Registro de transportistas de residuos no peligrosos
Registro de transportistas de residuos no peligrosos
Objeto
Conocer las empresas dedicadas a la actividad de transporte de residuos no peligrosos en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco
Destinatarios/asTransportistas de residuos no peligrosos
Normativa reguladoraLey 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco (BOPV 59, de 27-03-98)
Decreto 423/1994, de 2 de noviembre, sobre gestión de residuos inertes e inertizados (BOPV 239; 19-12-94)
Decreto 49/2009, de 24 de febrero, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero y la ejecución de los rellenos.
Ley 10/1998, de 21 de Abril, de Residuos. (BOE 96; 22-04-98)
Personas de contacto
Teléfono: 945 019 813
Solicitud de inscripción de conformidad con el modelo especificado en el AnexoVIII del Decreto 423/1994, de 2 de noviembre, de gestión de residuos inertes e inertizados, acompañado de las fotocopias del alta en el IAE o último recibo del mismo y de las tarjetas de transporte.
Pequeña memoria donde se describan las operaciones.
Tasas a aplicar
No hay
Plazo de presentacionA solicitud del interesado. Plazo abierto todo el añoLugar presentación solicitudes
VICECONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO VASCO
C/Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
OFICINA TERRITORIAL DE ALAVA
C/Portal de Foronda, 11
01010 Vitoria-Gasteiz
OFICINA TERRITORIAL DE BIZKAIA
Gran Vía, 85
48011 Bilbao
OFICINA TERRITORIAL DE GIPUZKOA
Intxaurrrondo 70
20015 Donostia-San Sebastian
No se describen
Órgano que resuelve
Director de Calidad Ambiental
Plazo de resolución
Tres días
Efectos del silencioDesestimatorios
Fín de la vía administrativa
La resolución NO pone fín a la vía administrativa
Recursos / Reclamaciones
Formularios
Impreso de solicitud (34 kb)
Otros documentosNo hay
Observaciones
No hay
NotaEsta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
Fecha de la última modificación
08/03/2016