Inscripción de la modificación de estatutos de asociaciones de ámbito provincial
Objeto
Inscribir las modificaciones que realicen las asociaciones en sus estatutos, posteriores a su constitución.
¿Quién lo puede solicitar?
Asociaciones sin ánimo de lucro.
Lugar y Forma de presentación
Electrónico:- ¿Quiénes están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración?
- Por Internet desde esta misma página. Tramitación electrónica: ver requisitos técnicos.
¿Qué requisitos debo cumplir?
Estar inscritas en el Registro correspondiente.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud formulada por el representante de la entidad en la que figuren los datos de identificación del solicitante (nombre, número del DNI, domicilio y número de teléfono) y la identificación de la asociación que representa (nombre, CIF, número de inscripción en el Registro de Asociaciones y domicilio).
Acta de la reunión de la Asamblea General Extraordinaria de la asociación, en la que se recoja el acuerdo de modificación y se mencione el artículo o artículos modificados, así como el quórum de asistencia y el resultado de la votación y la fecha de su aprobación; o certificado de ésta (recogiendo los extremos mencionados) extendido por los representantes de la entidad.
Ejemplar del texto íntegro de los nuevos Estatutos conteniendo los artículos modificados, firmados en todas sus hojas por los representantes de la entidad, haciendo constar al final de los mismos, mediante la oportuna diligencia, que han quedado redactados incluyendo las modificaciones acordadas en la Asamblea General celebrada al efecto cuya fecha se concretará.
Certificación de la composición de la junta directiva u órgano de representación de la entidad (nombre y dos apellidos, nacionalidad, número del DNI, domicilio y cargo que ocupen sus miembros), indicando la fecha de reunión del órgano de gobierno de la asociación en que fue elegida. Se presentará esta certificación cuando la representación hubiera sufrido alguna modificación con respecto a la anteriormente inscrita.
Justificante del pago de la tasa correspondiente, recogida en la Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Abierto de forma permanente.
Plazo de resolución
- 3 meses.
Notificación
- Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la Ventanilla del Ciudadano.
Recursos
- Alzada.
Efecto del silencio administrativo
Estimatorio
Legislación aplicable
- Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
- Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones.
- Real Decreto 397/1988, de 22 de abril, por el que se regula la inscripción registral de Asociaciones Juveniles.
Organismo
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Órgano que resuelve:
Información adicional
- La modificación de los Estatutos que afecte al contenido previsto en el artículo 7 requerirá acuerdo adoptado por la Asamblea General convocada específicamente con tal objeto, deberá ser objeto de inscripción en el plazo de un mes y sólo producirá efectos, tanto para los asociados como para los terceros, desde que se haya procedido a su inscripción en el Registro de Asociaciones correspondiente.
- Las restantes modificaciones producirán efectos para los asociados desde el momento de su adopción con arreglo a los procedimientos estatutarios, mientras que para los terceros será necesaria, además, la inscripción en el Registro correspondiente.
Protección de los datos de carácter personal
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (15 kbytes)
Tramitación electrónica
Información de tasas
Descargas
- Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. 74 kbytes Descargar
- Real Decreto 397/1988, de 22 de abril, por el que se regula la inscripción registral de Asociaciones Juveniles. 67 kbytes Descargar
- Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones. 553 kbytes Descargar
- Plantilla de Estatutos 80 kbytes Descargar
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Palencia
Calle Valentín Calderón 2, 34001, Palencia
Sección Agraria Comarcal de Alba de Tormes-Salamanca
Calle Sánchez Llevot 10, 37800, Alba de Tormes
Oficina del Servicio Público de Empleo de Ciudad Rodrigo-Salamanca
Plaza Herrasti 1, 37500, Ciudad Rodrigo
Sección Agraria Comarcal de Sahagún-León
Calle El Rastro 2, 24320, Sahagún
Sección Agraria Comarcal de Ciudad Rodrigo-Salamanca
Calle Clemente Velasco 50-80, 37500, Ciudad Rodrigo
Unidad Veterinaria de Sedano-Burgos
Calle Alejandro Rodríguez Valcarcel S/N, 09142, Valle de Sedano
Equipo General Villafranca del Bierzo
Avenida Paradaseca 7, 24500, Villafranca del Bierzo
Gerencia de Servicios Sociales Camp de Salamanca
Paseo Lunes de Aguas S/N, 37008, Salamanca
Gerencia de Atención Especializada de Miranda de Ebro (Hospital Santiago Apostol)
Calle Orón S/N, 09200, Miranda de Ebro
Unidad Veterinaria de Castrojeriz-Burgos
Calle Arco Sardina S/N, 09110, Castrojeriz
Gerencia de Servicios Sociales Residencia Asistida de Segovia
Carretera De Soria-Plasencia Km. 193,4, 40002, Segovia
Sección Agraria Comarcal de Lerma-Burgos
Calle Góngora 1, 09340, Lerma
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