Puesta en Servicio e Instalación de Grúas Móviles Autopropulsadas
Puesta en Servicio e Instalación de Grúas Móviles Autopropulsadas.
Departamento / Organismo Autónomo
Desarrollo Económico y Competitividad
Órgano gestor
Dirección de Administración y Seguridad Industrial
Objeto
Garantizar que las instalaciones de Grúas Móviles Autopropulsadas cumplen con la normativa vigente para su puesta en servicio.
El instalador realiza una declaración responsable de que la grúa móvil autopropulsada cumple con la normativa vigente y a partir de la entrega de la comunicación de la puesta a punto en la administración la instalación comienza su funcionamiento de forma legal.
El instalador dispone de un plazo de 10 días a partir de ese momento para proporcionar toda la documentación requerida.
La administración analizará la documentación entregada requiriendo la subsanación de las carencias detectadas.
La administración se reserva el derecho de inspeccionar las instalaciones ?in situ?.
Cuando el resultado de los análisis realizados sea positivo cerrará el expediente y, en caso contrario requerirá al instalador la subsanación de las deficiencias técnicas detectadas, llegando a paralizar la instalación cuando estas son graves.
Destinatarios/asInstalación de Grúas Móviles Autopropulsadas.
Se aplica a todo tipo de grúas móviles (las de la anterior ITC y las de marcado CE), independientemente de que puedan circular por vías públicas.
No están incluidas las grúas autocargantes (artículo 2ª.2 de la ITC) (Vehículos que disponen de grúa para poder manejar las cargas que van a transportar) ni las grúas pórtico con ruedas.
Normativa reguladora- Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
- Real Decreto 560/2010 de 7 de mayo de adaptación de diferentes disposiciones reglamentarias en materia de seguridad industrial a lo dispuesto en la ley 25/2009
- DIRECTIVA 93/44/CEE, de modificación de la Directiva de máquinas, Real Decreto 56/1995 (B.O.E. 20-01-1995)
- Real Decreto 2291/1985 (B.O.E. 11-12-1985), sobre el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención.
- Real Decreto 837/2003 (B.O.E. 17-07-2003), por el que se aprueba la ITC MIE-AEM-4.
- ORDEN del 16 de diciembre de 2003 (B.O.P.V. 28-01-2004), por la que se regulan los anemómetros y otras disposiciones.
Personas de contacto
Técnicos de Ascensores de Seguridad Industrial:
Delegación Territorial de Álava
Tel.: 945 01 77 78
Delegación Territorial de Gipuzkoa
Tel.: 943 02 25 25
Delegación Territorial de Bizkaia
Tel.: 94 403 14 00
- Comunicación para la puesta en servicio.
- Proyecto técnico.
- Ficha técnica.
- Certificado de fabricación.
- Actas de inspección de la OCA.
- Características del terreno.
- Contrato de conservación.
- Copia del carnet de gruista.
- Protocolo de pruebas.
- Certificado de Dirección de Obra.
- Certificado de empotramiento.
Tasas a aplicar
---
Plazo de presentacionInmediatamente tras la finalización de la ejecución de la instalación, antes de la puesta en funcionamiento.
Lugar presentación solicitudes
Delegación Territorial de Álava
Samaniego, 2
01008-Vitoria-Gasteiz
Tel.: 945 017778
Fax: 945 017051
Delegación Territorial de Gipuzkoa
Easo, 10
20006-Donostia-San Sebastián
Tel.: 943 022525
Fax: 943 022542
Delegación Territorial de Bizkaia
General Concha, 23
48010-Bilbao
Tel.: 94 4031400
Fax: 94 4031445
---
Órgano que resuelve
Coordinador del Servicio.
Plazo de resolución
15 días.
Efectos del silencioEstimatorios
Fín de la vía administrativa
La resolución NO pone fín a la vía administrativa
Recursos / Reclamaciones
Formularios Otros documentos
---
Observaciones
Fin de la vía administrativa:
- Fin de tramitación: Emisión del certificado de fin de tramitación (si es requerido).
- Paralización de la instalación.
Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
Fecha de la última modificación
22/01/2013
Oficinas de la administración
Organización Sanitaria Integrada Bilbao-Basurto
Avenida Montevideo 18, 48013, Bilbao
Tknika-Centro de Innovacion para la Formacion Profesional
Barrio Zamalbide S/N, 20100, Errenteria
Artatzu Goiko Irale Irakastegia
Camino Artazu 5, 48003, Bilbao
Elika Fundación Vasca para la Seguridad Agroalimentaria
Calle Granja Modelo s/n, 01194, Alegría-Dulantzi
Centro Territorial de Gipuzkoa
Camino Maldatxo S/N, 20012, Donostia/San Sebastián
Centro Vasco de Transfusiones y Tejidos Humanos
Barrio Labeaga S/N, 48960, Galdakao
Delegacion Territorial de Araba-Educacion
Calle San Prudencio 18, 01005, Vitoria-Gasteiz
Cip Samaniego IPI
Calle Monseñor Estenaga 1, 01002, Vitoria-Gasteiz
Ivei-Instituto Vasco de Evaluacion e Investigacion Educativa
Calle Asturias 9, 48015, Bilbao
Fundación Basque Team Fundazioa.
Avenida De los Chopos S/N, 48992, Getxo
Unibasq - Agencia de Calidad del Sistema Universitario Vasco
Calle San Prudencio 8, 01005, Vitoria-Gasteiz
Delegación Territorial de Bizkaia
Calle General Ochoa 23, 48010, Bilbao