular del centro nombrará un profesor responsable del programa y, en su caso, hasta un máximo de tres profesores colaboradores, entre los miembros de su equipo docente a elección del centro.

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

    Desde el 18 de octubre de 2016 hasta el 11 de noviembre de 2016

    Más Detalles:

    Mediante Resolución de la Dirección General de Innovación y Equidad Educativa de 4 de noviembre de 2016 se ha ampliado hasta el día 11 de noviembre de 2016 inclusive, el plazo para la presentación de solicitudes previsto inicialmente.

    Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

    Lugar y Forma de presentación:

    Electrónico:

    Organismo:

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Dirección General de Innovación y Equidad Educativa

    Órgano que resuelve:

    Directora General de Innovación y Equidad Educativa

    Plazo de resolución:

    El plazo máximo para resolver y publicar la resolución será de 3 MESES contados desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    La resolución será publicada en el ?Boletín Oficial de Castilla y León? y será objeto de publicidad a través de internet en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http:/www.educa.jcyl.es).

    Notificación:

    • En el Boletín Oficial de Castilla y León.
    • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la Ventanilla del Ciudadano.
    • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dichos aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.

    Recursos:

    • Alzada.

    Efecto del silencio administrativo:

    Desestimatorio

    Legislación aplicable:

    • RESOLUCIÓN de 3 de octubre de 2016, de la Dirección General de Innovación y Equidad Educativa, por la que se establece con carácter experimental, el programa para la mejora de las destrezas de expresión oral, liga debate, y se convoca a participar a los centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten educación secundaria obligatoria y bachillerato en la Comunidad de Castilla y León, durante el curso 2016/2017 (BOCyL 17-10-2016)

    Información adicional:

    RECONOCIMIENTOS

    1. Los centros seleccionados para participar en este programa recibirán un diploma acreditativo de su participación y, en su caso, de su condición de ganador en la fase provincial o regional en el nivel educativo correspondiente.

    2. A todos los docentes participantes en la «Liga Debate» se les reconocerá su labor mediante 3 créditos de formación para el profesor responsable y 1 crédito de formación, en su caso, para cada uno de los profesores colaboradores, de acuerdo con la normativa vigente en materia de evaluación, certificación y registro de asistentes a actividades de formación permanente.

    3. Todos los componentes de los equipos de alumnos que resulten ganadores en las fases provinciales o en la fase regional recibirán un diploma acreditativo.

    4. Los nueve centros seleccionados en la fase regional de cada una de las etapas educativas tendrán la posibilidad de participar de forma presencial en debates públicos organizados en instituciones ya sean educativas, culturales o artísticas, propuestas por la Dirección General de Innovación y Equidad Educativa.

    5. La Fundación Villalar-Castilla y León obsequiará además a los profesores y alumnos de los equipos finalistas con materiales educativos, que en el caso del equipo ganador consistirán en dispositivos digitales para cada uno de sus integrantes.

  • Tramitación electrónica

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    Fase actual del tramite:

    Listados Provisionales Conciliamos en Navidad 2016

    Objeto:

    Convocar el programa ?Conciliamos?, dirigido a la atención lúdica de niños y niñas durante los periodos vacacionales, con el fin de facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral. El período de funcionamiento en Navidad 2016: comprenderá los días laborables, de lunes a viernes, desde el 23 de diciembre de 2016 al 8 de enero de 2017. Se ha procedido a la división de este período en tres semanas:

    • 1ª SEMANA: 23 DE DICIEMBRE DE 2016
    • 2ª SEMANA: 27 - 28 - 29 - 30 DE DICIEMBRE DE 2016
    • 3ª SEMANA: 3 - 4 - 5 DE ENERO DE 2017

    ¿Quién lo puede solicitar?:

    El programa se destina a aquellas unidades familiares que cumplan los requisitos:

    ¿Qué requisitos debo cumplir?:

    a) Que los menores para los que se va a solicitar plaza en el programa, tengan edades comprendidas entre 3 y 12 años, a fecha de inicio de cada uno de los períodos de funcionamiento del programa, pudiéndose aumentar la edad del menor hasta los 14 años cuando se trate de alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo (ACNEAE) escolarizados en centros ordinarios de Educación Primaria.
    También se podrá solicitar plaza para los menores de otras nacionalidades que participen en programas de acogida temporal en familias castellano leonesas, con el mismo límite de edad anteriormente señalado.
    b) Que los progenitores o representantes legales se encuentren en alguna de estas situaciones:
    ? Desarrollen una actividad profesional durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.
    ? Realicen actividades formativas convocadas por el Servicio Público de Empleo durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.
    ? Presenten un grado de discapacidad igual o superior al 65%, o deban atender a familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad con al menos dicho grado de discapacidad.
    ? Tengan reconocido el carácter de cuidadores familiares de personas dependientes.
    ? Participen en un proceso selectivo para el acceso a cualquier Administración Pública durante el período de funcionamiento del programa.
    c) Tanto el menor para el que se solicita plaza en el programa como, al menos, uno de los padres o representantes legales, deberán estar empadronados en alguno de los municipios de la Comunidad de Castilla y León en el momento de formular la solicitud. No se exigirá el empadronamiento a los menores acogidos temporalmente.

    ¿Qué documentos necesito?:

    Solicitud en modelo normalizado, dirigida al Director General de Familia y Políticas Sociales, en la que deberán indicar las semanas en las que desean participar, y por orden de preferencia, la instalación para la que se solicita plaza en el programa. En un único impreso se podrán solicitar plazas para un máximo de tres niños de la misma unidad familiar. La solicitud irá acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:

    A) Los asistentes al programa Conciliamos en ediciones anteriores cuyas circunstancias familiares y laborales no hayan variado sólo deberán presentar la Declaración Responsable comprendida en la solicitud y autorización de la unidad familiar para comprobar datos económicos o declaración IRPF 2015.

    B) Nuevos solicitantes del programa:

    • Copia íntegra de libro de familia y/o en su caso, documentación relativa al acogimiento, tutela u otras circunstancias. En su caso, acreditación de la condición de monoparentalidad.
    • Copia del título de familia numerosa, cuando no haya sido expedido por la Comunidad de Castilla y León.
    • Acreditación de la necesidad de conciliación de la vida familiar y laboral.
    • Autorización comprendida en la solicitud, al órgano gestor, a verificar los datos de residencia y los relativos a la capacidad económica de la unidad familiar. Si los solicitantes no autorizan, deberán presentar certificado de empadronamiento en algún municipio de Castilla y León, y copia de la declaración del IRPF correspondiente al año 2015.

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

    Desde el 7 de octubre de 2016 hasta el 17 de octubre de 2016

    Más Detalles:

    Siempre que existan plazas vacantes, se podrán adjudicar plazas a nuevas solicitudes presentadas fuera de los plazos indicados anteriormente, siguiendo el orden de presentación de las mismas, siempre y cuando estas solicitudes se presenten debidamente cumplimentadas y acompañadas de toda la documentación requerida.

    Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

    Lugar y Forma de presentación:

    Presencial:

    Electrónico:

    Te interesa saber:

    Listados Provisionales Conciliamos en Navidad 2016

    Fecha de publicación:15 de noviembre de 2016

    Contenido:

    Una vez verificadas las solicitudes presentadas, se han elaborado las listas provisionales de adjudicatarios.

    Las alegaciones, subsanaciones de documentación y la propuesta de modificación del centro y de las semanas solicitadas, en su caso, se presentarán en el período comprendido del 16 al 25 de noviembre de 2016, ambos incluidos, en la correspondiente Gerencia Territorial de Servicios Sociales, de forma presencial, por fax o mediante correo electrónico, al número de dirección que se indica en el Anexo de Lugares para alegaciones, subsanaciones y propuestas de modificación.

    Organismo:

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Dirección General de Familia y Políticas Sociales

    Órgano que resuelve:

    Dirección General de Familia y Políticas Sociales

    Notificación:

    Las Listas provisionales de adjudicatarios se expondrán:

    • En los Tablones de Anuncios de las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales
    • En el portal web www.jcyl.es

    Las Listas definitivas de adjudicatarios se expondrán:

    • En los Tablones de Anuncios de las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales
    • En las propias instalaciones en las que se vaya a desarrollar el programa
    • En el portal web www.jcyl.es

    Las fechas APROXIMADAS para la publicación de las listas provisionales y definitivas, y para el pago de la cuota, son las que a continuación se indican:

    • 16 DE NOVIEMBRE DE 2016 - PUBLICACIÓN LISTAS PROVISIONALES.
    • 26 DE NOVIEMBRE DE 2016 - FIN PLAZO RECLAMACIONES A LISTAS PROVISIONALES.
    • 9 DE DICIEMBRE DE 2016 - PUBLICACIÓN LISTAS DEFINITIVAS.
    • 12 - 13 - 14 DICIEMBRE DE 2016 - PLAZO PAGO CUOTA

    Recursos:

    Alzada.

    Legislación aplicable:

    • ACUERDO 6/2016, de 28 de enero, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban los precios por participación en el programa "Conciliamos" en el año 2016 (BOCyL 01-02-2016).
    • RESOLUCIÓN de 1 de febrero de 2016, de la Presidenta del Consejo de Administración de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, por la que se convoca el programa «Conciliamos» en 2016 (BOCyL 02-02-2016).

    Información adicional:

    Cuotas "Conciliamos Navidad 2016"
    Capacidad económica familiarCuota 1ª semanaCuota 2ª semanaCuota 3ª semana
    (1 día)(4 días)(3 días)
    Hasta 9.000 ?ExentoExentoExento
    Desde 9.000,01 ? hasta 18.000,00 ?4 ?16 ?12 ?
    Más de 18.000 ?6 ?24 ?18 ?

    Descuentos:

    • Familias Numerosas de categoría general, cuya capacidad económica no supere los 40.000 ?: bonificación del 50% de la cuota.
    • Familias Numerosas de categoría especial, cuya capacidad económica no supere 40.000 ?, exentos de cuota.
    • Dos o más menores de la misma unidad familiar que sean usuarios del programa: el segundo y siguientes, bonificación del 25% de la cuota, que se aplicará sobre el importe de menor cuantía en aquellos casos en que las cuotas sean diferentes. Esta bonificación no procederá en el caso de que se haya aplicado bonificación para familias numerosas de categoría general.
    • Los usuarios que asistan a todo el periodo del Programa de verano, la cuota aplicable a la última semana será de la mitad de la cuota semanal que les corresponda.

    Confirmación de plaza

    • En el plazo de los tres días siguientes a la publicación de las listas definitivas, los interesados deberán confirmar la plaza adjudicada
    • Los interesados deberán confirmar la plaza adjudicada mediante el justificante que acredite haber efectuado el pago correspondiente. En el caso de que los interesados tengan asignada cuota cero deberán confirmar la plaza por escrito. La confirmación se realizará en la Gerencia Territorial de Servicios Sociales, de forma presencial, por correo electrónico o por fax.

    Renuncia al programa y devolución de cuota

    • En los supuestos de renuncia de los solicitantes, producida con una antelación de, al menos, 7 DÍAS NATURALES al inicio de cada uno de los períodos de funcionamiento del programa, se procederá a la DEVOLUCIÓN del 80% de la cuota abonada.
    • Si la renuncia se presenta, transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior, pero antes del inicio del período solicitado, se procederá a la DEVOLUCIÓN del 80% de la cuota cuando se fundamente en alguna de las siguientes CAUSAS:
      a) Enfermedad, fallecimiento o accidente del menor.
      b) Cumplimiento de un deber inexcusable, legalmente previsto, por parte de los progenitores.
      c) Modificación de las circunstancias familiares que supongan incumplimiento de los requisitos establecidos en el Resuelvo segundo.

    Resultado del sorteo para establecer la prioridad en la adjudicación de plazas

    • Realizado sorteo el 15 de febrero de 2016, para establecer la prioridad en la asignación de centro para el Programa Conciliamos en 2016, en el caso de que existan más solicitudes que plazas, el resultado ha sido: letra P para el primer apellido y letra W para el segundo apellido.

  • Objeto

    Convocar el programa “Conciliamos”, dirigido a la atención lúdica de niños y niñas de entre 3 y 12 años durante el periodo vacacional de Navidad 2019, con el fin de facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral.

    El período de funcionamiento en Navidad 2019 será los días laborables, de lunes a viernes, desde el 23 de diciembre de 2019 hasta el 7 de enero de 2020.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    El programa se destina a aquellas unidades familiares que cumplan los requisitos:

    Lugar y Forma de presentación

    Presencial:

    Electrónico:

    Fase actual del tramite

    Publicación de Listados Provisionales Programa «Conciliamos en Navidad» 2019

    ¿Qué requisitos debo cumplir?

    a) Que los menores para los que se va a solicitar plaza en el programa, tengan edades comprendidas entre 3 y 12 años, a fecha de inicio del programa.

    Se aumenta la edad del menor hasta los 14 años, cuando se trate de alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo (ACNEAE) escolarizados en centros ordinarios de Educación Primaria.

    También se podrá solicitar plaza para los menores de otras nacionalidades que participen en programas de acogida temporal en familias castellano leonesas, con el mismo límite de edad anteriormente señalado.

    b) Que los progenitores o representantes legales se encuentren en alguna de estas situaciones:

    • Desarrollen una actividad profesional durante el periodo de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.
    • Realicen actividades formativas convocadas por el Servicio Público de Empleo durante el periodo de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.
    • Presenten un grado de discapacidad igual o superior al 65%, o deban atender a familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad con al menos dicho grado de discapacidad.
    • Tengan reconocido el carácter de cuidadores familiares de personas dependientes.
    • Participen en procesos selectivos para el acceso a cualquier Administración Pública durante el funcionamiento del programa.
    • Padezcan enfermedad grave y/o deban seguir tratamientos médicos que imposibiliten el cuidado de sus hijos.

    c) Tanto el menor para el que se solicita plaza en el programa como, al menos, uno de los padres o representantes legales, deberán estar empadronados en alguno de los municipios de la Comunidad de Castilla y León en el momento de formular la solicitud.

    ¿Qué documentos necesito?

    Solicitud en modelo normalizado, dirigida al Director General de Familia y Políticas Sociales, y en la que se deberán indicar las semanas en las que desean participar, y por orden de preferencia, la instalación para la que se solicita plaza en el programa, en un único impreso se podrán solicitar plazas para un máximo de tres niños de la misma unidad familiar. La solicitud irá acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:

    A) Los asistentes al programa Conciliamos en ediciones anteriores cuyas circunstancias familiares y laborales no hayan variado sólo deberán presentar Declaración Responsable comprendida en la solicitud y autorización de la unidad familiar para comprobar datos económicos o declaración IRPF 2018.

    B) Nuevos solicitantes del programa:

    • Copia íntegra de libro de familia y/o en su caso, documentación relativa al acogimiento, tutela u otras circunstancias. En su caso, acreditación de la condición de monoparentalidad.
    • Copia del título de familia numerosa, cuando no haya sido expedido por la Comunidad de Castilla y León.
    • Autorización comprendida en la solicitud, al órgano gestor, a verificar los datos de residencia y los relativos a la capacidad económica de la unidad familiar. Si los solicitantes no autorizan, deberán presentar certificado de empadronamiento en algún municipio de Castilla y León, y copia de la declaración del IRPF correspondiente al año 2018.
    • La acreditación de la necesidad de conciliación de la vida familiar y laboral, se realizará mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos de ambos progenitores o representantes legales, o del responsable familiar en el supuesto de familia monoparental, o bien la autorización al órgano gestor para verificar el cumplimiento de los requisitos, en los supuestos que se indican:
      • a) Certificado de la empresa en la que presten sus servicios, en el que se especifique el horario laboral durante los sábados y/o los períodos de vacaciones escolares solicitados. Si prestan servicios en la Administración de la Comunidad de Castilla y León esta información será verificada por el órgano gestor del presente programa.
      • b) En el caso de trabajadores por cuenta propia, copia del resguardo del ingreso de la cuota de autónomo de como máximo, dos meses anteriores al inicio del período de funcionamiento del programa que se solicite.
      • c) En el supuesto de estar realizando un curso impulsado por el Servicio Público de Empleo o la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, para la inserción socio-laboral, durante el desarrollo del programa en horario coincidente con éste, se hará constar esta circunstancia en el impreso de solicitud, a fin de que el órgano gestor del programa pueda verificar su realización.
      • d) Copia del grado de discapacidad de los ascendientes o descendientes a cargo de los progenitores. Si los solicitantes son los que tienen reconocido el grado de discapacidad por la Comunidad de Castilla y León, podrán autorizar al órgano gestor del Programa Conciliamos a verificar dicha condición.
      • e) Los cuidadores familiares de personas dependientes, deberán indicar en el impreso de solicitud el nombre y DNI del beneficiario de la prestación económica para cuidados en el entorno familiar, a fin de que el órgano gestor del Programa Conciliamos pueda verificar esta circunstancia.
      • f) Los aspirantes a plazas ofertadas por una Administración Pública, deberán presentar copia de la solicitud de participación en el correspondiente proceso selectivo.
      • g) Informe médico que certifique la enfermedad grave o los tratamientos médicos que deben seguir los progenitores o representantes legales de los menores.

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

    Desde el 7 de octubre de 2019 hasta el 16 de octubre de 2019

    Más Detalles:

    Siempre que existan plazas vacantes, se podrán adjudicar plazas a solicitudes presentadas fuera del plazo indicado anteriormente, siguiendo el orden de presentación de las mismas.

    Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

    Te interesa saber

    Cuotas y Descuentos

    Contenido:

    La cuota anual por participación en el programa correspondiente a cada uno de los períodos vacacionales se determinará en función de la capacidad económica familiar y será el resultado de multiplicar por la cuota diaria que a continuación se indica:

    • Los días de Carnaval o los que contenga cada semana en las que se dividan los distintos períodos vacacionales (Semana Santa, Verano y Navidad).

    Cuotas programa "Conciliamos"
    Capacidad económica familiar Cuota diaria
    Hasta 9.000 € Exento
    Desde 9.000,01 € hasta 18.000,00 € 4 €
    Más de 18.000 € 6 €

    Estarán exentos del abono de la cuota:

    • Las familias numerosas de categoría especial cuya capacidad económica, calculada de acuerdo con lo previsto en esta resolución, no supere 40.000 €.
    • Los menores que estén bajo medidas de protección a la infancia de esta Comunidad.
    • Los menores de otras nacionalidades que participen en programas de acogida temporal en familias de Castilla y León.
    • Las familias en las que alguno de sus miembros sea víctima de actos terroristas en los términos de la Ley 29/2011 de 22 de setiembre de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas de Terrorismo. La condición de víctima de terrorismo se acreditará documentalmente de conformidad con lo dispuesto en el Art. 4.bis apartado 3 de la Ley 32/1999 de 8 de octubre de solidaridad con las víctimas de terrorismo mediante la exhibición del informe preceptivo del Ministerio de Interior o bien de la Resolución de Reconocimiento por parte de la Administración General del Estado de pensión extraordinaria por acto de terrorismo o de sentencia judicial firme en que se hubiese reconocido aportando copia de éstos.
    • Los hijos de víctimas de violencia de género. Esta circunstancia se acreditará documentalmente mediante la exhibición de alguno de los siguientes documentos aportando copia del mismo:
      • a) Resolución judicial otorgando la orden de protección o acordando medida cautelar a favor de la víctima atinente a causa criminal por violencia de género.
      • b) Sentencia firme de cualquier orden jurisdiccional que declare que la mujer padeció violencia en cualquiera de las formas recogidas en el artículo 3 de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre contra la Violencia de Género en Castilla y León.
      • c) Certificación o informe de los servicios sociales o sanitarios de la administración pública autonómica o local.
      • d) Informe de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social.
      • e) Excepcionalmente y hasta tanto se dicte la orden de protección, será título de acreditación de la situación de violencia de género el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante de alguno de los recursos previstos en la presente ley es víctima de tal violencia.

    Bonificación:

    • Las familias numerosas de categoría general, cuya capacidad económica, calculada de acuerdo con lo previsto en esta resolución, no supere los 40.000 €, tendrán una bonificación del 50% de la cuota.
    • En el supuesto de que dos o más menores de la misma unidad familiar sean usuarios del programa conciliamos, el segundo y siguientes tendrán una bonificación del 25% de la cuota, que se aplicará sobre el importe de menor cuantía en aquellos casos en que las cuotas sean diferentes. Esta bonificación no procederá en el caso de que se haya aplicado la bonificación para familias numerosas de categoría general o cuando alguno de ellos esté exento de cuota.
    • Para los usuarios que asistan a todo el periodo del programa, la cuota aplicable a la quinta semana, será la mitad de la cuota semanal que les corresponda.
    Confirmación y Renuncia de plazas

    Contenido:

    Confirmación de plaza

    • En el plazo de los tres días hábiles siguientes a la publicación de las listas definitivas, todos los admitidos deberán confirmar la plaza adjudicada.
    • Los interesados deberán confirmar la plaza adjudicada mediante el justificante que acredite haber efectuado el pago correspondiente. En el caso de que los interesados tengan asignada cuota cero deberán confirmar la plaza por escrito. La confirmación se realizará en la Gerencia Territorial de Servicios Sociales, de forma presencial, por correo electrónico o por fax.
    • Transcurrido dicho plazo, si no se ha confirmado, se considerará que renuncian a la plaza adjudicada.

    Renuncia al programa y devolución de cuota

    En los supuestos de que los solicitantes renuncien a la plaza adjudicada, con una antelación de, al menos, 7 días naturales al inicio de cada uno de los períodos de funcionamiento se procederá a la devolución del 80% de la cuota abonada.

    Si la renuncia se presenta, transcurrido el plazo previsto, pero antes del inicio del período solicitado, se procederá a la devolución del 80% de la cuota cuando se fundamente en alguna de las siguientes causas:

    • a) Enfermedad, fallecimiento o accidente del menor.
    • b) Cumplimiento de un deber inexcusable, legalmente previsto, por parte de los progenitores o representantes legales.
    • c) Modificación de las circunstancias familiares que supongan incumplimiento de los requisitos.

    En otros supuestos no procederá devolución alguna.

    La solicitud de devolución de la cuota, en la que se harán constar los datos personales y bancarios del solicitante, se presentará preferentemente en las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales, adjuntando la siguiente documentación:

    • a) Certificado médico que justifique la imposibilidad de acudir al programa en las fechas solicitadas.
    • b) Documento que justifique el deber inexcusable alegado, o la modificación de las circunstancias familiares, en su caso.
    • c) Copia del justificante de ingreso de la cuota.
    • d) Copia de la 1.ª hoja de la libreta donde figuren sus titulares y el IBAN y los 20 dígitos identificativos de la cuenta corriente o declaración responsable en el que se indique la titularidad de una cuenta corriente, el IBAN y los 20 dígitos que la identifican.

    A los efectos de facilitar la ocupación de la plaza por otro solicitante, las renuncias producidas por estas causas, se deberán comunicar de forma fehaciente en el plazo más breve posible a pago.conciliamos.valladolid@jcyl.es o al Fax 983 31.72.47.

    Sorteo, Listas provisionales y definitivas

    Contenido:

    Sorteo

    • SORTEO 2018: La Resolución de 9 de febrero de 2018, por la que se convoca el Programa Conciliamos en 2018, establece en el Resuelvo Décimo Punto 2, que en el caso de que existan más solicitudes que plazas, éstas se asignarán por el orden alfabético que determine el sorteo que se celebrará el día 26 de febrero de 2018 a las 10 horas, en la Sede de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, C/ Mieses, 26, Valladolid. Realizado sorteo el 26 de febrero de 2018, para establecer la prioridad en la asignación de centro para el Programa Conciliamos en 2018, en el caso de que existan más solicitudes que plazas, el resultado ha sido: letra Z para el primer apellido y letra W para el segundo apellido.
    • SORTEO 2019: La Resolución de 2 de octubre de 2018, por la que se convoca el Programa Conciliamos en 2019, establece en el Resuelvo Décimo Punto 2, que en el caso de que existan más solicitudes que plazas, éstas se asignarán por el orden alfabético que determine el sorteo que se celebrará el 15 de noviembre de 2018, a las 10 horas, en la Sede de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, C/ Mieses, 26.
    • En el supuesto de que en una localidad se oferte más de una instalación, y en alguna de ellas el número de solicitantes fuera reducido, podrá procederse a la agrupación de los menores, y a la supresión de aquella que tenga menor número de participantes.

    Las Listas provisionales de adjudicatarios se expondrán

    • En los Tablones de Anuncios de las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales
    • En el portal web www.jcyl.es
    • Dentro de los diez días naturales siguientes al primer día de exposición de estas listas y preferentemente a través del correo electrónico pago.conciliamos.valladolid@jcyl.es o del Fax 983 317247, o en las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales, los interesados podrán presentar las alegaciones oportunas, especialmente en los casos de no estar admitidos o de figurar datos incorrectos. En este mismo plazo, podrán proponer la modificación del período y del centro inicialmente solicitado.

    Las Listas definitivas de adjudicatarios se expondrán:

    • En los Tablones de Anuncios de las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales
    • En las propias instalaciones en las que se vaya a desarrollar el programa
    • En el portal web www.jcyl.es
    • La publicación de las listas definitivas contendrá la adjudicación de plaza para todos los períodos solicitados por cada solicitante que acredite el cumplimiento de los requisitos, el centro asignado, y la cuota correspondiente.
    Publicación de Listados Provisionales Programa «Conciliamos en Navidad» 2019

    Fecha de publicación: 12 de noviembre de 2019

    Fecha límite: PLAZO ALEGACIONES: del 13 al 22 de Noviembre, ambos incluidos

    Contenido:

    Una vez verificadas las solicitudes presentadas, se han elaborado las listas provisionales de adjudicatarios.

    Los solicitantes que grabaron todos los datos del impreso de solicitud en la aplicación web de la Junta de Castilla y León pero que NO PRESENTARON ESTA SOLICITUD EN UN REGISTRO PÚBLICO acompañado de la documentación pertinente, en su caso, tal como determina el punto 3 del Resuelvo Sexto, NO HAN PODIDO SER INCLUIDOS EN LAS LISTAS PROVISIONALES, por lo que deberán cumplir este trámite para que puedan ser incluidos en la lista definitiva de adjudicatarios en el supuesto de reunir los requisitos exigidos.

    Si una vez grabados los datos, guardaron en un PDF en su ordenador la solicitud, deberán imprimirla y presentarla junto con la documentación pertinente en un registro público, preferentemente en las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales. Si no conservan el PDF, deberán grabar una nueva solicitud, imprimirla y presentarla con la documentación que proceda, en su caso, en un registro público.

    El Resuelvo Primero de la RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 2018, de la Presidenta del Consejo de Administración de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, por la que se convoca el Programa Conciliamos en 2019, exige como requisito general para la realización del programa en cada instalación, que el número mínimo de solicitudes y de asistencia continuada sea de 15 niños.

    Por no alcanzar el mínimo de solicitudes requerido, EL PROGRAMA NO VA A DESARROLLARSE en la instalación que se indica en el anexo al listado provisional de la provincia afectada por este hecho.

    Además, hay INSTALACIONES que en este momento no han sido excluidas, pero donde es posible que de no confirmar la plaza los 15 niños exigidos en la convocatoria, el programa no se realice

    Las alegaciones, subsanaciones de documentación y la propuesta de modificación del centro y de las semanas solicitadas, en su caso, se presentarán en el período comprendido entre 13 al 22 de noviembre, ambos incluidos, en la correspondiente Gerencia Territorial de Servicios Sociales, de forma presencial, por fax o mediante correo electrónico, al número de dirección que se indica en el Anexo de Lugares para alegaciones, subsanaciones y propuestas de modificación.

    Recursos

    • Alzada.

    Legislación aplicable

    • ACUERDO 4/2018, de 8 de febrero, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban los precios para los años 2018, 2019 y 2020 por la participación en el programa «Conciliamos» (BOCyL 09-02-2018)
    • ACUERDO 53/2018, de 27 de septiembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se modifica el Acuerdo 4/2018, de 8 de febrero, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban los precios para los años 2018, 2019 y 2020 por la participación en el programa «Conciliamos». (BOCyL 01-10-2018)
    • RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 2018, de la Presidenta del Consejo de Administración de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, por la que se convoca el programa «Conciliamos» en 2019 (BOCyL 09-10-2018)

    Organismo

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Órgano que resuelve:

    Dirección General de Familias, Infancia y Atención a la Diversidad

    Tramitación electrónica

    Descargar formulario

    Descargas

  • Tramitación electrónica

    Descargar formulario

    Fecha de publicación:

    29 de abril de 2016

    Objeto:

    Convocar el programa «Cursos de Formación Juvenil para la promoción artística y cultural 2016» y establecer las condiciones de participación en el mismo. Los participantes dispondrán de los siguientes servicios, en función del curso elegido:

    1. Un programa de cursos de promoción artística y cultural y actividades de carácter socio-cultural, formativo y convivencial.
    2. Alojamiento en Albergue Juvenil (A.J.) o Residencia Juvenil (R.J.).
    3. Manutención en régimen de pensión completa (desayuno, comida, merienda y cena).
    4. Equipo de profesores especialistas en promoción artística y equipo de animación.
    5. Material necesario para el desarrollo de la actividad.
    6. Seguro de accidentes.
    7. Los traslados de los distintos cursos se detallan en el Anexo I «Cursos. Requisitos. Codificación. Cuota».

    ¿Quién lo puede solicitar?:

    Jóvenes que cumplan los requisitos.

    ¿Qué requisitos debo cumplir?:

    a) Estar empadronado en Castilla y León, a fecha de fin de plazo de presentación.
    b) Además, sólo en la fase de adjudicación directa, podrán participar:
    ? Descendientes de castellanos y leoneses en el extranjero hasta 2.º grado.
    ? Nacidos en Castilla y León, con residencia o empadronamiento en otra Comunidad Autónoma, hasta 2.º grado.
    ? Descendientes de castellanos y leoneses residentes en otra Comunidad Autónoma.
    Además los jóvenes deben reunir las siguientes condiciones:
    a) En cursos dirigidos a jóvenes de 10 a 13 años, la edad mínima será 10 años cumplidos a lo largo del 2016 y como máximo 13 años a fecha de fin de la actividad. («Cursos iniciación al teatro»).
    b) En cursos dirigidos a jóvenes de 10 a 14 años, la edad mínima será 10 años cumplidos a lo largo del 2016 y como máximo 14 años a fecha de fin de la actividad. («Cursos Música y naturaleza»).
    c) En cursos dirigidos a jóvenes de 10 a 15 años, la edad mínima será 10 años cumplidos a lo largo del 2016 y como máximo 15 años a fecha de fin de la actividad. («Cursos escuela de verano musical»).
    d) En cursos dirigidos a jóvenes de 14 a 17 años, la edad mínima será 14 años cumplidos a lo largo del 2016 y como máximo 17 años a fecha de fin de la actividad. («Curso iniciación al teatro», «Curso iniciación al cine»).
    e) En cursos dirigidos a jóvenes de 18 a 30 años, la edad mínima será de 18 años cumplidos a fecha de iniciación de la actividad y máximo 30 años a fecha de fin de la actividad. (Cursos «Cine mayores»).
    Para solicitar estos cursos es obligatorio estar en posesión del DNI o del Nº de Identificación de Extranjeros.
    La edad de los destinatarios de los cursos, los requisitos específicos y la codificación de los mismos, se establecen en el Anexo I.

    ¿Qué documentos necesito?:

    a) Solicitantes que deseen beneficiarse de las bonificaciones de familia numerosa: cumplimentarán la solicitud (Anexo II), dirigida a la Sección de Juventud de la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes, indicando el código del curso y se acompañará de la autorización para la verificación electrónica de datos personales según Anexo III, que deberá ser firmada por los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años, requisito imprescindible para poder beneficiarse en su caso, de la bonificación establecida.

    b) Para el resto de solicitantes. Cumplimentarán la solicitud (Anexo II), dirigida a la Sección de Juventud de la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes, indicando el código del curso según el Anexo I «Cursos. Requisitos. Codificación. Cuota».

    La solicitud podrá realizarse de forma individual o conjunta. En el caso de menores de edad podrá presentarse una solicitud conjunta con un máximo de cuatro solicitantes a efectos de adjudicación de plaza en el sorteo y orden de suplencias, tramitándose de forma individual para la adjudicación de las suplencias. En el caso de mayores de edad sólo podrá presentarse la solicitud de forma individual.

    Para el curso de música clásica «Escuela de Verano Musical», deberá presentarse además el Anexo IV «Currículum vitae».
    Cada persona podrá solicitar todos los cursos ofertados en los que esté interesada, siempre que cumpla los requisitos exigidos.

    Cuando un solicitante figure en más de una solicitud para un mismo curso, únicamente se tendrá como válida para ese curso la grabada en último lugar. Se procederá de igual modo, cuando coincidan todos los integrantes de una solicitud conjunta.

    Todas las solicitudes que se presenten irán configurando una única lista por curso.

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

    Desde el 30 de abril de 2016 hasta el 19 de mayo de 2016

    Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

    Lugar y Forma de presentación:

    Presencial:

    • Preferentemente en los registros de las Delegaciones Territorialesde la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes; o en alguna de las unidades que integran los servicios de información y atención al ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
    • Oficinas de Información y Registro de la Junta de Castilla y León..
    • En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP).
    • Los solicitantes que deseen beneficiarse de las bonificaciones de familia numerosa: presentarán sus solicitudes exclusivamente de forma presencial, preferentemente, en los registros de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León o en cualquier otro registro de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Si la solicitud se presenta en algún registro diferente a los anteriormente mencionados, se deberá enviar copia de la solicitud y de la autorización para la verificación electrónica de datos personales por fax al 983 317213 o por correo electrónico: cursospromocion@jcyl.es, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    Electrónico:

    Te interesa saber:

    Cuota y bonificaciones

    Contenido:

    Los adjudicatarios de las plazas efectuarán el ingreso de la cuota establecida en el Anexo I «Cursos. Requisitos. Codificación. Cuota», indicando nombre y apellidos del participante y código del curso, en el número de cuenta correspondiente al curso adjudicado.

    En el pago de la cuota correspondiente, se establecen las siguientes bonificaciones:

    • a) 15% para usuarios del Carné Joven Europeo en los cursos de 14 a 30 años.
    • b) 50% para miembros de familia numerosa general, siempre que cumplan los requisitos de capacidad económica establecidos.
    • c) Exentos de abono de cuota los miembros de familia numerosa especial, siempre que cumplan los requisitos de capacidad económica establecidos.

    En el caso de que concurran varias circunstancias de las señaladas, se aplicará la mayor bonificación. Las bonificaciones no son acumulables.

    Los solicitantes que dispongan de título de familia numerosa de categoría general o especial, tendrán derecho a las bonificaciones establecidas en la Ley 1/2007, de 7 de marzo, de medidas de apoyo a las familias de la Comunidad de Castilla y León, cuando la capacidad económica familiar per cápita mensual sea inferior a 1,1 veces el IPREM vigente en el momento de la solicitud, correspondiente a una mensualidad, conforme establece el Decreto 27/2013, de 4 de julio, por el que se establecen los precios públicos por la prestación de servicios en las residencias juveniles titularidad de la Comunidad de Castilla y León y se establece su régimen de bonificaciones.

    Confirmación de las plazas y renuncia

    Contenido:

    Durante todo el proceso los solicitantes podrán confirmar todas las plazas en las que hayan sido seleccionados.

    Para confirmar las plazas, los solicitantes seleccionados deberán presentar, en las Secciones de Juventud de cada provincia o en los puntos de información y atención al ciudadano de la provincia donde hayan presentado su solicitud, la siguiente documentación:

    • a) Ficha de confirmación, conforme al Anexo V de esta orden «Ficha de confirmación», que será, asimismo, publicado en la sede electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el portal de juventud, (http://www.juventud.jcyl.es).
    • b) Documento original que acredite el ingreso de la cuota correspondiente en la entidad bancaria y número de cuenta señalado en el Anexo I de esta orden «Cursos. Requisitos. Codificación. Cuota», haciendo constar el nombre y apellidos del participante y el código del curso.
    • c) Copia del documento nacional de identidad del solicitante seleccionado, salvo autorización al órgano gestor para obtener directamente y/o por medios telemáticos la comprobación de los datos de identidad personal.
    • d) Certificado de empadronamiento en Castilla y León, salvo autorización al órgano gestor para consultar este documento a través del servicio de verificación de datos de residencia.
    • e) Copia del documento nacional de identidad del padre, madre o abuelos, en caso de los descendientes de castellanos y leoneses en el extranjero y/ o nacidos y residentes en otra Comunidad Autónoma.
    • f) Copia del título de familia numerosa de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, salvo autorización al órgano gestor para verificar este dato.
    • g) Copia del título de familia numerosa expedido por otra Comunidad Autónoma en el caso de ser beneficiario de cuota bonificada.
    • h) Carné Joven Europeo expedido por otra Comunidad Autónoma o que no conste en la base de datos del Instituto de la Juventud de Castilla y León, en caso de beneficiarse de bonificación en la cuota.
    • Si dicha documentación se presenta en algún registro diferente a los anteriormente mencionados, se deberá enviar copia por fax al 983 317 213 o por correo electrónico: cursospromocion@jcyl.es, antes de la finalización del plazo de confirmación.

    Los seleccionados en la fase del sorteo, deberán confirmar la plaza el 26 y 27 de mayo.

    Una vez finalizado el plazo anterior, las plazas no confirmadas, pasarán al primer turno de suplencia y así sucesivamente, hasta la total cobertura de las mismas. Se realizarán dos turnos de suplencia:

    • 1.º turno de suplencia: 31 de mayo y 1 de junio hasta las 14.00 horas.
    • 2.º turno de suplencia: 6 y 7 de junio hasta las 14.00 horas.

    Si agotados los plazos anteriores existen plazas vacantes, se asignarán por riguroso orden de petición presencial (adjudicación directa - máximo 4 plazas por persona).

    Se establecen tres turnos de adjudicación directa:

    • a) Primer turno.?10 de junio. Se reserva este turno para aquellos jóvenes que hayan confirmado alguna plaza en cursos que posteriormente hayan sido anulados o cancelados, a quienes se les podrán aplicar, en su caso, las bonificaciones previstas en esta convocatoria.
    • b) Segundo turno.? 15 de junio. Se reserva este turno para aquellos jóvenes que hayan solicitado, dentro del plazo establecido, alguna plaza sin que les haya correspondido ninguna. Se les podrá aplicar, en su caso, las bonificaciones previstas en esta convocatoria.
    • c) Tercer turno.? Libre sin restricciones. 17 de junio. En este turno solamente se aplicará, en su caso, la bonificación prevista para los titulares de Carné Joven Europeo, salvo que se hubiera presentado la solicitud en el plazo establecido en esta convocatoria.

    En esta fase de adjudicación directa las solicitudes se deberán formalizar obligatoriamente de forma presencial a partir de las 9.15 horas en las Secciones de Juventud así como en los puntos de información y atención al ciudadano.

    El plazo para su confirmación finalizará a las 14:00 horas del día siguiente al de realización de la reserva.

    Si transcurridos los plazos indicados anteriormente no se confirma la plaza, se considerará que se renuncia a ella.

    Se comunicarán a los participantes, una vez confirmada la plaza y antes del inicio de cada curso, las fechas, horarios, lugares de salida y regreso, material necesario y programación detallada del mismo.

    Organismo:

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Secciones de Juventud

    Órgano que resuelve:

    Director General del Instituto de la Juventud de Castilla y León

    Plazo de resolución:

    • Las LISTAS PROVISIONALES de solicitantes se podrán consultar, a efectos de comprobar su correcta inclusión en las mismas, a través de internet en la página Web www.juventud.jcyl.es y en www.tramitacastillayleon.jcyl.es, en los tablones de anuncios de las Secciones de Juventud, en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano y en el Instituto de la Juventud de Castilla y León a partir del 20 de Mayo de 2016.
    • Se podrán presentar ALEGACIONES en el caso de no estar incluidos en la lista o de existir datos erróneos, presentando copia de la solicitud exclusivamente en las Secciones de Juventud, hasta el día 23 de Mayo de 2016 a las 14.00 horas. Los solicitantes seleccionados cuyos datos no coincidan con los reseñados en el D.N.I. (excepto domicilio) no podrán confirmar su plaza.
    • Las LISTAS DEFINITIVAS de solicitantes se podrán consultar a través de Internet en la página Web www.juventud.jcyl.es y en www.tramitacastillayleon.jcyl.es, en los tablones de anuncios de las Secciones de Juventud, en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano y en el Instituto de la Juventud de Castilla y León, el 24 de Mayo de 2016.
    • Los solicitante miembros de familia numerosa podrán consultar desde el 24 de mayo si cumplen los requisitos de capacidad económica y pueden acceder a las bonificaciones, introduciendo su DNI / NIE a traves del Portal de Juventud o en las Secciones de Juventud o Puntos de Información y Atención al Ciudadano.
    • La adjudicación de plazas se realizará mediante SORTEO informático el 25 de mayo de 2016, determinando los participantes seleccionados y el orden de suplencia de todos los solicitantes.
    • La relación de SELECCIONADOS y SUPLENTES se expondrá en la sede electrónica de la Administración de Castilla y León, (www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el portal de juventud, (www.juventud.jcyl.es). De forma complementaria, con efectos meramente informativos, los seleccionados que así lo hayan solicitado, podrán ser informados, siempre que las circunstancias técnicas lo permitan, mediante un mensaje de texto telefónico (SMS). Dicho mensaje también se enviará, en su caso, cuando se inicien los diferentes turnos de suplencia, así como el de adjudicación directa, comunicando la existencia de plazas.

    Recursos:

    Alzada.

    Legislación aplicable:

    • ORDEN FAM/339/2016, de 19 de abril, por la que se convoca el Programa Cursos de Formación Juvenil para la promoción artística y cultural 2016 (BOCyL 29-04-2016)

  • Tramitación electrónica

    Descargar formulario

    Fecha de publicación:

    5 de abril de 2017

    Objeto:

    Convocar el programa «Cursos de Formación Juvenil para la promoción artística y cultural 2017», con un total de 204 plazas, y establecer las condiciones de participación en el mismo. Los participantes dispondrán de los siguientes servicios, en función del curso elegido:

    1. Un programa de cursos de promoción artística y cultural y actividades de carácter socio-cultural, formativo y convivencial.

    2. Alojamiento en Albergue Juvenil (A.J.) o Residencia Juvenil (R.J.).

    3. Manutención en régimen de pensión completa.

    4. Equipo de profesores especialistas en cada una de las disciplinas artísticas.

    5. Equipo de personal especializado en animación sociocultural y actividades de tiempo libre.

    6. Material necesario para el desarrollo de la actividad.

    7. Seguro de accidentes.

    8. Transporte: incorporación y regreso a la actividad y traslados internos como excursiones y visitas, en su caso.

    ¿Quién lo puede solicitar?:

    Jóvenes que cumplan los requisitos.

    ¿Qué requisitos debo cumplir?:

    a) Estar en posesión del Documento Nacional de Identidad o del Número de Identificación de Extranjeros.

    b) Estar empadronado en Castilla y León, a fecha de fin de plazo de presentación de solicitudes.

    c) Además, sólo en la fase de adjudicación directa, podrán participar los nacidos en Castilla y León o los descendientes de castellano y leoneses que residan en otra Comunidad Autónoma o en el extranjero.

    d) En los cursos dirigidos a jóvenes de 10 a 13 años («Cursos de iniciación al teatro»), la edad mínima de los participantes será de 10 años cumplidos a lo largo del año 2017 y que como máximo tengan 13 años a fecha de fin de la actividad.

    e) En los cursos dirigidos a jóvenes de 10 a 15 años (Curso «Escuela de verano musical»), la edad mínima de los participantes en estos cursos será de 10 años cumplidos a lo largo del año 2017 y que como máximo tengan 15 años a fecha de fin de la actividad; además para participar en este curso los solicitantes tienen que tener finalizado 2.º año de instrumento musical, en conservatorio, escuelas musicales o bandas municipales.

    f) En los cursos dirigidos a jóvenes de 14 a 17 años (Cursos de «Iniciación al teatro» e «Iniciación al cine»), la edad mínima de los participantes en estos cursos será de 14 años cumplidos a lo largo del año 2017 y que como máximo tengan 17 años a fecha de fin de la actividad.

    Además es necesario cumplir los requisitos específicos de cada curso contenidos en el Anexo I: «Cursos. Codificación. Fechas. Cuota.»

    ¿Qué documentos necesito?:

    a) Solicitantes que deseen beneficiarse de las bonificaciones de familia numerosa: cumplimentarán la solicitud (Anexo II), dirigida a la Sección de Juventud de la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes, indicando el código del curso (Anexo I), y se acompañará de la autorización para la verificación electrónica de datos personales (Anexo III), que será firmada por los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años, requisito imprescindible para poder beneficiarse en su caso, de la bonificación establecida.

    b) Para el resto de solicitantes. Cumplimentarán la solicitud (Anexo II), dirigida a la Sección de Juventud de la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes, indicando el código del curso (Anexo I) «Cursos. Requisitos. Codificación. Cuota».

    La solicitud podrá realizarse de forma individual o conjunta, con un máximo de cuatro solicitantes a efectos de adjudicación de plaza en el sorteo.

    Cada persona podrá solicitar todos los cursos ofertados en los que esté interesada, siempre que cumpla los requisitos exigidos.

    Cuando un solicitante figure en más de una solicitud para un mismo curso, únicamente se tendrá como válida para ese curso la grabada en último lugar. Se procederá de igual modo, cuando coincidan todos los integrantes de una solicitud conjunta.

    Todas las solicitudes que se presenten irán configurando una única lista por curso.

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

    Desde el 6 de abril de 2017 hasta el 20 de abril de 2017

    Lugar y Forma de presentación:

    Presencial:

    • Preferentemente en los registros de las Delegaciones Territorialesde la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes; o en alguna de las unidades que integran los servicios de información y atención al ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
    • Oficinas de Información y Registro de la Junta de Castilla y León..
    • En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP).
    • Los solicitantes que deseen beneficiarse de las bonificaciones de familia numerosa: presentarán sus solicitudes exclusivamente de forma presencial, preferentemente, en los registros de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León o en cualquier otro registro de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Si la solicitud se presenta en algún registro diferente a los anteriormente mencionados, se deberá enviar copia de la solicitud y de la autorización para la verificación electrónica de datos personales por fax al 983 317 213 o por correo electrónico: cursospromocion@jcyl.es, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    Electrónico:

    Te interesa saber:

    Cuota y bonificaciones

    Contenido:

    Los adjudicatarios de las plazas efectuarán el ingreso de la cuota establecida en el Anexo I «Cursos. Requisitos. Codificación. Cuota», indicando nombre y apellidos del participante y código del curso, en el número de cuenta correspondiente al curso adjudicado.

    En el pago de la cuota correspondiente, se establecen las siguientes bonificaciones:

    • a) 15% para usuarios del Carné Joven Europeo.
    • b) 50% de la cuota para los solicitantes que dispongan de título de familia numerosa de categoría general. Estarán exentos de abono de cuota los miembros de familia numerosa de categoría especial, de conformidad con lo establecido en la Ley 1/2007, de 7 de marzo, de Medidas de Apoyo a las Familias de la Comunidad de Castilla y León. En ambos casos, las bonificaciones se aplicarán cuando la capacidad económica familiar per cápita mensual sea inferior a 1,1 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente en el momento de la solicitud, correspondiente a una mensualidad, conforme establece el Decreto 27/2013, de 4 de julio, por el que se establecen los precios públicos por la prestación de servicios en las residencias juveniles de titularidad de la Comunidad de Castilla y León y se establece su régimen de bonificaciones.

    ?Las bonificaciones no son acumulables. En el caso de que concurran varias de las señaladas, se aplicará la de mayor cuantía.

    Confirmación de las plazas y renuncia

    Contenido:

    Durante todo el proceso los solicitantes podrán confirmar todas las plazas en las que hayan sido seleccionados.

    Para confirmar las plazas, los solicitantes seleccionados deberán presentar, en las Secciones de Juventud de cada provincia o en los puntos de información y atención al ciudadano de la provincia donde hayan presentado su solicitud, la siguiente documentación:

    • a) Ficha de confirmación, conforme al Anexo V de esta orden.
    • b) Documento original que acredite el ingreso de la cuota correspondiente en la entidad bancaria y número de cuenta señalados en el Anexo I de esta orden: «Cursos. Codificación. Fechas. Cuota», haciendo constar el nombre y apellidos del participante y el código del curso.
    • c) Copia del documento nacional de identidad, del solicitante seleccionado, si de modo expreso en la solicitud no se autoriza al órgano gestor para obtener directamente y/o por medios electrónicos la comprobación de los datos de identidad personal.
    • d) Certificado de empadronamiento en Castilla y León, si de modo expreso en la solicitud no se autoriza al órgano gestor para acceder al servicio de verificación de datos de residencia.
    • e) Copia del documento nacional de identidad del padre o la madre o abuelos en el caso de los descendientes de castellanos y leoneses residentes en otra Comunidad Autónoma o en el extranjero.
    • f) Copia del título de familia numerosa de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, si de modo expreso en la solicitud no se autoriza al órgano gestor para comprobar directamente y/o por medios electrónicos este dato.
    • g) Copia del título de familia numerosa expedido por otra Comunidad Autónoma en el caso de ser beneficiario de cuota bonificada.
    • h) Copia del Carné Joven Europeo expedido por la Comunidad Autónoma de Castilla y León, si de modo expreso en la solicitud no se autoriza al órgano gestor para obtener directamente y/o por medios electrónicos su comprobación.
    • i) Copia del Carné Joven Europeo expedido por otra Comunidad Autónoma, en caso de beneficiarse de bonificación en la cuota.

    Si dicha documentación se presenta en algún registro diferente a los anteriormente mencionados, se deberá enviar copia por fax al 983 317 213 o por correo electrónico: cursospromocion@jcyl.es, antes de la finalización del plazo de confirmación.

    Los seleccionados en la fase del sorteo, deberán confirmar la plaza hasta el 16 de mayo.

    Una vez finalizado el plazo anterior, las plazas no confirmadas, pasarán al primer turno de suplencia y así sucesivamente, hasta la total cobertura de las mismas. Se realizarán dos turnos de suplencia:

    • 1.º turno de suplencia: 18 y 19 de mayo hasta las 14.00 horas.
    • 2.º turno de suplencia: 23 y 24 de mayo hasta las 14.00 horas.

    Si agotados los plazos anteriores existen plazas vacantes, se asignarán por riguroso orden de petición presencial (adjudicación directa - máximo 4 plazas por persona).

    Se establecen tres turnos de adjudicación directa:

    • a) Primer turno.? 26 y 29 de Mayo. Se reserva este turno para aquellos jóvenes que hayan confirmado alguna plaza en cursos que posteriormente hayan sido anulados o cancelados, a quienes se les podrán aplicar, en su caso, las bonificaciones previstas en esta convocatoria.
    • b) Segundo turno.? 31 de Mayo y 1 de Junio. Se reserva este turno para aquellos jóvenes que hayan solicitado, dentro del plazo establecido, alguna plaza sin que les haya correspondido ninguna. Se les podrá aplicar, en su caso, las bonificaciones previstas en esta convocatoria.
    • c) Tercer turno.? 5 al 14 de Junio. En este turno solamente se aplicará, en su caso, la bonificación prevista para los titulares de Carné Joven Europeo, salvo que se hubiera presentado la solicitud en el plazo establecido en esta convocatoria.

    En esta fase de adjudicación directa las solicitudes se deberán formalizar obligatoriamente de forma presencial a partir de las 9.15 horas en las Secciones de Juventud así como en los puntos de información y atención al ciudadano.

    El plazo para su confirmación finalizará a las 14:00 horas del día siguiente al de realización de la reserva.

    Si transcurridos los plazos indicados anteriormente no se confirma la plaza, se considerará que se renuncia a ella.

    Se comunicarán a los participantes, una vez confirmada la plaza y antes del inicio de cada curso, las fechas, horarios, lugares de salida y regreso, material necesario y programación detallada del mismo.

    Organismo:

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Secciones de Juventud

    Órgano que resuelve:

    Director General del Instituto de la Juventud de Castilla y León

    Plazo de resolución:

    • Las LISTAS PROVISIONALES de solicitantes se podrán consultar, a efectos de comprobar su correcta inclusión en las mismas, a través de internet en la página Web www.juventud.jcyl.es y en www.tramitacastillayleon.jcyl.es, en los tablones de anuncios de las Secciones de Juventud, en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano y en el Instituto de la Juventud de Castilla y León a partir del 26 de Abril de 2017.
    • Se podrán presentar ALEGACIONES en el caso de no estar incluidos en la lista o de existir datos erróneos, presentando copia de la solicitud exclusivamente en las Secciones de Juventud, del 26 al 28 de abril? a las 14.00 horas. Los solicitantes seleccionados cuyos datos no coincidan con los reseñados en el D.N.I. (excepto domicilio) no podrán confirmar su plaza.
    • Las LISTAS DEFINITIVAS de solicitantes se podrán consultar a través de Internet en la página Web www.juventud.jcyl.es y en www.tramitacastillayleon.jcyl.es, en los tablones de anuncios de las Secciones de Juventud, en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano y en el Instituto de la Juventud de Castilla y León, el 2 de Mayo de 2017.
    • Los solicitante miembros de familia numerosa podrán consultar desde el 2 al 10 de mayo si cumplen los requisitos de capacidad económica y pueden acceder a las bonificaciones, introduciendo su DNI / NIE a traves del Portal de Juventud o en las Secciones de Juventud o Puntos de Información y Atención al Ciudadano.
    • La adjudicación de plazas se realizará mediante SORTEO informático el 12 de mayo de 2017, determinando los participantes seleccionados y el orden de suplencia de todos los solicitantes.
    • La relación de SELECCIONADOS y SUPLENTES se expondrá en la sede electrónica de la Administración de Castilla y León, (www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el portal de juventud, (www.juventud.jcyl.es). De forma complementaria, con efectos meramente informativos, los seleccionados que así lo hayan solicitado, podrán ser informados, siempre que las circunstancias técnicas lo permitan, mediante un mensaje de texto telefónico (SMS). Dicho mensaje también se enviará, en su caso, cuando se inicien los diferentes turnos de suplencia, así como el de adjudicación directa, comunicando la existencia de plazas.

    Recursos:

    • Alzada.

    Legislación aplicable:

    • ORDEN FAM/247/2017, de 30 de marzo, por la que se convoca el programa «Cursos de Formación Juvenil para la promoción artística y cultural 2017». (BOCyL 05-04-2017)

  • Tramitación electrónica

    Descargar formulario

    Fecha de publicación:

    29 de abril de 2016

    Objeto:

    Convocar el programa «Cursos de Idiomas para Jóvenes Verano 2016» y establecer las condiciones de participación en el mismo. Los participantes dispondrán de los siguientes servicios, en función del curso elegido:

    1. Un programa de cursos de idiomas y actividades de carácter socio-cultural, formativo y convivencial.
    2. Alojamiento en Albergue Juvenil (A.J.) o Residencia Juvenil (R.J.).
    3. Manutención en régimen de pensión completa (desayuno, comida, merienda y cena).
    4. Equipo de profesores titulados en idiomas y equipo de animación.
    5. Material necesario para el desarrollo de la actividad.
    6. Seguro de accidentes.
    7. Los traslados de los distintos cursos se detallan en el Anexo I «Cursos. Codificación. Fechas. Cuota».

    ¿Quién lo puede solicitar?:

    Jóvenes que cumplan los requisitos.

    ¿Qué requisitos debo cumplir?:

    a) Estar empadronado en Castilla y León, a fecha de fin de plazo de presentación.
    b) Además, sólo en la fase de adjudicación directa, podrán participar:
    ? Descendientes de castellanos y leoneses en el extranjero hasta 2.º grado.
    ? Nacidos en Castilla y León, con residencia o empadronamiento en otra Comunidad Autónoma, hasta 2.º grado.
    ? Descendientes de castellanos y leoneses residentes en otra Comunidad Autónoma.
    Para solicitar estos cursos es obligatorio estar en posesión del DNI o del Nº de Identificación de Extranjeros.
    La edad de los destinatarios de los cursos, los requisitos específicos y la codificación de los mismos, se establecen en el Anexo I.
    Además los jóvenes deben reunir las siguientes condiciones:

    Condiciones de los DESTINATARIOS de los cursos (90 kbytes)

    ¿Qué documentos necesito?:

    a) Solicitantes que deseen beneficiarse de las bonificaciones de familia numerosa: cumplimentarán la solicitud (Anexo II), dirigida a la Sección de Juventud de la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes, indicando el código del curso y se acompañará de la autorización para la verificación electrónica de datos personales según Anexo III, que deberá ser firmada por los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años, requisito imprescindible para poder beneficiarse en su caso, de la bonificación establecida.

    b) Para el resto de solicitantes. Cumplimentarán la solicitud (Anexo II), dirigida a la Sección de Juventud de la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes, indicando el código del curso según el Anexo I «Cursos. Requisitos. Codificación. Cuota».

    La solicitud podrá realizarse de forma individual o conjunta. En el caso de menores de edad podrá presentarse una solicitud conjunta con un máximo de cuatro solicitantes a efectos de adjudicación de plaza en el sorteo y orden de suplencias, tramitándose de forma individual para la adjudicación de las suplencias. En el caso de mayores de edad sólo podrá presentarse la solicitud de forma individual.

    Cada persona podrá solicitar todos los cursos en los que esté interesada, siempre que cumpla con los requisitos exigidos.

    Cuando un solicitante figure en más de una solicitud para un mismo curso, únicamente se tendrá como válida para ese curso la grabada en último lugar. Se procederá de igual modo, cuando coincidan todos los integrantes de una solicitud conjunta.

    Todas las solicitudes que se presenten irán configurando una única lista por curso.

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

    Desde el 30 de abril de 2016 hasta el 16 de mayo de 2016

    Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

    Lugar y Forma de presentación:

    Presencial:

    • Preferentemente en los registros de las Delegaciones Territorialesde la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes; o en alguna de las unidades que integran los servicios de información y atención al ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
    • Oficinas de Información y Registro de la Junta de Castilla y León..
    • En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP).
    • Los solicitantes que deseen beneficiarse de las bonificaciones de familia numerosa: presentarán sus solicitudes exclusivamente de forma presencial, preferentemente, en los registros de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León o en cualquier otro registro de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Si la solicitud se presenta en algún registro diferente a los anteriormente mencionados, se deberá enviar copia de la solicitud y de la autorización para la verificación electrónica de datos personales por fax al 983 317 213 o por correo electrónico: cursospromocion@jcyl.es, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    Electrónico:

    Te interesa saber:

    Cuota y bonificaciones

    Contenido:

    Los adjudicatarios de las plazas efectuarán el ingreso de la cuota establecida en el Anexo I «Cursos. Requisitos. Codificación. Cuota», indicando nombre y apellidos del participante y código del curso, en el número de cuenta correspondiente al curso adjudicado.

    En el pago de la cuota correspondiente, se establecen las siguientes bonificaciones:

    • a) 15% para usuarios del Carné Joven Europeo en los cursos de 14 a 30 años.
    • b) 50% para miembros de familia numerosa general, siempre que cumplan los requisitos de capacidad económica establecidos.
    • c) Exentos de abono de cuota los miembros de familia numerosa especial, siempre que cumplan los requisitos de capacidad económica establecidos.

    En el caso de que concurran varias circunstancias de las señaladas, se aplicará la mayor bonificación. Las bonificaciones no son acumulables.

    Los solicitantes que dispongan de título de familia numerosa de categoría general o especial, tendrán derecho a las bonificaciones establecidas en la Ley 1/2007, de 7 de marzo, de medidas de apoyo a las familias de la Comunidad de Castilla y León, cuando la capacidad económica familiar per cápita mensual sea inferior a 1,1 veces el IPREM vigente en el momento de la solicitud, correspondiente a una mensualidad, conforme establece el Decreto 27/2013, de 4 de julio, por el que se establecen los precios públicos por la prestación de servicios en las residencias juveniles titularidad de la Comunidad de Castilla y León y se establece su régimen de bonificaciones.

    Confirmación de las plazas y renuncia

    Contenido:

    Durante todo el proceso los solicitantes podrán confirmar todas las plazas en las que hayan sido seleccionados.

    Para confirmar las plazas, los solicitantes seleccionados deberán presentar, en las Secciones de Juventud de cada provincia o en los puntos de información y atención al ciudadano de la provincia donde hayan presentado su solicitud, la siguiente documentación:

    • a) Ficha de confirmación, conforme al Anexo V de esta orden «Ficha de confirmación», que será, asimismo, publicado en la sede electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el portal de juventud, (http://www.juventud.jcyl.es).
    • b) Documento original que acredite el ingreso de la cuota correspondiente en la entidad bancaria y número de cuenta señalado en el Anexo I de esta orden «Cursos. Requisitos. Codificación. Cuota», haciendo constar el nombre y apellidos del participante y el código del curso.
    • c) Copia del documento nacional de identidad del solicitante seleccionado, salvo autorización al órgano gestor para obtener directamente y/o por medios telemáticos la comprobación de los datos de identidad personal.
    • d) Certificado de empadronamiento en Castilla y León, salvo autorización al órgano gestor para consultar este documento a través del servicio de verificación de datos de residencia.
    • e) Copia del documento nacional de identidad del padre, madre o abuelos, en caso de los descendientes de castellanos y leoneses en el extranjero y/ o nacidos y residentes en otra Comunidad Autónoma.
    • f) Copia del título de familia numerosa de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, salvo autorización al órgano gestor para verificar este dato.
    • g) Copia del título de familia numerosa expedido por otra Comunidad Autónoma en el caso de ser beneficiario de cuota bonificada.
    • h) Carné Joven Europeo expedido por otra Comunidad Autónoma o que no conste en la base de datos del Instituto de la Juventud de Castilla y León, en caso de beneficiarse de bonificación en la cuota.
    • Si dicha documentación se presenta en algún registro diferente a los anteriormente mencionados, se deberá enviar copia por fax al 983 317 213 o por correo electrónico: cursospromocion@jcyl.es, antes de la finalización del plazo de confirmación.

    Los seleccionados en la fase del sorteo, deberán confirmar la plaza el 23 y 24 de mayo.

    Una vez finalizado el plazo anterior, las plazas no confirmadas, pasarán al primer turno de suplencia y así sucesivamente, hasta la total cobertura de las mismas. Se realizarán hasta tres turnos de suplencia, en las siguientes fechas:

    • Primer turno suplentes: 26 y 27 de mayo
    • Segundo turno suplentes: 31 de mayo y 1 de junio
    • Tercer turno suplentes: 6 y 7 de mayo

    Si agotados los plazos anteriores existen plazas vacantes, se asignarán por riguroso orden de petición presencial. (adjudicación directa - máximo 4 plazas por persona). Se establecen tres turnos de adjudicación directa:

    • a) Primer turno.? (9 de junio) Se reserva este turno para aquellos jóvenes que hayan confirmado alguna plaza en cursos que posteriormente hayan sido anulados o cancelados, a quienes se les podrán aplicar, en su caso, las bonificaciones previstas en esta convocatoria.
    • b) Segundo turno.?(14 de junio) Se reserva este turno para aquellos jóvenes que hayan solicitado, dentro del plazo establecido alguna plaza, sin que les haya correspondido ninguna. Se les podrá aplicar, en su caso, las bonificaciones previstas en esta convocatoria.
    • c) Tercer turno.?(16 de junio) Libre sin restricciones. En este turno solamente se aplicará, en su caso, la bonificación prevista para los titulares de Carné Joven Europeo, salvo que se hubiera presentado la solicitud en el plazo establecido en esta convocatoria.

    En esta fase de adjudicación directa, las solicitudes se deberán formalizar obligatoriamente de forma presencial a partir de las 9.15 horas en las Secciones de Juventud, así como en los puntos de información y atención al Ciudadano.

    El plazo para su confirmación finalizará a las 14:00 horas del día siguiente al de realización de la reserva.

    Si transcurridos los plazos indicados anteriormente no se confirma la plaza, se considerará que se renuncia a ella.

    Se comunicarán a los participantes, una vez confirmada la plaza y antes del inicio de cada curso, las fechas, horarios, lugares de salida y regreso, material necesario y programación detallada del mismo.

    Organismo:

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Secciones de Juventud

    Órgano que resuelve:

    Director General del Instituto de la Juventud de Castilla y León

    Plazo de resolución:

    • Las LISTAS PROVISIONALES de solicitantes se podrán consultar, a efectos de comprobar su correcta inclusión en las mismas, a través de internet en la página Web www.juventud.jcyl.es y en www.tramitacastillayleon.jcyl.es, en los tablones de anuncios de las Secciones de Juventud, en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano y en el Instituto de la Juventud de Castilla y León a partir del 17 de Mayo de 2016.
    • Se podrán presentar ALEGACIONES en el caso de no estar incluidos en la lista o de existir datos erróneos, presentando copia de la solicitud exclusivamente en las Secciones de Juventud, hasta el día 18 de Mayo de 2016 a las 14.00 horas. Los solicitantes seleccionados cuyos datos no coincidan con los reseñados en el D.N.I. (excepto domicilio) no podrán confirmar su plaza.
    • Las LISTAS DEFINITIVAS de solicitantes se podrán consultar a través de Internet en la página Web www.juventud.jcyl.es y en www.tramitacastillayleon.jcyl.es, en los tablones de anuncios de las Secciones de Juventud, en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano y en el Instituto de la Juventud de Castilla y León, el 19 de Mayo de 2016.
    • Los solicitante miembros de familia numerosa podrán consultar desde el 19 de mayo si cumplen los requisitos de capacidad económica y pueden acceder a las bonificaciones, introduciendo su DNI / NIE a traves del Portal de Juventud o en las Secciones de Juventud o Puntos de Información y Atención al Ciudadano.
    • La adjudicación de plazas se realizará mediante SORTEO informático el 20 de mayo de 2016, determinando los participantes seleccionados y el orden de suplencia de todos los solicitantes.
    • La relación de SELECCIONADOS y SUPLENTES se expondrá en la sede electrónica de la Administración de Castilla y León, (www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el portal de juventud, (www.juventud.jcyl.es). De forma complementaria, con efectos meramente informativos, los seleccionados que así lo hayan solicitado, podrán ser informados, siempre que las circunstancias técnicas lo permitan, mediante un mensaje de texto telefónico (SMS). Dicho mensaje también se enviará, en su caso, cuando se inicien los diferentes turnos de suplencia, así como el de adjudicación directa, comunicando la existencia de plazas.

    Recursos:

    Alzada.

    Legislación aplicable:

    • ORDEN FAM/338/2016, de 19 de abril, por la que se convoca el Programa Cursos de Idiomas para Jóvenes Verano 2016 (BOCyL 29-04-2016)

  • Tramitación electrónica

    Descargar formulario

    Fecha de publicación:

    19 de marzo de 2013

    Objeto:

    Convocar a los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Castilla y León para participar en el programa de cooperación territorial ?Profundización de Conocimientos? a través de proyectos de enriquecimiento curricular, durante el curso 2012/2013.

    ¿Quién lo puede solicitar?:

    Los centros docentes públicos que imparten las enseñanzas correspondientes a la educación primaria y secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional ubicados en la Comunidad de Castilla y León.

    ¿Qué documentos necesito?:

    Solicitud conforme al modelo normalizado. La solicitud de admisión deberá ir acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:
    a) Proyecto de enriquecimiento curricular firmado por el director del centro, en el que se indiquen los aspectos recogidos en el Anexo II.
    b) Memoria económica que incluya el presupuesto en el que se concreten los gastos relacionados específicamente con el proyecto.

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

    Desde el 20 de marzo de 2013 hasta el 10 de abril de 2013

    Más Detalles:

    El plazo para presentar de las solicitudes finalizará el día 10 de abril de 2013, inclusive.

    Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

    Lugar y Forma de presentación:

    Presencial:

    Electrónico:

    Organismo:

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Órgano que resuelve:

    Consejería de Educación

    Plazo de resolución:

    • El plazo máximo para resolver y publicar la convocatoria será de tres meses.
    • La convocatoria será resuelta por el Consejero de Educación a propuesta motivada del titular de la Dirección General de Innovación Educativa y Formación del Profesorado, a la vista de los informes realizados por las comisiones provinciales de valoración de las direcciones provinciales de educación.

    Notificación:

    • En el Boletín Oficial de Castilla y León y será objeto de publicidad a través del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León.

    Recursos:

    Reposición.

    Efecto del silencio administrativo:

    Desestimatorio

    Legislación aplicable:

    • ORDEN EDU/150/2013, de 14 de marzo, por la que se convoca a los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Castilla y León para participar en el programa «Profundización de Conocimientos» a través de proyectos de enriquecimiento curricular. (BOCyL 19-03-2013).

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