Procedimiento de autorización de explotación de redes de gas
Procedimiento de autorización de explotación de redes de gas
Departamento / Organismo Autónomo
Desarrollo Económico y Competitividad
Órgano gestor
Dirección de Energía y Minas
Objeto
Establecer las medidas adecuadas para controlar que en el momento de su puesta en servicio las instalaciones cumplen los requisitos establecidos en la legislación vigente.
Destinatarios/asInstalaciones de transporte y distribución de combustibles gaseosos.
Normativa reguladora- Real Decreto 1434/2002 (BOE nº 313, de 31 de diciembre de 2002) por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural.
- LEY 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos que tiene por objeto renovar, integrar y homogeneizar la distinta normativa legal vigente en materia de hidrocarburos.
- Real Decreto 919/2006 (B.O.E. 04-09-2006), por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11.
- DECRETO 107/1998, de 9 de junio, sobre autorización y puesta en servicio de instalaciones de servicio público de gas canalizado.
- LEY 8/2004, de Industria de la Comunidad Autónoma de Euskadi (B.O.P.V. 29/11/2004)
Personas de contacto
Delegación Territorial de Álava
Tel.: 945 01 77 70
Delegación Territorial de Bizkaia
Tel.: 944 03 14 00
Delegación Territorial de Gipuzkoa
Tel.: 943 02 25 30
- Solicitud general
- Certificado de Dirección de Obra suscrito por técnico facultativo competente y visado por su Colegio Oficial, en el que conste que la instalación se ha realizado de acuerdo con las especificaciones contenidas en el proyecto de ejecución aprobado, así como con las prescripciones de la reglamentación técnica aplicable a la materia.
Tasas a aplicar
No aplica.
Plazo de presentacionA lo largo de todo el año.Lugar presentación solicitudes
Delegación Territorial de Álava
Samaniego, 2
01008 Vitoria-Gasteiz
Tel.: 945 01 77 70
Delegación Territorial de Bizkaia
General Concha, 23
48010 Bilbao
Tel.: 944 03 14 00
Delegación Territorial de Gipuzkoa
Easo,10
20006 Donostia-San Sebastián
Tel.: 943 02 25 30
Órgano que resuelveDirección de Energía.
Plazo de resolución
1 mes a partir de la presentación de la solicitud salvo que la tramitación del expediente implique más tiempo.
Efectos del silencioDesestimatorios
Fín de la vía administrativa
La resolución NO pone fín a la vía administrativa
Recursos / Reclamaciones
Formularios Otros documentos---
Observaciones
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NotaEsta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
Fecha de la última modificación
17/01/2013