Modificación de Estatutos de Mancomunidad | Sede Electrónica | Junta de Castilla y León
Información Rápida
Objetivo
Informar, publicar e inscribir las modificaciones de estatutos de las Mancomunidades en el Registro de Entidades Locales de Castilla y León.
¿Quién puede solicitarlo?
Entidades locales
Requisitos principales
- Acuerdo favorable del órgano de gobierno de la Mancomunidad, sometido a información pública e informe de la Diputación o Diputaciones Provinciales interesadas y de la Consejería competente en materia de Administración Local.
- Aprobación definitiva por mayoría absoluta del número legal de miembros de todos los Ayuntamientos de los municipios mancomunados (para modificaciones sustanciales).
- Para modificaciones no sustanciales, aprobación por dos tercios de los Ayuntamientos.
Plazos
Abierto de forma permanente.
Duración del trámite
La Administración Autonómica no resuelve, simplemente emite informe y da publicidad a través del Boletín Oficial de Castilla y León.
Información adicional
A efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, tendrán carácter sustancial las modificaciones de los Estatutos que afecten a la representatividad que los Ayuntamientos tengan en los órganos de gobierno de la Mancomunidad, a los criterios para las aportaciones financieras y aquellas otras que los propios Estatutos determinen.
Resumen
Este trámite permite a las mancomunidades informar, publicar e inscribir las modificaciones de sus estatutos en el Registro de Entidades Locales de Castilla y León.
¿Quién puede solicitarlo?
Las entidades locales, como los ayuntamientos que forman parte de la mancomunidad.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud en modelo normalizado.
- Según el tipo de solicitud (informe o publicación e inscripción), se requerirá:
- Certificación del acuerdo de modificación de estatutos.
- Certificación del trámite de información pública.
- Informe de la Diputación Provincial.
- Texto íntegro de los nuevos estatutos.
- Certificación de los acuerdos de aprobación por los Ayuntamientos.
Requisitos previos:
- Acuerdo favorable del órgano de gobierno de la mancomunidad.
- Someter el acuerdo a información pública.
- Obtener informe de la Diputación Provincial y de la Consejería competente.
- Aprobación por los Ayuntamientos (mayoría absoluta para modificaciones sustanciales, dos tercios para el resto).
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparar la documentación requerida.
- Presentar la solicitud y la documentación a través de la sede electrónica de la Junta de Castilla y León.
- Realizar el seguimiento del trámite a través de la sede electrónica.
Tramitación electrónica:
- Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
La Administración Autonómica emite un informe (si se solicitó) y publica la modificación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Ayuda
Contacto:
Recursos adicionales: