Registro EMAS (sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Registro EMAS (sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales)

Departamento / Organismo Autónomo

Medio Ambiente y Política Territorial


Órgano gestor

Dirección de Administración Ambiental


Objeto

El registro EMAS está destinado a mejorar el medio ambiente y proporciona a las organizaciones, los reguladores y el público un instrumento para evaluar y gestionar el impacto medioambiental de una organización.

Destinatarios/as

Cualquier organización que se proponga mejorar su comportamiento
medioambiental global.

Normativa reguladora

DECRETO 307/2002, de 17 de diciembre, por el que se designa el organismo competente para efectuar las funciones contempladas en el Reglamento (CE) 761/2001, de 19 de marzo, relativo al sistema comunitario de gestión y auditorias medioambientales (EMAS).

Real Decreto 239/2013, de 5 de abril, por el que se establecen las normas para la aplicación del Reglamento (CE) n.º 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.º 761/2001 y las Decisiones 2001/681/CE y 2006/193/CE de la Comisión.

Reglamento (CE) 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), y por el que se derogan el Reglamento (CE) n o 761/2001 y las Decisiones 2001/681/CE y 2006/193/CE de la Comisión.

Recomendación de la Comisión, de 7 de septiembre de 2001, por la que se determinan unas Directrices para la aplicación del Reglamento (CE) no 761/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se permite que las organizaciones se adhieran con carácter voluntario a un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS).

Decisión de la Comisión de 19 de noviembre de 2007 sobre el reconocimiento de procedimientos de certificación de conformidad con el artículo 9 del Reglamento 761/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se permite que las organizaciones se adhieran con carácter voluntario a un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), y por la que se deroga la Decisión 97/264/CE.

RECOMENDACIÓN DE LA COMISIÓN, de 10 de julio de 2003, sobre las orientaciones para la aplicación del Reglamento (CE) 761/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se permite que las organizaciones se adhieran con carácter voluntario a un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS) en lo que respecta a la selección y el uso de indicadores del comportamiento medioambiental.


Personas de contacto

EMAS IHOBE: emas@ihobe.net

Teléfono: 94 423 07 43

Documentación a aportar
  • Solicitud

  • Programa de auditorías (no es imprescindible)

  • Declaración medioambiental validada por un verificador EMAS


Tasas a aplicar

No hay

Plazo de presentacion

Cualquiera


Lugar presentación solicitudes

Sociedad Pública de Gestión Ambiental, Ihobe S.A.

Alameda Urquijo Nº 36 - 6ª planta, 48011 - Bilbao

La documentación se ha de enviar preferentemente en formato digital a emas@ihobe.net

Descripción de los trámites

La tramitación de expedientes, resoluciones y el resto de cuestiones relativas al SGM EMAS la realiza la Sociedad Pública de Gestión Ambiental, Ihobe S.A.


Órgano que resuelve

Viceconsejero de Medio Ambiente


Plazo de resolución

3 meses

Efectos del silencio

Estimatorios


Fín de la vía administrativa

La resolución NO pone fín a la vía administrativa


Recursos / Reclamaciones

Solicitud de adhesión de organizaciones al Sistema Comunitario de Gestión y Auditoría Medioambientales (EMAS)

Otros documentos

Guía de Usuario EMAS


Observaciones

Más información:

Nota

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.


Fecha de la última modificación

30/09/2013



Oficinas de la administración

Organización Sanitaria Integrada Bilbao-Basurto

Avenida Montevideo 18, 48013, Bilbao

Tknika-Centro de Innovacion para la Formacion Profesional

Barrio Zamalbide S/N, 20100, Errenteria

Artatzu Goiko Irale Irakastegia

Camino Artazu 5, 48003, Bilbao

Elika Fundación Vasca para la Seguridad Agroalimentaria

Calle Granja Modelo s/n, 01194, Alegría-Dulantzi

Centro Territorial de Gipuzkoa

Camino Maldatxo S/N, 20012, Donostia/San Sebastián

Centro Vasco de Transfusiones y Tejidos Humanos

Barrio Labeaga S/N, 48960, Galdakao

Delegacion Territorial de Araba-Educacion

Calle San Prudencio 18, 01005, Vitoria-Gasteiz

Cip Samaniego IPI

Calle Monseñor Estenaga 1, 01002, Vitoria-Gasteiz

Ivei-Instituto Vasco de Evaluacion e Investigacion Educativa

Calle Asturias 9, 48015, Bilbao

Fundación Basque Team Fundazioa.

Avenida De los Chopos S/N, 48992, Getxo

Unibasq - Agencia de Calidad del Sistema Universitario Vasco

Calle San Prudencio 8, 01005, Vitoria-Gasteiz

Delegación Territorial de Bizkaia

Calle General Ochoa 23, 48010, Bilbao

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