Solicitud de inscripción del acuerdo de incorporación/separación de asociaciones a federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones | Sede Electrónica | Junta de Castilla y León
Información Rápida
Objetivo
Este trámite permite hacer pública la incorporación o separación de asociaciones a federaciones, confederaciones o uniones de hecho.
¿Quién puede solicitarlo?
Federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones.
Requisitos principales
- Ser federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones sometidas al régimen de la Ley Orgánica 1/2002.
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
Las notificaciones se realizarán electrónicamente a través del buzón electrónico del ciudadano en la Carpeta Ciudadana.
Resumen
Este trámite permite a las federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones inscribir los acuerdos de incorporación o separación de asociaciones miembros. El objetivo es dar publicidad a estos cambios en la composición de la entidad.
Quién puede usar este servicio: Federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones sujetas a la Ley Orgánica 1/2002.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud en modelo normalizado.
- Documentación adicional (70 kbytes) según lo especificado en el modelo de solicitud.
Requisitos previos:
- Estar legalmente constituidas como federación, confederación o unión de asociaciones.
- Someterse al régimen de la Ley Orgánica 1/2002.
Plazo: Abierto permanentemente.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparación: Reunir la documentación necesaria.
- Presentación: Presentar la solicitud y la documentación de forma electrónica.
Tramitación electrónica:
- Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.
Tiempos de espera: El plazo máximo de resolución es de 3 meses.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La administración revisará la documentación.
- Se notificará la resolución del procedimiento.
Plazos de resolución: 3 meses.
Efecto del silencio administrativo: Estimatorio.
Recursos: Recurso de alzada.
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Ayuda
Contacto:
- Órgano gestor: Delegación Territorial
- Órgano que resuelve: Delegación Territorial
Recursos adicionales:
- Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación (77 kbytes)
- Real Decreto 397/1988, de 22 de abril, por el que se regula la inscripción registral de Asociaciones Juveniles. (67 kbytes)
- Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones. (556 kbytes)
- Plantilla de Acta Fundacional (44 kbytes)
- Plantilla de Estatutos (80 kbytes)
Legislación aplicable
- Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
- Real Decreto 397/1988, de 22 de abril, por el que se regula la inscripción registral de Asociaciones Juveniles.
- Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones.