Programa «Conciliamos en Verano» 2017

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Objeto

Convocar el programa “Conciliamos”, dirigido a la atención lúdica de niños y niñas de entre 3 y 12 años durante el periodo vacacional de Navidad 2019, con el fin de facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral.

El período de funcionamiento en Navidad 2019 será los días laborables, de lunes a viernes, desde el 23 de diciembre de 2019 hasta el 7 de enero de 2020.

¿Quién lo puede solicitar?

El programa se destina a aquellas unidades familiares que cumplan los requisitos:

Lugar y Forma de presentación

Presencial:

Electrónico:

Fase actual del tramite

Publicación de Listados Provisionales Programa «Conciliamos en Navidad» 2019

¿Qué requisitos debo cumplir?

a) Que los menores para los que se va a solicitar plaza en el programa, tengan edades comprendidas entre 3 y 12 años, a fecha de inicio del programa.

Se aumenta la edad del menor hasta los 14 años, cuando se trate de alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo (ACNEAE) escolarizados en centros ordinarios de Educación Primaria.

También se podrá solicitar plaza para los menores de otras nacionalidades que participen en programas de acogida temporal en familias castellano leonesas, con el mismo límite de edad anteriormente señalado.

b) Que los progenitores o representantes legales se encuentren en alguna de estas situaciones:

  • Desarrollen una actividad profesional durante el periodo de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.
  • Realicen actividades formativas convocadas por el Servicio Público de Empleo durante el periodo de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.
  • Presenten un grado de discapacidad igual o superior al 65%, o deban atender a familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad con al menos dicho grado de discapacidad.
  • Tengan reconocido el carácter de cuidadores familiares de personas dependientes.
  • Participen en procesos selectivos para el acceso a cualquier Administración Pública durante el funcionamiento del programa.
  • Padezcan enfermedad grave y/o deban seguir tratamientos médicos que imposibiliten el cuidado de sus hijos.

c) Tanto el menor para el que se solicita plaza en el programa como, al menos, uno de los padres o representantes legales, deberán estar empadronados en alguno de los municipios de la Comunidad de Castilla y León en el momento de formular la solicitud.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, dirigida al Director General de Familia y Políticas Sociales, y en la que se deberán indicar las semanas en las que desean participar, y por orden de preferencia, la instalación para la que se solicita plaza en el programa, en un único impreso se podrán solicitar plazas para un máximo de tres niños de la misma unidad familiar. La solicitud irá acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:

A) Los asistentes al programa Conciliamos en ediciones anteriores cuyas circunstancias familiares y laborales no hayan variado sólo deberán presentar Declaración Responsable comprendida en la solicitud y autorización de la unidad familiar para comprobar datos económicos o declaración IRPF 2018.

B) Nuevos solicitantes del programa:

  • Copia íntegra de libro de familia y/o en su caso, documentación relativa al acogimiento, tutela u otras circunstancias. En su caso, acreditación de la condición de monoparentalidad.
  • Copia del título de familia numerosa, cuando no haya sido expedido por la Comunidad de Castilla y León.
  • Autorización comprendida en la solicitud, al órgano gestor, a verificar los datos de residencia y los relativos a la capacidad económica de la unidad familiar. Si los solicitantes no autorizan, deberán presentar certificado de empadronamiento en algún municipio de Castilla y León, y copia de la declaración del IRPF correspondiente al año 2018.
  • La acreditación de la necesidad de conciliación de la vida familiar y laboral, se realizará mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos de ambos progenitores o representantes legales, o del responsable familiar en el supuesto de familia monoparental, o bien la autorización al órgano gestor para verificar el cumplimiento de los requisitos, en los supuestos que se indican:
    • a) Certificado de la empresa en la que presten sus servicios, en el que se especifique el horario laboral durante los sábados y/o los períodos de vacaciones escolares solicitados. Si prestan servicios en la Administración de la Comunidad de Castilla y León esta información será verificada por el órgano gestor del presente programa.
    • b) En el caso de trabajadores por cuenta propia, copia del resguardo del ingreso de la cuota de autónomo de como máximo, dos meses anteriores al inicio del período de funcionamiento del programa que se solicite.
    • c) En el supuesto de estar realizando un curso impulsado por el Servicio Público de Empleo o la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, para la inserción socio-laboral, durante el desarrollo del programa en horario coincidente con éste, se hará constar esta circunstancia en el impreso de solicitud, a fin de que el órgano gestor del programa pueda verificar su realización.
    • d) Copia del grado de discapacidad de los ascendientes o descendientes a cargo de los progenitores. Si los solicitantes son los que tienen reconocido el grado de discapacidad por la Comunidad de Castilla y León, podrán autorizar al órgano gestor del Programa Conciliamos a verificar dicha condición.
    • e) Los cuidadores familiares de personas dependientes, deberán indicar en el impreso de solicitud el nombre y DNI del beneficiario de la prestación económica para cuidados en el entorno familiar, a fin de que el órgano gestor del Programa Conciliamos pueda verificar esta circunstancia.
    • f) Los aspirantes a plazas ofertadas por una Administración Pública, deberán presentar copia de la solicitud de participación en el correspondiente proceso selectivo.
    • g) Informe médico que certifique la enfermedad grave o los tratamientos médicos que deben seguir los progenitores o representantes legales de los menores.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 7 de octubre de 2019 hasta el 16 de octubre de 2019

Más Detalles:

Siempre que existan plazas vacantes, se podrán adjudicar plazas a solicitudes presentadas fuera del plazo indicado anteriormente, siguiendo el orden de presentación de las mismas.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Te interesa saber

Cuotas y Descuentos

Contenido:

La cuota anual por participación en el programa correspondiente a cada uno de los períodos vacacionales se determinará en función de la capacidad económica familiar y será el resultado de multiplicar por la cuota diaria que a continuación se indica:

  • Los días de Carnaval o los que contenga cada semana en las que se dividan los distintos períodos vacacionales (Semana Santa, Verano y Navidad).

Cuotas programa "Conciliamos"
Capacidad económica familiar Cuota diaria
Hasta 9.000 € Exento
Desde 9.000,01 € hasta 18.000,00 € 4 €
Más de 18.000 € 6 €

Estarán exentos del abono de la cuota:

  • Las familias numerosas de categoría especial cuya capacidad económica, calculada de acuerdo con lo previsto en esta resolución, no supere 40.000 €.
  • Los menores que estén bajo medidas de protección a la infancia de esta Comunidad.
  • Los menores de otras nacionalidades que participen en programas de acogida temporal en familias de Castilla y León.
  • Las familias en las que alguno de sus miembros sea víctima de actos terroristas en los términos de la Ley 29/2011 de 22 de setiembre de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas de Terrorismo. La condición de víctima de terrorismo se acreditará documentalmente de conformidad con lo dispuesto en el Art. 4.bis apartado 3 de la Ley 32/1999 de 8 de octubre de solidaridad con las víctimas de terrorismo mediante la exhibición del informe preceptivo del Ministerio de Interior o bien de la Resolución de Reconocimiento por parte de la Administración General del Estado de pensión extraordinaria por acto de terrorismo o de sentencia judicial firme en que se hubiese reconocido aportando copia de éstos.
  • Los hijos de víctimas de violencia de género. Esta circunstancia se acreditará documentalmente mediante la exhibición de alguno de los siguientes documentos aportando copia del mismo:
    • a) Resolución judicial otorgando la orden de protección o acordando medida cautelar a favor de la víctima atinente a causa criminal por violencia de género.
    • b) Sentencia firme de cualquier orden jurisdiccional que declare que la mujer padeció violencia en cualquiera de las formas recogidas en el artículo 3 de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre contra la Violencia de Género en Castilla y León.
    • c) Certificación o informe de los servicios sociales o sanitarios de la administración pública autonómica o local.
    • d) Informe de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social.
    • e) Excepcionalmente y hasta tanto se dicte la orden de protección, será título de acreditación de la situación de violencia de género el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante de alguno de los recursos previstos en la presente ley es víctima de tal violencia.

Bonificación:

  • Las familias numerosas de categoría general, cuya capacidad económica, calculada de acuerdo con lo previsto en esta resolución, no supere los 40.000 €, tendrán una bonificación del 50% de la cuota.
  • En el supuesto de que dos o más menores de la misma unidad familiar sean usuarios del programa conciliamos, el segundo y siguientes tendrán una bonificación del 25% de la cuota, que se aplicará sobre el importe de menor cuantía en aquellos casos en que las cuotas sean diferentes. Esta bonificación no procederá en el caso de que se haya aplicado la bonificación para familias numerosas de categoría general o cuando alguno de ellos esté exento de cuota.
  • Para los usuarios que asistan a todo el periodo del programa, la cuota aplicable a la quinta semana, será la mitad de la cuota semanal que les corresponda.
Confirmación y Renuncia de plazas

Contenido:

Confirmación de plaza

  • En el plazo de los tres días hábiles siguientes a la publicación de las listas definitivas, todos los admitidos deberán confirmar la plaza adjudicada.
  • Los interesados deberán confirmar la plaza adjudicada mediante el justificante que acredite haber efectuado el pago correspondiente. En el caso de que los interesados tengan asignada cuota cero deberán confirmar la plaza por escrito. La confirmación se realizará en la Gerencia Territorial de Servicios Sociales, de forma presencial, por correo electrónico o por fax.
  • Transcurrido dicho plazo, si no se ha confirmado, se considerará que renuncian a la plaza adjudicada.

Renuncia al programa y devolución de cuota

En los supuestos de que los solicitantes renuncien a la plaza adjudicada, con una antelación de, al menos, 7 días naturales al inicio de cada uno de los períodos de funcionamiento se procederá a la devolución del 80% de la cuota abonada.

Si la renuncia se presenta, transcurrido el plazo previsto, pero antes del inicio del período solicitado, se procederá a la devolución del 80% de la cuota cuando se fundamente en alguna de las siguientes causas:

  • a) Enfermedad, fallecimiento o accidente del menor.
  • b) Cumplimiento de un deber inexcusable, legalmente previsto, por parte de los progenitores o representantes legales.
  • c) Modificación de las circunstancias familiares que supongan incumplimiento de los requisitos.

En otros supuestos no procederá devolución alguna.

La solicitud de devolución de la cuota, en la que se harán constar los datos personales y bancarios del solicitante, se presentará preferentemente en las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales, adjuntando la siguiente documentación:

  • a) Certificado médico que justifique la imposibilidad de acudir al programa en las fechas solicitadas.
  • b) Documento que justifique el deber inexcusable alegado, o la modificación de las circunstancias familiares, en su caso.
  • c) Copia del justificante de ingreso de la cuota.
  • d) Copia de la 1.ª hoja de la libreta donde figuren sus titulares y el IBAN y los 20 dígitos identificativos de la cuenta corriente o declaración responsable en el que se indique la titularidad de una cuenta corriente, el IBAN y los 20 dígitos que la identifican.

A los efectos de facilitar la ocupación de la plaza por otro solicitante, las renuncias producidas por estas causas, se deberán comunicar de forma fehaciente en el plazo más breve posible a pago.conciliamos.valladolid@jcyl.es o al Fax 983 31.72.47.

Sorteo, Listas provisionales y definitivas

Contenido:

Sorteo

  • SORTEO 2018: La Resolución de 9 de febrero de 2018, por la que se convoca el Programa Conciliamos en 2018, establece en el Resuelvo Décimo Punto 2, que en el caso de que existan más solicitudes que plazas, éstas se asignarán por el orden alfabético que determine el sorteo que se celebrará el día 26 de febrero de 2018 a las 10 horas, en la Sede de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, C/ Mieses, 26, Valladolid. Realizado sorteo el 26 de febrero de 2018, para establecer la prioridad en la asignación de centro para el Programa Conciliamos en 2018, en el caso de que existan más solicitudes que plazas, el resultado ha sido: letra Z para el primer apellido y letra W para el segundo apellido.
  • SORTEO 2019: La Resolución de 2 de octubre de 2018, por la que se convoca el Programa Conciliamos en 2019, establece en el Resuelvo Décimo Punto 2, que en el caso de que existan más solicitudes que plazas, éstas se asignarán por el orden alfabético que determine el sorteo que se celebrará el 15 de noviembre de 2018, a las 10 horas, en la Sede de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, C/ Mieses, 26.
  • En el supuesto de que en una localidad se oferte más de una instalación, y en alguna de ellas el número de solicitantes fuera reducido, podrá procederse a la agrupación de los menores, y a la supresión de aquella que tenga menor número de participantes.

Las Listas provisionales de adjudicatarios se expondrán

  • En los Tablones de Anuncios de las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales
  • En el portal web www.jcyl.es
  • Dentro de los diez días naturales siguientes al primer día de exposición de estas listas y preferentemente a través del correo electrónico pago.conciliamos.valladolid@jcyl.es o del Fax 983 317247, o en las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales, los interesados podrán presentar las alegaciones oportunas, especialmente en los casos de no estar admitidos o de figurar datos incorrectos. En este mismo plazo, podrán proponer la modificación del período y del centro inicialmente solicitado.

Las Listas definitivas de adjudicatarios se expondrán:

  • En los Tablones de Anuncios de las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales
  • En las propias instalaciones en las que se vaya a desarrollar el programa
  • En el portal web www.jcyl.es
  • La publicación de las listas definitivas contendrá la adjudicación de plaza para todos los períodos solicitados por cada solicitante que acredite el cumplimiento de los requisitos, el centro asignado, y la cuota correspondiente.
Publicación de Listados Provisionales Programa «Conciliamos en Navidad» 2019

Fecha de publicación: 12 de noviembre de 2019

Fecha límite: PLAZO ALEGACIONES: del 13 al 22 de Noviembre, ambos incluidos

Contenido:

Una vez verificadas las solicitudes presentadas, se han elaborado las listas provisionales de adjudicatarios.

Los solicitantes que grabaron todos los datos del impreso de solicitud en la aplicación web de la Junta de Castilla y León pero que NO PRESENTARON ESTA SOLICITUD EN UN REGISTRO PÚBLICO acompañado de la documentación pertinente, en su caso, tal como determina el punto 3 del Resuelvo Sexto, NO HAN PODIDO SER INCLUIDOS EN LAS LISTAS PROVISIONALES, por lo que deberán cumplir este trámite para que puedan ser incluidos en la lista definitiva de adjudicatarios en el supuesto de reunir los requisitos exigidos.

Si una vez grabados los datos, guardaron en un PDF en su ordenador la solicitud, deberán imprimirla y presentarla junto con la documentación pertinente en un registro público, preferentemente en las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales. Si no conservan el PDF, deberán grabar una nueva solicitud, imprimirla y presentarla con la documentación que proceda, en su caso, en un registro público.

El Resuelvo Primero de la RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 2018, de la Presidenta del Consejo de Administración de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, por la que se convoca el Programa Conciliamos en 2019, exige como requisito general para la realización del programa en cada instalación, que el número mínimo de solicitudes y de asistencia continuada sea de 15 niños.

Por no alcanzar el mínimo de solicitudes requerido, EL PROGRAMA NO VA A DESARROLLARSE en la instalación que se indica en el anexo al listado provisional de la provincia afectada por este hecho.

Además, hay INSTALACIONES que en este momento no han sido excluidas, pero donde es posible que de no confirmar la plaza los 15 niños exigidos en la convocatoria, el programa no se realice

Las alegaciones, subsanaciones de documentación y la propuesta de modificación del centro y de las semanas solicitadas, en su caso, se presentarán en el período comprendido entre 13 al 22 de noviembre, ambos incluidos, en la correspondiente Gerencia Territorial de Servicios Sociales, de forma presencial, por fax o mediante correo electrónico, al número de dirección que se indica en el Anexo de Lugares para alegaciones, subsanaciones y propuestas de modificación.

Recursos

  • Alzada.

Legislación aplicable

  • ACUERDO 4/2018, de 8 de febrero, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban los precios para los años 2018, 2019 y 2020 por la participación en el programa «Conciliamos» (BOCyL 09-02-2018)
  • ACUERDO 53/2018, de 27 de septiembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se modifica el Acuerdo 4/2018, de 8 de febrero, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban los precios para los años 2018, 2019 y 2020 por la participación en el programa «Conciliamos». (BOCyL 01-10-2018)
  • RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 2018, de la Presidenta del Consejo de Administración de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, por la que se convoca el programa «Conciliamos» en 2019 (BOCyL 09-10-2018)

Organismo

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Órgano que resuelve:

Dirección General de Familias, Infancia y Atención a la Diversidad

Tramitación electrónica

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Oficinas de la administración

Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Palencia

Calle Valentín Calderón 2, 34001, Palencia

Sección Agraria Comarcal de Alba de Tormes-Salamanca

Calle Sánchez Llevot 10, 37800, Alba de Tormes

Oficina del Servicio Público de Empleo de Ciudad Rodrigo-Salamanca

Plaza Herrasti 1, 37500, Ciudad Rodrigo

Sección Agraria Comarcal de Sahagún-León

Calle El Rastro 2, 24320, Sahagún

Sección Agraria Comarcal de Ciudad Rodrigo-Salamanca

Calle Clemente Velasco 50-80, 37500, Ciudad Rodrigo

Unidad Veterinaria de Sedano-Burgos

Calle Alejandro Rodríguez Valcarcel S/N, 09142, Valle de Sedano

Equipo General Villafranca del Bierzo

Avenida Paradaseca 7, 24500, Villafranca del Bierzo

Gerencia de Servicios Sociales Camp de Salamanca

Paseo Lunes de Aguas S/N, 37008, Salamanca

Gerencia de Atención Especializada de Miranda de Ebro (Hospital Santiago Apostol)

Calle Orón S/N, 09200, Miranda de Ebro

Unidad Veterinaria de Castrojeriz-Burgos

Calle Arco Sardina S/N, 09110, Castrojeriz

Gerencia de Servicios Sociales Residencia Asistida de Segovia

Carretera De Soria-Plasencia Km. 193,4, 40002, Segovia

Sección Agraria Comarcal de Lerma-Burgos

Calle Góngora 1, 09340, Lerma

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Expansión
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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.