Colegios profesionales: fusión o segregación de colegios de distinta titulación
Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración
Descripción
Para la fusión o segregación de colegios de distinta titulación se deberán seguir las mismas indicaciones que para la creación de un nuevo colegio.
La resolución será de ocho meses desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación. Transcurrido dicho plazo sin resolución ha de entenderse desestimada la solicitud.
La fusión o segregación de colegios profesionales de distinta titulación se aprobará por ley del Parlamento de Andalucía.
Plazo de solicitud
- Plazo abierto permanentemente
Estado
Abierto plazo de solicitud