Licencia de Pesca Marítima de Recreo, clase 1: Desde tierra.
Descripción
Esta licencia autoriza a su titular para la pesca marítima de recreo desde tierra.
Su período de vigencia será de tres años, contados a partir de la fecha de expedición o renovación.
Requisitos para la obtención de la licencia:
Para la obtención de la licencia de pesca marítima de recreo de clase 1, será necesario que el interesado tenga cumplidos catorce años en el momento de la presentación de la solicitud. En todo caso, los menores de edad habrán de contar con la autorización de la persona que ostente la patria potestad o tutela.
Solicitud y documentación a presentar (obtención y renovación):
Los interesados habrán de presentar una solicitud conforme al modelo que figura como anexo I en la Orden de 29 de noviembre de 2004, por la que se desarrolla el Decreto 361/2003, de 22 de diciembre, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas interiores. Las solicitudes se dirigirán al titular de la Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural correspondiente, presentándose en el Registro General de la misma, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las solicitudes para la obtención y renovación de las licencias de pesca marítima de recreo de clase 1, deberán ir acompañada de la documentación siguiente, en original o copia autenticada, debiendo quedar acreditados los requisitos establecidos en el artículo 6.1 del Decreto 361/2003. de 22 de diciembre:
a) Copia del Documento Nacional de Identidad del solicitante o, en el supuesto de no poseer la nacionalidad española, del documento que se asimile al mismo expedido por las autoridades del correspondiente país o, en su caso, el pasaporte.
b) Carta de pago de las tasas establecidas por la legislación vigente.
c) Autorización de la persona que ostente la patria potestad o tutela cuando el solicitante sea menor de edad.
En caso de renovación de la licencia, además de los documentos relacionados, se acompañará de una copìa de la anterior, ya caducada o próxima a caducar.
La mayoría de edad se acreditará mediante la aportación del Documento Nacional de Identidad, o documento que se asimile al mismo expedido por el país correspondiente o pasaporte, que se encuentre en vigor.
La autorización de la persona que ostente la patria potestad o tutela del menor, se acreditará mediante la cumplimentación del correspondiente apartado de la solicitud que figura en el anexo I de la Orden 29 de noviembre de 2004.
Presentación Telemática:
Accediendo a la Sección de Servicios y Trámites de la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural (https://ws219.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/lipe/ ), usted puede realizar el trámite para la obtención o renovación de la licencia, con o sin certificado digital, pudiendo incluso imprimir la licencia una vez finalizado el trámite en caso de disponer de certificado digital.
Todas aquellas personas que tramiten la solicitud con certificado digital y el pago de su tasa telemáticamente (telepago), obtendrán una bonificación de 3 euros sobre el importe de la tasa a ingresar.
A continuación se expone la tasa a ingresar, mediante modelo 046 de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, cuyo importe será revisado anualmente según el crecimiento del IPC. Si la solicitud y el pago se realizan de forma telemática con certificado digital el importe aparece por defecto y podrá completar el trámite imprimiendo la licencia en su propio equipo. En cambio, si se realiza personalmente en la Delegación Territorial correspondiente es necesario transcribir el importe exacto en la casilla destinada al efecto en el modelo 046 citado para poder realizar el pago en la oficina bancaria correspondiente, y presentar la documentación en la Delegación Territorial correspondiente, en persona o por correo ordinario.
TASAS DE LICENCIAS DE PESCA MARÍTIMA DE RECREO PARA EL AÑO 2017, CLASE 1 (DESDE TIERRA): 5,72 euros *.
*Recordar que todas aquellas personas que tramiten la solicitud con certificado digital y el pago de su tasa telemáticamente (telepago), obtendrán una bonificación de 3 euros sobre el importe de la tasa a ingresar
Estado
Abierto plazo de solicitud
Tramitación electrónica
Normativa
Trámites relacionados
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