Ayudas para capital circulante en el sector primario para el ejercicio 2009

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Personas destinatarias

Pueden ser beneficiarios de estas ayudas los que realicen las actuaciones previstas al apartado cuarto de la Resolución y que sean:
a)Titulares de explotaciones agrarias inscritas con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes en el Registro general de explotaciones agrarias de las Islas Baleares (RGEA), regulado por el Decreto 53/2006, de 16 de junio, (BOIB nº. 88, de 22 de junio de 2006).
b)Armadores, personas físicas o jurídicas, de fuselajes pesqueros que hayan participado en el Plan de Acción del Sector Pesquero, de conformidad con aquello previsto a los Acuerdos de Consejo de Ministros de los días 3 de junio y 22 de julio de 2005.
c)Cooperativas agrarias y Sociedades Agrarias de Transformación (SAT), debidamente registradas y que cumplan las obligaciones formales de actualización y entrega de sus datos.

Plazo máximo para la resolución y notificación

.

Silencio administrativo

Según normativa aplicable

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

No

Normativa del procedimiento

Órgano competente para resolver

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca

Simplificación documental

En relación con los procedimientos de la CAIB puede aplicarse el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, que entró en vigor el 13 de mayo de 2013.

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Presentación de solicitudes

En la presentación de las solicitudes se tendran en cuenta las siguientes condiciones:
- Sólo se admite una solicitud por beneficiario. En caso de que se presente más de una solicitud dentro del plazo establecido, sólo se tendrà en cuenta la que se haya presentado en último lugar.
- Si un socio de una agrupación sin personalidad jurídica o una Sociedad Rural Menorquina presenta una solicitud y la agrupación o la SRM presenta otra, sólo se tendrà en cuenta la solicitud presentada por la SRM o la agrupación.
- Sólo se podrá presentar una solicitud por explotación.
Las solicitudes de ayuda, según el modelo del anexo I, se tienen que dirigir a la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares, y se tienen que presentar en el registro de entrada del FOGAIBA, en el registro de entrada de la Consejería de Agricultura y Pesca o a cualquiera de los registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Documentación a presentar

Las solicitudes se tienen que acompañar de la documentación siguiente:
a)Fotocopia compulsada del DNI o CIF del solicitante.
b)Fotocopia compulsada del DNI del representante y documento acreditativo de la representación, si es el caso.
c)Fotocopia compulsada de los estatutos, del reglamento o de la escritura de constitución de la entidad, debidamente inscritos en el registro, correspondiente, si pega.
d)En el caso de agrupaciones sin personalidad jurídica, también se tiene que aportar:
-Documento en que se reflejen las normas o la reglamentación de funcionamiento que han suscrito todos los miembros.
-Fotocopia compulsada del DNI de las personas asociadas y del CIF de la agrupación, en caso de disponer.
-Documento suscrito por todos los miembros de la agrupación en que se hagan constar expresamente los compromisos de ejecución que asume cada uno.
-Nombramiento de un representante o apoderado único de la agrupación, con poder suficiente para cumplir las obligaciones que corresponden a la agrupación como beneficiaria.
-Documento suscrito por todos los miembros de la agrupación en que se haga constar el compromiso de no disolver a la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción que prevé el artículo 22 del Decreto legislativo 1/2005, de 24 de junio, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 57 y 60 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.
e)Documento de domiciliación bancaria (impreso TG002) o documento acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria. En el caso de agrupaciones de personas físicas o jurídicas sin personalidad jurídica propia, se tiene que aportar este documento de cada uno de los miembros.
f)En el caso de integrantes de agrupaciones sin personalidad jurídica y Sociedades Rurales Menorquinas, documento que acredite la conformidad del resto de integrantes de la agrupación o SRM con la presentación de la solicitud.
g)Hoja de asentamiento del fuselaje, en caso de armadores.
h)Copia del préstamo suscrito en el marco del Plan de Acción del Sector Pesquero, en caso de armadores.

Plazo máximo

El plazo de presentación de solicitudes estará a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y hasta el día 15 de abril de 2009.

Lugar

Podéis presentar documentos dirigidos a los órganos de l'Administració autonómica a cualquiera de sus oficinas de registro.
También los podéis presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio Marco de Oficinas Integradas.
Encontrareis las direcciones de todas estas oficinas aquí [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
[https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
Además, podéis enviar la documentación por correo postal, por ello tenéis que presentar el sobre abierto, para que se pueda indicar en el sello oficial el sitio de registro, la fecha y la hora exacta de presentación, y se anote así en el resguardo justificativo de su presentación.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca

Observaciones

En la presentació de les sol·licituds es tendran en compte les següents condicions:
- Només s'admet una sol·licitud per beneficiari. En cas que es presenti més d'una sol·licitud dins el termini establert, només es tendrà en compte la que s'hagi presentat en darrer lloc.
- Si un soci d'una agrupació sense personalitat jurídica o una Societat Rural Menorquina presenta una sol·licitud i l'agrupació o la SRM en presenta una altra, només es tendrà en compte la sol·licitud presentada per la SRM o l'agrupació.
- Només es podrà presentar una sol·licitud per explotació.
Les sol·licituds d'ajuda, segons el model de l'annex I, s'han d'adreçar a la presidenta del Fons de Garantia Agrària i Pesquera de les Illes Balears, i s'han de presentar en el registre d'entrada del FOGAIBA, en el registre d'entrada de la Conselleria d'Agricultura i Pesca o a qualsevol dels registres prevists a l'article 38.4 de la Llei 30/1992, de 26 de novembre, de règim jurídic de les administracions públiques i del procediment administratiu comú.


Oficinas de la administración

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Tel. 971504279

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Carretera De Deià a s/n, 07179, Sóller

Subdirección de Atención Primaria y Atención a las U.

Calle Reina Esclaramunda 9, 07003, Palma

Tel. 971175600

Consorcio Eivissa Patrimonio de la Humanidad

Plaça D'Espanya 1, 07800, Eivissa

Esad Escola Sup. D'Art Dramàtic Illes Balears (ESADIB)

Carrer Del Morer 6, 07001, Palma

Tel. 971713628

Consorcio Plan D-Llucmajor

Calle Constitució 6, 07620, Llucmajor

Consorcio para la Mejora y el Embellecimiento de la Playa de Palma

Calle De L'Uruguay s/n, 07010, Palma

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