Adopción Internacional: acreditación de entidades colaboradoras

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Descripción

Concesión de la acreditación como Entidad colaboradora de Adopción Internacional para aquellas Asociaciones o Fundaciones sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y cuya finalidad sea la protección del menor; la acreditación habilitará para ejercer funciones de mediación para la adopción internacional en el Estado o Estados para los que haya obtenido la acreditación;dicha acreditación no será efectiva hasta que sea autorizada para actuar en el mismo o en los mismos mediante resolución formal de las autoridades competentes de dichos Estados.

Estado

Abierto plazo de solicitud

Tramitación electrónica

Solicitud on-line

Normativa


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Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Almería

Secret. Gral. Provinc. de Salud en Córdoba

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