Subvenciones para el apoyo y mantenimiento de Grandes Federaciones Vecinales y Uniones de Asociaciones Vecinales, 2015
DESCRIPCIÓN
Pueden ser objeto de subvención los gastos de mantenimiento, entendiendo por tales los gastos generales y de funcionamiento de la entidad, así como las actividades que desarrollen con carácter ordinario y habitual.
En todas las actividades ordinarias y habituales subvencionadas, deberá hacerse constar por los medios que estén al alcance de la entidad, que están subvencionadas por el Ayuntamiento de Zaragoza.
La comunicación, difusión y publicidad de la actividad o programa subvencionado deberá incluir la marca gráfica (logotipo) del Ayuntamiento de Zaragoza, según los criterios de la identidad corporativa municipal. Esto será de aplicación para cualquier material: folletos, carteles, web de la entidad, etc.
El Servicio de Distritos, Juntas Municipales y Vecinales, facilitarán las instrucciones necesarias para la correcta aplicación de la imagen del Ayuntamiento de Zaragoza. Cualquier material publicitario o de difusión deberá ser remitido al Servicio de Distritos, Juntas Municipales o Vecinales para tramitar la necesaria autorización previa de la Dirección de Comunicación Municipal de conformidad con lo previsto en el Decreto de Alcaldía Presidencia de fecha 27 de febrero de 2009.
Quedan excluidos los programas que sean objeto de subvención municipal en otra convocatoria de la misma o distinta Área del Ayuntamiento de Zaragoza, y de manera específica los gastos indirectos que sean imputados a cualquier otro proyecto subvencionado de la misma entidad.
La subvención se otorgará mediante la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Zaragoza, representado por la Consejera de Participación Ciudadana y Régimen Interior y la entidad correspondiente, representada por su Presidente.
En dicho convenio se fijarán las obligaciones de ambas partes, según resulten de estas Bases, del compromiso de gasto que resulte aprobado y del propio proyecto presentado.
Más Información
- En las Bases adjuntas en el apartado de "Normativa".
Dirigido a Personas Jurídicas, Asociaciones
Normativas
- Bases de Subvenciones para el apoyo y mantenimiento de Grandes Federaciones y Uniones de Asociaciones Vecinales, 2015 (documento pdf)
- Ordenanza General Municipal y Bases Reguladoras de Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza y su Sector Público.
Plazo Presentación
- El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
- Publicado en el BOPZ nº 107, de 14.05.2015
Plazo Resolución
- El plazo para adoptar la resolución será hasta el 31 de julio de 2015.
- Transcurrido dicho plazo sin que se haya publicado la resolución, la entidad solicitante podrá entender desestimada su solicitud de acuerdo con lo previsto en el artículo 14 de la Ordenanza General Municipal de Subvenciones.
FORMAS DE TRAMITACIÓN
Presencial
PROCESO:
- Las solicitudes se formularán en el modelo oficial aprobado con esta convocatoria, cumplimentando en todos sus extremos y añadiendo las hojas adicionales que fueran necesarias para la correcta comprensión del proyecto o proyectos a subvencionar.
- Los datos contenidos en la solicitud que hagan referencia al código de identificación fiscal (CIF), cuenta bancaria para efectuar el ingreso de la subvención y nombre y apellidos del representante legal, tendrán la consideración de comunicación de datos al objeto de su rectificación de oficio en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas, y de su veracidad responderá la persona que firme la solicitud.
- Las entidades deberán acompañar la relación de asociaciones que forman parte de la Federación o Unión de Entidades Vecinales, con indicación del ámbito territorial de actuación de cada una de ellas.
- Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Zaragoza o en los Registros Auxiliares de las Juntas Municipales o Vecinales. No se admitirán las solicitudes enviadas por correo.
DOCUMENTACIÓN:
- a) La solicitud será efectuada según modelo que figura como Anexo 1 tal como se recoge en lo establecido en la Ordenanza Municipal de Subvenciones, cumplimentada en todos sus apartados.
- b) Memoria descriptiva del proyecto a realizar, que se referirá como mínimo a su objeto y finalidad, destinatarios o usuarios, contenido, cronograma, financiación y método de valoración de resultados y cumplimiento de objetivos.
- c) Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, entre las que se incluyen las municipales y frente a la Seguridad Social, en los términos del artículo 14 de la Ley General de Subvenciones y del artículo 7 de la Ordenanza General Municipal de Subvenciones. También se deberá aportar declaración responsable de dicho cumplimiento y autorización al Ayuntamiento de Zaragoza a solicitar a la Agencia Estatal Tributaria y Seguridad Social, en su caso, por vía telemática, la acreditación del mismo.
- d) Certificación del Secretario de la entidad en relación a la actuación del representante legal.
- e) Declaración responsable de cumplir los requisitos específicos de la convocatoria, así como que no se hallan incursas en ninguna de las situaciones del artículo 34.4 de la Ley General de Subvenciones, según modelo que figura como Anexo 2.
- f) Certificación bancaria de titularidad de la cuenta, donde haya de efectuarse el ingreso en entidad de ahorro o de crédito, correspondiente a la subvención concedida, según modelo que figura como Anexo 3.
Podrán, opcionalmente, presentar la entidad en el momento de solicitar la subvención, autorización del Presidente de la entidad a que el Ayuntamiento de Zaragoza reformule el proyecto al importe de la subvención. Anexo I.5
LUGAR DE PRESENTACIÓN:
Oficina de Registro Plaza del Pilar
Pza. del Pilar , 18, Planta B - Zaragoza 50003
- Tfno: 976 721234 - 010
- Horario:
- De lunes a viernes: de 8,30 a 13,00 h.
- AVISO: Los sábados son días inhábiles (equiparándolos a domingos y festivos).
Oficina de Registro Seminario
Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071
- Tfno: 976 721234 - 010
- Horario:
- De lunes a viernes: de 8,30 a 14,30 h. y de 16,10 a 18,50
- AVISO: Los sábados son días inhábiles (equiparándolos a domingos y festivos).
También en las Juntas Municipales y Juntas Vecinales
Impresos relacionados
Órgano Gestor
Servicio de Distritos
Pza. del Pilar , 18, Planta 0 - Zaragoza 50003
- Tfno: 976 726089
- Fax: 976 724 593
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
JUNTA MUNICIPAL OLIVER-VALDEFIERRO
Antonio Leyva, 87, Zaragoza
Tel. 976 726 096
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL DELICIAS
Mompeón Motos, 12-14, Zaragoza
Tel. 976 726 058
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL ACTUR-REY FERNANDO
María Zambrano, 56, Zaragoza
Tel. 976 726 085
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL CENTRO
Pº Hernán Cortés, 31-33, Zaragoza
Tel. 976 726 110
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL SANTA ISABEL
Avda. Santa Isabel, 100, Zaragoza
Tel. 976 726 024
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL CASCO HISTÓRICO
San Pablo, 37, Zaragoza
Tel. 976 721 482
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL SAN JOSÉ
Pza. Mayor, 2, Zaragoza
Tel. 976 726 062 / 60
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL LA ALMOZARA
Avda. Puerta de Sancho, 28, Zaragoza
Tel. 976 726 104
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL LAS FUENTES
Florentino Ballesteros, s/n, Zaragoza
Tel. 976 724 058 / 57
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL MIRALBUENO
Calle del Pilón, 147, Zaragoza
Tel. 976 328 241
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
REGISTRO GENERAL
Vía Hispanidad, 20, Planta B. Zaragoza
Tel. 976 724 588
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 14,30 y de 16,10 a 18,30 h; sábado de 9,10 a 13,30 h. Julio y agosto de 8,30 a 13,30 h.
JUNTA MUNICIPAL CASABLANCA
Viñedo Viejo, 1, Zaragoza
Tel. 976 726 007
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.