Sociedades Cooperativas Andaluzas: legalización de los libros sociales

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Descripción

Los libros sociales a los que hace referencia el artículo 72 de la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas, deberán ser presentados ante la unidad competente del Registro de Cooperativas Andaluzas para su legalización (unidad central o unidades provinciales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 109 de la citada ley).

Las solicitudes se presentarán a través del tramitador telemático, con certificado de firma electrónica.

Estado

Abierto plazo de solicitud

Tramitación electrónica

Acceso al Registro de sociedades cooperativas y laborales

Normativa


Oficinas de la administración

Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía

Secret. Gral. Provinc. de Empleo, Empresa y Comercio en Huelva

Secret. Gral. Provinc. de Presidencia y Administración Local en Sevilla

Secret. Gral. Provinc. de Salud en Cádiz

Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Córdoba

Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte en Málaga

Comunidad Regantes de las Acequias y Aguas de los Lugares de Villa de Lanjaron

Centro Andaluz de Medicina del Deporte

Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Almería

Secret. Gral. Provinc. de Salud en Córdoba

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