Govern de les Illes Balears

  • Obtener el certificado de acreditación profesional en las siguientes especialidades:
    - Baja tensión
    - Alta tensión
    - Operador de calderas
    - Frigorista
    - Instalaciones térmicas en edificios
    - Gas
    - Productos petrolíferos
    - Manipulación de gases fluorados
    - Conservador de ascensores

    Personas destinatarias

    Personas interesadas que cumplen con los requisitos que exige la especialidad solicitada

    Plazo máximo para la resolución y notificación

    6 meses

    Silencio administrativo

    Positivo

    Forma de inicio

    Instancia de parte

    Fin de la via administrativa

    No

    Observaciones

    Taxes del tràmit:

    Normativa del procedimiento

    Órgano competente para resolver

    Dirección General de Política Industrial

    Simplificación documental

    En relación con los procedimientos de la CAIB puede aplicarse el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, que entró en vigor el 13 de mayo de 2013.

    Documentos relacionados con el procedimiento

    Trámites

    X

    Solicitud

    Documentación a presentar
    Lugar

    Podéis presentar documentos dirigidos a los órganos de l'Administració autonómica a cualquiera de sus oficinas de registro.
    También los podéis presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio Marco de Oficinas Integradas.
    Encontrareis las direcciones de todas estas oficinas aquí [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
    [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
    Además, podéis enviar la documentación por correo postal, por ello tenéis que presentar el sobre abierto, para que se pueda indicar en el sello oficial el sitio de registro, la fecha y la hora exacta de presentación, y se anote así en el resguardo justificativo de su presentación.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Política Industrial

    Contacto
    Servicio o Sección responsable

    Servicio de la UDIT, la ITV y el Registro Industrial

    C/ del Bastió d'en Sanoguera, 2. Tel.: 971784995 - Fax: 971784569

    (ri@dgindust.caib.es)

  • En los casos en que se efectúen trabajos por un contratista ajeno a la plantilla de la explotación minera se tiene que obtener la aprovación de la Dirección General de Industria y Energía de la organización adoptada.

    Personas destinatarias

    Titulares, contratistas y directores facultativos de explotaciones mineras

    Plazo máximo para la resolución y notificación

    6 meses

    Silencio administrativo

    Negativo

    Forma de inicio

    Instancia de parte

    Fin de la via administrativa

    Si

    Normativa del procedimiento

    Órgano competente para resolver

    Dirección General de Política Industrial

    Simplificación documental

    En relación con los procedimientos de la CAIB puede aplicarse el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, que entró en vigor el 13 de mayo de 2013.

    Documentos relacionados con el procedimiento

    Trámites

    X

    Presentación de la documentación

    Requisitos

    · Presentación presencial: la solicitud y toda la documentación especificada en esta guía tiene que presentarse en cualquiera de las oficinas de la UDIT. Las direcciones se pueden consultar en http://www.caib.es/sites/tramitacioudit/es/adreces_i_horaris/. Se tienen que presentar los documentos que procedan según las indicaciones recogidas en la guía de tramitación. Los modelos de los documentos, que se tienen que presentar, aparecen en esta ficha.

    Tasas

    . - Tarjeta de crédito o débito / Banco

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Plazo máximo

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Política Industrial

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Servicio de Minas

    C/ del Bastió d'en Sanoguera, 2. Tel.: 971784995 - Fax: 971784569

    (consultesmines@dgindust.caib.es)

  • Tramitación de la solicitud de nombramiento o renuncia de Director Facultativo de explotaciones mineras

    Personas destinatarias

    Directores facultativos de explotación minera

    Plazo máximo para la resolución y notificación

    6 meses

    Silencio administrativo

    Según normativa aplicable

    Forma de inicio

    Instancia de parte

    Fin de la via administrativa

    Si

    Normativa del procedimiento

    Órgano competente para resolver

    Dirección General de Política Industrial

    Simplificación documental

    En relación con los procedimientos de la CAIB puede aplicarse el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, que entró en vigor el 13 de mayo de 2013.

    Documentos relacionados con el procedimiento

    Trámites

    X

    Presentación de la documentación

    Requisitos

    · Presentación presencial: la solicitud y toda la documentación especificada en esta guía tiene que presentarse en cualquiera de las oficinas de la UDIT. Las direcciones se pueden consultar en http://www.caib.es/sites/tramitacioudit/es/adreces_i_horaris/. Se tienen que presentar los documentos que procedan según las indicaciones recogidas en la guía de tramitación. Los modelos de los documentos, que se tienen que presentar, aparecen en esta ficha.

    Tasas

    . - Tarjeta de crédito o débito / Banco

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Plazo máximo

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Política Industrial

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Servicio de Minas

    C/ del Bastió d'en Sanoguera, 2. Tel.: 971784995 - Fax: 971784569

    (consultesmines@dgindust.caib.es)

  • Tramitación de la solicitud de nombramiento o renuncia de Técnico de Restauración de explotaciones mineras

    Personas destinatarias

    Técnicos de restauración de explotación minera

    Plazo máximo para la resolución y notificación

    6 meses

    Silencio administrativo

    Según normativa aplicable

    Forma de inicio

    Instancia de parte

    Fin de la via administrativa

    Si

    Normativa del procedimiento

    Órgano competente para resolver

    Dirección General de Política Industrial

    Simplificación documental

    En relación con los procedimientos de la CAIB puede aplicarse el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, que entró en vigor el 13 de mayo de 2013.

    Documentos relacionados con el procedimiento

    Trámites

    X

    Presentación de la documentación

    Requisitos

    · Presentación presencial: la solicitud y toda la documentación especificada en esta guía tiene que presentarse en cualquiera de las oficinas de la UDIT. Las direcciones se pueden consultar en http://www.caib.es/sites/tramitacioudit/es/adreces_i_horaris/. Se tienen que presentar los documentos que procedan según las indicaciones recogidas en la guía de tramitación. Los modelos de los documentos, que se tienen que presentar, aparecen en esta ficha.

    Tasas

    . - Tarjeta de crédito o débito / Banco

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Plazo máximo

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Política Industrial

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Servicio de Minas

    C/ del Bastió d'en Sanoguera, 2. Tel.: 971784995 - Fax: 971784569

    (consultesmines@dgindust.caib.es)

  • Comunicación de inicio de los trabajos de los aprovechamientos mineros antes del comienzo de éstos.

    Personas destinatarias

    Titulares y explotadores de explotaciones mineras

    Plazo máximo para la resolución y notificación

    6 meses

    Silencio administrativo

    Positivo

    Forma de inicio

    Instancia de parte

    Fin de la via administrativa

    Si

    Normativa del procedimiento

    Órgano competente para resolver

    Dirección General de Política Industrial

    Simplificación documental

    En relación con los procedimientos de la CAIB puede aplicarse el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, que entró en vigor el 13 de mayo de 2013.

    Documentos relacionados con el procedimiento

    Trámites

    X

    Presentación de la documentación

    Requisitos

    · Presentación presencial: la solicitud y toda la documentación especificada en esta guía tiene que presentarse en cualquiera de las oficinas de la UDIT. Las direcciones se pueden consultar en http://www.caib.es/sites/tramitacioudit/es/adreces_i_horaris/. Se tienen que presentar los documentos que procedan según las indicaciones recogidas en la guía de tramitación. Los modelos de los documentos, que se tienen que presentar, aparecen en esta ficha.

    Tasas

    . - Tarjeta de crédito o débito / Banco

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Plazo máximo

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Política Industrial

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Servicio de Minas

    C/ del Bastió d'en Sanoguera, 2. Tel.: 971784995 - Fax: 971784569

    (consultesmines@dgindust.caib.es)

  • Presentación o devolución de avales para explotaciones mineras

    Personas destinatarias

    Explotadores de explotaciones mineras

    Plazo máximo para la resolución y notificación

    6 meses

    Silencio administrativo

    Negativo

    Forma de inicio

    Instancia de parte

    Fin de la via administrativa

    Si

    Normativa del procedimiento

    Órgano competente para resolver

    Dirección General del Tesoro y Política Financera

    Simplificación documental

    En relación con los procedimientos de la CAIB puede aplicarse el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, que entró en vigor el 13 de mayo de 2013.

    Documentos relacionados con el procedimiento

    Trámites

    X

    Presentación de la documentación

    Requisitos

    · Presentación presencial: la solicitud y toda la documentación especificada en esta guía tiene que presentarse en cualquiera de las oficinas de la UDIT. Las direcciones se pueden consultar en http://www.caib.es/sites/tramitacioudit/es/adreces_i_horaris/. Se tienen que presentar los documentos que procedan según las indicaciones recogidas en la guía de tramitación. Los modelos de los documentos, que se tienen que presentar, aparecen en esta ficha.

    Tasas

    . - Tarjeta de crédito o débito / Banco

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Plazo máximo

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Política Industrial

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Servicio de Minas

    C/ del Bastió d'en Sanoguera, 2. Tel.: 971784995 - Fax: 971784569

    (consultesmines@dgindust.caib.es)

  • Presentación de Proyectos de perforaciones geotérmicas de baja entalpía, desde el punto de vista de seguridad minera, para su aprobación.

    Personas destinatarias

    Plazo máximo para la resolución y notificación

    6 meses

    Silencio administrativo

    Negativo

    Forma de inicio

    Instancia de parte

    Fin de la via administrativa

    Si

    Normativa del procedimiento

    Órgano competente para resolver

    Dirección General de Política Industrial

    Simplificación documental

    En relación con los procedimientos de la CAIB puede aplicarse el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, que entró en vigor el 13 de mayo de 2013.

    Documentos relacionados con el procedimiento

    Trámites

    X

    Presentación de la documentación

    Requisitos

    · Presentación presencial: la solicitud y toda la documentación especificada en esta guía tiene que presentarse en cualquiera de las oficinas de la UDIT. Las direcciones se pueden consultar en http://www.caib.es/sites/tramitacioudit/es/adreces_i_horaris/. Se tienen que presentar los documentos que procedan según las indicaciones recogidas en la guía de tramitación. Los modelos de los documentos, que se tienen que presentar, aparecen en esta ficha.

    Tasas

    . - Tarjeta de crédito o débito / Banco

    Documentación a presentar

    Modelos:

    Plazo máximo

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Dirección General de Política Industrial

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Servicio de Minas

    C/ del Bastió d'en Sanoguera, 2. Tel.: 971784995 - Fax: 971784569

    (consultesmines@dgindust.caib.es)

  • Para la práctica de las intervenciones hiperbáricas y subacuáticas de carácter laboral, profesional o científico en las cuales se someta a las personas a un medio hiperbárico, es necesario que estas personas dispongan del título profesional adecuado al nivel de exposición hiperbárica.

    Personas destinatarias

    Las personas con los títulos siguientes:

    - Buceo instructor - Buzo de gran profundidad - Buzo de pequeña profundidad - Buzo/a instructor - Buzo/a de primera - Buzo/a de segunda

    Plazo máximo para la resolución y notificación

    No procede

    Silencio administrativo

    Según normativa aplicable

    Forma de inicio

    Instancia de parte

    Fin de la via administrativa

    No

    Observaciones

    La Dirección General de Pesca creará un registro en que se anotarán las personas tituladas en buceo y las empresas autorizadas para hacer actividades subacuáticas profesionales.

    Normativa del procedimiento

    Órgano competente para resolver

    Dirección General de Pesca y Medio Marino

    Simplificación documental

    En relación con los procedimientos de la CAIB puede aplicarse el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, que entró en vigor el 13 de mayo de 2013.

    Documentos relacionados con el procedimiento

    Trámites

    X

    SOL·LICITUD DE RENOVACIÓ I DE CONVALIDACIÓ

    Requisitos

    -

    Documentación a presentar

    - Fotocopia del DNI y de las tarjetas.

    - Dos fotografías de tipos carné.

    - Certificado médico oficial, si procede, firmado por médico especialista, titulado, diplomado o con certificado en medicina hiperbárica y subacuática, o fotocopia de la página correspondiente al reconocimiento médico de la libreta de actividades subacuáticas.

    - Expediente de la autoridad competente en el caso de pérdida, hurto o robo.

    - Resguardo acreditativo de haber pagado las tasas correspondientes, cuando corresponda. El ingreso se tiene que hacer a la caja de la Consejería de Hacienda y Presupuestos o bien a cualquier caja o banco autorizados (Banca March, Banco de Crédito Balear, Banco Bilbao-Vizcaya, Sano Nuestra, La Caixa, Caja Rural y Colonya Caja Pollença).

    Modelos:

    Plazo máximo

    -

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Servicio de Ordenación Pesquera

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Servicio de Ordenación Pesquera

    C/ de la Reina Constança, 4. Tel.: 971176666 - Fax: 971176847

    X

    SOL·LICITUD D'EXPEDICIÓ

    Requisitos

    -

    Documentación a presentar

    - Certificado de examen, expedido por un centro oficial reconocido o por un centro

    autorizado para hacer cursos especiales, o tarjeta, si es el caso.

    - Dos fotografías de tipos carné.

    - Fotocopia del DNI.

    - Resguardo acreditativo de haber pagado las tasas correspondientes, cuando corresponda. El ingreso se tiene que hacer a la caja de la Consejería de Hacienda y Presupuestos o bien a cualquier caja o banco autorizados (Banca March, Banco de Crédito Balear, Banco Bilbao-Vizcaya, Sano Nuestra, La Caixa, Caja Rural y Colonya Caja Pollença).

    - Certificado médico oficial, si procede, firmado por médico especialista, titulado, diplomado o con certificado en medicina hiperbárica y subacuática, o fotocopia de la página correspondiente al reconocimiento médico de la libreta de actividades subacuáticas.

    Modelos:

    Plazo máximo

    -

    Forma de presentación

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


    a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


    b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


    c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


    *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

    Órgano competente para la tramitación

    Servicio de Ordenación Pesquera

    Contacto

    Servicio o Sección responsable

    Servicio de Ordenación Pesquera

    C/ de la Reina Constança, 4. Tel.: 971176666 - Fax: 971176847

  • Emisión de certificados de discapacidad

    Personas destinatarias

    Personas con discapacidad

    Plazo máximo para la resolución y notificación

    Automático

    Silencio administrativo

    Negativo

    Forma de inicio

    Instancia de parte

    Fin de la via administrativa

    No

    Normativa del procedimiento

      X

      Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.

      Número

      22

      Página

      3317

      Fecha de publicación

      23/12/1999

      Organismo competente

      Dirección General de Dependencia

    Órgano competente para resolver

    Consejería de Servicios Sociales y Cooperación

    Simplificación documental

    En relación con los procedimientos de la CAIB puede aplicarse el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, que entró en vigor el 13 de mayo de 2013.

    Trámites

    X

    Solicitud

    Emissió dels certificats de discapacitat. La sol·licitud dels certificats es realitza telemàticament.

    Documentación a presentar
    Lugar

    Podéis presentar documentos dirigidos a los órganos de l'Administració autonómica a cualquiera de sus oficinas de registro.
    También los podéis presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio Marco de Oficinas Integradas.
    Encontrareis las direcciones de todas estas oficinas aquí [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
    [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
    Además, podéis enviar la documentación por correo postal, por ello tenéis que presentar el sobre abierto, para que se pueda indicar en el sello oficial el sitio de registro, la fecha y la hora exacta de presentación, y se anote así en el resguardo justificativo de su presentación.

    Órgano competente para la tramitación

    Centro base

    Contacto
    Servicio o Sección responsable

    Centro base

    C/ de Joan Crespí, 11.

    Observaciones

    Emissió dels certificats de discapacitat. La sol·licitud dels certificats es realitza telemàticament.

  • Les targetes d'identitat nauticopesqueres acreditatives de les titulacions professionals són personals i intransferibles, i la responsabilitat de l'ús i la custòdia correspon a la persona titular. En cas que les utilitzi una persona distinta de qui n'és titular, la targeta es recollirà i s'anul·larà, sens perjudici de la responsabilitat a què doni lloc aquest ús.
    Les targetes no tenen validesa a l'efecte d'acreditar la identitat de la persona que n'és titular i s'han d'acompanyar en tot moment del DNI.
    Les targetes són vàlides a tot el territori de l'Estat espanyol, d'acord amb el que estableixen els reials decrets 662/1997, de 12 de maig, pel qual s'estableixen els requisits mínims per exercir l'activitat professional, i 1003/1999, d'11 de juny, de traspassos de funcions i serveis de l'Administració de l'Estat a la Comunitat Autònoma de les Illes Balears, en matèria d'ensenyaments professionals nauticopesquers.

    Personas destinatarias

    Les persones interessades que se'ls expedeixi aquesta targeta, sempre que hagin superat les proves d'aptitud i que hagin fet els períodes d'embarcament establerts.

    Plazo máximo para la resolución y notificación

    No procedeix

    Silencio administrativo

    No es de aplicación

    Forma de inicio

    Instancia de parte

    Fin de la via administrativa

    No

    Normativa del procedimiento

    Órgano competente para resolver

    Direcció General d'Agricultura i Ramaderia

    Simplificación documental

    En relación con los procedimientos de la CAIB puede aplicarse el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, que entró en vigor el 13 de mayo de 2013.

    Documentos relacionados con el procedimiento

    Trámites

    X

    SOL·LICITUD DE RENOVACIÓ

    Si se sol·licita la renovació una vegada caducada la targeta, les taxes que s'han d'abonar són les corresponents a l'expedició d'una nova targeta.

    Documentación a presentar

    - Sol·licitud, en model normalitzat.
    - Dues fotografies recents de tipus carnet.
    - Fotocòpia del primer full de la llibreta d'inscripció marítima.
    - Targeta antiga.
    - Justificant d'haver pagat les taxes corresponents.
    - Certificat del reconeixement mèdic, o fotocòpia compulsada de la llibreta d'inscripció marítima (apartat de reconeixement mèdic).
    - Certificat expedit per l'Institut Social de la Marina (ISM) de no ser pensionista ni per jubilació ni per invalidesa.

    Lugar

    Podéis presentar documentos dirigidos a los órganos de l'Administració autonómica a cualquiera de sus oficinas de registro.
    También los podéis presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio Marco de Oficinas Integradas.
    Encontrareis las direcciones de todas estas oficinas aquí [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
    [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
    Además, podéis enviar la documentación por correo postal, por ello tenéis que presentar el sobre abierto, para que se pueda indicar en el sello oficial el sitio de registro, la fecha y la hora exacta de presentación, y se anote así en el resguardo justificativo de su presentación.

    X

    SOL·LICITUD DE DUPLICAT

    En el cas de pèrdua, robatori o destrucció física de la targeta, se'n pot exigir un duplicat, que mantendrà la data de caducitat que corresponia a l'original.
    En la nova targeta expedida per substituir l'original es farà constar que és un duplicat per la pèrdua o destrucció de l'original.
    A l'efecte d'abonar les taxes, el duplicat té la consideració d'una renovació.

    Documentación a presentar

    - Dues fotografies recents de tipus carnet.
    - Fotocòpia compulsada del DNI.
    - Declaració de la persona responsable sobre les circumstàncies de la pèrdua o destrucció de la targeta, o còpia de la denúncia del robatori en què s'esmenti el de la targeta.
    - Justificant d'haver abonat les taxes corresponents.
    - De la llibreta d'inscripció marítima, fotocòpies del primer full, de la secció relativa a la titulació i de la secció referent al reconeixement mèdic.

    Lugar

    Podéis presentar documentos dirigidos a los órganos de l'Administració autonómica a cualquiera de sus oficinas de registro.
    También los podéis presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio Marco de Oficinas Integradas.
    Encontrareis las direcciones de todas estas oficinas aquí [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
    [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
    Además, podéis enviar la documentación por correo postal, por ello tenéis que presentar el sobre abierto, para que se pueda indicar en el sello oficial el sitio de registro, la fecha y la hora exacta de presentación, y se anote así en el resguardo justificativo de su presentación.

    X

    SOL·LICITUD D'EXPEDICIÓ

    Documentación a presentar

    - Sol·licitud, en model normalitzat, emplenada degudament.
    - Dues fotografies recents, de tipus carnet, amb el nom escrit al darrere.
    - Fotocòpia compulsada del document nacional d'identitat (DNI) i del primer full de la llibreta d'inscripció marítima.
    - Justificant d'haver abonat les taxes corresponents.
    - Certificat de l'examen.
    - Certificat de dies de mar, expedit per la capitania marítima corresponent.

    Lugar

    Podéis presentar documentos dirigidos a los órganos de l'Administració autonómica a cualquiera de sus oficinas de registro.
    También los podéis presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio Marco de Oficinas Integradas.
    Encontrareis las direcciones de todas estas oficinas aquí [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
    [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
    Además, podéis enviar la documentación por correo postal, por ello tenéis que presentar el sobre abierto, para que se pueda indicar en el sello oficial el sitio de registro, la fecha y la hora exacta de presentación, y se anote así en el resguardo justificativo de su presentación.

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