Ayudas para la cesión de leche y determinados productos lácteos a los alumnos de los centros escolares
Tienen como finalidad contribuir a la regulación del sector lácteo, incentivando el consumo de leche y de los productos lácteos por los alumnos de los centros escolares.
Requisitos
Beneficiarios
los alumnos que asistan regularmente a los centros escolares, reconocidos oficialmente por las autoridades competentes en materia de educación, de los siguientes niveles de enseñanza:
- Educación Infantil, incluidos los Jardines de Infancia o guarderías y otros establecimientos de Educación Preescolar.
- Educación Primaria.
- Educación Secundaria, que comprenderá la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional de grado medio.
- Educación Especial.
Las ayudas se concederán para los periodos en que se imparta el curso escolar y en el caso de guarderías y centros de educación especial, podrá hacerse extensiva a los meses estivales en que permanezcan abiertos.
Productos subvencionables
La ayuda se concederá exclusivamente para los productos recogidos en el Anexo I de la Orden 4/2004 de bases reguladoras (Ver Normativa) y por la cantidad máxima global de 0,25 litros equivalentes de leche por alumno y día lectivo, cuyo consumo se realice en las dependencias del centro escolar.
Solicitantes
- El centro escolar.
- La asociación de padres de alumnos u otra organización vinculada al centro escolar, dentro de su ámbito de actuación.
- El proveedor de los productos.
La ayuda se concederá a un solicitante autorizado conforme a las disposiciones del artículo 7 de la Orden 4/2004 , para el suministro de los productos lácteos contemplados en el Anexo I de dicha Orden, elaborados en la Unión Europea y adquiridos en España.
Para el cálculo de las cantidades que pueden consumir los alumnos al mes se facilitarán los días lectivos que se establezcan en el calendario escolar, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la Orden.
Documentación
- Solicitud
Modelo de solicitud ( 59.5 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
Además de descargar los impresos, la solicitud se puede obtener en:
- Dirección General/Servicio competente
- El Servicio de Atención al Ciudadano
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
La solicitud de ayuda podrá ser presentada por el centro escolar, la asociación de padres de alumnos o el proveedor de los productos. La presentación de la documentación de autorización será de 1 de agosto a 30 de septiembre del año de iniciación del curso escolar en la Dirección General con competencias en esta materia.
Más información
- Normativa:
Orden 4/2004, de 17 de marzo, por la que se establecen determinados aspectos de la ayuda al suministro de leche y productos lácteos a los alumnos de centros escolares
Orden 17/2004, de 5 de abril, por la que se modifica la Orden 4/2004, de 17 de marzo, por la que se establecen determinados aspectos de la ayuda al suministro de leche y productos lácteos a los alumnos de centros escolares
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Negativo
- Recurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población
- Órgano competente: Dirección General de Desarrollo Rural y Reto Demográfico
- Unidad tramitadora: Servicio de Desarrollo Rural y Reto Demográfico
- Cargo que resuelve: Consejero/a
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.
Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño
Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo
Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño
Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo
Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo
Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
Calle El Mazo 11, 26200, Haro
Servicio de Comercio
Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño
Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas
Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño
Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local
Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño
Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca
Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño
Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada
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Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García
Calle República Argentina 68, 26006, Logroño
Oficina de Empleo de Logroño
Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño
Sección de Coordinación y Promoción Deportiva
Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño