Procedimiento para la habilitación excepcional de profesionales de centros y servicios para la atención de personas mayores y personas con discapacidades
Habilitación excepcional
Personas destinatarias
Personas que cumplan los requisitos establecidos en el punto 2 ("Habilitación excepcional") o el punto 3 ("Habilitación provisional") del Acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención en la Dependencia de 19 de octubre de 2017 por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo de 27 de noviembre de 2008 sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema, modificado por el Acuerdo de 7 de octubre de 2015.
Plazo máximo para la resolución y notificación
6 meses
Silencio administrativo
Positivo
Forma de inicio
Instancia de parte
Fin de la via administrativa
Si
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Dirección General de Planificación, Equipamientos y Formación
Simplificación documental
Documentos relacionados con el procedimiento
Trámites
X
Solicitud de habilitación excepcional y/o provisional en las categorías profesionales de personal cuidador, gericultor, de auxiliar de ayuda a domicilio y asistente personal
Requisitos
Acreditar una experiencia mínima de tres años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas los últimos 12 años en la categoría de la cual solicitan la habilitación excepcional o bien, hayan hecho trabajo y tengan un mínimo de 300 horas de formación relacionada con las competencias profesionales a acreditar en el mismo periodo.
Documentación a presentar
Copia compulsada del DNI/NIE, si no ha autorizado la verificación de la identidad.
Informe de Vida laboral en lo que conste la experiencia laboral exigida.
Copias compulsadas de los Certificados de empresa y / o contratos que acrediten la experiencia laboral en esta categoría profesional o con estas funciones.
Copias compulsadas de los certificados de los módulos de formación relacionados con las competencias profesionales a acreditar (tienen que sumar un mínimo de 300 horas).
Modelos:
Plazo máximo
Hasta el 31 de diciembre de 2022
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Servicios Sociales
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Planificación Social
Tel.: 971177200
(planificacio@dgplanificacio.caib.es)
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
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Calle D'Alfons el Magnànim 29, 07004, Palma
Fundación Es Baluard Museo de Arte Moderno y Contemporáneo
Plaça Porta de Santa Catalina 10, 07012, Palma
Archivo y Museo de la Educación de Les Illes Balears
Calle Mestre Torrandell 59 bajos, 07300, Inca
Tel. 971504279
Consorcio de Aguas de Les Illes Balears
Carrer Gremi Corredors 10, 07009, Palma
Fundación Robert Graves
Carretera De Deià a s/n, 07179, Sóller
Subdirección de Atención Primaria y Atención a las U.
Calle Reina Esclaramunda 9, 07003, Palma
Tel. 971175600
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Plaça D'Espanya 1, 07800, Eivissa
Esad Escola Sup. D'Art Dramàtic Illes Balears (ESADIB)
Carrer Del Morer 6, 07001, Palma
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Consorcio para la Mejora y el Embellecimiento de la Playa de Palma
Calle De L'Uruguay s/n, 07010, Palma
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Carrer D'Alfons el Magnanim 29, 07004, Palma