Colegios profesionales: creación de un nuevo colegio
Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración
Descripción
Los colegios profesionales son corporaciones de derecho público, amparadas por la ley y reconocidas por el Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
En Andalucía se rigen por la Ley 10/2003, de 6 de noviembre.
Sus fines fundamentales son:
- La ordenación del ejercicio de la profesión, dentro del marco legal respectivo y en el ámbito de sus competencias.
- La representación institucional exclusiva de la profesión cuando estén sujetas a colegiación obligatoria.
- La protección de los intereses de las personas consumidoras y usuarias de los servicios de sus personas colegiadas.
- La defensa de los intereses profesionales de las personas colegiadas.
Plazo de solicitud
- Plazo abierto permanentemente
Estado
Abierto plazo de solicitud