Modificación de Estatutos de Mancomunidad | Sede Electrónica | Junta de Castilla y León

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Informar, publicar e inscribir las modificaciones de estatutos de las Mancomunidades en el Registro de Entidades Locales de Castilla y León.

¿Quién puede solicitarlo?

Entidades locales

Requisitos principales

  • Acuerdo favorable del órgano de gobierno de la Mancomunidad, sometido a información pública e informe de la Diputación o Diputaciones Provinciales interesadas y de la Consejería competente en materia de Administración Local.
  • Aprobación definitiva por mayoría absoluta del número legal de miembros de todos los Ayuntamientos de los municipios mancomunados (para modificaciones sustanciales).
  • Para modificaciones no sustanciales, aprobación por dos tercios de los Ayuntamientos.

Plazos

Abierto de forma permanente.

Duración del trámite

La Administración Autonómica no resuelve, simplemente emite informe y da publicidad a través del Boletín Oficial de Castilla y León.

Información adicional

A efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, tendrán carácter sustancial las modificaciones de los Estatutos que afecten a la representatividad que los Ayuntamientos tengan en los órganos de gobierno de la Mancomunidad, a los criterios para las aportaciones financieras y aquellas otras que los propios Estatutos determinen.

Resumen

Este trámite permite a las mancomunidades informar, publicar e inscribir las modificaciones de sus estatutos en el Registro de Entidades Locales de Castilla y León.

¿Quién puede solicitarlo?

Las entidades locales, como los ayuntamientos que forman parte de la mancomunidad.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Solicitud en modelo normalizado.
  • Según el tipo de solicitud (informe o publicación e inscripción), se requerirá:
    • Certificación del acuerdo de modificación de estatutos.
    • Certificación del trámite de información pública.
    • Informe de la Diputación Provincial.
    • Texto íntegro de los nuevos estatutos.
    • Certificación de los acuerdos de aprobación por los Ayuntamientos.

Requisitos previos:

  • Acuerdo favorable del órgano de gobierno de la mancomunidad.
  • Someter el acuerdo a información pública.
  • Obtener informe de la Diputación Provincial y de la Consejería competente.
  • Aprobación por los Ayuntamientos (mayoría absoluta para modificaciones sustanciales, dos tercios para el resto).

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Preparar la documentación requerida.
  2. Presentar la solicitud y la documentación a través de la sede electrónica de la Junta de Castilla y León.
  3. Realizar el seguimiento del trámite a través de la sede electrónica.

Tramitación electrónica:

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

La Administración Autonómica emite un informe (si se solicitó) y publica la modificación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

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