Comunicación de resultados de caza | Sede Electrónica | Junta de Castilla y León

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los titulares de cotos de caza y a los organizadores de cacerías comunicar los resultados de sus actividades cinegéticas y de control poblacional a la administración.

¿Quién puede solicitarlo?

Depende del tipo de comunicación: * Memoria anual de resultados: Titular del Coto de Caza o su representante. * Resultados de cacerías colectivas: Organizador de la cacería. * Resultados de control poblacional: Titular de la autorización o su representante. * Informe mensual de capturas: Titular del Coto de Caza o su representante.

Requisitos principales

  • Presentar la comunicación según el tipo de actividad cinegética realizada.
  • Cumplir con los plazos establecidos para cada tipo de comunicación.
  • Utilizar los modelos normalizados disponibles en la sede electrónica.

Plazos

- Memoria anual de resultados: Máximo un mes desde la finalización de la temporada de caza (hasta el 30 de abril). - Comunicación de resultados de monterías/ganchos: Máximo 15 días naturales desde la cacería. - Comunicación de resultados de control poblacional: Máximo 15 días naturales desde la finalización del periodo autorizado.

Duración del trámite

Variable, dependiendo del tipo de comunicación.

Información adicional

El incumplimiento de la presentación de resultados puede acarrear sanciones administrativas, denegación de autorizaciones, e incluso la suspensión del aprovechamiento cinegético del coto.

Resumen

Este trámite permite comunicar los resultados de las actividades de caza y control de poblaciones de especies cinegéticas en Castilla y León. Existen diferentes tipos de comunicación según la actividad realizada.

Quién puede usar este servicio

  • Titulares de cotos de caza.
  • Organizadores de cacerías colectivas (monterías y ganchos).
  • Titulares de autorizaciones de control poblacional.

Antes de empezar

  • Asegúrate de conocer el tipo de comunicación que debes presentar.
  • Ten a mano los datos de las capturas realizadas.
  • Consulta las instrucciones y modelos disponibles en la sede electrónica.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Memoria Anual de Resultados: Para comunicar las actividades cinegéticas anuales.
  • Comunicación de Resultados de Monterías/Ganchos: Para informar sobre cacerías colectivas.
  • Comunicación de Resultados de Control Poblacional: Para comunicar los resultados de controles de poblaciones autorizados.
  • Modelo ficha de control de capturas diaria: Ficha de capturas diarias de cada cazador.
  • Comunicación quincenal de resultados de jabalí, ciervo y/o gamo en municipios en el ámbito de aplicación de la emergencia cinegética (Orden MAV/533/2024).

Requisitos previos

  • Disponer de certificado electrónico para realizar la tramitación online.
  • Conocer los plazos de presentación para cada tipo de comunicación.

Costes y plazos

  • Este trámite es gratuito.
  • Los plazos varían según el tipo de comunicación (ver sección correspondiente).

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Acceder a la sede electrónica: A través de los enlaces proporcionados.
  2. Identificarse: Utilizando certificado electrónico.
  3. Seleccionar el tipo de comunicación: Según la actividad realizada.
  4. Cumplimentar el formulario: Introduciendo los datos de las capturas.
  5. Adjuntar documentación (si es necesario): Como la memoria anual o el modelo de control de capturas.
  6. Firmar y registrar electrónicamente: La comunicación.
  7. Descargar el justificante de presentación: Como prueba de la realización del trámite.

Información sobre cada etapa

  • Comunicación de resultados de capturas en monterías y/o ganchos en cotos de caza: Se debe comunicar en el plazo máximo de quince días naturales desde la fecha de celebración de la cacería. Su presentación es obligatoria incluso en el caso de que NO se hubiesen producido capturas.
  • Comunicación de resultados de autorizaciones de control poblacional de especies de fauna (especies de caza menor – caza mayor): Se debe comunicar en el plazo máximo de quince días naturales desde la finalización del periodo o fecha de caza autorizado. Su presentación es obligatoria incluso en el caso de que NO se hubiesen producido capturas.
  • Modelo ficha de control de capturas diaria: Las Fichas de control de capturas diarias deberán remitirse exclusivamente al Titular del Coto de Caza quincenalmente, el cual deberá conservarlas durante un plazo de dos años, durante el cual podrán ser requeridas por la Consejería para su control.
  • Comunicación quincenal de resultados de capturas de jabalí, ciervo y/o gamo en municipios en el ámbito de aplicación de la emergencia cinegética (Orden MAV/533/2024): Comunicación quincenal de los resultados de capturas de cualquier acción de caza llevada a cabo sobre jabalí, ciervo y/o gamo, ya se trate de acciones de caza sostenible o de controles poblacionales, en municipios en el ámbito de aplicación de la emergencia cinegética (Orden MAV/533/2024). Su presentación es obligatoria incluso en el caso de que NO se hubiesen producido capturas.

Tiempos de espera

  • Este trámite no implica tiempos de espera, ya que es una comunicación de resultados.

Después de hacerlo

Qué sucede después

  • La administración registrará la comunicación de resultados.
  • La información será utilizada para la gestión y control de las poblaciones cinegéticas.

Plazos de resolución

  • No aplica, ya que es una comunicación y no una solicitud.

Siguiente pasos

  • Conservar el justificante de presentación.
  • Estar atento a posibles requerimientos de información por parte de la administración.

Ayuda

Contacto

  • Servicio Territorial de Medio Ambiente correspondiente.

Recursos adicionales

Preguntas frecuentes

  • ¿Qué debo hacer si no he realizado ninguna captura?
    • Debes presentar la comunicación igualmente, indicando que no se han producido capturas.
  • ¿Cómo puedo saber si mi municipio está afectado por la emergencia cinegética?
    • Consulta el enlace proporcionado en la sección de recursos adicionales.
  • ¿Qué ocurre si no presento la comunicación en el plazo establecido?
    • Podrías ser sancionado administrativamente.
  • ¿Dónde puedo encontrar el modelo de ficha de control de capturas diarias?
    • En el área de descargas de esta página.
  • ¿A quién debo remitir las Fichas de control de capturas diarias?
    • Las Fichas de control de capturas diarias deberán remitirse exclusivamente al Titular del Coto de Caza quincenalmente, el cual deberá conservarlas durante un plazo de dos años.

Preguntas frecuentes


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