Procedimiento Sancionador en Materia de Juventud y Actuaciones Previas | Sede Electrónica | Junta de Castilla y León
Información Rápida
Objetivo
Este trámite permite gestionar los procedimientos sancionadores relacionados con infracciones en materia de juventud en Castilla y León, incluyendo las acciones previas al inicio de dichos procedimientos.
¿Quién puede solicitarlo?
Pueden solicitarlo: * Cualquier persona que denuncie hechos que puedan constituir una infracción administrativa en materia de juventud. * La persona acusada de cometer una infracción en materia de juventud (el interesado en el procedimiento sancionador).
Requisitos principales
- Acreditar la identidad personal del solicitante y/o representante.
- En caso de actuar mediante representante, acreditar los poderes de representación.
Duración del trámite
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento sancionador es de seis meses desde la fecha del acuerdo de iniciación.
Resumen
Este trámite se refiere a la tramitación de procedimientos sancionadores por infracciones en materia de juventud en Castilla y León, así como las actuaciones previas al inicio de estos procedimientos.
¿Quién puede solicitarlo?
- Cualquier persona que denuncie hechos que puedan constituir una infracción administrativa en materia de juventud.
- La persona acusada de cometer una infracción en materia de juventud (el interesado en el procedimiento sancionador).
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- Acreditación de la identidad personal del solicitante y/o representante (DNI/NIE).
- En caso de actuar mediante representante, acreditación de los poderes de representación.
Requisitos previos
- Acreditar la identidad personal del solicitante y/o representante.
- En caso de actuar mediante representante, acreditar los poderes de representación.
Cómo hacerlo
Lugar y forma de presentación
- Presencial: En las Oficinas de asistencia en materia de registros de la Junta de Castilla y León o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP).
- Electrónico: A través de la Sede Electrónica de Castilla y León, si está obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración. Ver requisitos técnicos para la tramitación electrónica.
Plazos
- La denuncia se puede presentar en cualquier momento.
- La información en el trámite de actuaciones previas se presentará en el plazo concedido por la Administración.
- La documentación y/o alegaciones, así como la proposición de la práctica de prueba se presentarán en el plazo otorgado dentro del expediente sancionador.
- El reconocimiento de la responsabilidad y/o pago voluntario debe presentarse antes de la resolución del procedimiento sancionador.
Después de hacerlo
Plazo de resolución
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento sancionador es de seis meses desde la fecha del acuerdo de iniciación.
Recursos
Contra la resolución del procedimiento sancionador se puede interponer recurso de alzada o recurso potestativo de reposición.
Ejecución de la resolución
La resolución del procedimiento sancionador será ejecutiva una vez transcurrido el plazo para interponer el recurso de alzada o una vez resuelto este. A partir de entonces, se debe proceder al pago de la multa impuesta en el plazo de un mes.
Ayuda
Legislación aplicable
- Ley 11/2002, de 10 de julio de Juventud de Castilla y León.
- Decreto 117/2003, de 9 de octubre.
- Orden FAM/203/2016, de 14 de marzo.
Información adicional
- El procedimiento sancionador se inicia siempre de oficio por la Administración.
- Se entiende por denuncia el acto por el que cualquier persona informa a la Administración sobre la existencia de un hecho que podría justificar el inicio de un procedimiento administrativo. Debe ser nominativa, incluyendo la identidad de quien la presenta y el relato de los hechos denunciados.
- La presentación de una denuncia no obliga a la Administración a iniciar el procedimiento, ni confiere al denunciante la condición de interesado en el mismo.
- Si no se presentan alegaciones contra el acuerdo de inicio en el plazo concedido, dicho acuerdo podrá ser considerado como propuesta de resolución, siempre que contenga un pronunciamiento preciso sobre la responsabilidad imputada.
¿Quién resuelve el expediente?
- El titular de la Delegación Territorial para las infracciones leves.
- El titular del Instituto de la Juventud de Castilla y León para las infracciones graves.
- El titular de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades para las infracciones muy graves.
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Palencia
Sección Agraria Comarcal de Alba de Tormes-Salamanca
Oficina del Servicio Público de Empleo de Ciudad Rodrigo-Salamanca
Sección Agraria Comarcal de Sahagún-León
Sección Agraria Comarcal de Ciudad Rodrigo-Salamanca
Unidad Veterinaria de Sedano-Burgos
Equipo General Villafranca del Bierzo
Gerencia de Servicios Sociales Camp de Salamanca
Gerencia de Atención Especializada de Miranda de Ebro (Hospital Santiago Apostol)
Unidad Veterinaria de Castrojeriz-Burgos
Gerencia de Servicios Sociales Residencia Asistida de Segovia
Sección Agraria Comarcal de Lerma-Burgos
En esta página
- Resumen
- ¿Quién puede solicitarlo?
- Lo que necesitas
- Documentos requeridos
- Requisitos previos
- Cómo hacerlo
- Lugar y forma de presentación
- Plazos
- Después de hacerlo
- Plazo de resolución
- Recursos
- Ejecución de la resolución
- Ayuda
- Legislación aplicable
- Información adicional
- ¿Quién resuelve el expediente?
- Preguntas frecuentes
- Oficinas de la administración