Apertura de centros de trabajo o reanudación de la actividad: comunicación
Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Descripción
Comunicación a la autoridad laboral de la apertura de centros de trabajo o de la reanudación de la actividad después de efectuar alteraciones, ampliaciones o transformaciones de importancia.
La obligación de efectuar la comunicación incumbe al empresario, cualquiera que sea la actividad que realice, con independencia de las comunicaciones que deban efectuarse o de las autorizaciones que deban otorgarse por otras autoridades.
Plazo de solicitud
- Previamente o dentro de los 30 días siguientes a la fecha de apertura o reanudación de la actividad. En obras de construcción incluidas en el ámbito de aplicación del R.D. 1627/1997, de 24 de octubre, deberá ser previa al comienzo de los trabajos
Estado
Abierto plazo de solicitud
Tramitación electrónica
Solicitud on-line (acceso con certificado digital)
Documentación
Modelo : Anexo A y B (pdf rellenable)