Habilitación LIBROS de SUBCONTRATACIÓN en el Sector de la Construcción

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Objeto

Habilitar por la autoridad laboral el Libro de Subcontratación, en el que el contratista debe reflejar, por orden cronológico desde el comienzo de los trabajos, todas y cada una de las subcontrataciones realizadas en la obra con empresas subcontratistas y trabajadores autónomos. Sirve para realizar el control y seguimiento del régimen de subcontratación

¿Quién lo puede solicitar?

Contratistas que pretendan subcontratar

Lugar y Forma de presentación

Presencial:

Electrónico:

  • Se excluye presentación por FAX.

¿Qué documentos necesito?

La diligencia de habilitación del Libro de Subcontratación se realizará por las empresas contratistas acompañado de solicitud por duplicado dirigida al Jefe/a de la Oficina Territorial de Trabajo, pudiendo utilizarse a tal efecto el modelo de solicitud que se adjunta como Anexo I.

En el acto de presentación de la solicitud de forma directa en la Oficina Territorial de Trabajo, uno de los ejemplares de la misma, debidamente fechado y sellado, le será devuelto al solicitante, sirviendo el mismo de justificante para la recogida de los Libros, una vez habilitados.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierta y permanente.

Plazo de resolución

  • El PLAZO DE HABILITACIÓN de cada Libro de Subcontratación, será de cinco días hábiles , a partir del siguiente al de entrada de la solicitud en la Oficina Territorial de Trabajo correspondiente.

Notificación

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.

Legislación aplicable

  • RESOLUCIÓN de 31 de octubre de 2007 , de la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, por la que se hacen públicos los centros de presentación de los Libros de Subcontratación en el Sector de la Construcción para su habilitación por la Autoridad Laboral (BOCyL 14-11-2007 y corrección errores en BOCyL 27-11-2007) .

Organismo

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Oficinas Territoriales de Trabajo

Órgano que resuelve:

Oficinas Territoriales de Trabajo

Información adicional

Respecto del Libro de Subcontratación, el contratista deberá:

  • Tenerlo presente en la obra.
  • Mantenerlo actualizado.
  • Permitir el acceso al Libro a:
    • Promotor, a la dirección facultativa y al coordinador en seguridad y salud durante la ejecución de la obra.
    • Empresas y trabajadores autónomos de la obra.
    • Técnicos de prevención.
    • Delegados de prevención y representantes de los trabajadores de las empresas que intervengan en la obra.
    • Autoridad Laboral.
  • Conservarlo durante los cinco años posteriores a la finalización de su participación en la obra.

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