Puesta en Servicio / modificación de nuevas instalaciones de protección contra incendios en edificios no industriales
Puesta en Servicio / modificación de nuevas instalaciones de protección contra incendios en edificios no industriales
Objeto
Asegurar el cumplimiento de la legislación vigente en materia de incendios de las nuevas instalaciones de protección contra incendios en los edificios no industriales, tanto en su instalación como en sus modificaciones posteriores.
Destinatarios/asToda nueva instalación de aparatos, equipos y sistemas incluidos en el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios aprobado por el Real Decreto 1492/1993, de 5 de noviembre, en edificios no industriales o zonas de los mismos, excepto cuando la única instalación de protección contra incendios existente en los mismos sean los extintores de incendios.
Normativa reguladora- Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.
- Orden de 16 de abril de 1998 sobre normas de procedimiento y desarrollo del Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios y se revisa el anexo I y los apéndices del mismo.
- Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
- Orden de 29 de noviembre de 2001 por la que se publican las referencias a normas UNE que son transposición de normas armonizadas en relación a productos de la construcción y Resoluciones por las que se amplían los anexos de la Orden de 29 de noviembre sobre productos de la construcción.
- Decreto 63/2006, de 14 de marzo, por el que se regulan los carnés de cualificación individual y las empresas autorizadas en materia de seguridad industrial.
- Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. (B.O.E. 22.05.10).Corrección de errores (B.O.E.19.6.10)
- Reglamento nº 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de productos de la construcción.
- Decreto 229/2012, de 30 de octubre (BOPV 03/12/12), de simplificación del procedimiento para la puesta en servicio de instalaciones industriales.
- Real Decreto 842/2013, de 31 de octubre, por el que se aprueba la clasificación de los productos de la construcción y de los elementos constructivos en función de sus propiedades de reacción frente al fuego. (BOE 23/11/13).
- Resolución de 11 de diciembre de 2012, de la Directora de Admón. y Seguridad Industrial y del Director de Energía y Minas, por la que se aprueban instrucciones internas en relación con los criterios de actuación de las Delegaciones Territoriales para el control de instalaciones industriales liberalizadas y sus modificaciones posteriores.
- ORDEN de 30 de julio de 2014, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se aprueba el modelo de Certificado de Instalación de Protección Contra Incendios en los Edificios No Industriales.
Personas de contacto
Delegación Territorial de Álava
Tel.: 945 01 77 70
Delegación Territorial de Gipuzkoa
Tel.: 943 02 25 00
Delegación Territorial de Bizkaia
Tel.: 94 403 14 00
- Certificado de la instalación que incluya memoria y planos.
- En su caso Certificado de corrección de deficiencias.
Tasas a aplicar
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Plazo de presentacionA lo largo de todo el año.Lugar presentación solicitudes
Delegaciones territoriales de Álava, Bizkaia o Gipuzkoa y Lakua.
Delegación Territorial de Álava
Samaniego, 2
01008-Vitoria-Gasteiz
Tel.: 945 017770
Faxa: 945 017051
Delegación Territorial de Gipuzkoa
Easo, 10
20006-Donostia-San Sebastián
Tel.: 943 022500
Faxa: 943 022542
Delegación Territorial de Bizkaia
General Concha, 23
48010-Bilbao
Tel.: 94 4031400
Faxa: 94 4031445
Órgano que resuelveCoordinador de Industria de la Delegación Territorial.
Plazo de resolución
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Efectos del silencioDesestimatorios
Fín de la vía administrativa
La resolución NO pone fín a la vía administrativa
Recursos / Reclamaciones
Formularios Otros documentos---
Observaciones
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NotaEsta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
Fecha de la última modificación
26/09/2016
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