Se solicita en casos de eliminación más o menos intensa de matorrales y herbáceas en terreno forestal.
Propietarios o titulares de fincas rústicas.
6 meses
Según normativa aplicable
Instancia de parte
No
Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad
X
1. Rellenar la solicitud en modelo normalizado y entregar en el registro de cualquiera de las sedes de la Consejería de Medio Ambiente o en cualquier administración pública, adjuntando toda la documentación a presentar.
2. Visita del agente de medio ambiente de la zona para comprobar la parcela.
3. Expedición del permiso correspondiente.
Documentación a presentar
Modelos:
Plazo máximo
- Solicitud - instancia en modelo normalizado.
- Documentación justificativa de titularidad de la propiedad.
- Plano de la finca, con indicación geográfica precisa.
- Plano catastral - Identificación detallada de polígono, parcela objeto de la transformación y calificación.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Servicio de Gestión Forestal y Protección del Suelo
Contacto
Servicio de Gestión Forestal y Protección del Suelo
Tel.: 971176666 - Fax: 971176678
(forestal@caib.es)
Inscripción del aumento o disminución de la dotación
Fundaciones
4 meses
Positivo
Instancia de parte
No
Dirección General de Relaciones Institucionales y con el Parlamento
X
requisits
Documentación a presentar
Modelos:
Plazo máximo
termini
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Iniciar un nuevo trámite» que se encuentra en la parte superior derecha de esta página. Para poder hacer este tipo de envíos, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o sistema de identificación Cl@ve.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local.
Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Relaciones Institucionales y con el Parlamento
Contacto
Servei d'Entitats Jurídiques
Sant Pere, núm 3. . Tel.: 971177145
(entitatsjuridiques@caib.es)
1. Se aprueban las convocatorias de subvenciones, para los años 2015 a 2019, para fomentar las inversiones a las explotaciones agrarias, de acuerdo con lo que prevé la Orden de bases reguladoras de la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020, aprobado mediante la Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares nº. 29, de 26 de febrero de 2015.
Agricultores activos y entidad jurídicas prioritarias y no prioritarias
6 meses
Negativo
De oficio
No
Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (Fogaiba)
X
.
Documentación a presentar
PERSONAS FÍSICAS a) Justificación de la capacitación profesional mediante la presentación de cualquiera de los documentos siguientes:
- Fotocopia compulsada del título académico.
- Documento que acredite haber realizado cursos de capacitación.
- En caso de que se quiera denegar expresamente la autorización en el FOGAIBA y/o en la Consejería Medio Ambiente, de Agricultura y Pesca para comprobarlo de oficio, tendrá que aportar:
. Declaración del IRPF. Este documento tiene que corresponder al número de ejercicios necesarios para completar la justificación de la capacitación profesional.
. Informe de vida laboral emitido por la Seguridad Social.
b) Plan empresarial con el contenido previsto en el anexo III de esta Resolución.
c) Anteproyecto, proyecto técnico, presupuestos o facturas proforma de las inversiones objeto de ayuda. Se tienen que presentar los tres presupuestos en el caso de lo que establece el apartado 4.9 de esta Resolución.
d) Declaración del IRPF del último ejercicio, excepto si se ha presentado para la justificación de la capacitación profesional. en Caso de rendimientos negativos a la declaración del IRPF del último ejercicio, se tendrán que aportar las declaraciones del IRPF de tres del últimos cinco años, incluido el último ejercicio, sólo en caso de que se quiera denegar expresamente la autorización en el FOGAIBA y/o en la Consejería Medio Ambiente, de Agricultura y Pesca para comprobarlo de oficio.
e) Planos o croquis de las inversiones inmuebles y su ubicación a la explotación, en el caso de que no se haya aportado proyecto técnico.
5.2 PERSONAS JURÍDICAS 5.2.1. Documentación común a todas las entidades jurídicas:
a) Fotocopia del NIF.
b) Documento que acredite esta representación.
c) Plan empresarial con el contenido previsto en el anexo III de esta Resolución.
d) Anteproyecto, proyecto técnico, presupuestos o facturas proforma de las inversiones objeto de ayuda. Se tienen que presentar los tres presupuestos en el caso de lo que establece el apartado 4.9d'aquesta Resolución.
e) Planos o croquis de las inversiones inmuebles y su ubicación a la explotación.
5.2.2. Documentación a aportar para las entidades jurídicas titulares de una explotación agraria no prioritaria, además de la comuna:
a) Fotocopia compulsada de la última declaración anual del Impuesto de Sociedades. Sólo en caso de que se quiera denegar expresamente la autorización en el FOGAIBA y/o en la Consejería Medio Ambiente, de Agricultura y Pesca para comprobarlo de oficio.
b) Fotocopia compulsada del resumen anual del IVA.
c) Certificación del administrador de la Sociedad de la cuenta de pérdidas y ganancias referida a la actividad agraria del último Impuesto de Sociedades, en el caso que desarrollen otras actividades y también certificado emitido por el administrador de la entidad jurídica titular de la explotación agraria, indicando cuáles son los ingresos agrarios de la entidad que corresponden a alguno de los tres ejercicios fiscales anteriores, acompañado de la relación de facturas que justifican los ingresos mencionados.
Modelos:
Plazo máximo
Primera convocatoria: desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el BOIB hasta el 30 de septiembre de 2015.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (Fogaiba)
Contacto
Servicio de Ayudas Al Desarrollo Rural
C/ de la Reina Constança, 4. Tel.: 971787312 - Fax: 97176881
Inscripción de la modificación del patronato de una fundación
Fundaciones
4 meses
Positivo
Instancia de parte
No
Dirección General de Relaciones Institucionales y con el Parlamento
X
requisits
Documentación a presentar
Modelos:
Plazo máximo
termini
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Iniciar un nuevo trámite» que se encuentra en la parte superior derecha de esta página. Para poder hacer este tipo de envíos, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o sistema de identificación Cl@ve.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local.
Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Relaciones Institucionales y con el Parlamento
Contacto
Servei d'Entitats Jurídiques
Sant Pere, núm 3. . Tel.: 971177145
(entitatsjuridiques@caib.es)
Obtener autorización para que la persona interesada pueda limpiar el tramo de torrente que pasa por su finca o solicitar a la Administración que limpie el tramo de torrente.
Personas, empresas y/o administraciones.
Seis meses desde la presentación de la solicitud.
Negativo
Instancia de parte o de oficio
No
Dirección General de Recursos Hídricos
X
Aportar la solicitud y documentación necesaria para resolver.
Documentación a presentar
Fotocopia del DNI, planos acotados en planta, perfiles o secciones, descripción de la actuación y fotografías.
Modelos:
Plazo máximo
Ninguno.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Recursos Hídricos
Contacto
Servicio de Construcción
C/ Gremi de Corredors, 10 (Polígon Son Rossinyol). Tel.: 971176643
No oposición del Protectorado de la consejería de Presidencia a la modificación de estatutos de una fundación
Fundaciones
3 meses
Positivo
Instancia de parte
Si
Dirección General de Relaciones Institucionales y con el Parlamento
X
requisits
Documentación a presentar
Modelos:
Plazo máximo
termini
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Relaciones Institucionales y con el Parlamento
Contacto
Servei d'Entitats Jurídiques
Sant Pere, núm 3. . Tel.: 971177145
(entitatsjuridiques@caib.es)
Observaciones
Per més informació, consultau l'enllaç http://www.caib.es/sites/fundacions/es/inscripcion_de_una_fundacion-72878/
Asegurar a la dirección técnica de la recepción, conservación y distribución de medicamentos. Para más información consultad aquí.
Empreses
El Plazo máximo para dictar y notificar la resolución expresa es de 15 días.
Negativo
Instancia de parte
No
Dirección General de Prestaciones y Farmacia
X
--
Documentación a presentar
Modelos:
Plazo máximo
No n'hi ha.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Servicio de Ordenación Farmacéutica
Contacto
Servicio de Ordenación Farmacéutica
Carrer de Jesús 38 A. Tel.: 971177383 - Fax: 971176394
Observaciones
Nomenament / cessament de director tècnic per a magatzem de distribució de medicaments d'ús humà
Publicidad registral de datos inscritos (sin tasa)
Fundaciones
No hay plazo, pero se suele emitir en 10 días.
No es de aplicación
Instancia de parte
No
Nota firmada por la persona que sea cabeza de servicio en materia de registro de fundaciones
Dirección General de Relaciones Institucionales y con el Parlamento
X
requisits
Documentación a presentar
Modelos:
Plazo máximo
termini
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Relaciones Institucionales y con el Parlamento
Contacto
Servei d'Entitats Jurídiques
Sant Pere, núm 3. . Tel.: 971177145
(entitatsjuridiques@caib.es)
Observaciones
Trobareu més informació a l'enllaç http://www.caib.es/sites/fundacions/es/introduccion-6674/?campa=yes
Procedimiento para la notificación (en 3 días) del uso de aparatos DESA (Desfibrilador Externo Semiautomático).
Entidad o persona física titular del centro
No procede
No es de aplicación
Instancia de parte
No
Dirección General de Investigación en Salud, Formación y Acreditación
X
Art. 5.2 Decret 137/2008
Documentación a presentar
Modelos:
Plazo máximo
--
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Servicio de Evaluación, Acreditación y Inspección
Contacto
Servicio de Evaluación, Acreditación y Inspección
Carrer de Jesús 38 A. Tel.: 971177383 - Fax: 971179552
(jmvicens@dgaval.caib.es)
Procedimiento para la comunicación de la relación de los alumnos que hayan superado un curso de DESA.
Para más información consultad aqui
Entidad o persona física titular del centro
No procede
No es de aplicación
Instancia de parte
No
No hay modelo oficial.
Dirección General de Acreditación, Docencia e Investigación en Salud
X
Art. 7.6 Decreto 137/2008: Una vez finalizado el curso, lentitat formadora tiene que comunicar a la misma Dirección General la relación de las personas que lhagin superat
Podéis presentar documentos dirigidos a los órganos de l'Administració autonómica a cualquiera de sus oficinas de registro.
También los podéis presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio Marco de Oficinas Integradas.
Encontrareis las direcciones de todas estas oficinas aquí [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
[https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
Además, podéis enviar la documentación por correo postal, por ello tenéis que presentar el sobre abierto, para que se pueda indicar en el sello oficial el sitio de registro, la fecha y la hora exacta de presentación, y se anote así en el resguardo justificativo de su presentación.
Servicio de Evaluación, Acreditación y Inspección
Servicio de Formación Sanitaria
Carrer de Jesús 38 A. Tel.: 971179525
(mlnmonroy@dgsanita.caib.es)