Comunicación de quema de restos vegetales en terrenos labrados, huertos y prados fuera de época de peligro alto de incendios forestales en monte y en la franja de 400 metros que lo rodea | Sede Electr

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Informar a la administración sobre la intención de realizar una quema controlada de restos vegetales en terrenos agrícolas o prados, fuera de la época de alto riesgo de incendios.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas o jurídicas que necesiten quemar restos vegetales agrícolas.

Requisitos principales

  • La quema debe estar entre las excepciones permitidas por la ley.
  • Los residuos deben provenir de actividades agrícolas, ganaderas o silvícolas de pequeñas explotaciones.
  • La quema debe ser para prevenir incendios o por razones fitosanitarias que no puedan abordarse de otra manera.
  • Cumplir con las condiciones generales establecidas.

Plazos

La comunicación debe realizarse al menos 48 horas antes de la quema. La quema solo puede realizarse fuera de la época de peligro alto de incendios (del 16 de octubre al 31 de mayo).

Duración del trámite

Variable, dependiendo de la zona y las condiciones meteorológicas.

Información adicional

Es fundamental cumplir con la normativa vigente y las condiciones establecidas para evitar riesgos de incendios y sanciones.

Resumen

Este trámite permite comunicar a la administración la intención de quemar restos vegetales agrícolas en terrenos labrados, huertos y prados, fuera de la época de peligro alto de incendios forestales (del 16 de octubre al 31 de mayo). Es importante destacar que la quema de rastrojos está prohibida durante todo el año.

Quién puede usar este servicio:

  • Personas físicas con capacidad jurídica y de obrar.
  • Personas jurídicas.

Antes de empezar:

  • Asegúrate de que la quema está permitida según la Ley 7/2022.
  • Ten en cuenta que la comunicación debe realizarse con una antelación mínima de 48 horas.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Solicitud de Comunicación Administrativa según modelo normalizado.
  • En caso de alegar razones fitosanitarias, informe técnico acreditativo.

Requisitos previos:

  • La quema debe estar entre las excepciones reguladas en el artículo 27.3 de la Ley 7/2022.
  • Cumplir las condiciones generales establecidas.

Costes y plazos:

  • Este trámite es gratuito.
  • La comunicación debe realizarse al menos 48 horas antes de la quema.
  • La quema solo puede realizarse fuera de la Época de Peligro Alto (16 de octubre y el 31 de mayo).

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Descarga el formulario de Comunicación de Quema.
  2. Completa el formulario con la información requerida.
  3. Si es necesario, adjunta el informe técnico que justifique la quema por razones fitosanitarias.
  4. Presenta la comunicación de forma telemática o presencial.

Información sobre cada etapa:

  • Presentación telemática: Requiere certificado digital.
  • Presentación presencial: En las oficinas de asistencia en materia de registros de la Junta de Castilla y León o en cualquier otro lugar establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP).

Tiempos de espera:

  • La quema se podrá realizar una vez comunicada, siempre que el Agente Medioambiental de la zona no la aplace o suspenda.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • La administración registrará tu comunicación.
  • Un Agente Medioambiental puede contactarte para verificar la información o aplazar/suspender la quema si las condiciones no son seguras.

Plazos de resolución:

  • No aplica, ya que es una comunicación, no una solicitud.

Siguientes pasos:

  • Realiza la quema cumpliendo con las condiciones generales y las indicaciones del Agente Medioambiental, si las hubiera.

Ayuda

Contacto:

  • Servicio Territorial de Medio Ambiente de la provincia correspondiente.

Recursos adicionales:

Preguntas frecuentes:

  • ¿Qué debo hacer si tengo dudas sobre si mi quema está permitida? Consulta con el Servicio Territorial de Medio Ambiente de tu provincia.
  • ¿Qué pasa si no cumplo con las condiciones generales? Podrías ser sancionado y responsable de los daños causados por la quema.
  • ¿Puedo quemar restos vegetales en cualquier época del año? No, solo fuera de la época de peligro alto de incendios y cumpliendo con los requisitos legales.

Preguntas frecuentes


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