Incentivos en IRPF para recuperar la subida de cotizaciones de autónomo en 2019

El Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo incluye subidas para las cotizaciones de autónomo en este año y los siguientes.

En esta entrada mostramos como recuperar estas subidas aprovechando alguno de los incentivos en IRPF que están disponibles para empresas de reducida dimensión.

Y ahora, ¿cuánto suben las cotizaciones de autónomo a pagar?

Si nos centramos en el colectivo que con 47 años o menos elige una base mínima de cotización, en 2019 pagará 64 euros más.

Así es pues su base mínima de cotización sube hasta 944,4 EUR/mes (un 1,25%) y el tipo de cotización pasa al 30% (frente al 29,8% con las nuevas coberturas obligatorias), por lo que su cuota mensual estará en 283,3 EUR/mes, unos 5,4 EUR/mes más que antes.

Pero no se queda ahí. Esta nueva medida contempla una subida continuada de los tipos de cotización en los próximos años.

Así, un 30,3% para 2020, un 30,6% para 2021 y un 31% para 2022.

Luego si asumimos que la base mínima no vuelve a subir hasta 2022, estaríamos hablando de 98, 132 y 178 EUR/año más, respectivamente.

En total, podríamos tener un escenario de 472 EUR más de 2019 a 2022.

Para recuperar esta subida, ¿puede el autónomo aprovechar algún incentivo en IRPF?

Por supuesto.

Si nos centramos en el colectivo que calcula su rendimiento neto en estimación directa simplificada, básicamente los que, sin tributar por módulos, facturan menos de 600.000 EUR/año, la diferencia entre sus ingresos y gastos se hará conforme a las normas del Impuesto sobre Sociedades.

Y este establece ventajas fiscales que los autónomos pueden aplicar.

En concreto vamos a ver como aprovechando el incentivo fiscal que ofrecen los contratos de leasing es posible recuperar la subida prevista del coste de las cotizaciones de autónomo.

Amortización acelerada en contratos de arrendamiento financiero

La parte de las cuotas de arrendamiento financiero satisfechas a la entidad arrendadora que corresponda a la recuperación del coste del bien tiene la consideración de gasto deducible.

La cantidad deducible no podrá ser superior al resultado de aplicar al coste del bien el triple del coeficiente de amortización lineal máximo según las tablas de amortización oficialmente aprobadas.

Para los autónomos en estimación directa simplificada, estas amortizaciones se practican de forma lineal en función de la tabla de amortización simplificada, especial para esta modalidad.

Ejemplo

Imaginemos que nuestro autónomo en 2019 alquila durante 4 años a un banco y en leasing el nuevo vehículo que utilizará en su actividad, y que el coste del vehículo lo devolverá en cuotas por importe anual constante de 2.500 EUR/año.

Según tablas fiscales, esos 10.000 EUR de inversión se amortizarían a un 16% anual (1.600 EUR/año).

Pero con este incentivo, los 2.500 EUR/año de amortización financiera son deducibles fiscalmente en su IRPF, ya que están dentro del máximo del triple de amortización fiscal que podría deducir.

Es decir, los 900 EUR/año de exceso de deducibilidad fiscal permitido sobre el nuevo vehículo (2.500 vs 1.600), a un 20% de IRPF, son 180 EUR/año de ahorro fiscal por diferimiento de pagos en IRPF durante los primeros 4 años (en 2023 empezaríamos a devolver esos impuestos que no pagamos al principio).

En 2022, o tras 4 años, donde ya habremos devuelto al banco el préstamo por los 10.000 EUR del vehículo, habremos ahorrado en torno a 720 EUR, luego por encima de los 472 EUR de aumento previsto de coste de cotizaciones para ese mismo periodo de tiempo.

Puede que, en otros casos, y según las circunstancias, os sea más útil aprovechar otros incentivos fiscales también a disposición de los autónomos, como la deducción por saldos de dudoso cobro, que a veces no son plenamente aplicados por los autónomos.

En otra entrada posterior podremos comentarlos.

También puede suceder que la subida del coste de cotizaciones prevista no os preocupe porque para este año y los siguientes esperáis una subida de ventas o de precios o unas reducciones de otros costes.

En ese caso, ¡¡hurra!!

 

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