Objeto
Constitución de depósitos de bienes culturales en museos integrados en el sistema de museos de Castilla y León dependientes de la Comunidad de Castilla y León.
¿Quién lo puede solicitar?
Los museos y colecciones museográficas integradas en el Sistema de Museos de Castilla y León.
Presencial:
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
El museo o colección museográfica que lo solicite deberá estar integrado en el Sistema de Museos de Castilla y León.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado.
DNI / NIE del solicitante o su representante (únicamente en el caso de que no autorice a la Consejería a recabar de otra Administración Pública la información contenida en dicho documento).
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Abierto de forma permanente
Notificación
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
Recursos
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Legislación aplicable
- LEY 2/2014, de 28 de marzo, de Centros Museísticos de Castilla y León. (BOCyL 03-04-2014)
- DECRETO 13/1997, de 30 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley de Museos de Castilla y León (BOCyL 4-02-1997)
- ORDEN CYT/1535/2011, de 22 de noviembre, por la que se crea el fichero automatizado de datos de carácter personal: «Gestión de Centros Museísticos de Castilla y León» (BOCyL 16-11-2011)
Organismo
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Museos
Órgano que resuelve:
Dirección General de Políticas Culturales
Protección de los datos de carácter personal
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (91 kbytes)
Tramitación electrónica
Descargas
Objeto
La Comisión conocerá de las consultas que afecten a convenios colectivos sectoriales cuyo ámbito de aplicación territorial sea igual o inferior al de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, y respecto a la posible aplicación de un convenio colectivo a una determinada empresa siempre que la implantación territorial de la misma se circunscriba al territorio de Castilla y León y se refiera a las siguientes materias:
- Planteamiento adecuado del ámbito funcional de un convenio colectivo que se pretende negociar.
- Interpretación de un convenio colectivo vigente en orden a determinar su ámbito funcional de aplicación.
- Convenio Colectivo de aplicación a una empresa en función de sus actividades.
¿Quién lo puede solicitar?
- Las organizaciones empresariales más representativas en la Comunidad de Castilla y León.
- Las organizaciones sindicales más representativas de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.1 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto de Libertad Sindical.
- Cualquier órgano o entidad sindical o empresarial que, en virtud de su representatividad, acredite un interés legítimo en la consulta que formule.
- Cualquier autoridad laboral o jurisdiccional que tenga competencia en asuntos relacionados, directa o indirectamente, con la aplicación o interpretación de un convenio colectivo.
Presencial:
Electrónico:
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado.
En caso de consultas formuladas en nombre y representación de una entidad u órgano, copia del poder de representación.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Abierto de forma permanente.
Notificación
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dichos aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.
- Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la Ventanilla del Ciudadano.
Legislación aplicable
- Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE 24-10-2015)
- Real Decreto 1362/2012, de 27 de septiembre, por el que se regula la Comisión Consultiva Nacional de Convenios colectivos (BOE 28-09-2012)
- Decreto 14/2014, de 3 de abril, por el que se regula el Consejo Regional de Trabajo de Castilla y León, y los Consejos Provinciales de Trabajo, y se crea la Comisión de Convenios Colectivos de Castilla y León (BOCyL 07-04-2014)
- Orden EYE/542/2015, de 1 de julio, por la que se regula el régimen de organización y funcionamiento interno de la Comisión de Convenios Colectivos de Castilla y León (BOCyL 09-07-2015)
Organismo
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Comisión de Convenios Colectivos de Castilla y León
Órgano que resuelve:
Comisión de Convenios Colectivos de Castilla y León
Tramitación electrónica
Descargas
Descripción:
Consulta de Ayudas PAC pagadas durante 2012 en Castilla y León (sólo personas jurídicas).
Consejería / Centro Directivo:
Destinatarios:
Ciudadanos
Enlace al tramite / servicio:
Consulta de Ayudas FEAGA
Descripción:
Datos alfanuméricos de los recintos SIGPAC.
Consejería / Centro Directivo:
Destinatarios:
- Ciudadanos
- Empresas y Autónomos
Enlace al tramite / servicio:
Consulta de Recintos SIGPAC
Descripción:
Desde esta aplicación se pueden consultar las empresas instaladoras y mantenedoras registradas para ejercer en la Comunidad de Castilla y León en los diferentes ámbitos de actuación reglamentarios en materia de seguridad Industrial (electricidad, calefacción, ascensores, agua incendios, gas, etc)
Consejería / Centro Directivo:
Destinatarios:
- Ciudadanos
- Empresas y Autónomos
Enlace al tramite / servicio:
Acceso a la consulta de empresas
Objeto
Consultar la viabilidad para la instalación de salón de juego en la Comunidad de Castilla y León.
¿Quién lo puede solicitar?
Cualquier persona física o jurídica interesada en la explotación de un salón.
Presencial:
Electrónico:
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado acompañada de los documentos señalados en el artículo 54.2 del Decreto 12/2005,de 3 de febrero por el que se aprueba el Reglamento regulador de las máquinas de juego y de los salones de juego de la Comunidad de Castilla y León..
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Abierto de forma permanente.
Plazo de resolución
Notificación
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
Recursos
Legislación aplicable
- Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del Juego y de las Apuestas de Castilla y León. (BOCyL 01-07-1998).
- Decreto 12/2005, de 3 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Regulador de las Máquinas de Juego y de los Salones de Juego de la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 09-02-2005)
Organismo
Consejería / Centro Directivo:
Delegaciones Territoriales
Órgano gestor:
Delegaciones Territoriales
Órgano que resuelve:
Delegaciones Territoriales
Tramitación electrónica
Descargas
Objeto
Autorizar la continuidad del funcionamiento de oficina de farmacia con nombramiento de regente por fallecimiento, incapacidad o declaración judicial de ausencia del titular
¿Quién lo puede solicitar?
Los representantes o herederos del farmacéutico titular de una oficina de farmacia
Presencial:
¿Qué requisitos debo cumplir?
Ser representante o heredero del farmacéutico titular de una oficina de farmacia.
¿Qué documentos necesito?
CONTINUIDAD con nombramiento de regente: D. N. I. del solicitante, regente y/ o representante; Documentación acreditativa de la representación, en su caso; Certificado de defunción del titular; Documento que acredite la relación familiar del solicitante con el titular fallecido; Título de Ldo. en Farmacia del regente; Certificado de colegiación del regente; Declaración del regente de no estar incurso en ninguna causa de incompatibilidad; Contrato de trabajo del farmacéutico regente.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
15 DÍAS desde el fallecimiento, incapacidad o declaración judicial de ausencia del titular de la oficina de farmacia.
Plazo de resolución
- 1 MES para la autorización de la continuidad de oficina de farmacia con nombramiento de regente.
Notificación
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
Recursos
Efecto del silencio administrativo
Estimatorio
Legislación aplicable
- LEY 13/2001, de 20 de diciembre, de Ordenación Farmaceútica de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 26-12-2001).
- DECRETO 12/2011, de 17 de marzo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 13/2001, de 20 de diciembre, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad de Castilla y León, en materia de Oficinas de Farmacia (BOCyL 23-03-2011).
Organismo
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Evaluación de Riesgos y Procesos
Órgano que resuelve:
Directora General de Salud Pública
Protección de los datos de carácter personal
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal
Tramitación electrónica
Descargas
Objeto
Garantizar que los fabricantes de vehículos que transportan mercancías peligrosas por carretera, tengan homologados los equipos de sus vehículos para circular en el ámbito internacional sujeto al ACUERDO ADR.
¿Quién lo puede solicitar?
Los Organismos de Control Autorizados (OCA) en representación de los Titulares de vehículos que transportan mercancías peligrosas por carretera
Presencial:
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
El solicitante (OCA) deberá estar inscrito como Organismo de Control Autorizado en el Registro de Vehículos y Contenedores de la Consejería de Economía y Empleo.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo oficial acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:
Certificado de Conformidad con los requisitos reglamentarios del envase / embalaje.
Especificaciones del Producto.
Informe del Laboratorio Oficial de Ensayos.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Abierto de forma permanente.
Plazo de resolución
Notificación
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
Recursos
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Legislación aplicable
- Acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera.
- Modificaciones del ADR 2009.
- REAL DECRETO 551/2006, de 5 de mayo, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español (BOE 12-05-2006).
Organismo
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Reglamentación y Seguridad Industrial
Órgano que resuelve:
Dirección General de Industria
Tramitación electrónica
Descargas
Descripción:
Sistema que permite realizar el control de los planes de labores mineros por parte de las Delegaciones Territoriales de Minas.
Consejería / Centro Directivo:
Destinatarios:
Empresas y Autónomos
Enlace al tramite / servicio:
Control de Planes de Labores Mineros
Objeto:
Establecer las convalidaciones entre asignaturas de las enseñanzas profesionales de música y danza y materias de la ESO y de bachillerato, y las condiciones para la exención de la materia de educación física. ¿Quién lo puede solicitar?:
Los alumnos, o sus padres o tutores legales en caso de ser menores de edad
¿Qué documentos necesito?:
Solicitud en modelo normalizado acompañada del certificado académico que acredite estar matriculado o haber superado las materias o asignaturas que desea utilizar para aplicar la convalidación, o, en caso de exención en la materia de Educación física, documento que acredite estar cursando enseñanzas profesionales de Danza o poseer la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:
Al inicio de cada curso académico, antes del 30 de septiembre.
Presencial:
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Centros Educativos de Castilla y León
Órgano que resuelve:
Centros Educativos de Castilla y León
Plazo de resolución:
- El director del centro comunicará el reconocimiento, o no, de la convalidación o exención al interesado en el plazo más breve posible.
Notificación:
- Por correo postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.
Legislación aplicable:
- LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE 4-05-2006).
- REAL DECRETO 242/2009, de 27 de febrero, por el que se establecen convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la Educación secundaria obligatoria y el Bachillerato, así como los efectos que sobre la materia de Educación física deben tener la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento y las enseñanzas profesionales de Danza (BOE 28-02-2009).
- DECRETO 60/2007, de 7 de junio, por el que se establece el currículo de las enseñanzas elementales y profesionales de Música en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 13-06-2007).
- ORDEN EDU/2273/2009, de 11 de diciembre, por la que se establecen las convalidaciones entre asignaturas de las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y materias de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato, y las condiciones para la exención de la materia de Educación Física en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 21-12-2009 y CORRECCIÓN de errores BOCyL 17-02-2010).