Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía (REGA)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Descripción

Todas las explotaciones ganaderas de las especies bovina (incluidos bisontes y búfalos), porcina, ovina y caprina, deberán registarse en el registro único de ganadería creado en el decreto 14/2006 y llevar un libro registro, donde se identifiquen y registren a los animales de las indicadas especies.

No se aplicará a los animales de compañía, a los domésticos ni a la fauna silvestre.

El libro registro será proporcionado por la correspondiente Oficina Comarcal Agraria y diligenciado por el veterinario de la misma. Cumple los efectos propios de la Cartilla ganadera.

Las resoluciones favorables, de forma expresa ó por silencio administrativo, de las solicitudes darán lugar a la correspondiente asignación del código de identificación de las explotaciones ganaderas y la inscripción en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía.

Aunque la solicitud sea estimada, no podrán iniciarse la actividad hasta que no le sea asignado el correspondiente código de identificación.

Estado

Abierto plazo de solicitud

Tramitación electrónica

Tramitación online

Normativa


Oficinas de la administración

Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía

Secret. Gral. Provinc. de Empleo, Empresa y Comercio en Huelva

Secret. Gral. Provinc. de Presidencia y Administración Local en Sevilla

Secret. Gral. Provinc. de Salud en Cádiz

Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Córdoba

Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte en Málaga

Comunidad Regantes de las Acequias y Aguas de los Lugares de Villa de Lanjaron

Centro Andaluz de Medicina del Deporte

Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Almería

Secret. Gral. Provinc. de Salud en Córdoba

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