Junta de Castilla y León

  • Descripción

    Descarga del programa de ayuda para la cumplimentación de declaraciones-autoliquidaciones de tributos cedidos.

    Consejería / Centro Directivo

    Destinatarios

    • Ciudadanos
    • Empresas y Autónomos
    • Otros

    Enlace al tramite / servicio

    Programa de Ayuda a la Declaración de Impuestos Autonómicos

    Información adicional

    Permite cumplimentar todos los modelos de autoliquidación correspondientes a los tributos gestionados por la Comunidad Autónoma de Castilla y León así como almacenarlos para su posterior consulta y presentación telemática. En las páginas de Hacienda/Tributos de www.jcyl.es podrá encontrar información detallada.

  • Tramitación electrónica

    Descargar formulario

    Fecha de publicación:

    25 de agosto de 2009

    Objeto:

    Regular la participación del profesorado en el Programa de Estancias de Formación en Empresas cofinanciado por el Fondo Social Europeo. Existirán dos períodos para la realización de estancias.

    ¿Quién lo puede solicitar?:

    PROFESORES que impartan docencia en ciclos formativos de F.P. o en programas de garantía social de la modalidad de iniciación profesional en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de CyL.

    ¿Qué requisitos debo cumplir?:

    a) Las actividades a realizar durante la estancia en la empresa deberán corresponderse con la especialidad a la que esté adscrita el profesor solicitante o con los módulos que imparte.
    b) Las estancias se realizarán en empresas ubicadas en la localidad en la que esté el centro de destino, salvo que concurra alguna de las siguientes circunstancias, que deberán estar debidamente acreditadas: que no exista una empresa de las mismas características en dicha localidad o que se quiera realizar en la localidad de residencia del solicitante, siempre que esté ubicada en la Comunidad de Castilla y León.
    c)Podrán realizarse estancias en empresas ubicadas en otras Comunidades Autónomas si habitualmente colaboran en la realización de Formación en Centros de Trabajo (FCT) con el centro educativo de destino del solicitante.
    d)Las estancias de formación se realizarán en empresas de acuerdo a un proyecto previamente concertado con el profesor. El profesorado interesado en la participación en el programa podrá contactar con las empresas directamente o hacerlo a través de la Cámara Oficial de Comercio e Industria correspondiente de las que figuran en el ANEXO I:

    ¿Qué documentos necesito?:

    Las solicitudes, redactadas conforme al modelo que figura en el Anexo II irán dirigidas al Excmo. Sr. Consejero de Educación. Se podrá presentar una solicitud en cada curso académico.

    DOCUMENTACION a Presentar (85 kbytes)

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

    Las solicitudes se presentarán en los plazos siguientes:
    a) Para las estancias a realizar entre el 2 de mayo y el 1 de septiembre, el plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 10 de ENERO y finalizará el 1 de FEBRERO de cada año.
    b) Para las estancias a realizar entre el 1 de diciembre y el 30 de abril el plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 1 de SEPTIEMBRE y finalizará el 20 de SEPTIEMBRE de cada año.

    Lugar y Forma de presentación:

    Presencial:

    Electrónico:

    Organismo:

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Servicio de Formación Profesional

    Órgano que resuelve:

    Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial

    Plazo de resolución:

    • La resolución motivada se publicará en el BOCyL. El plazo máximo para resolver la convocatoria y publicar la resolución será de 3 MESES desde la fecha de finalización de cada plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que la resolución haya sido publicada, se podrán entender DESESTIMADAS las solicitudes.

    Notificación:

    • En el Boletín Oficial de Castilla y León.

    Recursos:

    Contencioso-administrativo, Reposición.

    Efecto del silencio administrativo:

    Desestimatorio

    Legislación aplicable:

    • ORDEN EDU/1727/2009, de 18 de agosto, por la que se regula la participación del profesorado de especialidades vinculadas a la Formación Profesional en el Programa de Estancias de Formación en Empresas cofinanciado por el Fondo Social Europeo. (BOCyL 25-08-2009).
    • ORDEN EDU/289/2015, de 7 de abril, por la que se modifica la Orden EDU/1727/2009, de 18 de agosto, por la que se regula la participación del profesorado de especialidades vinculadas a la Formación Profesional en el Programa de Estancias y Formación en Empresas cofinanciado por el Fondo Social Europeo. (BOCyL 16-04-2015)

    Resolución. Beneficiarios:

  • Objeto

    Impulsar el mercado del alquiler realizando una labor de intermediación en la que se conjuguen garantías para los propietarios y un alquiler a precios asequibles para los inquilinos.

    Se establecen tanto los requisitos que deben cumplir las viviendas como los requisitos subjetivos que deben cumplir sus propietarios y los futuros arrendatarios.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Propietarios de las viviendas que cumplan los requisitos

    Lugar y Forma de presentación

    Presencial:

    Electrónico:

    ¿Qué requisitos debo cumplir?

    Para la inclusión en el PROGRAMA DE FOMENTO DEL ALQUILER, las viviendas habrán de reunir las siguientes características:
    a) Tanto la vivienda, como en su caso, los anejos a ella vinculados, que deberán alquilarse conjuntamente con aquella, habrán de estar desocupados.
    b) La titularidad de la vivienda deberá corresponder a una o varias personas físicas, y constar así en el correspondiente Registro de la Propiedad.
    Durante los dos años siguientes a la entrada en vigor de esta Ley , las personas jurídicas que sean titulares de una vivienda podrán incluir la misma en el programa previsto en el Decreto 41/2013, de 31 de julio, por el que se regula el Programa de Fomento del Alquiler de la Comunidad de Castilla y León [MODIFICACIÓN: Artículo 29 de la LEY 10/2013, de 26 de diciembre, de medidas urgentes en materia de Vivienda. BOCyL 20-12-2013]
    c) La superficie de la vivienda no superará los 90 metros cuadrados útiles, si bien podrán aceptarse viviendas de hasta 120 metros cuadrados útiles destinadas a familias numerosas.
    d) La vivienda deberá estar en perfectas condiciones de uso y habitabilidad, pudiendo estar amueblada o sin amueblar.
    e) El edificio en el que se ubique la vivienda deberá haber sido objeto de la inspección técnica de construcciones, siempre que estuviese obligado a ello de conformidad con la normativa urbanística.
    f) La vivienda deberá contar con el certificado de eficiencia energética, de conformidad con la normativa reguladora aplicable al efecto.
    g) La vivienda deberá estar situada en un municipio de la Comunidad de Castilla y León con una población igual o superior a 5.000 habitantes.

    ¿Qué documentos necesito?

    La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

    a) Nota simple registral de la vivienda.

    b) Si la titularidad de la vivienda fuera de varias personas físicas, deberá aportarse conformidad por escrito de todas las personas titulares para inscribir la vivienda en el programa.

    c) Documento acreditativo de encontrarse al corriente en el pago de las cuotas de la comunidad de propietarios del edificio en el que se encuentre la vivienda.

    d) Fotografías actuales de todas las dependencias de la vivienda que permitan comprobar el estado de la misma.

    e) Copia del certificado de eficiencia energética del edificio o vivienda.

    f) Declaración responsable de haber pasado la inspección técnica de construcciones.

    El solicitante podrá presentar cualquier otro documento necesario para verificar el cumplimiento de los requisitos exigibles en orden a la resolución correspondiente del procedimiento.

    Fecha de publicación

    5 de agosto de 2013

    Plazo de resolución

    El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de TRES MESES desde la fecha en la que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.

    Recursos

    • Alzada.

    Legislación aplicable

    • DECRETO 41/2013, de 31 de julio,por el que se regula el Programa de Fomento del Alquiler de la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 05-08-2013)

    Organismo

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo

    Órgano que resuelve:

    Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo

    Información adicional

    Requisitos de los Arrendatarios

    • Estar inscritos como titulares en el Registro Público de Demandantes de Viviendas de Protección Pública de Castilla y León.
    • No ser titulares de vivienda, en los términos previstos en la normativa reguladora en materia de vivienda de protección pública [Art. 8 de la Ley 10/2013, de 16 de diciembre)) que modifica el artículo 63 de la LEY 9/2010, del derecho a la vivienda de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 07-09-2010)]
    • Ingresos de la unidad familiar o arrendataria deberá ser superior a 1 vez el indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), sin corregir, e inferiores a 6,5 veces el referido IPREM, corregidos.
    • Destinar la vivienda, única y exclusivamente, a residencia habitual y permanente del arrendatario y su unidad familiar.
    • No haber estado sujeto a un proceso de desahucio por falta de pago, ni haber causado graves desperfectos en alguna vivienda arrendada al amparo de este programa en los dos años anteriores a la firma del contrato.

    ¿Cómo Proceder al Arrendamiento?

    • Publicación en la Web de la Junta de Castilla y León, de las viviendas que hayan sido incluidas en el Programa de Fomento del Alquiler, con indicación de la ubicación, características y precio máximo.
    • Los interesados contactarán con el 012, donde se les facilitará el teléfono del propietario.
    • Acordado el arrendamiento, se comunicará a la Dirección General referida a los efectos de la firma del contrato que podrá ajustarse al modelo disponible al efecto.
    • La fianza deberá ser depositada por la parte arrendadora en la forma legalmente prevista.
    • Un original del contrato deberá quedar depositado en la citada Dirección General.
    • La Consejería competente en materia de vivienda podrá suscribir un seguro que garantice el impago o los costes de reparación de los desperfectos que se produzcan dentro del primer año de vigencia del contrato.
    • Información y asesoramiento durante el proceso de arrendamiento.

    Determinación de la Renta Máxima

    • El precio máximo del alquiler no podrá ser superior al 80% del precio del alquiler de una vivienda de protección pública de régimen general a 10 años situada en el mismo municipio en el que se encuentre la vivienda.
    • Se determinará el importe de la renta y se notificará al interesado.
    • En el plazo de 10 días hábiles, contados desde el siguiente al de la notificación, el interesado deberá aceptar o rechazar por escrito la renta máxima así como el resto de condiciones.
    • A falta de contestación se considerará que no desea la inclusión de su vivienda.

    Otros Gastos de la Vivienda

    • Serán por cuenta del propietario el pago de la cuota de la comunidad de propietarios, así como el impuesto sobre Bienes Inmuebles o cualesquiera otros tributos que graven sobre la vivienda.
    • Serán por cuenta del arrendatario los gastos correspondientes a suministros y servicios de la vivienda.

    Inclusión de la Vivienda en el Programa, Vigencia y Cancelación

    • La inclusión de la vivienda en el programa tendrá una vigencia de dos años.
    • La vigencia se extinguirá en el caso de que la vivienda sea arrendada. Una vez finalizado el arrendamiento, el propietario podrá volver a solicitar su inclusión.
    • En cualquier momento, siempre que la vivienda no esté alquilada, se podrá solicitar su baja.

    Tramitación electrónica

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    Descargas

  • Tramitación electrónica

    Fecha de publicación:

    9 de abril de 2015

    Objeto:

    El presente programa tiene como objeto la puesta a disposición en el sistema regional, de perfiles capacitados para mejorar la competitividad de los actores regionales, a través de la formación y cualificación de titulados universitarios en materia de gestión de I+D+i.
    Dicho programa contempla la formación aplicada en materia de I+D+i de titulados universitarios, dando especial relevancia a los distintos mecanismos de apoyo a los proyectos de I+D+i, con el objetivo de contribuir a la mejora competitiva de los distintos actores regionales. El programa GESTIDI 2015 se llevará a cabo en el Centro de Soluciones Empresariales de Castilla y León o en otras instalaciones de Valladolid dispuestas a tal efecto.
    Siendo las principales temáticas a tratar, las siguientes:

    1. Introducción a los términos de innovación.
    2. Gestión de la tecnología.
    3. Políticas de apoyo a la I+D+i y principales agentes del Sistema de Ciencia y Tecnología.
    4. Otros ámbitos complementarios de la I+D+i: Comercio y Marketing Internacional.

    En todas ellas se contará con la participación de los principales agentes del Sistema Ciencia Tecnología-Empresa implicados en la definición y desarrollo de las distintas políticas de apoyo a la I+D+i tanto a nivel regional, como nacional y europeo.

    ¿Quién lo puede solicitar?:

    Personas físicas que cumplan los siguientes requisitos a la fecha de fin de plazo de recepción de solicitudes (excepto requisito b)

    ¿Qué requisitos debo cumplir?:

    a) Ostentar la nacionalidad de alguno de los países miembros de la Unión Europea.
    b) Ser nacido o residente en Castilla y León. Se presentará partida de nacimiento o certificado de empadronamiento en Castilla y León, con fecha de alta como máximo a 01/01/2015.
    c) Que se encuentren en situación de desempleo o sean amenazados de exclusión del mercado laboral, inscritos en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León. No podrán ser destinatarios los desempleados inscritos como «demandantes de otros servicios».
    Se entiende como amenazados de exclusión, los trabajadores inscritos en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
    ? Que hayan suscrito un contrato de trabajo de duración no superior a 3 meses.
    ? Contratados a tiempo parcial con un jornada no superior a 20 horas/semana.
    d) Estar en posesión de titulación oficial universitaria en carreras científico-técnicas, en Ciencias Económicas, Empresariales, en Administración de empresas o similares. Título Universitario con menos de 10 años de antigüedad (desde la obtención del título universitario).
    Los títulos obtenidos deberán haber sido expedidos o reconocidos por el Ministerio competente y tener plenos efectos académicos a la fecha de presentación de la solicitud.
    Las titulaciones obtenidas en el extranjero y las titulaciones no oficiales obtenidas en España, deberán estar homologadas por el Ministerio de Educación Cultura y Deporte del Gobierno de España.
    e) No haber sido beneficiario del Programa GESTIDI en ninguna de sus ediciones anteriores. No haber sido beneficiario del Programa INNCORPORA o EMPLEA, en cualquiera de sus convocatorias.

    ¿Qué documentos necesito?:

    Solicitud en el modelo normalizado que aparece en la aplicación del Programa GESTIDI y en la página Web de la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León.

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

    Desde el 10 de abril de 2015 hasta el 29 de abril de 2015

    Más Detalles:

    El plazo de presentación de solicitudes finaliza 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en «B.O.C. y L.» Las solicitudes presentadas fuera de plazo serán inadmitidas.

    Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

    Lugar y Forma de presentación:

    Electrónico:

    • En la aplicación del Programa GESTIDI.

    Organismo:

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial (ADE)

    Órgano que resuelve:

    Director General de la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial

    Notificación:

    Recursos:

    Alzada.

    Legislación aplicable:

    • RESOLUCIÓN de 19 de marzo de 2015, de la Presidencia de la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León, por la que se aprueba la convocatoria y las Bases del Programa de Formación de Gestores de I+D+i (GESTIDI 2015), dirigido a capacitar especialistas en la gestión de la I+D+i para favorecer su incorporación en el tejido empresarial de Castilla y León. (BOCyL 09-04-2015)

    Información adicional:

    BOLSA DE EMPLEO Y RED GESTIDI.

    • Los alumnos que hayan superado con éxito la formación impartida en el Programa de Formación de Gestores de I+D+i (GESTIDI 15), pasarán a formar parte de la bolsa de empleo formada por los participantes de las anteriores ediciones GESTIDI.
    • Estos mismos alumnos, pasarán a formar parte de la Red GESTIDI, integrada por los alumnos de ediciones anteriores. A través de esta red, se realizarán diversas actividades de promoción, difusión y formación en I+D+i.

    BOLSA DE VIAJE.

    Al finalizar el programa, todos los gestores que finalicen el mismo con aprovechamiento, recibirán una aportación económica en concepto de bolsa de viaje. Esta bolsa de viaje se determinará en función de la provincia de residencia del alumno, excluyendo Valladolid capital y el municipio de Arroyo de la Encomienda (Valladolid). Las cantidades asignadas por alumno y duración total del programa son las siguientes:

    • León 600,00 ?
    • Zamora 300,00 ?
    • Salamanca 400,00 ?
    • Burgos 400,00 ?
    • Palencia 200,00 ?
    • Ávila 400,00 ?
    • Segovia 400,00 ?
    • Soria 700,00 ?
    • Valladolid 150,00 ?

  • Tramitación electrónica

    Fecha de publicación:

    14 de febrero de 2017

    Objeto:

    Selección de titulados universitarios para su formación y cualificación en el ámbito de la gestión de la I+D+i, con el fin último de favorecer la puesta a disposición en el sistema regional, de perfiles capacitados para mejorar la competitividad de los actores regionales.

    Dicho programa contempla la formación aplicada en materia de I+D+i de titulados universitarios, dando especial relevancia a los distintos mecanismos de apoyo a los proyectos de I+D+i, con el objetivo de contribuir a la mejora competitiva de los distintos actores regionales. El programa GESTIDI 2017 se llevará a cabo en el Centro de Soluciones Empresariales de Castilla y León o en otras instalaciones de Valladolid dispuestas a tal efecto.

    Siendo las principales temáticas a tratar, las siguientes:

    1.? Fundamentos de innovación.

    2.? Economía de la innovación: Gestión económico-financiera de proyectos: Análisis económico-financiero.

    3.? Técnicas para la gestión de proyectos de I+D+i.

    4.? Dirección estratégica de la innovación.

    5.? Políticas de apoyo a la I+D+i y principales agentes del sistema Ciencia y Tecnología.

    6.? Elaboración de proyectos de I+D+i.

    7.? Fomento de la empleabilidad en el ámbito de la I+D+i.

    En todas ellas se contará con la participación de los principales agentes del Sistema Ciencia Tecnología-Empresa implicados en la definición y desarrollo de las distintas políticas de apoyo a la I+D+i tanto a nivel regional, como nacional y europeo.

    ¿Quién lo puede solicitar?:

    Personas físicas que cumplan los siguientes requisitos

    ¿Qué requisitos debo cumplir?:

    a) Ostentar la nacionalidad de alguno de los países miembros de la Unión Europea.

    b) Ser nacido o residente en Castilla y León. Se presentará partida de nacimiento o certificado de empadronamiento en Castilla y León, con fecha de alta como máximo a 01/01/2017.

    c) Estar en posesión de titulación oficial universitaria, con menos de 10 años de antigüedad (desde la obtención del último título universitario). Los títulos obtenidos deberán haber sido expedidos o reconocidos por el Ministerio competente y tener plenos efectos académicos a la fecha de fin de plazo de recepción de solicitudes.

    Las titulaciones obtenidas en el extranjero y las titulaciones no oficiales obtenidas en España, deberán estar homologadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de España.

    d) No haber sido beneficiario del Programa GESTIDI en ninguna de sus ediciones anteriores. No haber sido beneficiario del Programa INNCORPORA o EMPLEA del Ministerio de Economía y Competitividad en cualquiera de sus convocatorias.

    ¿Qué documentos necesito?:

    Solicitud en el modelo normalizado que aparece en la aplicación del Programa GESTIDI y en la página Web de la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León.

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

    Desde el 15 de febrero de 2017 hasta el 6 de marzo de 2017

    Más Detalles:

    El plazo de presentación de solicitudes finaliza 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en «B.O.C. y L.» Las solicitudes presentadas fuera de plazo serán inadmitidas.

    Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

    Lugar y Forma de presentación:

    Electrónico:

    • En la aplicación del Programa GESTIDI.

    Organismo:

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial (ADE)

    Órgano que resuelve:

    Director General de la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial

    Notificación:

    Recursos:

    • Alzada.

    Legislación aplicable:

    • RESOLUCIÓN de 23 de enero de 2017, de la Presidenta de la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León, por la que se aprueba la convocatoria y las Bases del Programa de Formación de Gestores de I+D+i (GESTIDI 2017), dirigido a capacitar especialistas en gestión de la I+D+i para favorecer su incorporación en el tejido empresarial de Castilla y León (BOCyL 14-02-2017).

    Información adicional:

    BOLSA DE EMPLEO Y RED GESTIDI.

    • Los alumnos que hayan superado con éxito la formación impartida en el Programa de Formación de Gestores de I+D+i (GESTIDI 17), pasarán a formar parte de la bolsa de empleo formada por los participantes de las anteriores ediciones GESTIDI.
    • Estos mismos alumnos, pasarán a formar parte de la Red GESTIDI, integrada por los alumnos de ediciones anteriores. A través de esta red, se realizarán diversas actividades de promoción, difusión y formación en I+D+i.
    • Los alumnos que hayan superado con éxito la formación impartida en el Programa de Formación de Gestores de I+D+i (GESTIDI 17) podrán optar a prestar sus servicios en el Departamento de innovación y emprendimiento de ADE, se acuerdo con los procedimientos de contratación establecidos.

    CANCELACIÓN DE LA FORMACIÓN.

    Se podrá proceder a la cancelación de la formación por parte de la ADE, previa audiencia al interesado, en los siguientes casos:

    a) Abandono voluntario del alumno por causa no justificada de manera objetiva.

    b) Las faltas reiteradas de asistencia no justificadas y no consideradas como excepcionales por ADE que superen el 20% del total del período de formación, darán lugar a que el alumno no haya superado correctamente el período formativo.

    c) Desarrollo anormal de las funciones asignadas, bajo rendimiento del mismo o incumplimiento, por parte del beneficiario, de las obligaciones y condiciones establecidas.

  • Tramitación electrónica

    Descargar formulario

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    Textos:

    Normativa:

    Objeto:

    Desarrollo, mejora y acondicionamiento de la infraestructura universitaria.

    ¿Quién lo puede solicitar?:

    Universidades Públicas de Castilla y León

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

    El que se determine en la Orden de concesión del Consejero.

    Lugar y Forma de presentación:

    Presencial:

    Electrónico:

    Organismo:

    Responsable:

    Gestor:

    Dirección General de Universidades e Investigación

    Que resuelve:

    Dirección General de Universidades e Investigación

    Notificaciones:

    • Por Correo postal y certificado a los gerentes de las Universidades Públicas de Castilla y León.

    Recursos:

    • Contencioso-administrativo
    • Reposición

    Información adicional:

    LEY ORGÁNICA 14/2007, de 30 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León (BOCyL 03-12-2007)

    Ley 3/2003, de 28 de marzo de Universidades de Castilla y León (BOCyL 04-04-2003)

    Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de subvenciones de Castilla y León (BOCyL 03-10-2008)

  • Fecha de publicación

    24 de octubre de 2014

    Objeto

    Concesión de préstamos para financiar proyectos de nuevas inversiones, de ampliaciones o mejoras tecnológicas de instalaciones existentes e innovadoras, localizadas en el territorio de Castilla y León.

    Igualmente serán elegibles los proyectos destinados a financiar las necesidades de capital circulante a medio y largo plazo de los centros productivos ubicados en Castilla y León.

    Serán financiables todos los sectores con las siguientes excepciones:

    • a) La fabricación de armamento, armas y munición.
    • b) Los juegos de azar y el material relacionado.
    • c) La fabricación, el procesamiento o la distribución de tabaco.
    • d) Las actividades que implican la utilización de animales vivos con fines experimentales o científicos en la medida en que no se pueda garantizar el cumplimiento del "Convenio europeo sobre protección de los animales vertebrados utilizados con fines experimentales y otros fines científicos".
    • e) Las actividades cuyo impacto sobre el medio ambiente sólo puede ser atenuado o compensado en muy escasa medida.
    • f) Las actividades controvertidas por razones éticas o morales, por ejemplo la investigación sobre la clonación de seres humanos.
    • g) Las actividades cuyo único propósito sea la promoción inmobiliaria.
    • h) Las actividades meramente financieras, por ejemplo el comercio con instrumentos financieros.
    • i) Las actividades del sector de la minería energética.
    • j) Cualquiera de las actividades que estén excluidas en la lista de códigos NACE establecida por el BEI.
    • k) Aquellas actividades que puedan ser financiadas con los préstamos a las industrias agrarias o alimentarias que financia el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León.

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

    Desde el 25 de octubre de 2014 hasta el 30 de octubre de 2015

    Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

    Lugar y Forma de presentación

    Presencial:

    Electrónico:

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Empresas con ánimo de lucro, personas físicas o jurídicas, que puedan ser consideradas pequeñas y medianas empresas autónomas denominadas “Pymes”, o empresas de mediana capitalización autónomas “Mid-Cap”, que desarrollen un proyecto de inversión en alguno de sus centros productivos en Castilla y León, o en el caso de proyectos de circulante, éste corresponda a las necesidades de circulante de los centros productivos en Castilla y León.

    ¿Qué requisitos debo cumplir?

    - Tener centro productivo en Castilla y León.
    - Tener patrimonio neto positivo.
    - Acreditar las condiciones de solvencia económica y financiera para la realización del proyecto
    - Garantizar su capacidad de reembolso del préstamo concedido.
    - Constitución de garantías suficientes a favor de la ADE

    Cuantía

    • Las inversiones y los gastos que se pueden financiar como parte del proyecto son los siguientes:
    • 1.-La adquisición, renovación o extensión de activos tangibles nuevos o de primer uso que no sean terrenos.
    • 2.-Las inversiones en activos intangibles, tales como la adquisición de patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos no patentados
    • 3.-Las necesidades de capital circulante a medio y largo plazo.
    • Sólo podrán ser financiables los proyectos para inversión y/o circulante cuyo coste aprobado por la ADE esté comprendido entre 600.000 euros y 10.000.000 euros.
    • Las condiciones financieras de los préstamos son las siguientes:
    • a) Importe del préstamo: Entre 300.000 euros y 7.000.000 euros
    • b) Límite del préstamo: hasta el 70% del proyecto en el caso de inversiones y hasta el 50% de las necesidades de circulante.
    • c) El tipo de interés será variable.
    • d) Plazo de carencia: Hasta 24 meses.
    • e) El plazo de amortización: Los préstamos para inversiones serán entre 24 meses y 120 meses, y los préstamos de circulante hasta 72 meses.
    • f) Cuotas de amortización: Cuotas fijas de principal más los intereses devengados, con vencimiento trimestral o semestral.
    • g) Amortización anticipada: sin penalización.
    • h) Comisión de estudio: equivalente al 0,50% del préstamo otorgado
    • Más detalles de las condiciones de los préstamos en documento Anexo.

    Características detalladas Préstamos y Proyectos (13 kbytes)

    ¿Qué documentos necesito?

    La solicitud y los anexos se acompañarán de la memoria técnica y económica normalizada y de la documentación administrativa y técnica que se indica en el documento anexo.

    Documentación a presentar (116 kbytes)

    Organismo

    Consejería / Centro Directivo:

    Instituto para la Competitividad Empresarial

    Plazo de resolución

    El plazo para resolver la solicitud es de seis meses, contados desde que la documentación sea considerada completa.

    Notificaciones

    • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.

    Información adicional

    • Órgano Gestor: Departamento de Financiación
    • Órgano que resuelve: Comisión Ejecutiva de la ADE
    • Forma de Resolución: Acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la ADE
    • Recurso: Reclamación previa a la vía judicial civil.
    • Régimen de compatibilidad: En el caso de concurrencia con otros incentivos asociadas a un proyecto, la suma de la financiación del préstamo y las posibles subvenciones y financiaciones de la UE no podrá sobrepasar en ningún caso el 100 % del coste del proyecto
    • Criterios de Evaluación
    1. Capacidad económica y financiera de la entidad solicitante.
    2. Calidad y suficiencia de las garantías presentadas.
    3. Efectos positivos derivados del proyecto.

    Tramitación electrónica

    Descargar formulario

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  • Objeto

    Convocar el “Programa de Voluntariado Joven de Castilla y León”, con la colaboración del Carné Joven Europeo, destinado a jóvenes que asumen el compromiso de forma voluntaria y desinteresada de desarrollar un proyecto de voluntariado, participando en actividades complementarias de animación, socio-educativas, culturales durante un tiempo determinado, constituyendo un medio para fomentar los valores de convivencia, tolerancia, solidaridad, participación y aprendizaje intercultural e intergeneracional de los jóvenes.

    La realización de las actividades de voluntariado se podrá desarrollar con la colaboración de entidades del tercer sector, inscritas en el Registro Regional de Entidades de Voluntariado, que cuenten con experiencia en la programación, planificación, formación y ejecución de actividades de voluntariado y puedan llevar a cabo labores de tutorización y seguimiento individualizado de los jóvenes voluntarios.

    Las actividades de voluntariado que se realicen con estas entidades colaboradoras, se podrán realizar en instalaciones propias de la Junta de Castilla y León. También se podrán realizar actuaciones de voluntariado, dirigidas a personas, colectivos y familias en riesgo de exclusión social, en colaboración con entidades que trabajan en este ámbito y prioritariamente en el ámbito socio-educativo, de atención a personas mayores, personas con discapacidad, menores infractores, etc.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Jóvenes de entre 18 y 30 años, residentes en la Comunidad Autónoma de Castilla y León

    Lugar y Forma de presentación

    Presencial:

    Electrónico:

    ¿Qué requisitos debo cumplir?

    Las condiciones de participación en el programa son las siguientes:
    a) Colaborar desinteresadamente los días y las horas estipuladas en el proyecto.
    b) Contribuir a la organización general de la actividad de voluntariado en las tareas propias del mismo.
    c) Respetar las distintas creencias religiosas e ideológicas y las diferencias personales de todos los participantes en el programa.
    d) Respetar las normas de régimen interno y de convivencia propias de cada centro y de la actividad de voluntariado, que serán entre otras:
    - Aceptar las indicaciones de los responsables de la actividad.
    - Cumplir los horarios.
    e) Participación activa, colaboración desinteresada, ayuda al compañero y aportación de valores que supongan el enriquecimiento del grupo.
    f) Comunicar a los organizadores de cada actividad de voluntariado, antes de la incorporación al mismo, cualquier circunstancia de índole sanitaria o similar que pueda ser relevante para el normal desarrollo de la actividad.
    g) Aceptar expresamente las condiciones de participación en el programa, mediante la firma del correspondiente documento en que quede constancia de su compromiso personal.
    El incumplimiento de las condiciones y normas establecidas, podrá dar lugar a la exclusión del participante del programa, previa audiencia del mismo.

    ¿Qué documentos necesito?

    Solicitud en modelo normalizado (Anexo I), acompañada del Curriculum del solicitante según el modelo del Anexo II.

    Fecha de publicación

    14 de diciembre de 2012

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

    El plazo de presentación de solicitudes se mantendrá abierto durante todo el periodo de realización del “Programa de Voluntariado Joven de Castilla y León”

    Legislación aplicable

    • Resolución de 10 de diciembre de 2012, del instituto de la juventud de castilla y león, por la que se convoca el “programa de voluntariado joven de castilla y leon”, con la colaboracion del carné joven europeo (BOCyL 14-12-2012).

    Organismo

    Consejería / Centro Directivo:

    Información adicional

    Bolsas provinciales de voluntariado juvenil

    • Se constituirá una bolsa provincial de voluntariado juvenil en cada provincia.
    • Las listas serán públicas y figurarán expuestas en el Portal Web del Instituto de la Juventud de Castilla y León (www.juventud.jcyl.es) y en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (htpp://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).

    Entrevistas personales

    • La selección de los participantes podrá requerir la participación de la entidad colaboradora. En la valoración de los aspirantes se tendrán en cuenta las circunstancias y características personales de los jóvenes voluntarios como su disponibilidad horaria y geográfica, preferencia por unos colectivos u otros beneficiarios de la actuación voluntaria, etc.
    • Cuando se considere necesario, se podrá convocar al interesado para la realización de una entrevista personal, al objeto de valorar su capacidad y disponibilidad.

    Derechos de los participantes

    1. Recibir la información necesaria tanto de la entidad como de la actividad de voluntariado a desarrollar.
    2. Derecho a recibir formación sobre la actividad de voluntariado a desarrollar, previamente a su incorporación a la misma.
    3. Participar en las actividades de animación, formativas, culturales y de ocio desarrolladas en el proyecto de voluntariado.
    4. Recibir el material necesario y los medios de protección básicos para el desarrollo de las actividades programadas por la entidad organizadora.
    5. Ser beneficiario de un seguro de accidentes personales y de responsabilidad civil por las contingencias que puedan acontecer durante su participación en la actividad de voluntariado contratado por la entidad organizadora.
    6. Al auxilio personal en caso de accidente o enfermedad hasta su asistencia por un médico o facultativo en un centro sanitario.
    7. Derecho a recibir una certificación acreditativa de la participación en el proyecto de voluntariado, especificando horas de participación así como descripción de las actividades realizadas.
    8. La participación de jóvenes voluntarios en este programa se podrá considerar como mérito para obtener plaza de residente en las residencias juveniles titularidad del Instituto de la Juventud de Castilla y León en los términos que establezca la respectiva convocatoria anual, así como para el acceso a las actividades de formación y emancipación que se convoquen.

    Protección de los datos de carácter personal

    Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (17 kbytes)

    Tramitación electrónica

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  • Objeto

    Regular la participación del profesorado en el Programa de Estancias de Formación en Empresas cofinanciado por el Fondo Social Europeo. Existirán dos períodos para la realización de estancias.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    PROFESORES que impartan docencia en ciclos formativos de F.P. o en programas de garantía social de la modalidad de iniciación profesional en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de CyL.

    Lugar y Forma de presentación

    Presencial:

    Electrónico:

    ¿Qué requisitos debo cumplir?

    a) Las actividades a realizar durante la estancia en la empresa deberán corresponderse con la especialidad a la que esté adscrita el profesor solicitante o con los módulos que imparte.
    b) Las estancias se realizarán en empresas ubicadas en la localidad en la que esté el centro de destino, salvo que concurra alguna de las siguientes circunstancias, que deberán estar debidamente acreditadas: que no exista una empresa de las mismas características en dicha localidad o que se quiera realizar en la localidad de residencia del solicitante, siempre que esté ubicada en la Comunidad de Castilla y León.
    c)Podrán realizarse estancias en empresas ubicadas en otras Comunidades Autónomas si habitualmente colaboran en la realización de Formación en Centros de Trabajo (FCT) con el centro educativo de destino del solicitante.
    d)Las estancias de formación se realizarán en empresas de acuerdo a un proyecto previamente concertado con el profesor. El profesorado interesado en la participación en el programa podrá contactar con las empresas directamente o hacerlo a través de la Cámara Oficial de Comercio e Industria correspondiente de las que figuran en el ANEXO I:

    ¿Qué documentos necesito?

    Solicitud, en modelo normalizado Anexo II, dirigida al Excmo. Sr. Consejero de Educación. Se podrá presentar una solicitud en cada curso académico.

    DOCUMENTACION a Presentar (86 kbytes)

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

    Las solicitudes se presentarán en los plazos siguientes:
    a) Para las estancias a realizar entre el 2 de mayo y el 1 de septiembre, el plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 10 de ENERO y finalizará el 1 de FEBRERO de cada año.
    b) Para las estancias a realizar entre el 1 de diciembre y el 30 de abril el plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 1 de SEPTIEMBRE y finalizará el 20 de SEPTIEMBRE de cada año.

    Plazo de resolución

    • La resolución motivada se publicará en el BOCyL. El plazo máximo para resolver la convocatoria y publicar la resolución será de 3 MESES desde la fecha de finalización de cada plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que la resolución haya sido publicada, se podrán entender DESESTIMADAS las solicitudes.

    Notificación

    • En el Boletín Oficial de Castilla y León.

    Recursos

    • Contencioso-administrativo.
    • Reposición.

    Efecto del silencio administrativo

    Desestimatorio

    Legislación aplicable

    • ORDEN EDU/1727/2009, de 18 de agosto, por la que se regula la participación del profesorado de especialidades vinculadas a la Formación Profesional en el Programa de Estancias de Formación en Empresas cofinanciado por el Fondo Social Europeo. (BOCyL 25-08-2009).
    • ORDEN EDU/289/2015, de 7 de abril, por la que se modifica la Orden EDU/1727/2009, de 18 de agosto, por la que se regula la participación del profesorado de especialidades vinculadas a la Formación Profesional en el Programa de Estancias y Formación en Empresas cofinanciado por el Fondo Social Europeo. (BOCyL 16-04-2015)

    Organismo

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Servicio de Formación Profesional

    Órgano que resuelve:

    Dirección General de Formación Profesional, Régimen Especial y Equidad Educativa

    Información adicional

    Existirán 2 períodos para la realización de estancias:

    1. Primer período: En fechas comprendidas entre el día 2 de mayo y el día 15 de septiembre.
    2. Segundo período: En fechas comprendidas entre el día 15 de noviembre y el día 30 de abril.

    El período de estancia en empresa no podrá coincidir con el horario lectivo del profesor salvo que el centro garantice la cobertura de las actividades docentes.

    Las estancias tendrán una duración mínima de 40 horas y máxima de 150 horas.

    La estancia deberá desarrollarse durante un mínimo de 15 horas semanales y llevarse a cabo todas las semanas del período establecido para su realización. El horario del profesor deberá estar comprendido en la jornada laboral de los trabajadores de la empresa.

    En el supuesto de que la estancia se realice en una localidad distinta a aquella en la que esté ubicado tanto el centro de destino como la localidad de residencia del profesor, deberá desarrollarse durante un mínimo de 6 horas al día.

    Las estancias en empresas no tienen carácter laboral. Durante el período de estancia el profesorado no tendrá ninguna vinculación o relación laboral con la empresa de acogida, ni podrá ocupar un puesto de trabajo dentro de su cuadro de personal.

    La empresa pondrá en conocimiento de los representantes legales de los trabajadores la relación de profesores que realizarán la estancia, así como las fechas y los horarios en que se realizarán.

    La Consejería de Educación remitirá a la Inspección de Trabajo una relación de los profesores participantes y de las empresas en que se realizarán las estancias.

    Resolución. Beneficiarios

    Tramitación electrónica

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  • Tramitación electrónica

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    Fecha de publicación:

    17 de marzo de 2017

    BDNS (Identificador):

    335696

    Objeto:

    Convocar la participación en el Programa de gratuidad de libros de texto «RELEO PLUS» y las ayudas en él contenidas, cofinanciadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, para el curso escolar 2017/2018, que tiene por objeto proporcionar el uso gratuito de libros de texto al alumnado que curse educación primaria y educación secundaria obligatoria en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León.

    Para lograr el uso gratuito de libros de texto por parte del alumnado beneficiario:

    1. Se acudirá al Banco de libros de texto de Castilla y León ubicado en el centro en el que estudie el alumno, y en el caso de no disponer de las existencias requeridas y no pudiera entregarle esta ayuda en especie, se le entregará una ayuda dineraria para la adquisición de los libros necesarios, que serán devueltos al finalizar el curso escolar.
    2. El alumnado participante en el Programa ?RELEO PLUS? que no resulte beneficiario por no cumplir el requisito de renta podrá recibir libros de texto, siempre que una vez atendidas las necesidades de los beneficiarios continuara habiendo existencias en su centro procedentes del Banco de libros de texto de Castilla y León . La entrega de libros se realizará en función del nivel de renta.

    En los centros que cuenten con material curricular en el Banco de libros de texto de Castilla y León, su uso se pondrá a disposición del alumnado.

    ¿Quién lo puede solicitar?:

    Padre, madre o tutor legal; ó Entidad o familia de acogida que ejerza la guarda y custodia, y cumplan los requisitos

    ¿Qué requisitos debo cumplir?:

    Para ser beneficiarios del programa de gratuidad:

    • Padre, madre o tutor legal de los alumnos que vayan a cursar educación primaria o educación secundaria obligatoria en centros docentes de la Comunidad de CyL, y la renta de la unidad familiar en el año 2015 no supere en 2 veces el IPREM en 2017 (14.910?)
    • Entidad o familia de acogida que ejerza la guarda y custodia, en los casos de alumnos que tengan expediente de protección abierto por la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.

    Para poder acceder al banco de libros del centro:

    • Todas aquellas familias que no estén en el caso anterior. Podrán recibir libros del banco de libros de centro siempre que haya disponibilidad después de atender a los alumnos beneficiarios del programa de gratuidad.

    ¿Para qué es la ayuda?:

    En el marco del Programa de gratuidad de libros de texto ?RELEO PLUS? serán subvencionables:
    a) Los materiales, no fungibles y reutilizables por otros alumnos, que los centros docentes haya seleccionado para ser utilizados por el alumnado en el curso escolar 2017/2018.
    b) Los materiales en formato digital que los centros docentes, en desarrollo de los contenidos establecidos en el currículo oficial vigente, hayan seleccionado para ser utilizados por el alumnado en el curso correspondiente, aunque no se sean reutilizables.
    c) Los libros correspondientes a 1º y 2º de educación primaria y los libros o materiales específicos destinados a la enseñanza y aprendizaje del alumnado con necesidades educativas específicas, aun cuando no sean reutilizables en cursos sucesivos.

    Cuantía:

    • El alumnado beneficiario obtendrá el uso gratuito de los libros de texto acudiendo al banco de libros de texto ubicado en el centro donde estudie; la entrega de libros tiene la consideración de ayuda en especie.
    • Si el banco de libros de texto ubicado en el centro no tuviera las existencias necesarias para atender todas las solicitudes de los beneficiarios, se les entregará una ayuda dineraria en función del coste del material y que, en ningún caso podrá superar:
    • 240 ? para financiar la adquisición de libros de texto de educación primaria.
    • 310 ? para financiar la adquisición de libros de texto de educación secundaria obligatoria.

    ¿Qué documentos necesito?:

    Solicitud, en modelo normalizado, que se podrá obtener a través de la APLICACIÓN INFORMÁTICA, una por alumno, y en la misma se harán constar todos los miembros de la unidad familiar a fecha 31 de diciembre de 2015. Se calificará de solicitante al padre o madre, o tutor legal que firme la solicitud y cuyos datos aparezcan reflejados en primer lugar.
    Las solicitudes incluirán, entre otras cuestiones, el compromiso de devolver los libros subvencionados, en buen estado, en el centro donde el alumno estuviera matriculado en el curso 2017/2018.
    Además la solicitud deberá ir acompañada de la copia del documento nacional de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar mayores de catorce años, o del documento acreditativo de la identidad o de la tarjeta equivalente de los extranjeros residentes en territorio español, únicamente cuando el solicitante no autorice su comprobación a la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
    Salvo en el caso de alumnos que tengan expediente de protección abierto por la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, la solicitud también deberá acompañarse de la siguiente DOCUMENTACIÓN:

    Documentación a presentar (97 kbytes)

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

    Desde el 20 de marzo de 2017 hasta el 31 de marzo de 2017

    Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

    Lugar y Forma de presentación:

    Presencial (tres copias):

    Electrónico:

    Organismo:

    Responsable:

    Gestor:

    Dirección Provincial de Educación

    Que resuelve:

    Consejero de Educación

    Plazo de resolución:

    El plazo máximo para resolver la convocatoria y publicar la resolución será de 6 MESES desde la entrada de las solicitudes en el registro de las Direcciones Provinciales de Educación. Transcurrido dicho plazo sin que hubiera sido publicada la resolución se podrán entender DESESTIMADAS las solicitudes.
    Se dará publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es) por tiempo no inferior a un mes desde dicha publicación.

    Notificaciones:

    • Tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación.

    Recursos:

    • Contencioso-administrativo
    • Reposición

    Información adicional:

    Asignación y entrega de libros

    La Dirección General de Innovación y Equidad Educativa pondrá a disposición de los centros docentes un listado de su alumnado beneficiario ordenado alfabéticamente y otro listado donde figuran el resto del alumnado no beneficiario que haya solicitado la participación ordenado por nivel de renta. Todos ellos deberán completar su solicitud especificando los libros concretos cuyo uso gratuito solicita en los siguientes plazos:

    • Alumnos de educación primaria, del 1 a al 10 de junio.
    • Alumnos de educación secundaria obligatoria del 15 al 30 de junio.

    La comisión de gestión del Banco de libros de texto de Castilla y León de cada centro docente, tras conocer el listado de beneficiarios, las devoluciones de libros y las donación que, en su caso, hubiera habido, comprobará qué necesidades pueden ser cubiertas con los libros de texto que hay en el centro, y realizará una preasignación de los mismos hasta el 30 de junio de 2017 en educación primaria y hasta el 14 de julio en educación secundaria. Comunicará a las familias del alumnado beneficiario a quiénes se pueden entregar libros procedentes del banco para su uso gratuito, y a quiénes se les entregará una ayuda dineraria para proceder a su compra.

    La asignación definitiva de libros de texto se realizará del 1 al 8 de septiembre de 2017 para los alumnos de educación primaria y del 1 al 12 de septiembre para los alumnos de educación secundaria.

    Abono de las ayudas dinerarias

    Las ayudas dinerarias se pagarán mediante transferencia bancaria y tienen la consideración de rentas exentas.

    Justificación de la ayuda

    Los beneficiarios deberán justificar el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la ayuda mediante la presentación de la siguiente documentación en la secretaría del centro:

    1. En el caso de recibir todos los libros de texto solicitados del Banco de libros de texto de Castilla y León, el documento de justificación que les facilitará el centro y que firman el beneficiario y el director del centro. Esta documentación se presentará por el beneficiario en la secretaría del centro entre el 1 y el 12 de septiembre de 2017, ambos incluidos. El centro lo remitirá a la dirección provincial de educación que corresponda hasta el día 15 de septiembre de 2017.
    2. En el caso de no recibir libros de texto o de no recibir todos los libros de texto, se presentará un documento de justificación que les proporciona el centro y que será firmado por el beneficiario y el director. A este documento, debidamente cumplimentado, se le adjuntarán la factura correspondiente. Esta documentación se presentará del 1 al 22 de septiembre de 2017 y se remitirá por el centro a la dirección provincial de educación que corresponda hasta el día 29 de septiembre de 2017.
    3. En los supuestos de cobro de la ayuda por el centro educativo, el director del centro presentará la documentación justificativa en la dirección provincial de educación correspondiente hasta el 29 de septiembre.

    Incumplimiento

    Los incumplimientos de los beneficiarios podrán dar lugar a que se cancele total o parcialmente la ayuda, o que, en su caso, proceda el reintegro total o parcial de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente. El incumplimiento de la obligación de entregar los libros subvencionados en el centro, una vez finalizado el curso escolar, podrá determinar la no participación en sucesivas convocatorias.

    Incompatibilidad

    Estas ayudas serán incompatibles con cualquiera otra otorgada para la misma finalidad que se pudieran obtener de otras administraciones públicas o entidades de naturaleza pública o privada.

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