Ayudas sobre el fomento de la ocupación de las personas con discapacidad en empresas del mercado ordinario de trabajo
Ayudas para las empresas del mercado ordinario de trabajo que contraten personas con discapacidad, de acuerdo con lo que establece el Real decreto 1451/1983, de 11 de mayo, como también para las que transformen en indefinidos los contratos temporales de fomento del empleo para personas con discapacidad regulados en la disposición adicional primera de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre.
Personas destinatarias
a) Las empresas que contraten por tiempo indefinido personas con discapacidad o que transformen en indefinidos los contratos temporales de fomento del empleo para personas con discapacidad que regula la disposición adicional primera de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.
b) Las cooperativas de trabajo asociado que incorporen personas con discapacidad como socios.
Plazo máximo para la resolución y notificación
De solicitud: Desde el tercer día hábil siguiente en el de la publicación de la convocatoria en el BOIB hasta el día 5 de octubre de 2018.
Silencio administrativo
Negativo
Forma de inicio
Instancia de parte
Fin de la via administrativa
No
Normativa del procedimiento
- Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo, que regula el empleo selectivo y las medidas de fomento del empleo de trabajadores minusválidos.
Órgano competente para resolver
Dirección General de Trabajo y Salud Laboral
Simplificación documental
Documentos relacionados con el procedimiento
Trámites
X
Solicitud
Requisitos
1. La persona con discapacidad tiene que estar desocupada y tiene que figurar inscrita en la oficina de empleo correspondiente en el momento de la contratación.
2. El puesto de trabajo que ocupe la persona con discapacidad tiene que ser adecuado a su minusvalía. A este efecto, la Dirección General de Trabajo, Economía Social y Salud Laboral tiene que solicitar un informe de los equipos multiprofesionales sobre la adecuación del puesto de trabajo a la minusvalía de las trabajadoras o de los trabajadores contratados o de las socias o de los socios incorporados.
3. En cuanto a las ayudas destinadas a la adaptación del puesto de trabajo o a la dotación de medios especiales de protección personal, la necesidad de la adaptación o de la dotación tiene que tener el informe favorable de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Igualmente, se tiene que aportar el presupuesto del gasto que se tenga que efectuar o la factura que acredite la adaptación o la dotación correspondiente.
4. Las empresas beneficiarias tienen que estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares antes de la propuesta de resolución. La solicitud de las ayudas comporta la autorización a la Consejería de Trabajo, Comercio e Industria para que pueda comprobar de oficio que la entidad solicitante está al corriente de estas obligaciones, excepto en el caso de denegación expresa del consentimiento, supuesto en que la empresa o entidad solicitante tendrá que aportar el certificado correspondiente, junto con la solicitud de las ayudas.
5. Las empresas beneficiarias también tienen que acreditar que están al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social. La solicitud de las ayudas comporta la autorización en la Consejería de Trabajo, Comercio e Industria para que pueda comprobar de oficio que la entidad solicitante está al corriente de estas obligaciones, sin perjuicio que pueda aportar el certificado acreditativo correspondiente emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social junto con la solicitud.
6. No se tiene que privar sometido a ninguna de las prohibiciones para beneficiarse de la subvención que establece el apartado 1 del artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por medio del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
7. Se tiene que acreditar que se ha duit a término la organización preventiva por medio de alguna de las modalidades que establece el capítulo III del Real decreto 39/1997, de 17 de enero, por el cual se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención (BOE nº. 27, de 31 de enero); que se ha efectuado la auditoría correspondiente, si pega, de conformidad con lo que dispone el capítulo V del mismo Real decreto.
8. Además, para beneficiarse de las ayudas que establece esta convocatoria, las empresas y las cooperativas de trabajo asociado tienen que estar de alta en la declaración censal y tener asignado un código de cuenta de cotización.
Documentación a presentar
Plazo máximo
De solicitud: Desde el tercer día hábil siguiente en el de la publicación de la convocatoria en el BOIB hasta el día 5 de octubre de 2018.
De la actividad subvencionable: de día 1 de octubre de 2017 a 30 de septiembre de 2018
Forma de presentación
Las solicitud relativas a este procedimiento administrativo deben ser presentadas mediante su trámite telemático, al que puede acceder haciendo un "click" en el botón «Iniciar un nuevo trámite» que se encuentra en la parte superior derecha de esta página. Para poder hacer este tipo de envíos, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o sistema de identificación Cl@ve.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Trabajo y Salud Laboral
Contacto
Servicio o Sección responsable
Subvenciones
Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló). Tel.: 971178900
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Consorcio para el Fomento de Insfraestructuras Universitarias
Calle D'Alfons el Magnànim 29, 07004, Palma
Fundación Es Baluard Museo de Arte Moderno y Contemporáneo
Plaça Porta de Santa Catalina 10, 07012, Palma
Archivo y Museo de la Educación de Les Illes Balears
Calle Mestre Torrandell 59 bajos, 07300, Inca
Tel. 971504279
Consorcio de Aguas de Les Illes Balears
Carrer Gremi Corredors 10, 07009, Palma
Fundación Robert Graves
Carretera De Deià a s/n, 07179, Sóller
Subdirección de Atención Primaria y Atención a las U.
Calle Reina Esclaramunda 9, 07003, Palma
Tel. 971175600
Consorcio Eivissa Patrimonio de la Humanidad
Plaça D'Espanya 1, 07800, Eivissa
Esad Escola Sup. D'Art Dramàtic Illes Balears (ESADIB)
Carrer Del Morer 6, 07001, Palma
Tel. 971713628
Consorcio Plan D-Llucmajor
Calle Constitució 6, 07620, Llucmajor
Consorcio para la Mejora y el Embellecimiento de la Playa de Palma
Calle De L'Uruguay s/n, 07010, Palma
Dirección General de Comunicación
Passeig De Sagrera 2, 07012, Palma
Tel. 971176565
Consejería de Educación y Universidad
Carrer D'Alfons el Magnanim 29, 07004, Palma
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