Autorizaciones de arrendamiento de vehículos CON conductor
Objeto
Autorizar el arrendamiento de vehículos con conductor.
¿Quién lo puede solicitar?
Personas Fisicas, o bien persona jurídica, debiendo revestir en este caso la forma de sociedad mercantil, sociedad laboral o cooperativa de trabajo asociado, y que cumplan los requisitos.
Lugar y Forma de presentación
Electrónico:
- Por Internet desde ésta misma página.
- De acuerdo con la Ley de ordenación de los transportes terrestres (LOTT), modificada por la Ley 9/2013, de 4 de julio, a partir del 01/01/2017 los titulares de autorizaciones de transporte o de operador de transporte están obligados a relacionarse de forma electrónica con las AA.PP.
¿Qué requisitos debo cumplir?
Ser persona física, no pudiendo otorgarse autorizaciones de forma conjunta a más de una persona ni a comunidades de bienes, o bien persona jurídica, debiendo revestir en este caso la forma de sociedad mercantil, sociedad laboral o cooperativa de trabajo asociado.
Tener la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado no miembro con el que, en virtud de lo dispuesto en los tratados o convenios internacionales suscritos por España, no sea exigible el citado requisito, o, en otro caso, contar con la autorización de residencia permanente, o bien con una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia en vigor que no esté limitada a un sector de actividad determinado distinto del de transporte ni a un concreto ámbito geográfico.
Cumplir las obligaciones laborales, sociales y de carácter fiscal establecidas por la legislación vigente.
Disponer en todo momento, bien en propiedad, leasing o arrendamiento, de vehículos dedicados a la actividad que no podrán tener una capacidad superior a 9 plazas, incluida la del conductor. Deberán estar domiciliados en el lugar donde se otorguen las autorizaciones.
Los conductores habrán de encontrarse en posesión del permiso de conducción de la clase BTP, y deberán estar contratados a jornada completa y afiliados como tales y en régimen de alta en la Seguridad Social.
Suscribir un seguro que cubra de forma ilimitada la responsabilidad civil frente a terceros por los daños que se deriven del uso y circulación del vehículo al que se haya de referir la autorización.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud de autorización, baja y/o visado en modelo normalizado, dirigada al Jefe del Servicio Territorial de Fomento de la provincia correspondiente, acompañada de la documentación a presentar, según proceda.
TASAS: Para la realización de las pruebas, los aspirantes deberán abonar la TASA cuyo importe recoja la Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes
DOCUMENTACIÓN a presentar (94 kbytes)
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Abierto de forma permanente para la autorización.
El visado periódico se realizará bienalmente. Las autorizaciones caducadas por falta de visado podrán ser rehabilitadas por el órgano competente para su expedición, cuando así se solicite en el plazo de un año, contado a partir del vencimiento del plazo establecido para la realización del visado y se aporte idéntica documentación a la exigida para el mismo. En todo caso, el pago de las sanciones pecuniarias impuestas por resolución que ponga fin a la vía administrativa por infracciones a la legislación de transporte será requisito necesario para que proceda la rehabilitación de las autorizaciones en relación con las cuales hayan cometido sus titulares las correspondientes infracciones.
Plazo de resolución
- 5 MESES según establece el Real Decreto 1772/1994, de 5 de agosto de adecuación de determinados procedimientos administrativos a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. (B.O.E Núm. 199 de 20 agosto)
Notificación
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.
Recursos
- Alzada.
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Legislación aplicable
- Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.
- Orden FOM/36/2008, de 9 de enero, por la que se desarrolla la sección segunda del capítulo IV del título V, en materia de arrendamiento de vehículos con conductor, del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre (BOE 22-01-2008)
- RD 1211/1990. Reglamento de Ley de Ordenación Transportes Terrestres.
Organismo
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Dirección General de Transportes
Órgano que resuelve:
Dirección General de Transportes
Información adicional
El órgano competente podrá denegar la autorización solicitada si existe una desproporción manifiesta entre el número de autorizaciones de esta clase otorgadas en la zona en que esté situado el municipio y los potenciales usuarios del servicio.
De acuerdo con lo señalado en el artículo 14 de la Orden FOM/36/2008 se entenderá, en todo caso, que se da esta circunstancia y procede denegar la autorización, cuando la relación entre el número de autorizaciones de esta clase domiciliadas en la Comunidad Autónoma y el de autorizaciones de transporte discrecional interurbano de viajeros en vehículos de turismo (serie VT) domiciliadas en la misma sea superior a una de aquéllas por cada treinta de éstas.
No obstante, aún no concurriendo la circunstancias que se prevé en el párrafo anterior, cuando el órgano competente para el otorgamiento de las autorizaciones entienda que existen desajustes entre la oferta y la demanda de los servicios de arrendamiento de vehículos con conductor en una determinada zona, el órgano competente de la Comunidad Autónoma podrá elaborar y aprobar un plan o programación de transporte en el que se establezcan limitaciones al otorgamiento de autorizaciones o criterios relativos a la prestación de la actividad, así como de su distribución territorial.
Tramitación electrónica
Información de tasas
Descargas
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Palencia
Calle Valentín Calderón 2, 34001, Palencia
Sección Agraria Comarcal de Alba de Tormes-Salamanca
Calle Sánchez Llevot 10, 37800, Alba de Tormes
Oficina del Servicio Público de Empleo de Ciudad Rodrigo-Salamanca
Plaza Herrasti 1, 37500, Ciudad Rodrigo
Sección Agraria Comarcal de Sahagún-León
Calle El Rastro 2, 24320, Sahagún
Sección Agraria Comarcal de Ciudad Rodrigo-Salamanca
Calle Clemente Velasco 50-80, 37500, Ciudad Rodrigo
Unidad Veterinaria de Sedano-Burgos
Calle Alejandro Rodríguez Valcarcel S/N, 09142, Valle de Sedano
Equipo General Villafranca del Bierzo
Avenida Paradaseca 7, 24500, Villafranca del Bierzo
Gerencia de Servicios Sociales Camp de Salamanca
Paseo Lunes de Aguas S/N, 37008, Salamanca
Gerencia de Atención Especializada de Miranda de Ebro (Hospital Santiago Apostol)
Calle Orón S/N, 09200, Miranda de Ebro
Unidad Veterinaria de Castrojeriz-Burgos
Calle Arco Sardina S/N, 09110, Castrojeriz
Gerencia de Servicios Sociales Residencia Asistida de Segovia
Carretera De Soria-Plasencia Km. 193,4, 40002, Segovia
Sección Agraria Comarcal de Lerma-Burgos
Calle Góngora 1, 09340, Lerma
En esta página
- Objeto
- ¿Quién lo puede solicitar?
- Lugar y Forma de presentación
- ¿Qué requisitos debo cumplir?
- ¿Qué documentos necesito?
- ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
- Plazo de resolución
- Notificación
- Recursos
- Efecto del silencio administrativo
- Legislación aplicable
- Organismo
- Consejería / Centro Directivo:
- Órgano gestor:
- Órgano que resuelve:
- Información adicional
- Tramitación electrónica
- Información de tasas
- Descargas
- Trámites relacionados
- Oficinas de la administración