Centros para personas con discapacidad (Centros de Día): ingresos
Descripción
Solicitud de ingreso de personas con discapacidad en centros de día, ya sea en centros dependientes de la Administración de la Junta de Andalucía o en plazas de centros de titularidad pública o privada que reciban financiación de ésta. Se consideran centros de día los destinados a la atención de personas que por su discapacidad no puedan integrarse, transitoria o permanentemente, en un medio laboral especial o normalizado, o que por su gravedad, requiriendo de atención continuada, no puedan ser atendidos por su unidad de convivencia durante el día.
Los Centros de día, según el régimen de atención dispensado a los usuarios, se clasifican en:
a) Unidades de Estancia Diurna: Centros que atienden específicamente y de forma integral, como apoyo a la unidad de convivencia, a personas que en situación de dependencia,se hallan afectadas por retraso mental, discapacidad física, parálisis cerebral, trastornos del espectro autista, o cualquier otro tipo de discapacidad que fuera necesario atender en este régimen.
b) Centros ocupacionales: Centros que fomentan la integración social y proporcionan una actividad útil a personas en edad laboral, que por su acusada discapacidad, temporal o permanente, no pueden acceder a puestos de trabajo ordinarios o especiales, y que tienen por finalidad mejorar su adaptación personal y social, habilitarles laboralmente y normalizar sus condiciones de vida.
La atención en régimen de Estancia Diurna podrá desarrollarse en Centros de día o compartiendo instalaciones con Centros residenciales.
Estado
Abierto plazo de solicitud
Tramitación electrónica
Documentación
Anexo I: Ingreso en centros de atencion a personas con discapacidad. Solicitud (pdf)