Adhesión o separación de un municipio a una mancomunidad | Sede Electrónica | Junta de Castilla y León
Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Objetivo
Informar, publicar e inscribir en el Registro de Entidades Locales de Castilla y León las adhesiones y separaciones de municipios a Mancomunidades.
¿Quién puede solicitarlo?
La Mancomunidad.
Requisitos principales
- La adhesión o separación debe seguir el procedimiento establecido en los Estatutos de la Mancomunidad.
- La adhesión debe ser aprobada por el órgano de gobierno de la Mancomunidad por mayoría absoluta.
- Es necesario un trámite de información pública e informe de la Diputación o Diputaciones Provinciales interesadas y de la Consejería competente en materia de Administración Local.
- No se permite la separación si no ha transcurrido el período de tiempo establecido en los Estatutos (nunca superior a cuatro años) o si el municipio mantiene deudas con la Mancomunidad.
Duración del trámite
La Administración Autonómica no resuelve, simplemente emite informe y da publicidad a través del Boletín Oficial de Castilla y León.
Resumen
Este trámite permite informar, publicar e inscribir en el Registro de Entidades Locales de Castilla y León las adhesiones y separaciones de municipios a Mancomunidades.
¿Quién puede solicitarlo?
La Mancomunidad.
Lo que necesitas
Requisitos:
- La adhesión o separación debe seguir el procedimiento establecido en los Estatutos de la Mancomunidad.
- La adhesión debe ser aprobada por el órgano de gobierno de la Mancomunidad por mayoría absoluta.
- Es necesario un trámite de información pública e informe de la Diputación o Diputaciones Provinciales interesadas y de la Consejería competente en materia de Administración Local.
- No se permite la separación si no ha transcurrido el período de tiempo establecido en los Estatutos (nunca superior a cuatro años) o si el municipio mantiene deudas con la Mancomunidad.
Documentos necesarios:
-
Solicitud en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación:
- En el supuesto de solicitar informe sobre ADHESIÓN a Mancomunidad se debe aportar:
- Certificación del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento interesado aprobando la iniciativa de adhesión.
- Certificación del acuerdo del órgano de gobierno de Mancomunidad aprobando la adhesión.
- Certificación acreditativa de la realización del trámite de información pública.
- Informe de la Diputación o Diputaciones Provinciales interesadas o acreditación del transcurso del plazo para emitirlo.
- En el supuesto de solicitar informe sobre SEPARACIÓN de Mancomunidad se debe aportar:
- Certificación del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento interesado aprobando la iniciativa de separación.
- Informe del órgano de gobierno de Mancomunidad manifestándose sobre la separación.
- Acreditación de la ausencia de deudas pendientes con la Mancomunidad.
- Certificación acreditativa de la realización del trámite de información pública.
- Informe de la Diputación o Diputaciones Provinciales interesadas o acreditación del transcurso del plazo para emitirlo.
- En el supuesto de solicitar informe sobre ADHESIÓN a Mancomunidad se debe aportar:
Cómo hacerlo
Pasos para la tramitación electrónica:
- Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.
Después de hacerlo
Plazo de resolución:
- La Administración Autonómica no resuelve, simplemente emite informe y da publicidad a través del Boletín Oficial de Castilla y León.
Notificaciones:
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI
Ayuda
Organismo:
- Consejería de la Presidencia
- Dirección de Administración Local
Legislación aplicable: