El objeto de la convocatoria de subvenciones tiene que ser la realización de proyectos y actividades de educación, formación y sensibilización para el desarrollo que se lleven a cabo en las Islas Baleares para impulsar los valores de la solidaridad, la equidad, la justicia y la autoestima en los cuales se basa la Estrategia de Educación para el Desarrollo de las Islas Baleares 2011-2015. En concreto, podrían ser objeto de subvención:
a)Actividades dirigidas a incrementar la presencia de la educación para el desarrollo en los ámbitos de la educación formal e informal, mediante actividades programadas y materiales didácticos adecuados, que promuevan los valores y las actitudes solidarias hacia los pueblos del mundo, el conocimiento y el análisis de las causas de las desigualdades entre países y de los conflictos, el respeto y la defensa de la diversidad cultural, los derechos humanos y la paz.
b)Actividades dirigidas a la mejora cualitativa y cuantitativa de la formación de los agentes de educación para el desarrollo: cursos, seminarios, jornadas y otros, destinadas a la población en general o a colectivos específicos, al voluntariado de la propia organización o de diversas ONG de las Islas Baleares conjuntamente, mediante actividades programadas y materiales didácticos adecuados.
c)Actividades de sensibilización, educación y concienciación dirigidas a divulgar valores de equidad, justicia y solidaridad a la población balear. Se trata de llevar a cabo campañas, actos puntuales y cualquiera otras actividades que favorezcan una mejor percepción por parte de la sociedad de las Islas Baleares de la situación sociocultural, política, económica y ambiental de los países del Sur, como también de las causas que provocan estas situaciones y las desigualdades entre países.
Pueden ser beneficiarias de las subvenciones que prevé esta convocatoria las entidades jurídicas privadas sin ánimo de lucro, radicadas a las Islas Baleares, que lleven a cabo actividades en materia de cooperación para el desarrollo y solidaridad.
6 MESES
Negativo
De oficio
No
Consejería de Presidencia
Los proyectos que se presenten tienen que contribuir a alcanzar alguno o algunos de los objetivos siguientes, enmarcados en los tres objetivos específicos de la Estrategia de Educación para el Desarrollo de las Islas Baleares 2011-2015.
X
Modelos:
Documentos relacionados con el trámite:
El termini finalitza el 13 d'octubre de 2014
Podéis presentar documentos dirigidos a los órganos de l'Administració autonómica a cualquiera de sus oficinas de registro.
También los podéis presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio Marco de Oficinas Integradas.
Encontrareis las direcciones de todas estas oficinas aquí [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
[https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
Además, podéis enviar la documentación por correo postal, por ello tenéis que presentar el sobre abierto, para que se pueda indicar en el sello oficial el sitio de registro, la fecha y la hora exacta de presentación, y se anote así en el resguardo justificativo de su presentación.
Dirección General de Cooperación
X
Documentos relacionados con el trámite:
Podéis presentar documentos dirigidos a los órganos de l'Administració autonómica a cualquiera de sus oficinas de registro.
También los podéis presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio Marco de Oficinas Integradas.
Encontrareis las direcciones de todas estas oficinas aquí [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
[https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
Además, podéis enviar la documentación por correo postal, por ello tenéis que presentar el sobre abierto, para que se pueda indicar en el sello oficial el sitio de registro, la fecha y la hora exacta de presentación, y se anote así en el resguardo justificativo de su presentación.
Consejería de Presidencia
X
Modelos:
Podéis presentar documentos dirigidos a los órganos de l'Administració autonómica a cualquiera de sus oficinas de registro.
También los podéis presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio Marco de Oficinas Integradas.
Encontrareis las direcciones de todas estas oficinas aquí [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
[https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
Además, podéis enviar la documentación por correo postal, por ello tenéis que presentar el sobre abierto, para que se pueda indicar en el sello oficial el sitio de registro, la fecha y la hora exacta de presentación, y se anote así en el resguardo justificativo de su presentación.
Consejería de Presidencia
X
En el termini de tres mesos comptadors des de la data d'acabament de l'execució del projecte, l'entitat beneficiària ha de presentar, en paper i en suport informàtic, la justificació de la totalitat del projecte aprovat mitjançant la modalitat de compte justificatiu.
Modelos:
Tres mesos des de l'acabament de l'execució del projecte
Podéis presentar documentos dirigidos a los órganos de l'Administració autonómica a cualquiera de sus oficinas de registro.
También los podéis presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio Marco de Oficinas Integradas.
Encontrareis las direcciones de todas estas oficinas aquí [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
[https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
Además, podéis enviar la documentación por correo postal, por ello tenéis que presentar el sobre abierto, para que se pueda indicar en el sello oficial el sitio de registro, la fecha y la hora exacta de presentación, y se anote así en el resguardo justificativo de su presentación.
Consejería de Presidencia
El objeto de esta convocatoria es la realización de proyectos y actividades de sensibilización y educación para el desarrollo que se lleven a cabo en las Islas Baleares para impulsar los valores de la solidaridad, la tolerancia, la equidad y la justicia en el ámbito de la comunidad balear.
En concreto, pueden ser objeto de subvención:
a)Actividades dirigidas a incrementar la presencia de la educación para el desarrollo en los ámbitos de la educación formal e informal, mediante actividades programadas y materiales didácticos adecuados, que promuevan los valores y las actitudes solidarias hacia los pueblos del mundo, el conocimiento y el análisis de las causas de las desigualdades entre países y de los conflictos, el respeto y la defensa de la diversidad cultural, los derechos humanos y la paz.
b)Actividades dirigidas a la mejora cualitativa de la formación de los agentes de educación para el desarrollo: cursos, seminarios, jornadas y otros, destinadas a la población en general o a colectivos específicos, al voluntariado de la misma organización o de diversas ONG de las Islas Baleares conjuntamente, mediante actividades programadas y materiales didácticos adecuados.
c)Actividades de sensibilización, educación y concienciación dirigidas a divulgar valores de equidad, justicia, tolerancia y solidaridad a la población balear. Se trata de llevar a cabo campañas, actos puntuales y cualesquiera otras actividades que favorezcan una percepción mejor por parte de la sociedad de las Islas Baleares de la situación sociocultural, política, económica y ambiental de los países del Sur, y también de las causas que provocan estas situaciones y las desigualdades entre países
Entidades jurídicas privadas sin ánimo de lucro, radicadas a las Islas Baleares, que lleven a cabo actividades en materia de cooperación para el desarrollo y solidaridad.
Seis meses
Negativo
Instancia de parte
Si
Consejería de Servicios Sociales y Cooperación
X
Modelos:
Podéis presentar documentos dirigidos a los órganos de l'Administració autonómica a cualquiera de sus oficinas de registro.
También los podéis presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio Marco de Oficinas Integradas.
Encontrareis las direcciones de todas estas oficinas aquí [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
[https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
Además, podéis enviar la documentación por correo postal, por ello tenéis que presentar el sobre abierto, para que se pueda indicar en el sello oficial el sitio de registro, la fecha y la hora exacta de presentación, y se anote así en el resguardo justificativo de su presentación.
Consejería de Servicios Sociales y Cooperación
Servicio de Cooperación
Tel.: 971176510 - Fax: 971176040
X
Documentos relacionados con el trámite:
Podéis presentar documentos dirigidos a los órganos de l'Administració autonómica a cualquiera de sus oficinas de registro.
También los podéis presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio Marco de Oficinas Integradas.
Encontrareis las direcciones de todas estas oficinas aquí [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
[https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
Además, podéis enviar la documentación por correo postal, por ello tenéis que presentar el sobre abierto, para que se pueda indicar en el sello oficial el sitio de registro, la fecha y la hora exacta de presentación, y se anote así en el resguardo justificativo de su presentación.
Consejería de Servicios Sociales y Cooperación
Servicio de Cooperación
Tel.: 971176510 - Fax: 971176040
X
a)Estar vàlidament constituïdes de conformitat amb la normativa vigent i inscrites en el registre corresponent. Cal que la constitució legal de l'entitat i la presència efectiva a les Illes Balears s'hagin produït com a mínim dos anys abans de la publicació d'aquesta convocatòria.
b)Disposar de l'organització, l'estructura tècnica i la capacitat suficients i necessàries per garantir el compliment de l'activitat objecte de subvenció en el moment de la publicació d'aquesta convocatòria.
c)Tenir entre els seus objectius la realització d'activitats i projectes relacionats amb la cooperació per al desenvolupament i el foment de la solidaritat entre els pobles.
d)Estar al corrent del compliment de les obligacions tributàries i amb la Seguretat Social.
e)No estar sotmeses a cap procediment de reintegrament de subvencions públiques o a cap procediment sancionador.
f)No incórrer en cap de les prohibicions que estableixen l'article 10 del Text refós de la Llei de subvencions i l'article 27 de la Llei 12/2006, de 20 de setembre, per a la dona.
g)Haver justificat suficientment, si escau, les subvencions o els ajuts rebuts anteriorment del Govern de les Illes Balears.
Modelos:
Dia 17/11/2015
Podéis presentar documentos dirigidos a los órganos de l'Administració autonómica a cualquiera de sus oficinas de registro.
También los podéis presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio Marco de Oficinas Integradas.
Encontrareis las direcciones de todas estas oficinas aquí [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
[https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
Además, podéis enviar la documentación por correo postal, por ello tenéis que presentar el sobre abierto, para que se pueda indicar en el sello oficial el sitio de registro, la fecha y la hora exacta de presentación, y se anote así en el resguardo justificativo de su presentación.
Consejería de Servicios Sociales y Cooperación
Servicio de Cooperación
Tel.: 971176510 - Fax: 971176040
Contribuir a erradicar la pobreza en los países empobrecidos del mundo a través del apoderamiento de los socios locales y la mejora de la calidad en la identificación y formulación de proyectos
Entidades privadas sin ánimo de lucro, radicadas a las Islas Baleares, que lleven a cabo actividades en materia de cooperación para el desarrollo y solidaridad
Seis meses
Negativo
Instancia de parte
Si
Podrán ser objeto de subvención los proyectos que se enmarquen en una de las modalidades siguientes:
Modalitat A. Elaboración de estudios, prospecciones, diagnósticos e identificación en el terreno de proyectos de cooperación al desarrollo. En el anexo 2 se detallan las especificidades de esta modalidad.
Modalidad B. Formación y capacitación en la identificación, formulación y gestión de proyectos de desarrollo de los socios locales, así como en otras temáticas relacionadas con las prioridades sectoriales de la cooperación al desarrollo de las Islas Baleares. En el anexo 3 se detallan las especificidades de esta modalidad.
Modalidad C. Proyectos que combinan las dos modalidades anteriores, donde hay actividades de prospección e identificación y paralelamente también se llevarán a cabo actividades de capacitación del socio local en la identificación, formulación y gestión de proyectos de desarrollo (así como en otras temáticas relacionadas con las prioridades sectoriales). En el anexo 4 se detallan las especificidades de esta modalidad.
Consejería de Servicios Sociales y Cooperación
X
Documentos relacionados con el trámite:
Podéis presentar documentos dirigidos a los órganos de l'Administració autonómica a cualquiera de sus oficinas de registro.
También los podéis presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio Marco de Oficinas Integradas.
Encontrareis las direcciones de todas estas oficinas aquí [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
[https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
Además, podéis enviar la documentación por correo postal, por ello tenéis que presentar el sobre abierto, para que se pueda indicar en el sello oficial el sitio de registro, la fecha y la hora exacta de presentación, y se anote así en el resguardo justificativo de su presentación.
Consejería de Servicios Sociales y Cooperación
X
a) Estar válidamente constituidas de conformidad con la normativa vigente e inscritas en el registro correspondiente. Hace falta que la constitución legal de la entidad y la presencia efectiva en las Islas Baleares se hayan producido como mínimo dos años antes de la publicación de esta convocatoria.
b) Disponer de la organización, la estructura técnica y la capacidad suficientes y necesarias para garantizar el cumplimiento de la actividad objeto de subvención en el momento de la publicación de esta convocatoria.
c) Tener entre sus objetivos la realización de actividades y proyectos relacionados con la cooperación para el desarrollo y el fomento de la solidaridad entre los pueblos.
d) Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
e) No estar sometidas a ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o a ningún procedimiento sancionador.
f) Ejecutar la actuación mediante un socio local en el país empobrecido. Se entiende por socio local o contraparte extranjera la persona jurídica creada y reconocida de acuerdo con la legislación del país donde se tiene que desarrollar la acción que mantiene relaciones de colaboración con la entidad o agrupación beneficiaria y que asume en todo o en parte la ejecución directa de las actuaciones objeto de subvención.
g) No concurrir en cabeza de las prohibiciones que establecen el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones y el artículo 27 de la Ley 12/2006, de 20 de septiembre, para la mujer.
h) Haber justificado suficientemente, si pega, las subvenciones o las ayudas recibidas anteriormente del Gobierno de las Islas Baleares.
Modelos:
El día 17/11/2015
Podéis presentar documentos dirigidos a los órganos de l'Administració autonómica a cualquiera de sus oficinas de registro.
También los podéis presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio Marco de Oficinas Integradas.
Encontrareis las direcciones de todas estas oficinas aquí [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
[https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
Además, podéis enviar la documentación por correo postal, por ello tenéis que presentar el sobre abierto, para que se pueda indicar en el sello oficial el sitio de registro, la fecha y la hora exacta de presentación, y se anote así en el resguardo justificativo de su presentación.
Consejería de Servicios Sociales y Cooperación
Ayudas a entidades que desarrollan servicios y programas de atención social, de orientación, de valoración y de integración para el fomento de la inclusión social y servicios de atención social dirigidos a personas y familias en riesgo de exclusión social mediante programas dirigidos a cubrir necesidades básicas.
Pueden solicitar las ayudas que establece esta convocatoria las entidades que cumplan los requisitos que se indican acto seguido:
a) Estar constituidas como entidades privadas sin ánimo de lucro.
b) Estar constituidas legalmente e inscritas, en la fecha de publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, como entidades prestamistas de servicios sociales en el Registro Unificado de Servicios Sociales de las Islas Baleares, regulado en el capítulo II del Decreto 10/2013, de 28 de febrero, por el cual se fijan los principios generales del Registro Unificado de Servicios Sociales de las Islas Baleares y de los procedimientos para la autorización y la acreditación de servicios sociales, y se regulan la sección suprainsular del Registro y los procedimientos para autorizar y acreditar servicios sociales de ámbito suprainsular.
c) Tener como objeto en los estatutos actividades en materia de servicios sociales y atención a los colectivos indicados.
d) Disponer de sede o delegación permanente y activa en las Islas Baleares.
e) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
f) Haber justificado las ayudas o las subvenciones que hayan recibido anteriormente de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.
g) No incurrir en cabeza de las prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones que establecen el artículo 10 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones, y el artículo 27 de la Ley 12/2006, de 20 de septiembre, de la mujer.
h) No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes, ni de sentencias condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias en razón de sexo o de género, en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
i) El proyecto presentado se tiene que haber iniciado antes de la presentación de la solicitud.
4.2. Se excluyen de esta convocatoria las entidades privadas siguientes:
Entidades que, de acuerdo con sus estatutos, adopten la denominación de federación, confederación o coordinadora, o en todo caso sean una unión de asociaciones (artículo 3 f de la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación).
Fundaciones que, de acuerdo con la escritura de constitución, tenguin como fundadoras personas jurídicas de naturaleza pública.
3 meses a partir del día siguiente en que acabe el plazo de presentación de solicitud
Negativo
Instancia de parte
Si
Conselleria de Servicios Sociales y Cooperación
X
Ver requisitos de la convocatoria
Documentación a presentar
a) Una fotocopia compulsada del CIF de la entidad solicitante.
b) Una copia compulsada del Acuerdo constitutivo de la entidad con los Estatutos adjuntos.
c) La acreditación de la representación de la persona que firma la solicitud (Acuerdo de la Asamblea general, apoderamiento, certificado de habilitación, etc.).
d) La acreditación de la inscripción de la entidad al Registro Unificado de Servicios Sociales de las Islas Baleares.
Modelos:
Plazo máximo
10 de noviembre de 2016
A no ser que la normativa reguladora aplicable establezca lo contrario, puede presentar documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica en cualquiera de sus oficinas de registro.
También los puede presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio marco de oficinas integradas.
Encontrará las direcciones de todas estas oficinas aquí:
[http://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436&lang=es]
Además, también puede enviar la documentación por correo postal. En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro, datos que también quedarán anotados en el resguardo justificativo de la presentación.
Órgano competente para la tramitación
Conselleria de Servicios Sociales y Cooperación
Contacto
Servicio de Planificación Social
Tel.: 971177200
(planificacio@dgplafor.caib.es)
X
Ser beneficiario de la Subvención
Documentación a presentar
Ver convocatoria y documentos anexos
Modelos:
Plazo máximo
31 de marzo de 2018
A no ser que la normativa reguladora aplicable establezca lo contrario, puede presentar documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica en cualquiera de sus oficinas de registro.
También los puede presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio marco de oficinas integradas.
Encontrará las direcciones de todas estas oficinas aquí:
[http://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436&lang=es]
Además, también puede enviar la documentación por correo postal. En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro, datos que también quedarán anotados en el resguardo justificativo de la presentación.
Órgano competente para la tramitación
Conselleria de Servicios Sociales y Cooperación
Contacto
Servicio de Planificación Social
Tel.: 971177200
(planificacio@dgplafor.caib.es)
El objeto del concierto es la cobertura de las necesidades en el campo de los servicios de desarrollo infantil y atención temprana de carácter generalista de la red pública y concertada de atención temprana de servicios sociales de Mallorca dirigidos a la atención integral de los niños de 0 a 6 años que lo requieran, del ámbito territorial de la isla de Mallorca con la concertación de un máximode 12.720 sesiones durante los 11 meses de vigencia de este concierto y según las actividades realizadas.
Las entidades tienen que tener los servicios a concertar acreditados por la administración competente. No obstante, la Administración puede suscribir conciertos con las entidades de iniciativa privada que hayan solicitado la acreditación de los servicios. Estos conciertos se tienen que suscribir por un año y se pueden renovar si, en este periodo, los servicios obtienen la acreditación o si subsisten las necesidades que hayan motivado la suscripción.
Asimismo, las entidades tienen que cumplir con los requisitos mínimos que se establecen en el despliegue del título VII de la Ley 4/2009, así como los requisitos fijados en el artículo 5 del Decreto 18/2015.
3 meses.
Negativo
Instancia de parte
Si
Dirección General de Dependencia
X
Documentación a presentar
Modelos:
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
El plazo para presentar las solicitudes es de quince días hábiles a contar desde el día siguiente que se haya publicado esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
A no ser que la normativa reguladora aplicable establezca lo contrario, puede presentar documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica en cualquiera de sus oficinas de registro.
También los puede presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio marco de oficinas integradas.
Encontrará las direcciones de todas estas oficinas aquí:
[http://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436&lang=es]
Además, también puede enviar la documentación por correo postal. En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro, datos que también quedarán anotados en el resguardo justificativo de la presentación.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Dependencia
Se abre la convocatoria de subvenciones con el objeto de financiar especialidades formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores desocupados de inglés A1, A2, B1, B2 y C1, la convocatoria informativa dirigida a alumnos desocupados para la solicitud de ayudas y becas para el período 2015-2016
Las personas solicitantes tienen que tener los centros debidamente inscritos en el Registro Estatal de Entidades de Formación, en el territorio de las Islas Baleares, en cada una de las especialidades formativas del Catálogo de especialidades formativas para las que concurren, de acuerdo con los requisitos que establece el artículo 30 de la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo. Los centros o las entidades de formación tienen que cumplir los requisitos que se especifiquen en los programas del Catálogo de especialidades formativas correspondientes a la formació que se imparta.
Seis meses
Negativo
Instancia de parte
Si
El plazo para presentar las solicitudes de subvención es de 15 dies contadores desde el dia siguiente a su publicación(9/05/15). Encontrareis las herramientas de gestión de las acciones formativas en la página web del SOIB(www.soib.es) dentro del apartado de formación profesional para la ocupación.
Para más información contactais con:
Temas pedagógicos: Tel. 971 78 49 91 (Ext. 64988)
Temas juridicoadministrativos: Tel 971 78 49 91 (Ext. 69844)
Temas de justificación económica : Tel. 971 78 49 91 ( Ext. 69859)
Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)
X
Documentación a presentar
Modelos:
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)
X
Documentación a presentar
Modelos:
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)
Las ayudas objeto de esta convocatoria tienen como finalidad dar apoyo a los agricultores que practiquen la agricultura ecológica, de acuerdo
Agricultores activos
6 meses ampliables
Negativo
De oficio
No
Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (Fogaiba)
X
Ver apartado tercero: Requisitos de las personas beneficiarias y de las explotaciones
Documentación a presentar
-documentación que acredite la representación legal.
- NIF de la entidad - Estatutos sociales debidamente inscritos en el registro correspondiente.
- documentación que acredite la representación de la persona que firma la suele- licitud.
Entidades sin personalidad jurídica propia:
-Documento en que se reflejen las normas o la reglamentación de funcionamiento que hayan suscrito todos los miembros.
-Fotocopia compulsada del DNI de las personas asociadas y del NIF de la agrupación, si se dispone.
-Documento suscrito por todos los miembros de la agrupación en que haya constancia expresa de los compromisos de ejecución que asume cada uno de ellos, así como el número de cuenta bancario (24 dígitos IBAN) de cada uno de ellos.
-Nombramiento de una persona en representación de la agrupación con poder suficiente para cumplir las obligaciones que corresponden a la agrupación como beneficiaria.
-Documento suscrito por todos los miembros de la agrupación en que se haga constar el compromiso de no disolver a la agrupación hasta que no haya transcurrido el plazo de prescripción que prevé el artículo 22 del Decreto legislativo 1/2005, de 24 de junio, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas de la comunidad autónoma de las Islas Baleares y los artículos 57 y 60 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.
Modelos:
Plazo máximo
Hasta el día 15 de mayo
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (Fogaiba)
Contacto
Servicio de Ayudas Al Desarrollo Rural
C/ de la Reina Constança, 4. Tel.: 971787312 - Fax: 97176881
Observaciones
L'estratègia nacional per al desenvolupament de l'agricultura ecològica té entre els seus objectius el de donar suport a la consolidació del
sistema de producció ecològica; potenciar el sistema de producció agrària ecològica és equivalent a potenciar de forma indirecta alguns dels
punts més importants sobre la preservació del mitjà. Aquest sistema de producció agrària contribueix a la prevenció i disminució de la
contaminació de l'aigua i del sòl, millorant de forma substancial les seves qualitats: incrementa la fertilitat del sòl i ajuda a prevenir la seva
erosió. Per tant, i a causa d'aquestes millores, es veuen influenciades la seguretat alimentària i la conservació de la biodiversitat. També,
encara que de forma menys perceptible i a petita escala, però existent és la disminució d'emissions dels gasos que contribueixen a aquest
efecte hivernacle
Son objeto de convocatoria, para el año 2015 las ayudas siguientes:
Agricultores que posean, en propiedad, o en régimen de arrendamiento, derechos de pago básico, que presenten la solicitud única y que justifiquen cada derecho con una hectárea admisible.
El plazo máximo para dictar la resolución expresa será hasta el 30 de junio de 2016, según aquello que se ha fijado con respecto a las fechas de gestión y pago de estas ayudas.
Negativo
Instancia de parte
No
Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (Fogaiba)
X
Los requisitos que se tienen que cumplir en cada una de las líneas de ayudas son los establecidos para cada tipo de explotación en el Real decreto 1075/2014, de 20 de diciembre así como los establecidos en la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y P
Documentación a presentar
Sin perjuicio de la presentación de la restante documentación específica para cada línea de ayuda que se indica en el anexo de la convocatoria, el solicitante presentará junto con la solicitud, la siguiente documentación:
a) NIF del solicitante que tenga la consideración de persona jurídica o que actúe mediante representando. En el caso de personas físicas que actúen en nombre propio, o mediante representación, la verificación de su entidad se realizará de oficio a través del Servicio de Verificación y Consulta de Datos de Identidad dependiendo del Ministeri d'Hisenda y Administraciones Públicas.
b) En su caso, estatutos, reglamento o escritura de constitución de la entidad, debidamente inscritos en el registro correspondiente.
c) Acreditación de la representación con la cual se firma la solicitud.
d) En el caso de agrupaciones sin personalidad jurídica propia, se tiene que aportar:
- Documento en que se reflejen las normas o la reglamentación de funcionamiento que hayan suscrito todos los miembros.
- Fotocopia compulsada del DNI y/o del NIF de las personas asociadas y del NIF de la agrupación. En caso de que alguno de los asociados sea una persona jurídica, tiene que aportar, además, fotocopia compulsada del DNI del representante, y también el documento acreditativo de su representación.
- Documento suscrito por todos los miembros de la agrupación en que haya constancia expresa de los compromisos de ejecución que asume cada uno de ellos.
- Nombramiento de un representante o apoderado único de la agrupación con bastante poder para cumplir las obligaciones que corresponden a la agrupación como beneficiaria.
- Documento suscrito por todos los miembros de la agrupación en que se haga constar el compromiso de no disolver a la agrupación hasta que no haya transcurrido el plazo de prescripción que prevén los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2007, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
[Ver las especificaciones de la convocatoria]
Modelos:
Plazo máximo
Hasta el día 15 de mayo de 2015
A no ser que la normativa reguladora aplicable establezca lo contrario, puede presentar documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica en cualquiera de sus oficinas de registro.
También los puede presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio marco de oficinas integradas.
Encontrará las direcciones de todas estas oficinas aquí:
[http://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436&lang=es]
Además, también puede enviar la documentación por correo postal. En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro, datos que también quedarán anotados en el resguardo justificativo de la presentación.
Órgano competente para la tramitación
Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (Fogaiba)
Contacto
Servicio de Ajudas Directas Pac
C/ de la Reina Constança, 4. Tel.: 971787324 - Fax: 971176878
Observaciones
Los agricultores, la explotación de los cuales o la mayor parte de la superficie de la misma y en caso de no disponer de superficie, el mayor número de animales, se encuentre situado en el ámbito territorial de las Islas Baleares, que deseen obtener alguna de las ayudas mencionadas, ya sean del régimen de pago básico, de los restantes regímenes de ayuda, tendrán que presentar una solicitud única, en la cual se relacionen la totalidad de las parcelas agrícolas de la explotación, incluso aquéllas por las cuales no se solicite ningún régimen de ayuda, dirigida al Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares.
[Ver las especificaciones de la convocatoria]
1. Esta Resolución tiene por objeto aprobar, en régimen de concurrencia competitiva, la convocatoria de subvenciones para el año 2016 para presentar proyectos mixtos de empleo y formación, con dos líneas de ayudas: una, para personas jóvenes desempleados mayores de 16 años y menores de 30 inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil y otra, para personas desempleadas de 30 años o más, financiada con fondo de Conferencia Sectorial
1. Pueden presentar proyectos mixtos de empleo y formación en el marco de esta Resolución las entidades sin ánimo de lucro que se mencionan a continuación y tienen que ser competentes para ejecutar las obras o los servicios, además de disponer de la capacidad técnica y de gestión suficientes:
a) Órganos, organismos autónomos y otros entes de la Administración general del Estado y de la Comunidad Autónoma
b) Entidades locales y sus organismos autónomos, y entidades con competencia en materia de promoción de empleo, dependientes o asimiladas, cuya titularidad sea íntegramente de las entidades locales
c) Consorcios
d) Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro
Las entidades solicitantes tienen que estar acreditadas y/o inscritas (el mismo día de la publicación de esta convocatoria) en el Registro Estatal de Entidades de Formación en cada una de las especialidades que soliciten incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas de acuerdo con lo que establece el artículo 15 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, para la cual se regula el Sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.
Tres meses
Negativo
De oficio
No
Equipo técnico
Edificio Rotonda Asima
Camino Viejo de Bunyola, 43 despacho 8- PALMA
Teléfono: 971 784800
Fax: 971 784939
Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)
X
Pueden ser beneficiarios: órganos, organismos autónomos y otros entes de la Administración General del Estado y de la CAIB, entidades locales, consorcios, asociaciones, fundaciones, y otras entidades sin ánimo de lucro; acreditadas y/o inscritas en el Registro Estatal de Entidades de Formación.
Documentación a presentar
Modelos:
Plazo máximo
3 meses
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)
Contacto
Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)
Camí Vell de Bunyola, 43, 1º - Edifici Rotonda Asima, despatx 21 - Polígon de Son Castelló. Tel.: 971784991 - Fax: 971784942
Subvenciones en especie para proyectos que fomenten el producto turístico durante el año 2016, de acuerdo con lo establecido en la base 1
Beneficiarios de esta convocatoria las personas físicas o jurídicas cuyos acontecimientos se ajusten al objeto de esta convocatoria y teniendo en cuenta los criterios de exclusión establecidos en la base 3
6 meses desde la entrada de la solicitud en el registro del ATB
Según normativa aplicable
Instancia de parte
No
Requisitos:
Planificación consistente en toda una serie de actividades que se encuentren interrelacionadas y coordinadas:
a) La creación o la mejora de rutas de interés turístico vinculadas a los productos turísticos establecidos en el PITIB, favoreciendo la transversalidad y la supramunicipalidad.
b) Creación y/o mejoras de visitas guiadas.
c) Desarrollos informáticos vinculados a los productos turísticos que prevé el PITIB.
d) La creación o las mejoras de proyectos relacionados con los productos que prevé el PITIB.
Agencia de Turismo de les Illes Balears (ATB)
X
Podéis presentar documentos dirigidos a los órganos de l'Administració autonómica a cualquiera de sus oficinas de registro.
También los podéis presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio Marco de Oficinas Integradas.
Encontrareis las direcciones de todas estas oficinas aquí [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
[https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
Además, podéis enviar la documentación por correo postal, por ello tenéis que presentar el sobre abierto, para que se pueda indicar en el sello oficial el sitio de registro, la fecha y la hora exacta de presentación, y se anote así en el resguardo justificativo de su presentación.
Agencia de Turismo de les Illes Balears (ATB)