Licencia Interautonómica de Caza y Pesca

Actualizado el 18 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a cazadores y pescadores practicar la caza o la pesca en las comunidades autónomas adheridas al convenio de licencias interautonómicas.

¿Quién puede solicitarlo?

Cazadores y/o pescadores residentes en España que deseen practicar la actividad en las comunidades autónomas adheridas al convenio.

Requisitos principales

  • Ser residente en España.
  • Validar los requisitos del sistema.
  • Pagar las tasas correspondientes.
  • Superar el examen del cazador (si aplica).

Duración del trámite

1 año desde su expedición.

Información adicional

La licencia interautonómica no da lugar a exenciones o reducciones.

Licencia Interautonómica de Caza y Pesca

Obtención de una licencia de caza o de pesca que permitirá a los cazadores y pescadores practicar la caza o la pesca en terrenos cinegéticos o en ríos de las comunidades autónomas que han suscrito el Convenio para el establecimiento de las Licencias Interautonómicas de Caza y Pesca en aguas continentales.

  • Aragón
  • Asturias
  • Castilla y León
  • Comunidad Valenciana
  • Extremadura
  • Galicia
  • Madrid
  • Región de Murcia

Con esta licencia interautonómica se podrá cazar o pescar en todas estas Comunidades Autónomas,sin más trámites administrativos. Tendrá una validez de 1 año.

Esta nueva licencia no sustituye a las licencias ya existentes en Castilla y León,que seguirán funcionando y expidiéndose de la misma manera para aquellos cazadores/pescadores que solo deseen practicar la caza o la pesca en Castilla y León.

¿Quién lo puede solicitar?

Todos aquellos cazadores y/o pescadores,residentes en España,que pretendan realizan la actividad de caza y/o pesca en el territorio de las Comunidades Autonómas que han suscrito o se han adherido al Convenio.

Lugar y Forma de presentación:

Primera Licencia

Renovación de Licencia

Domiciliación de Licencia

Se suspende toda domiciliación bancaria para la obtención de la licencia de caza o pesca,estableciéndose como único sistema de pago en el caso de Interautonómicas el pago con tarjeta bancaria.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Cualquier ciudadano residente en España que acceda al sistema,valide los requisitos y pague las tasas correspondientes podrá obtener su licencia.

Para la obtención de la licencia de caza por primera vez,además será preceptivo superar el examen del cazador o requisito equivalente (en caso de no estar exento).

El titular no podrá estar inhabilitado en ninguna de las CCAA a las que se extiende el convenio.

Además,deberán cumplir cuantas obligaciones legales impongan la normativa sectorial vigente.

¿Qué documentos necesito?

En cumplimiento de los principios de simplificación administrativa,para la expedición de la licencia interautonómica no es necesario aportar documentación acreditativa. Bastará con que el ciudadano realice una declaración responsable de cumplimiento de los requisitos exigibles.

Hay que liquidar la tasa correspondiente en materia de caza y/o pesca (Código 305.6 Tasa en materia de caza)

El importe de las licencias es de:

  • 70€ para la licencia interautonómica de caza
  • 25€ para la licencia interautonómica de pesca.

La licencia interautonómica no dará lugar a poder disfrutar de ninguna exención o reducción,independientemente de cualquier circunstancia.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal

Órgano que resuelve:

Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal

Información adicional:

TASAS:

  • Hay que liquidar la tasa correspondiente en materia de caza y/o pesca (Código 305.6 Tasa en materia de caza)
  • El importe de las licencias es de:
  • 70€ para la licencia interautonómica de caza.
  • 25€ para la licencia interautonómica de pesca.

LICENCIAS EXENTAS / REDUCCIONES:

• La licencia interautonómica no dará lugar a poder disfrutar de ninguna exención o reducción,independientemente de cualquier circunstancia.


Preguntas frecuentes


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