Modificación de instalaciones de equipos a presión que requieran proyecto

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Modificación de instalaciones de equipos a presión que requieran proyecto

Departamento / Organismo Autónomo

Desarrollo Económico e Infraestructuras


Órgano gestor

Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial


Objeto

Acreditar el cumplimiento de la reglamentación de seguridad industrial de las modificaciones de las instalaciones de Equipos a Presión que requieran proyecto para su puesta en servicio

Destinatarios/as

Titulares de instalaciones de Equipos a Presión que realicen modificaciones que requieran proyecto

Normativa reguladora
  • Real Decreto 2060/2008, (B.O.E. 5-02-2009), por el que se aprueba el reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas
  • Real Decreto 769/1999, (B.O.E. 31-5-1999), por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, 97/23/CE, relativa a los equipos a presión
  • Orden de 27 de julio de 2009 (B.O.P.V. 11-09-2009), por la que se dictan normas en relación con el reglamento de equipos a presión (REP)
  • Real Decreto 560/2010, (B.O.E. 22-5-2010), por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial, para adecuarlas a la Ley 17/2009 sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio
  • Decreto 229/2012, (B.O.P.V. 3-12-2012), de simplificación del procedimiento para la puesta en servicio de instalaciones industriales
  • Ley 8/2004, (B.O.P.V. 29-11-2004), de Industria dela Comunidad Autónoma de Euskadi

Personas de contacto

Técnicos de Seguridad Industrial:

Delegación Territorial de Araba/Álava
Tel.: 945 017770

Delegación Territorial de Bizkaia
Tel.: 94 4031400

Delegación Territorial de Gipuzkoa
Tel.: 943 022500

Documentación a aportar

Documentos obligatorios:

  • Comunicación para la puesta en servicio (EP-con proyecto)
  • Proyecto técnico de la modificación de la instalación
  • Certificado de dirección de obra (CDO)
  • Certificado de modificación de la instalación de empresa instaladora EIP-2
  • Declaraciones de conformidad CE de los equipos modificados en la instalación (o certificados de fabricación y primera prueba de presión)

Otros documentos:

  • Datos técnicos de los equipos con más de 1 cámara (en su caso).
  • Relación completa de los equipos de la instalación después de la modificación (en su caso)
  • Declaración de competencia de la persona autora del proyecto o CDO (en caso de no estar visado el proyecto)

Tasas a aplicar

No aplica

Plazo de presentacion

Tras la finalización de la ejecución de la modificación de la instalación y antes de la puesta en funcionamiento


Lugar presentación solicitudes

Organismos autorizados.

Delegación Territorial de Araba/Álava
Samaniego, 2
01008-Vitoria-Gasteiz
Tel.: 945 017770
Faxa: 945 017787 - 017051

Delegación Territorial de Gipuzkoa
Easo, 10
20006-Donostia-San Sebastián
Tel.: 943 022500
Faxa: 943 022542

Delegación Territorial de Bizkaia
Concha jenerala, 23
48010-Bilbao
Tel.: 94 4031400
Faxa: 94 4031445

Descripción de los trámites

El titular, o en su nombre la empresa instaladora habilitada o el proyectista, debe presentar enla Delegación Territorialcorrespondiente una COMUNICACIÓN PARALA PUESTA EN SERVICIOde la instalación modificada, acompañada de la documentación exigida por la reglamentación vigente, para acreditar que la modificación de instalación cumple con los requisitos reglamentarios. La tramitación podrá efectuarse de forma telemática en el portal web del Departamento competente en materia de Industria habilitado al efecto.

Teletramitación

Una vez se haya presentado dicha Comunicación ante la Administración, la instalación puede ponerse en funcionamiento.

El justificante de que el titular ha cumplido con los requisitos administrativos, es el propio documento de ?COMUNICACIÓN PARA LA PUESTA EN SERVICIO? con el sello del registro de entrada enla Delegación Territorial.

En caso de no presentar la documentación obligatoria, no se presume el cumplimiento reglamentario, por lo que la modificación no podrá ponerse en funcionamiento.

La administración podrá realizar inspecciones ?in situ? de las instalaciones.


Órgano que resuelve

No existe resolución expresa para la puesta en servicio


Plazo de resolución

No aplica

Efectos del silencio

No procede


Fín de la vía administrativa

No procede


Recursos / Reclamaciones

No procede


Formularios

- Comunicación para la puesta en servicio (EP-con proyecto).

- Certificado de modificación de la instalación (anexo 8 de la Orden de 27 de julio de 2009).

Tramitación por Internet

Otros documentos

- Declaraciones de conformidad CE de los diferentes equipos (artículo 5 y anexo VI del RD 769/1999)

- Declaración de competencia de la persona autora del proyecto o CDO (en caso de no estar visado el proyecto)


Observaciones

La modificación de instalaciones está regulada por el artículo 8.2 del RD 2060/2008 y deberán ser realizadas por empresas instaladoras habilitadas en la categoría EIP-2 (anexo I del RD 2060/2008) (EIP-2 con técnico titulado competente en el diseño de instalaciones de equipos a presión).

En la Orden de 27-7-2009 se acompañan los modelos de los documentos a utilizar (ver anterior apartado de Formularios).

- Categorías de equipos a presión.

TIPO EQUIPO

FLUIDO

CUADRO

CATEGORÍA (PS x V o PS x DN)

Grupo 1

(Peligroso)

Grupo 2

(No peligroso)

I

II

III

IV

RECIPIENTE

Gas

x

1

>25

>50

>200

>1.000

x

2

>50

>200

>1.000

>3.000

Líquido

x

3

>200

>200

PS>10

PS>500

-

x

4

>10.000

PS>10

PS>500

V>10

-

-

CALDERA

Caldera vapor o agua sobrecalentada

5

V>2

>50

>200

>3.000

TUBERÍA

Gas

x

6

DN>25

DN>100

>1.000

DN>350

>3.500

-

x

7

>1.000

(DN>32)

>3.500

(DN>100)

>5.000

(DN>250)

-

Líquido

x

8

>2.000

>2.000

PS>10

(DN>25)

PS>500

-

x

9

PS>10

DN>200

>5.000

PS>500

DN>200

-

-

Nota

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.


Fecha de la última modificación

09/05/2017



Oficinas de la administración

Organización Sanitaria Integrada Bilbao-Basurto

Avenida Montevideo 18, 48013, Bilbao

Tknika-Centro de Innovacion para la Formacion Profesional

Barrio Zamalbide S/N, 20100, Errenteria

Artatzu Goiko Irale Irakastegia

Camino Artazu 5, 48003, Bilbao

Elika Fundación Vasca para la Seguridad Agroalimentaria

Calle Granja Modelo s/n, 01194, Alegría-Dulantzi

Centro Territorial de Gipuzkoa

Camino Maldatxo S/N, 20012, Donostia/San Sebastián

Centro Vasco de Transfusiones y Tejidos Humanos

Barrio Labeaga S/N, 48960, Galdakao

Delegacion Territorial de Araba-Educacion

Calle San Prudencio 18, 01005, Vitoria-Gasteiz

Cip Samaniego IPI

Calle Monseñor Estenaga 1, 01002, Vitoria-Gasteiz

Ivei-Instituto Vasco de Evaluacion e Investigacion Educativa

Calle Asturias 9, 48015, Bilbao

Fundación Basque Team Fundazioa.

Avenida De los Chopos S/N, 48992, Getxo

Unibasq - Agencia de Calidad del Sistema Universitario Vasco

Calle San Prudencio 8, 01005, Vitoria-Gasteiz

Delegación Territorial de Bizkaia

Calle General Ochoa 23, 48010, Bilbao

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.