Instalación de almacenamiento de productos petrolíferos líquidos para suministro a vehículos IP-04

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Objeto

Inscripción de las instalaciones petrolíferas para suministro de carburantes y/o combustibles líquidos a vehículos.

¿Quién lo puede solicitar?

Titular de las instalaciones en las que se pretenda realizar esta actividad y/o prestar este servicio.

Lugar y Forma de presentación

Presencial:

Electrónico:

¿Qué requisitos debo cumplir?

Presentar la solicitud junto con la documentación necesaria de acuerdo con la MI-IP 04. La instalación deberá ejecutarse de acuerdo con la MI-IP04 aprobada por REAL DECRETO 1523/1999, de 1 de octubre.
Las instalaciones, serán realizadas por empresas instaladoras habilitadas según lo establecido en la Instrucción Técnica Complementaria MI-IP05 «Instaladores o reparadores y empresas instaladoras o reparadoras de productos petrolíferos líquidos», aprobada por Real Decreto 365/2005, de 8 de abril.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo oficial acompañada de la siguiente DOCUMENTACION:
- Carpeta de expediente.
- Memoria y croquis o proyecto técnico según proceda.
- Certificado de la instalación, emitido por el instalador autorizado.
- Certificado de conformidad a normas del depósito, emitido por el fabricante.
- Certificado final de obra cuando sea necesario proyecto.
Si es una sociedad, copia de la escritura de constitución de la misma.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto de forma permanente

Plazo de resolución

  • Inmediato a partir de la presentación de la documentación ante el Órgano Competente.

Notificación

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.

Recursos

  • Alzada.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Legislación aplicable

  • LEY 21/1992, de 16 de julio, de industria (BOE 23-7-1992).
  • Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Petrolíferas (BOE 27-01-1995).
  • Real Decreto 1523/1999, de 1 de octubre, por el que se modifica el Reglamento de instalaciones petrolíferas, aprobado por Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre, y las instrucciones técnicas complementarias MI-IP03, aprobada por el Real Decreto 1427/1997, de 15 de septiembre, y MI-IP04, aprobada por el Real Decreto 2201/1995, de 28 de diciembre (BOE 22-10-1999).
  • Real Decreto 365/2005, de 8 de abril, por el que se aprueba la Instrucción técnica complementaria MI-IP05 «Instaladores o reparadores y empresas instaladoras o reparadoras de productos petrolíferos líquidos» (BOE 27-04-2005).
  • Real Decreto 1416/2006, de 1 de diciembre, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria MI-IP 06 «Procedimiento para dejar fuera de servicio los tanques de almacenamiento de productos petrolíferos líquidos» (BOE 25-12-2006).
  • Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. (BOE 22-05-2010).

Organismo

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicios Territoriales de Economía

Órgano que resuelve:

Servicios Territoriales de Economía

Tramitación electrónica

Descargar formulario

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