Subvenciones para la realización de acciones de formación profesional para el empleo dirigidas a jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, prioritariamente desempleados (2016 y 2017)
Tramitación electrónica
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Fecha de publicación:
9 de junio de 2016
BDNS (Identificador):
308280
Objeto:
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo de Empleo Joven, que tienen por finalidad la realización, en modalidad presencial, de las acciones formativas dirigidas a trabajadores jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, prioritariamente desempleados, contenidas en el anexo IX, que se enmarcan en el Catálogo de Especialidades, y que se desarrollen en la Comunidad de Castilla y León por titulares de centros formación inscritos y en su caso acreditados en el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo de Castilla y León.
¿Quién lo puede solicitar?:
- Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, titulares de centros de formación inscritos, y en su caso acreditados, en el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo de Castilla y León para la impartición de la correspondiente especialidad formativa, que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, y en la Orden EYE/452/2014, de 2 de junio, a la fecha de publicación de esta convocatoria.
- Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, se encuentren en alguna de las situaciones a las que se refiere el apartado anterior.
¿Para qué es la ayuda?:
Para impartir acciones formativas dirigidas a trabajadores jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, prioritariamente desempleados, se efectuará en los términos establecidos por la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, la Orden EYE/452/2014, de 2 de junio, y demás normativaaplicable.
Las acciones formativas deberán comenzar en el semestre o trimestre natural indicado en cada caso en el anexo IX, y deberán finalizar antes del 1 de agosto de 2017. La Resolución de concesión podrá autorizarel inicio de las acciones formativas en un trimestre posterior al previsto en la convocatoria, cuando las circunstancias temporales lo aconsejen.
Los participantes se seleccionarán de entre los trabajadores inscritos en el fichero del Sistema de Garantía Juvenil que cumplan requisitos, siendo prioritarios los trabajadores desempleados inscritos en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León.
Cuantía:
La cuantía de la subvención para cada acción formativa será la indicada en cada caso en el Anexo IX.
¿Qué documentos necesito?:
Solicitud en modelo normalizado (Se autorizará al Servicio Público de Empleo de Castilla y León, para que el órgano instructor del procedimiento compruebe y constate de forma directa diferentes extremos).
Para cada acción formativa convocada en el anexo IX podrán concurrir los titulares de los centros de formación inscritos y/o acreditados ubicados en los municipios comprendidos en el ámbito geográfico de la Oficina de Empleo correspondiente a la misma.
Las solicitudes especificarán las acciones formativas para las que se solicita subvención. Cada solicitud podrá contener un máximo de acciones formativas subvencionables equivalente al triple del máximo de acciones formativas subvencionables a cada centro de formación en la correspondiente provincia, ordenadas en función de la prioridad asignada a las mismas por el solicitante.
Los solicitantes, en su caso, especificarán en su solicitud, mediante declaración responsable, si cumplen o no alguna de las circunstancias o si desean o no adquirir alguno de los compromisos.
Se presentará una única solicitud por cada centro de formación. La presentación de más de una solicitud por un mismo centro conllevará, sin más trámite, la anulación de todas las solicitudes presentadas por ese centro, con excepción de aquélla que haya tenido entrada posterior en registro público, que será la única en ser valorada.Los solicitantes, con carácter previo a la presentación de la solicitud en los registros, o a la presentación electrónica de la misma, tendrán la obligación de grabar dichas solicitudes en la aplicación informática SEGUIFOR (?https://seguifor.jcyl.es?).
Las solicitudes de subvención irán acompañadas de la siguiente documentación:
Documentación a presentar (134 kbytes)
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:
Desde el 10 de junio de 2016 hasta el 29 de junio de 2016
Más Detalles:
Las solicitudes se presentarán en el plazo de 20 días naturales computado desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Lugar y Forma de presentación:
Presencial:
- Registro de las Gerencias Provinciales ECYL correspondiente a la provincia de la entidad solicitante.
- Oficinas de Información y Registro de la Junta de Castilla y León.
- En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP).
Electrónico:
- Se excluye presentación por TELEFAX.
- Por Internet desde esta misma página. Tramitación electrónica: ver requisitos técnicos.
Organismo:
Responsable:
Gestor:
Que resuelve:
Plazo de resolución:
El plazo de resolución y notificación será de 6 MESES, computado a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes, transcurrido el cual sin que se haya dictado y publicado resolución, se entenderán DESESTIMADAS por silencio administrativo. Se dictará una única Resolución de concesión para cada provincia.
Notificaciones:
- Tablón de anuncios del órgano competente, en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León htpps://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/), y en la página web de la Junta de Castilla y León (www.jcyl.es).
Recursos:
- Contencioso-administrativo
- Reposición
Resolución. Beneficiarios:
- Requerimientos y Tramites de Urgencia FOD FSE-GJ 2016 (Actualizado 05-07-2016) (2.260 kbytes)
- Decaimientos FOD (actualizado 28-07-2016) (1.652 kbytes)
- Requerimientos subsanación (565 kbytes)
- Propuestas Provisionales de FOD Garantía Juvenil (3.983 kbytes)
- Decaimientos trámite alegaciones FOD Garantía Juvenil (actualizado 15-09-2016) (1.082 kbytes)
- Resoluciones de concesión FOD Garantía Juvenil 2016 (Actualizado 11-11-2016) (6.314 kbytes)
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Oficinas de la administración
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