Descripción
Reconocimiento de las asociaciones validamente constituidas, con personalidad jurídica propia, asentadas fuera de Andalucía, formada mayoritariamente por andaluces o de ascendencia andaluza y con estatutos en los que expresamente se indique el querer mantener lazos culturales y sociales con el pueblo andaluz y la difusión de las expresiones culturales andaluzas en el territorio donde se hallen radicados.
Las asociaciones reconocidas como tales, serán inscritas en el correspondiente Registro Oficial.
Estado
Abierto plazo de solicitud
Tramitación electrónica
Solicitud online
Documentación
Anexo II: Solicitud (pdf rellenable)
Normativa
-
Decreto 141/1993, de 7 de septiembre, por el que se dictan normas relativas a los procedimientos administrativos de aplicación en el ámbito de la Consejería. (DEROGADO por la LEY 9/2001 en lo referente al sentido del silencio)
-
Ley 8/2006, de 24 de octubre, del Estatuto de los Andaluces en el mundo
-
Ley 9/2001, de 12 de julio, por la que se establece el sentido del silencio administrativo y los plazos de determinados procedimientos como garantias procedimentales para los ciudadanos.( Modificado el Anexo I por el Decreto-Ley 6/2013, de 9 de abril).
-
Decreto 426/2008, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre Reconocimiento y Registro Oficial de Comunidades Andaluzas
-
Decreto Ley 1/2009, de 24 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes de carácter administrativo.
-
Resolución de 12 de marzo de 2009, de la Presidencia del Parlamento de Andalucía, por la que se ordena la publicación del acuerdo de convalidación del Decreto-Ley 8-09/DL-000001, por el que se adoptan medidas urgentes de carácter administrativo