Sociedades Cooperativas Andaluzas: legalización de los libros sociales
Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Descripción
Los libros sociales a los que hace referencia el artículo 72 de la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas, deberán ser presentados ante la unidad competente del Registro de Cooperativas Andaluzas para su legalización (unidad central o unidades provinciales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 109 de la citada ley).
Las solicitudes se presentarán a través del tramitador telemático, con certificado de firma electrónica.
Estado
Abierto plazo de solicitud
Tramitación electrónica
Acceso al Registro de sociedades cooperativas y laborales
Normativa
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Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas