Informar a la autoridad competente de las existencias y de la comercialización de vino de la tierra Mallorca
Bodegas o embotelladores que han elaborado o comercializado vino con la mención "vino de la tierra Mallorca"
No procede
No es de aplicación
Instancia de parte
No
Direcció General d'Agricultura i Ramaderia
X
Anualmente, y siempre durante el primer mes del año, los elaboradores y/o embotelladores de vino de la tierra 'Mallorca' presentarán ante la Dirección General, en impreso normalizado, la declaración de existencias y de comercialización de vino de la tierra 'Mallorca'
Podéis presentar documentos dirigidos a los órganos de l'Administració autonómica a cualquiera de sus oficinas de registro.
También los podéis presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio Marco de Oficinas Integradas.
Encontrareis las direcciones de todas estas oficinas aquí [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
[https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
Además, podéis enviar la documentación por correo postal, por ello tenéis que presentar el sobre abierto, para que se pueda indicar en el sello oficial el sitio de registro, la fecha y la hora exacta de presentación, y se anote así en el resguardo justificativo de su presentación.
Servicio de Calidad Agroalimentaria
Informar a la autoridad competente de las existencias y de la comercialización de vino de la tierra Serra Tramuntana - Costa Nord
Bodegas o embotelladores que han elaborado o comercializado vino con la mención "vino de la tierra Serra Tramuntana - Costa Nord"
No procede
No es de aplicación
Instancia de parte
No
Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
X
Anualmente, y siempre durante el primer mes del año, los elaboradores y/o embotelladores de vino de la tierra 'Serra Tramuntana - Costa Nord' presentarán ante la Dirección General, en impreso normalizado, la declaración de existencias y de comercialización de vino de la tierra 'Serra Tramuntana - Costa Nord'
Documentación a presentar
Plazo máximo
15
Las solicitud relativas a este procedimiento administrativo deben ser presentadas mediante su trámite telemático, al que puede acceder haciendo un "click" en el botón «Iniciar un nuevo trámite» que se encuentra en la parte superior derecha de esta página. Para poder hacer este tipo de envíos, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o sistema de identificación Cl@ve.
Órgano competente para la tramitación
Servicio de Calidad Agroalimentaria
De acuerdo con el Reglamento (CE) 436/2009 de la Comisión y el Real Decreto 1303/2009 es obligatorio presentar anualmente las declaraciones para el control vitivinícola a la Dirección General de Medio Rural y Marino. Estos documentos se presentarán para cada campaña vitivinícola según los modelos normalizados y en los plazos que establece la normativa vigente.
Se entregará junto con el anexo III, que corresponde a la declaración de producción. También está obligada a presentarla la misma persona declarante, aunque sea el único proveedor.
No procede
No es de aplicación
Instancia de parte
No
Servicio de Agricultura
X
Plazo de presentación: del 26 de noviembre al 10 de diciembre.
Podéis presentar documentos dirigidos a los órganos de l'Administració autonómica a cualquiera de sus oficinas de registro.
También los podéis presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio Marco de Oficinas Integradas.
Encontrareis las direcciones de todas estas oficinas aquí [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
[https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
Además, podéis enviar la documentación por correo postal, por ello tenéis que presentar el sobre abierto, para que se pueda indicar en el sello oficial el sitio de registro, la fecha y la hora exacta de presentación, y se anote así en el resguardo justificativo de su presentación.
Servicio de Agricultura
De acuerdo con el Reglamento (CE) 436/2009 de la Comisión y el Real Decreto 1303/2009 es obligatorio presentar anualmente las declaraciones para el control vitivinícola a la Dirección General de Medio Rural y Marino. Estos documentos se presentarán para cada campaña vitivinícola según los modelos normalizados y en los plazos que establece la normativa vigente.
Están obligados a presentarla todos los vendimiadores, sean personas físicas o jurídicas -o sus agrupaciones- con independencia de la forma jurídica de la agrupación o de sus miembros, que obtiene el producto anual de la parcela de viñedo, bien por ser el propietario de la misma o por tener atribuido un derecho a la misma
No procede
No es de aplicación
Instancia de parte
No
Servicio de Agricultura
X
Fecha límite de presentación: 10 de diciembre.
Podéis presentar documentos dirigidos a los órganos de l'Administració autonómica a cualquiera de sus oficinas de registro.
También los podéis presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio Marco de Oficinas Integradas.
Encontrareis las direcciones de todas estas oficinas aquí [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
[https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
Además, podéis enviar la documentación por correo postal, por ello tenéis que presentar el sobre abierto, para que se pueda indicar en el sello oficial el sitio de registro, la fecha y la hora exacta de presentación, y se anote así en el resguardo justificativo de su presentación.
Servicio de Agricultura
De acuerdo con el Reglamento (CE) 436/2009 de la Comisión y el Real Decreto 1303/2009 es obligatorio presentar anualmente las declaraciones para el control vitivinícola a la Dirección General de Medio Rural y Marino. Estos documentos se presentarán para cada campaña vitivinícola según los modelos normalizados y en los plazos que establece la normativa vigente.
La entregarán obligatoriamente todos los vendimiadores que realicen la declaración de cosecha (Anexo IIa), indicando todas las referencias sigpac de las parcelas de la viña y la producción de las mismas según su orientación.
No procede
No es de aplicación
Instancia de parte
No
Servicio de Agricultura
X
Fecha límite de presentación: 10 de diciembre.
Documentación a presentar
S'han d'entregar complimentats els Annexes Ia i Ib del Reial Decret 739/2015 dels quals adjuntem un model.
Modelos:
Plazo máximo
El termini acaba el 10 de desembre de cada any.
A no ser que la normativa reguladora aplicable establezca lo contrario, puede presentar documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica en cualquiera de sus oficinas de registro.
También los puede presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio marco de oficinas integradas.
Encontrará las direcciones de todas estas oficinas aquí:
[http://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436&lang=es]
Además, también puede enviar la documentación por correo postal. En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro, datos que también quedarán anotados en el resguardo justificativo de la presentación.
Órgano competente para la tramitación
Servicio de Agricultura
Contacto
Servicio de Agricultura
C/ de la Reina Constança, 4. Tel.: 971176666 - Fax: 971176876
(fgelabert@dgagric.caib.es)
De acuerdo con el Reglamento (CE) 436/2009 de la Comisión y el Real Decreto 1303/2009 es obligatorio presentar anualmente las declaraciones para el control vitivinícola a la Dirección General de Medio Rural y Marino. Estos documentos se presentarán para cada campaña vitivinícola según los modelos normalizados y en los plazos que establece la normativa vigente.
Están obligadas todas las personas físicas o jurídicas, o sus agrupaciones, incluyendo las bodegas cooperativas que, en la campaña en curso, han producido vino o mosto.
No procede
No es de aplicación
Instancia de parte
No
Servicio de Agricultura
X
Plazo de presentación: del 26 de noviembre al 10 de diciembre.
Podéis presentar documentos dirigidos a los órganos de l'Administració autonómica a cualquiera de sus oficinas de registro.
También los podéis presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio Marco de Oficinas Integradas.
Encontrareis las direcciones de todas estas oficinas aquí [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
[https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
Además, podéis enviar la documentación por correo postal, por ello tenéis que presentar el sobre abierto, para que se pueda indicar en el sello oficial el sitio de registro, la fecha y la hora exacta de presentación, y se anote así en el resguardo justificativo de su presentación.
Servicio de Agricultura
Informar a la autoridad competente de la producción de vino, de la añada y de la procedencia de la uva
Bodegas que han elaborado vino con la mención "vino de la tierra Formentera"
No procede
No es de aplicación
Instancia de parte
No
Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
X
Antes del 30 de noviembre de cada año los elaboradores de vino de la tierra Formentera deben presentar, en impreso normalizado, ante la Dirección General, una declaración de producción de vinos con indicación geográfica 'Formentera', en la que constará: el volumen de vino elaborado y la cantidad de uva utilizada, y si deben detallar el viticultor, la variedad de uva, el polígono y la parcela de procedencia, así como las entradas de mostos y vinos procedentes de otros elaboradores de vino de la tierra 'Formentera'
Documentación a presentar
Plazo máximo
15
Las solicitud relativas a este procedimiento administrativo deben ser presentadas mediante su trámite telemático, al que puede acceder haciendo un "click" en el botón «Iniciar un nuevo trámite» que se encuentra en la parte superior derecha de esta página. Para poder hacer este tipo de envíos, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o sistema de identificación Cl@ve.
Órgano competente para la tramitación
Servicio de Calidad Agroalimentaria
Informar a la autoridad competente de la producción de vino, de la añada y de la procedencia de la uva
Bodegas que han elaborado vino con la mención "vino de la tierra Ibiza"
No procede
No es de aplicación
Instancia de parte
No
Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
X
Antes del 30 de noviembre de cada año los elaboradores de vino de la tierra Ibiza deben presentar, en impreso normalizado, ante la Dirección General, una declaración de producción de vinos con indicación geográfica 'Eivissa', en la que constará: el volumen de vino elaborado y la cantidad de uva utilizada, y si deben detallar el viticultor, la variedad de uva, el polígono y la parcela de procedencia, así como las entradas de mostos y vinos procedentes de otros elaboradores de vino de la tierra 'Ibiza'
Documentación a presentar
Plazo máximo
15
Las solicitud relativas a este procedimiento administrativo deben ser presentadas mediante su trámite telemático, al que puede acceder haciendo un "click" en el botón «Iniciar un nuevo trámite» que se encuentra en la parte superior derecha de esta página. Para poder hacer este tipo de envíos, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o sistema de identificación Cl@ve.
Órgano competente para la tramitación
Servicio de Calidad Agroalimentaria
Informar a la autoridad competente de la producción de vino, de la añada y de la procedencia de la uva
Bodegas que han elaborado vino con la mención "vino de la tierra Illes Balears"
No procede
No es de aplicación
Instancia de parte
No
Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
X
Antes del 30 de noviembre de cada año los elaboradores de vino de la tierra Illes Balears deben presentar, en impreso normalizado, ante la Dirección General, una declaración de producción de vinos con indicación geográfica 'Illes Balears', en la que constará: el volumen de vino elaborado y la cantidad de uva utilizada, y si deben detallar el viticultor, la variedad de uva, el polígono y la parcela de procedencia, así como las entradas de mostos y vinos procedentes de otros elaboradores de vino de la tierra 'Illes Balears'
Documentación a presentar
Plazo máximo
15
Las solicitud relativas a este procedimiento administrativo deben ser presentadas mediante su trámite telemático, al que puede acceder haciendo un "click" en el botón «Iniciar un nuevo trámite» que se encuentra en la parte superior derecha de esta página. Para poder hacer este tipo de envíos, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o sistema de identificación Cl@ve.
Órgano competente para la tramitación
Servicio de Calidad Agroalimentaria
Informar a la autoridad competente de la producción de vino, de la añada y de la procedencia de la uva
Bodegas que han elaborado vino con la mención "vino de la tierra Mallorca"
No procede
No es de aplicación
Instancia de parte
No
Direcció General d'Agricultura i Ramaderia
Antes del 30 de noviembre de cada año los elaboradores de vino de la tierra Mallorca deben presentar, en impreso normalizado, ante la Dirección General, una declaración de producción de vinos con indicación geográfica 'Mallorca', en la que constará: el volumen de vino elaborado y la cantidad de uva utilizada, y si deben detallar el viticultor, la variedad de uva, el polígono y la parcela de procedencia, así como las entradas de mostos y vinos procedentes de otros elaboradores de vino de la tierra 'Mallorca'
Podéis presentar documentos dirigidos a los órganos de l'Administració autonómica a cualquiera de sus oficinas de registro.
También los podéis presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio Marco de Oficinas Integradas.
Encontrareis las direcciones de todas estas oficinas aquí [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
[https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
Además, podéis enviar la documentación por correo postal, por ello tenéis que presentar el sobre abierto, para que se pueda indicar en el sello oficial el sitio de registro, la fecha y la hora exacta de presentación, y se anote así en el resguardo justificativo de su presentación.
Servicio de Calidad Agroalimentaria