Subvenciones mediante Convenios de colaboración para fomentar el Movimiento Asociativo y la Dinamización Vecinal, (2015)
DESCRIPCIÓN
Pueden ser objeto de subvención mediante la firma de un convenio de colaboración los programas o proyectos de interés ciudadano que tengan como finalidad principal fomentar y consolidar el movimiento asociativo y la dinamización vecinal, que complementen o suplan las competencias del Ayuntamiento de Zaragoza, así como que se desarrollen íntegramente en el término municipal de Zaragoza, siendo su otorgamiento voluntario y eventual.
Los proyectos presentados se referirán a cuestiones relacionadas con "el análisis y planteamiento de la nueva problemática de la sociedad zaragozana y los retos a afrontar en los próximos años en relación con la convivencia, nuevos modelos relacionales y agentes económicos protagonistas de la vida social de nuestra ciudad través de movimientos asociativos y vecinales, primando aquellas actuaciones encaminadas a beneficiar a los grupos de población más vulnerables por carecer de recursos".
Quedan excluidos los proyectos que sean objeto de subvención municipal en otra convocatoria de la misma o distinta Área del Ayuntamiento de Zaragoza, así como los que no cumplan los requisitos señalados en la presente convocatoria.
La concertación se formalizará mediante la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Zaragoza, representado por la Consejera de Participación Ciudadana y Régimen Interior y la entidad subvencionada representada por su presidente. En dicho convenio se fijarán las obligaciones de ambas partes, según resulten de estas Bases, del compromiso de gasto que se haya aprobado y del propio proyecto presentado.
Más Información en las Bases adjuntas en el apartado de "Normativa".
Dirigido a Personas Jurídicas, Asociaciones
Normativas
- Bases de Subvenciones para Fomentar el Movimiento Asociativo y la Dinamización Vecinal (2015) (documento pdf)
- Ordenanza General Municipal y Bases Reguladoras de Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza y su Sector Público.
Plazo Presentación
- El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
- Publicado en el BOPZ nº 107, de 14.05.2015
Plazo Resolución
- El plazo para adoptar la resolución será hasta el 31 de julio de 2015.
- Transcurrido dicho plazo sin que se haya publicado la resolución, la entidad solicitante podrá entender desestimada su solicitud de acuerdo con lo previsto en el artículo 14 de la Ordenanza General Municipal de Subvenciones.
FORMAS DE TRAMITACIÓN
Presencial
PROCESO:
- Las solicitudes se formularán en el modelo oficial aprobado con esta Convocatoria, cumplimentado en todos sus extremos y añadiendo hojas adicionales si fuera necesario.
- Los datos contenidos en la solicitud que hagan referencia al código de identificación fiscal (CIF), cuenta bancaria (incluyendo código IBAN) para efectuar el ingreso de la subvención y nombre y apellidos del representante legal, tendrán la consideración de comunicación de datos al objeto de su rectificación de oficio en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas, y de su veracidad responderá la persona que firme la solicitud.
- Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Zaragoza o en los Registros Auxiliares de las Juntas Municipales o Vecinales.
DOCUMENTACIÓN:
- a) La solicitud será efectuada según modelo que figura como Anexo 1 y que recoge lo establecido en el Anexo II, apartados 1, 2 y 3 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones, cumplimentada en todos sus apartados, incluidos los extremos relativos al proyecto y a la entidad.
- b) Memoria descriptiva del proyecto a realizar, que se referirá como mínimo a su objeto y finalidad, destinatarios o usuarios, contenido, cronograma, financiación y método de valoración de resultados y cumplimiento de objetivos. Anexo 1
- c) Memoria resumen de la trayectoria de la entidad. Anexo 1
- d) Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, entre las que se incluyen las municipales y frente a la Seguridad Social, en los términos del artículo 14 de la Ley General de Subvenciones y del artículo 7 de la Ordenanza General Municipal de Subvenciones. También se deberá aportar declaración responsable de dicho cumplimiento y autorización al Ayuntamiento de Zaragoza a solicitar a la Agencia Estatal Tributaria y Seguridad Social, en su caso, por vía telemática, la acreditación del mismo. Anexo 2
- e) Certificación del Secretario de la entidad en relación a la actuación del representante legal, según modelo que figura como Anexo 2.
- f) Declaración responsable de cumplir los requisitos específicos de la convocatoria, así como que no se hallan incursas en ninguna de las situaciones del artículo 34.4 de la Ley General de Subvenciones, según modelo que figura como Anexo 2.
- g) Certificación bancaria de titularidad de la cuenta (incluyendo código IBAN), donde haya de efectuarse el ingreso en entidad de ahorro o de crédito, correspondiente a la subvención concedida, según modelo que figura como Anexo 3.
Cuando las entidades soliciten por primera vez una subvención al Ayuntamiento de Zaragoza, deberán presentar:
- Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal.
Podrán, opcionalmente, presentar la entidad en el momento de solicitar la subvención, autorización del Presidente de la entidad a que el Ayuntamiento de Zaragoza reformule el proyecto al importe de la subvención. Anexo 2.I
LUGAR DE PRESENTACIÓN:
Oficina de Registro Plaza del Pilar
Pza. del Pilar , 18, Planta B - Zaragoza 50003
- Tfno: 976 721234 - 010
- Horario:
- De lunes a viernes: de 8,30 a 13,00 h.
- AVISO: Los sábados son días inhábiles (equiparándolos a domingos y festivos).
Oficina de Registro Seminario
Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071
- Tfno: 976 721234 - 010
- Horario:
- De lunes a viernes: de 8,30 a 14,30 h. y de 16,10 a 18,50
- AVISO: Los sábados son días inhábiles (equiparándolos a domingos y festivos).
También en las Juntas Municipales y Juntas Vecinales
Impresos relacionados
Órgano Gestor
Servicio de Distritos
Pza. del Pilar , 18, Planta 0 - Zaragoza 50003
- Tfno: 976 726089
- Fax: 976 724 593
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
JUNTA MUNICIPAL OLIVER-VALDEFIERRO
Antonio Leyva, 87, Zaragoza
Tel. 976 726 096
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL DELICIAS
Mompeón Motos, 12-14, Zaragoza
Tel. 976 726 058
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL ACTUR-REY FERNANDO
María Zambrano, 56, Zaragoza
Tel. 976 726 085
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL CENTRO
Pº Hernán Cortés, 31-33, Zaragoza
Tel. 976 726 110
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL SANTA ISABEL
Avda. Santa Isabel, 100, Zaragoza
Tel. 976 726 024
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL CASCO HISTÓRICO
San Pablo, 37, Zaragoza
Tel. 976 721 482
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL SAN JOSÉ
Pza. Mayor, 2, Zaragoza
Tel. 976 726 062 / 60
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL LA ALMOZARA
Avda. Puerta de Sancho, 28, Zaragoza
Tel. 976 726 104
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL LAS FUENTES
Florentino Ballesteros, s/n, Zaragoza
Tel. 976 724 058 / 57
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL MIRALBUENO
Calle del Pilón, 147, Zaragoza
Tel. 976 328 241
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
REGISTRO GENERAL
Vía Hispanidad, 20, Planta B. Zaragoza
Tel. 976 724 588
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 14,30 y de 16,10 a 18,30 h; sábado de 9,10 a 13,30 h. Julio y agosto de 8,30 a 13,30 h.
JUNTA MUNICIPAL CASABLANCA
Viñedo Viejo, 1, Zaragoza
Tel. 976 726 007
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.