Pesca Marítima de Recreo en Aguas Interiores de Determinadas Especies, Condiciones y Topes Máximos de Captura: Autorización

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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Descripción

De acuerdo con lo establecido en los artículos 11.4 y 17.3 del Decreto 361/2003, de 22 de diciembre, el titular de la Dirección General de Pesca y Acuicultura podrá autorizar:

- La captura de las especies relacionadas en el Anexo del citado Decreto 361/2003.

- La captura sobrepasando el tope máximo.

Estado

Abierto plazo de solicitud

Tramitación electrónica


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