3 de abril de 2017
340341
Convocar las primas de mantenimiento correspondientes a la anualidad de 2017 para los Expedientes de Forestación de Tierras Agrícolas concedidos al amparo del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León durante los periodos de programación 1993-1999, 2000-2006 y 2007-2013.
Aquéllos que previamente lo hayan sido de las ayudas a la forestación, tras las convocatorias publicadas durante los años 1993 a 2013.
El Servicio Territorial de Medio Ambiente, podrá indicar al beneficiario los trabajos de mantenimiento que se consideren necesarios.
Dichos trabajos serán de obligada ejecución para el beneficiario.
Las primas de mantenimiento deberán ser solicitadas en años consecutivos.
Para que una superficie se haga acreedora de esta ayuda, será preciso que la totalidad de la superficie certificada como forestada se encuentre en estado vegetativo idóneo y con la densidad requerida, habiendo realizado adecuadamente los trabajos de mantenimiento necesarios para conseguirlo.
Los titulares de repoblaciones que, por causas no imputables a ellos, hayan sufrido un número de marras excesivamente elevado podrán comunicar la acumulación, en un solo ejercicio, de la primera y segunda anualidad de la prima de mantenimiento en el segundo año a contar desde la certificación definitiva de la forestación, y de la tercera y cuarta anualidad de la prima de mantenimiento en el tercer año.
En los años cuarto y quinto a contar desde la certificación definitiva de la forestación no se subvencionarán trabajos de reposición de marras.
COMUNICACIÓN. Será necesaria la presentación de una comunicación de acumulación de varias primas de mantenimiento cuando por causas no imputables a ellos, hayan sufrido un número de marras excesivamente elevado. Se utilizará el modelo normalizado «Comunicación de acumulación de primas de mantenimiento».
Una vez finalizados los trabajos de mantenimiento se deberá SOLICITAR EL PAGO por los trabajos efectivamente realizados, mediante la presentación del formulario «Solicitud de pago de la prima de mantenimiento», acompañado de la siguiente documentación:
a) «Relación de los trabajos de mantenimiento».
b) «Relación de parcelas y recintos de la prima de mantenimiento», en el que se detallará la superficie donde se han realizado los trabajos de mantenimiento notificados.
c) Si las parcelas o recintos SIGPAC donde se han realizado los trabajos de mantenimiento no son completos, salida gráfica del SIGPAC, en el que se detallará la superficie afectada por dichos trabajos.
d) En el caso de haber realizado trabajos de reposición de marras, los documentos que acrediten la procedencia y características de las plantas o partes de plantas utilizadas, de acuerdo con la normativa en vigor en esta materia.
e) En supuestos de cambio de beneficiario, copia del DNI del nuevo solicitante y acreditación de la propiedad de las parcelas, salvo autorización a la Administración para obtener directamente y/o por medios telemáticos la comprobación de los datos de identidad personal o de la acreditación de la propiedad.
f) Cualquier otro documento que modifique a los incorporados en el expediente, cuando se haya producido alguna variación en los datos del beneficiario o de las características de la forestación.
- COMUNICACIÓN de acumulación de primas de mantenimiento: Desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el «Boletín Oficial de Castilla y León» hasta el 28 de ABRIL de 2017, inclusive.
- MODIFICACIÓN de la prima de mantenimiento: Desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el «Boletín Oficial de Castilla y León» hasta el 28 de ABRIL de 2017, inclusive.
- SOLICITUD DE PAGO: Desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el «Boletín Oficial de Castilla y León» hasta el 28 de JUNIO de 2017, inclusive.
Presencial:
Electrónico:
Servicio de Restauración y Gestión Forestal
Dirección General del Medio Natural
El plazo para resolver, será de 6 MESES a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo para presentar las solicitudes de pago de los trabajos de mantenimiento (antes del 28 de junio de 2017, inclusive). Transcurrido dicho plazo sin haberse dictado y notificado la resolución, el solicitante podrá entender DESESTIMADA por silencio administrativo, su solicitud.
PLAZOS DE EJECUCIÓN
MODIFICACIÓN DE LA ACTUACIÓN SUBVENCIONADA
3 de abril de 2017
340341
Estas ayudas tienen como finalidad, por una parte, financiar el mantenimiento de las repoblaciones realizadas al amparo del Programa Regional de Forestación de Tierras Agrícolas y, por otra, compensar al titular de los derechos reales sobre las parcelas forestadas por la pérdida de rentas como consecuencia del cambio de uso de las tierras. Las actuaciones subvencionables para las que se convocan ayudas son las siguientes:
Aquéllos que previamente lo hayan sido de las ayudas a la forestación, tras las convocatorias publicadas durante los años 1993 a 2013 (artículo 5 de la Orden MAM/39/2009)
Servicio de Restauración y Gestión Forestal
7 de junio de 2016
Convocar para el curso escolar 2016/2017, procedimiento autonómico de provisión de puestos para su ocupación temporal, en comisión de servicios, por funcionarios de carrera de los cuerpos docentes de enseñanzas no universitarias pertenecientes al ámbito territorial de gestión de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Funcionarios de carrera docentes de enseñanzas no universitarias pertenecientes al ámbito territorial de gestión de la Administración de la Comunidad de Castilla y León que cumplan los requisitos.
?Pertenecer a uno de los siguientes Cuerpos: Catedráticos de enseñanza secundaria (cuerpo 0511), Profesores de enseñanza secundaria (cuerpo 0590), Profesores técnicos de formación profesional (cuerpo 0591), Catedráticos de escuelas oficiales de idiomas (cuerpo 0512), Profesores de escuelas oficiales de idiomas (cuerpo 0592), Profesores de música y artes escénicas (cuerpo 0594), Catedráticos de artes plásticas y diseño (cuerpo 0513), Profesores de artes plásticas y diseño (cuerpo 0595), Maestros de taller de artes plásticas y diseño (cuerpo 0596) y Maestros (cuerpo 0597)
?Encontrarse en situación de servicio activo y poseer la especialización o habilitación correspondiente y en su caso la acreditación lingüística en el oportuno idioma. Acreditar a 31 de agosto de 2016 la prestación de servicios efectivos como funcionario de carrera, de manera ininterrumpida y durante, al menos, los dos cursos inmediatamente anteriores a esa fecha, en el Cuerpo desde el que se participa.
? No estar incurso en la tramitación de un expediente disciplinario por falta grave o muy grave, o cumpliendo sanción con motivo de los mismos, ni haber sido sancionado por falta grave o muy grave en los últimos seis años.
? Haber participado en el concurso de traslados convocado por la Orden EDU/902/2015 para el cuerpo de maestros, o en el convocado por la Orden EDU/903/2015 para el resto de cuerpos, debiéndose dar además los siguientes supuestos: No haber sido excluido del mismo, no haber presentado renuncia a la participación en él, no haber obtenido destino definitivo como consecuencia de la resolución del mismo, ni obtener, en su caso, cambio de provincia.
? No desempeñar el cargo de director durante el curso escolar 2016/2017.
? No haber obtenido una comisión de servicios para el curso 2016/2017 a través de un procedimiento distinto al regulado en esta convocatoria.
Desde el 8 de junio de 2016 hasta el 17 de junio de 2016
10 DÍAS NATURALES contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el ?Boletín Oficial de Castilla y León?.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, por ningún concepto se alterará la petición, ni aún cuando se trate del orden de prelación de las peticiones.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Presencial: (La cumplimentación informática de la solicitud no sustituye la obligatoriedad de la presentación de la misma en los lugares de registro)
Electrónico:
Adjudicación Provisional de destinos
Fecha de publicación:5 de agosto de 2016
Fecha límite:ALEGACIONES y SUBSANACIONES: hasta el 10 de agosto de 2016
Contenido:
Resolución de 5 de agosto de 2016, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación, por la que se resuelve, con carácter provisional, la adjudicación de destinos que han correspondido a los funcionarios de carrera de los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional y catedráticos y profesores de escuelas oficiales de idiomas, profesores de música y artes escénicas, catedráticos y profesores de artes plásticas y diseño y maestros de taller de artes plásticas y diseño para su participación en el procedimiento autonómico de provisión de puestos para su ocupación temporal, en comisión de servicios, para el curso escolar 2016/2017.
Primero- Resolución provisional.
Se adjudican, con carácter provisional, los destinos que han correspondido a los funcionarios de carrera de los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional y catedráticos y profesores de escuelas oficiales de idiomas, profesores de música y artes escénicas, catedráticos y profesores de artes plásticas y diseño y maestros de taller de artes plásticas y diseño, que participaron en el procedimiento autonómico de provisión de puestos para su ocupación temporal, en comisión de servicios, para el curso escolar 2016/2017, convocado por la Resolución de 30 de mayo de 2016, de la Dirección General de Recursos Humanos conforme se dispone en el anexo I.
Se declaran excluidos de la participación en el citado procedimiento a los participantes que figuran en el anexo II, con indicación de las causas que han motivado su exclusión.
En el anexo III se recogen las vacantes que han servido de base a la presente adjudicación.
Segundo.- Plazo de alegaciones y renuncias.
Desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución y hasta el 10 de agosto de 2016 los interesados podrán subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o presentar alegaciones mediante escrito dirigido al Director General de Recursos Humanos (Consejería de Educación, Avenida de Monasterio de Ntra. Sra. de Prado, s/n, 47014 Valladolid) pudiendo presentarse en el registro de la citada Consejería, en los registros de las direcciones provinciales de educación o en los lugares a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, debiendo además remitirse una vez registradas, para agilizar su tramitación, mediante fax al número 983 411 004.
Las alegaciones y subsanaciones presentadas serán resueltas por la correspondiente resolución de la Dirección General de Recursos Humanos por la que se adjudique destino, de manera definitiva, a los funcionarios de carrera del cuerpo de maestros que hayan participado en el proceso, cuya parte dispositiva será objeto de publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León antes del 1 de septiembre de 2016.
Tercero.- Publicación y publicidad
En atención a lo dispuesto en el apartado séptimo.1 de la Resolución de 30 de mayo de 2016, la presente resolución y los anexos indicados en el apartado primero se publicarán el 5 de agosto de 2016, a partir de las 12:00 horas, en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación, siendo objeto de publicidad, en la misma fecha, en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (educa.jcyl.es).
Asimismo, conforme a lo indicado en el apartado séptimo.3 de la citada Resolución de 26 de abril de 2016, con el objeto de dar la mayor publicidad posible, el contenido de todos los listados antes citados podrá ser consultado en el servicio telefónico de información y atención al ciudadano 012 (para llamadas desde fuera de la Comunidad de Castilla y León 983 327 850).
Adjudicación Provisional de destinos
Fecha de publicación:8 de agosto de 2016
Fecha límite:ALEGACIONES y SUBSANACIONES: hasta el 11 de agosto de 2016
Contenido:
Resolución de 8 de agosto de 2016, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación, por la que se resuelve, con carácter provisional, la adjudicación de destinos que han correspondido a los funcionarios de carrera del cuerpo de maestros, que participaron en el procedimiento autonómico de provisión de puestos para su ocupación temporal, en comisiones de servicios, para el curso escolar 2016/2017.
Primero- Resolución provisional.
Se adjudican, con carácter provisional, los destinos que han correspondido a los funcionarios de carrera del cuerpo de maestros, que participaron en el procedimiento autonómico de provisión de puestos para su ocupación temporal, en comisiones de servicios, para el curso escolar 2016/2017, convocado por la Resolución de 30 de mayo de 2016, de la Dirección General de Recursos Humanos, conforme se dispone en el anexo I.
Se declaran excluidos de la participación en el citado procedimiento a los participantes que figuran en el anexo II, con indicación de las causas que han motivado su exclusión.
En el anexo III se recogen las vacantes que han servido de base a la presente adjudicación.
Segundo.- Plazo de alegaciones y renuncias.
Desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución y hasta el 11 de agosto de 2016 los interesados podrán subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o presentar alegaciones mediante escrito dirigido al Director General de Recursos Humanos (Consejería de Educación, Avenida de Monasterio de Ntra. Sra. de Prado, s/n, 47014 Valladolid) pudiendo presentarse en el registro de la citada Consejería, en los registros de las direcciones provinciales de educación o en los lugares a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, debiendo además remitirse una vez registradas, para agilizar su tramitación, mediante fax al número 983 411 004.
Las alegaciones y subsanaciones presentadas serán resueltas por la correspondiente resolución de la Dirección General de Recursos Humanos por la que se adjudique destino, de manera definitiva, a los funcionarios de carrera del cuerpo de maestros que hayan participado en el proceso, cuya parte dispositiva será objeto de publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León antes del 1 de septiembre de 2016.
Tercero.- Publicación y publicidad
En atención a lo dispuesto en el apartado séptimo.1 de la Resolución de 30 de mayode 2016, la presente resolución y los anexos indicados en el apartado primero se publicarán el 8 de agosto de 2016, a partir de las 14:00 horas, en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación, siendo objeto de publicidad, en la misma fecha, en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (educa.jcyl.es).
Asimismo, conforme a lo indicado en el apartado séptimo.3 de la citada Resolución de 26 de abril de 2016, con el objeto de dar la mayor publicidad posible, el contenido de todos los listados antes citados podrá ser consultado en el servicio telefónico de información y atención al ciudadano 012 (para llamadas desde fuera de la Comunidad de Castilla y León 983 327 850).
Adjudicación Definitiva de destinos
Fecha de publicación:30 de agosto de 2016
Contenido:
RESOLUCIÓN de 25 de agosto de 2016, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación, por la que se publica la parte dispositiva de la Resolución de la misma fecha y Dirección General, por la que se resuelve, con carácter definitivo, la adjudicación de los destinos que han correspondido a los funcionarios de carrera del cuerpo de maestros, que participaron en el procedimiento autonómico de provisión de puestos para su ocupación temporal, en comisión de servicios, para el curso escolar 2016/2017.
Hacer pública la parte dispositiva de la Resolución de 25 de agosto de 2016, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación, por la que se resuelve, con carácter definitivo, la adjudicación de los destinos que han correspondido a los funcionarios de carrera del cuerpo de maestros, que participaron en el procedimiento autonómico de provisión de puestos para su ocupación temporal, en comisión de servicios, para el curso escolar 2016/2017, cuyo tenor literal es el siguiente:
«Primero.? Resolución definitiva.
Se adjudican, con carácter definitivo, los destinos que han correspondido a los funcionarios de carrera del cuerpo de maestros, que participaron en el procedimiento autonómico de provisión de puestos para su ocupación temporal, en comisión de servicios, para el curso escolar 2016/2017, convocado por la Resolución de 30 de mayo de 2016, de la Dirección General de Recursos Humanos, conforme se dispone en el Anexo I.
Se declaran excluidos de la participación en el citado procedimiento autonómico a los participantes que figuran en el Anexo II, con indicación de las causas que han motivado su exclusión.
Se recogen en el Anexo III las vacantes que han servido de base a la presente adjudicación.
Se recogen en el Anexo IV las alegaciones y subsanaciones presentadas por los interesados a la adjudicación provisional de destinos realizada por la Resolución de 8 de agosto de 2016, de la Dirección General de Recursos Humanos.
Segundo.? Renuncias.
Una vez hecha pública la adjudicación definitiva de la plaza, no se aceptará la renuncia al destino obtenido, salvo por razones del servicio o por situaciones excepcionales, cuya valoración corresponderá a la Dirección General de Recursos Humanos previo informe, en su caso, de la dirección provincial de educación correspondiente.
Tercero.? Publicación y publicidad.
En atención al apartado séptimo.2 de la Resolución de 30 de mayo de 2016, de la Dirección General de Recursos Humanos, la presente resolución y sus anexos se publicarán en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación, siendo objeto de publicidad en la misma fecha en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (educa.jcyl.es).
Con el objeto de dar la mayor publicidad, el contenido de todos los listados antes citados podrán ser consultados en el servicio telefónico de información y atención al ciudadano 012 (para llamadas desde fuera de la Comunidad de Castilla y León: 983 327 850).
Asimismo, en atención al mencionado apartado séptimo.2, la parte dispositiva de la presente resolución se publicará en el ?Boletín Oficial de Castilla y León?.
Cuarto.? Nombramientos.
El Director General de Recursos Humanos nombrará en comisión de servicios a los participantes que han obtenido destino mediante la presente resolución.
La comisión de servicios tendrá efectos desde el 1 de septiembre de 2016 hasta el 31 de agosto de 2017.
Quienes obtengan destino por este procedimiento se incorporarán al mismo el 1 de septiembre de 2016, salvo aquellos maestros que durante el curso 2015/2016 hayan impartido los cursos primero y segundo de educación secundaria obligatoria en centros de educación secundaria, y que deban participar, cuando así se establezca como necesario, en las labores de evaluación de los alumnos a principios de septiembre. Finalizadas esas actuaciones se incorporarán al centro correspondiente en todo caso el 7 de septiembre de 2016.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo nombre de Valladolid, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 8.2, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante el Director General de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común».
Información adicional:Adjudicación definitiva de destinos Maestros - Provisión de puestos en comisión de servicio por funcionarios docentes (CONCURSILLO 2016/2017).
Adjudicación Definitiva de destinos
Fecha de publicación:30 de agosto de 2016
Contenido:
RESOLUCIÓN de 25 de agosto de 2016, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación, por la que se publica la parte dispositiva de la Resolución de la misma fecha y Dirección General, por la que se resuelve, con carácter definitivo, la adjudicación de los destinos que han correspondido a los funcionarios de carrera de los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional, catedráticos y profesores de escuelas oficiales de idiomas, profesores de música y artes escénicas, catedráticos y profesores de artes plásticas y diseño y maestros de taller de artes plásticas y diseño, que participaron en el procedimiento autonómico de provisión de puestos para su ocupación temporal, en comisión de servicios, para el curso escolar 2016/2017.
Hacer pública la parte dispositiva de la Resolución de 25 de agosto de 2016, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación, por la que se resuelve, con carácter definitivo, la adjudicación de los destinos que han correspondido a los funcionarios de carrera de los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional, catedráticos y profesores de escuelas oficiales de idiomas, profesores de música y artes escénicas, catedráticos y profesores de artes plásticas y diseño y maestros de taller de artes plásticas y dise? ;;; ;;; ;;01/00/00; blobheadername1=Cache-Control&blobheadername2=Expires&blobheadername2=Expires&blobheadername3=Site& 52305;19/12/2018;12/19/18;
Procedimiento de autorización y acreditación de las casas de acogida de la red de atención a víctimas de violencia de género.
Persona o entidad titular de la casa de acogida, directamente o a través de su representantes legal.
Los establecidos en el Decreto 2/2019, de 7 de febrero, de autorización y funcionamiento de los centros de la Red de Atención a las víctimas de violencia de género de Castilla y León, recogidos en los siguiente documentos:
Solicitud, en modelo normalizado, acompañada del documento tramitable acompañado del correspondiente Anexo de autorización, acreditación y comunicación previa, y la documentación recogida en el Decreto 2/2019, de 7 de febrero, que se indica a continuación:
La solicitud debe dirigirse:
a) En el procedimiento de autorización, a la Gerencia Territorial de Servicios Sociales correspondiente.
b) En el procedimiento de acreditación, debe dirigirse a la Gerencia de Servicios Sociales.
c) En la comunicación previa, el órgano a quién se dirige, depende del contenido a comunicar.
Abierto de Forma Permanente.
Desestimatorio
Gerencia de Servicios Sociales
1. AUTORIZACIÓN.
2. ACREDITACIÓN.
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (200 kbytes)
El objeto del procedimiento de evaluación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias es determinar qué organizaciones profesionales agrarias tendrán la consideración de más representativas en los próximos cinco años, según los siguientes criterios que establece el artículo 175 de la Ley 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León:
En el ámbito de la Comunidad de Castilla y León. Se considerarán organizaciones profesionales agrarias más representativas aquellas que obtengan al menos un 15% del total de los votos válidos emitidos en toda la Comunidad Autónoma.
En el ámbito de cada provincia de la Comunidad. Se considerarán organizaciones profesionales agrarias más representativas aquellas que obtengan al menos un 20% del total de los votos válidos emitidos en la provincia.
Electrónico:
El procedimiento se convoca por Acuerdo de la Junta de Castilla y León. El primer procedimiento se convocó por Acuerdo 68/2017, de 30 de noviembre.
Contenido:
INFORME FINAL DE RESULTADOS (2.905 kbytes)Servicio de Evaluación, Normativa y Procedimiento
Listados definitivos de admitidos a procedimiento 2ª fase
4 de septiembre de 2015
Convocar, en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, el procedimiento de evaluación para la acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación para unidades de competencia de las familias profesionales Agraria, Seguridad y Medio Ambiente, y Servicios Socioculturales y a la Comunidad, de conformidad con el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
El número máximo de plazas convocadas será de 4.350, distribuidas conforme al Anexo II. De las 4.000 plazas destinadas a atención sociosanitaria, se realizará un proceso por fases, la primera incluirá 2.000 plazas, para de forma consecutiva completar el proceso en una segunda fase con otras 2.000, ya que el proceso de solicitud e inscripción será único para ambas fases, utilizándose los criterios de priorización establecidos en el apartado decimotercero; pudiéndose abrir un período de inscripción nuevo finalizada la primera fase, si no se dispusiera de demanda suficiente que agote el número de plazas convocadas. El número máximo de plazas podrá ser ampliado, en función del número de candidatos que sean objeto de evaluación o de las características de la misma.
Las personas que deseen participar en el procedimiento deberán cumplir los siguientes requisitos:
Una solicitud por cada cualificación profesional respecto de la que se pretenda la acreditación de unidades de competencia conforme al modelo del Anexo III dirigida al Director del centro gestor autorizado. La solicitud contendrá la declaración responsable del interesado relativa a diferentes extremos.
A la solicitud deberá acompañarse original o copia legible de la documentación indicada:
DOCUMENTACIÓN a presentar (160 kbytes)
Desde el 5 de septiembre de 2015 hasta el 23 de septiembre de 2015
Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación en BOCyL.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Electrónica:
Fecha de publicación:5 de noviembre de 2015
Contenido:
Fecha de publicación:5 de noviembre de 2015
Contenido:
Fecha de publicación:5 de noviembre de 2015
Contenido:
Fecha de publicación:13 de noviembre de 2015
Contenido:
Fecha de publicación:30 de noviembre de 2015
Contenido:
Las personas relacionadas en los listados provisionales tienen un plazo de 5 días naturales contados desde el día de publicación de los mismos para presentar alegaciones y aportar los documentos que estimen oportunos:
Fecha de publicación:15 de diciembre de 2015
Contenido:
Las personas relacionadas en los listados provisionales tienen un plazo de 5 días naturales contados desde el día de publicación de los mismos para presentar alegaciones y aportar los documentos que estimen oportunos:
Fecha de publicación:16 de diciembre de 2015
Contenido:
Las personas relacionadas en los listados provisionales tienen un plazo de 5 días naturales contados desde el día de publicación de los mismos para presentar alegaciones y aportar los documentos que estimen oportunos:
Fecha de publicación:16 de diciembre de 2015
Contenido:
Las personas relacionadas en los listados provisionales tienen un plazo de 5 días naturales contados desde el día de publicación de los mismos para presentar alegaciones y aportar los documentos que estimen oportunos:
Fecha de publicación:18 de diciembre de 2015
Contenido:
Fecha de publicación:15 de enero de 2016
Contenido:
De conformidad con lo establecido en el artículo 13.10 de la Orden EYH/735/2015, de 31 de agosto, el listado definitivo pondrá fin al procedimiento de admisión y contra el mismo podrá recurrirse en alzada ante la Gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León en el plazo de un mes a partir del día de publicación de este listado. El plazo de recurso para las resoluciones de desistimiento se contará a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución por correo ordinario a cada interesado.
TASAS:
El pago de la tasa y/o solicitud de bonificación o exención del pago se realizará en el plazo de 30 días naturales a partir del día de publicación de este listado. Se puede acceder al modelo 046 desde el link que figura en esta página, las instrucciones para su cumplimentación se pueden consultar también en esta página . El ingreso de la tasa se puede hacer de forma telemática desde la página web o presencialmente en CAIXABANK, S.A. CCC: 2100-8690-84-0200001618. La autoliquidación 046, se presentará en las Gerencias Provinciales del Servicio Público de Empleo/ Centros gestores del procedimiento, en cada provincia. Se presentarán 2 ejemplares: uno ?para el órgano gestor- y otro ?para la administración-, junto con el justificante bancario de ingreso y justificación de exención o bonificación (o autorización de consulta en su caso) . Si el pago es telemático se presentará una copia del pago y documentación justificativa de exención o bonificación (o autorización de consulta en su caso) .
Si se autoriza al órgano instructor la consulta telemática de los datos personales relativos a la bonificación o exención de la tasa, se deberá presentar cumplimentado el ANEXO a la Resolución de 20 de noviembre de 2015, del servicio público de empleo de castilla y león, por la que se desarrolla el procedimiento para la justificación de la autoliquidación e ingreso de la tasa, que puede descargar desde esta página.
NORMATIVA DE REFERENCIA:
- Orden de la Consejería de Hacienda, por la que se convoca procedimiento de evaluación para la acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, para unidades de competencia de las familias profesionales Agraria, Seguridad y Medio Ambiente, y Servicios Socioculturales y a la Comunidad. Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación, cofinanciado por el Fondo Social Europeo, apartado decimotercero punto 6.
Fecha de publicación:15 de enero de 2016
Contenido:
De conformidad con lo establecido en el artículo 13.10 de la Orden EYH/735/2015, de 31 de agosto, el listado definitivo pondrá fin al procedimiento de admisión y contra el mismo podrá recurrirse en alzada ante la Gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León en el plazo de un mes a partir del día de publicación de este listado. El plazo de recurso para las resoluciones de desistimiento se contará a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución por correo ordinario a cada interesado.Fecha de publicación:15 de enero de 2016
Contenido:
De conformidad con lo establecido en el artículo 13.10 de la Orden EYH/735/2015, de 31 de agosto, el listado definitivo pondrá fin al procedimiento de admisión y contra el mismo podrá recurrirse en alzada ante la Gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León en el plazo de un mes a partir del día de publicación de este listado. El plazo de recurso para las resoluciones de desistimiento se contará a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución por correo ordinario a cada interesado.Fecha de publicación:24 de febrero de 2016
Contenido:
De conformidad con lo establecido en el artículo 13.10 de la Orden EYH/735/2015, de 31 de agosto, el listado definitivo pondrá fin al procedimiento de admisión y contra el mismo podrá recurrirse en alzada ante la Gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León en el plazo de un mes a partir del día de publicación de este listado. El plazo de recurso para las resoluciones de desistimiento se contará a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución por correo ordinario a cada interesado.
TASAS:
El pago de la tasa y/o solicitud de bonificación o exención del pago se realizará en el plazo de 30 días naturales a partir del día de publicación de este listado. Se puede acceder al modelo 046 desde el link que figura en esta página, las instrucciones para su cumplimentación se pueden consultar también en esta página . El ingreso de la tasa se puede hacer de forma telemática desde la página web o presencialmente en CAIXABANK, S.A. CCC: 2100-8690-84-0200001618. La autoliquidación 046, se presentará en las Gerencias Provinciales del Servicio Público de Empleo/ Centros gestores del procedimiento, en cada provincia. Se presentarán 2 ejemplares: uno ?para el órgano gestor- y otro ?para la administración-, junto con el justificante bancario de ingreso y justificación de exención o bonificación (o autorización de consulta en su caso) . Si el pago es telemático se presentará una copia del pago y documentación justificativa de exención o bonificación (o autorización de consulta en su caso) .
Si se autoriza al órgano instructor la consulta telemática de los datos personales relativos a la bonificación o exención de la tasa, se deberá presentar cumplimentado el ANEXO a la Resolución de 20 de noviembre de 2015, del servicio público de empleo de castilla y león, por la que se desarrolla el
Desarrollar el procedimiento de suscripción de un convenio especial para recibir asistencia sanitaria en los centros de la Gerencia Regional de Salud.
Personas físicas que no tengan la condición de aseguradas ni beneficiarias del Sistema Nacional de Salud.
Además de no tener reconocida la condición de asegurados ni beneficiarios del SNS:
- Residir en España y acreditar residencia efectiva en España por un período mínimo continuado de un año inmediatamente anterior a la solicitud.
- Estar empadronado, en el momento de la solicitud, en un municipio de Castilla y León.
- No tener acceso a protección sanitaria pública por cualquier otro título.
Solicitud de suscripción de convenio especial en modelo normalizado que se dirigirá al Gerente de Salud delÁreacorrespondiente al municipio en el que el interesado se encuentre empadronado.
La solicitud se acompañará de la siguiente documentación:
DOCUMENTACIÓN a presentar (84 kbytes)
31 de marzo de 2015
Abierto de forma permanente.
- Personas que tienen menos de 65 años de edad: 60 mensuales.
- Personas de 65 o más años de edad: 157 mensuales.
El abono de las cuotas se efectuará desde la fecha en que el convenio comience a surtir efectos y:
En Desplazamientos temporales a otra CCAA los suscriptores de un convenio especial con la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León tendrán derecho a recibir en el territorio al que se desplace las prestaciones de la cartera común básica de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud
Los suscriptores de convenio especial suscrito con otra Comunidad Autónoma cuando se desplacen a Castilla y León, recibirán las prestaciones sanitarias en los términos y condiciones establecidos en la normativa estatal básica reguladora.
Cambio de residencia habitual de suscriptores de convenio especial, si implica cambio de Área de Salud, en un plazo de 3 meses se dirigirán a la Gerencia de Salud de Área correspondiente a su nueva residencia y lo comunicarán.
Para más información acceder al portal de salud: http://www.salud.jcyl.es
14 de febrero de 2014
Convocar las pruebas extraordinarias para la obtención de la acreditación de la competencia lingüística en lengua inglesa y en lengua francesa, por el profesorado señalado en el apartado segundo, para impartir áreas no lingüísticas en educación primaria en los programas de educación bilingüe de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.
Profesorado al que le ha sido denegada la acreditación de la competencia lingüística en lengua inglesa o francesa
Haber sido admitido en los procedimientos extraordinarios establecidos por Orden EDU/344/2012, de 18 de mayo, y Orden EDU/693/2012, de 23 de agosto, para la obtención de la acreditación de la competencia lingüística en lengua inglesa o francesa para impartir áreas no lingüísticas en Educación Primaria en los programas de educación bilingüe de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, y no haber obtenido la acreditación mediante estos procedimientos, ni mediante las pruebas extraordinarias convocadas por Orden EDU/673/2013, de 14 de agosto.
b) Figurar en el Anexo II de las Órdenes de 25 de junio de 2013 de la Consejería de Educación, por las que se resuelven los procedimientos extraordinarios anteriormente mencionados.
Solicitud, en modelo normalizado, dirigida al Excmo. Sr. Consejero de Educación
Desde el 15 de febrero de 2014 hasta el 24 de febrero de 2014
El plazo para la presentación de solicitudes será de 8 días contados a partir del siguiente al de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Dirección General de Innovación y Equidad Educativa
Contencioso-administrativo, Reposición.
Desestimatorio
LISTAS PROVISIONALES DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS
LUGAR Y FECHA DE CELEBRACIÓN DE LAS PRUEBAS EXTRAORDINARIAS
POSIBILIDAD DE HACER UNA ACTIVIDAD FORMATIVA VOLUNTARIA
Regular el procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del cuerpo de maestros dependientes de la consejería competente en materia de educación, de conformidad con lo establecido en los apartados b) y c) del artículo 4.2 del Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre.
Los funcionarios de carrera o en prácticas del cuerpo de maestros que estando en cualquier situación administrativa y dependiendo orgánicamente de la consejería competente en materia de educación cumplan alguno de los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión de alguna de las titulaciones o requisitos recogidos en el anexo I.
b) Poseer las especialidades de educación física, música, pedagogía terapéutica, audición y lenguaje y de las diferentes lenguas extranjeras, y haber impartido las áreas propias de la especialidad de educación primaria durante tres años, a partir de la entrada en vigor del Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, y en más del treinta por ciento de su horario.
Solicitud, en modelo normalizado, dirigida al titular de la dirección provincial de educación de la que dependan y acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:
- Fotocopia del documento nacional de identidad, salvo que se autorice en la solicitud a la consejería competente en materia de educación a comprobar los datos relativos a la identidad del solicitante.
- Copia compulsada de la titulación señalada en el anexo I acreditativa de la nueva especialidad.
- Para el reconocimiento de la especialidad de educación primaria, original o copia compulsada del certificado expedido por el director del centro en el que haya prestado los servicios, con el visto bueno de la inspección educativa según modelo recogido en el anexo III.
30 de mayo de 2013
Las solicitudes junto con la correspondiente documentación deberán presentarse en el mes de OCTUBRE de cada año.
Desestimatorio
Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos (BOE 30-10-2010)
Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Maestros que desempeñen sus funciones en las etapas de Educación Infantil y de Educación Primaria reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE 09-11-2011)
ORDEN EDU/381/2013, de 20 de mayo, por la que se regula el procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades docentes por los funcionarios del Cuerpo de Maestros dependientes de la consejería competente en materia de educación y se delega la competencia para dictar resolución sobre este procedimiento (BOCyL 30-05-2013)
Dirección Provincial de Educación
Dirección Provincial de Educación
El personal funcionario que supere cursos de especialización homologados para la habilitación, iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, podrá solicitar el reconocimiento de la especialidad correspondiente, en el plazo de tres meses desde que finalicen los correspondientes cursos, aportando a la solicitud copia compulsada de la documentación acreditativa del mismo.
Denunciar actuaciones colusorias (pactos ilícitos en daño de terceros), abuso de posición de dominio en el mercado y competencia desleal.
Operadores, Empresas, Asociaciones y Administraciones Públicas
Ser parte interesada o tener derechos o intereses que puedan resultar afectados por la conducta denunciada
Solicitud, en modelo normalizado, Anexo I del Real Decreto 261/2008, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Defensa de la Competencia.
Se cumplimentará el "Anexo al Formulario" de obligada presentación junto con la solicitud.
18 MESES para resolver desde la incoación del procedimiento sancionador.
Servicio para la Defensa de la Competencia
Tribunal para la Defensa de la Competencia de la Comunidad de Castilla y León
El efecto de la falta de resolución expresa es de caducidad del procedimiento
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (123 kbytes)