Comunicación previa al inicio de la actividad de transporte de residuos peligrosos con carácter profesional
Comunicación previa al inicio de la actividad de transporte de residuos peligrosos con carácter profesional
Departamento / Organismo Autónomo
Medio Ambiente y Política Territorial
Órgano gestor
Dirección de Administración Ambiental
Objeto
Inscripción como Transportista de Residuos Peligrosos con carácter profesional en el Registro de Producción y Gestión de Residuos
Destinatarios/asLas personas físicas o jurídicas, con domicilio o sede social en la Comunidad Autónoma de Euskadi, que transporten residuos peligrosos con carácter profesional.
Se entiende como transportistas de residuos con carácter profesional los siguientes:
- El transporte de residuos por cuenta de terceros. El título habilitante que deberá poseer es el de transporte público discrecional de mercancías.
- El transporte por cuenta propia que realizan los gestores desde el productor hasta una instalación de tratamiento o bien desde una instalación de tratamiento a otra tercera. El título habilitante que deberá poseer es el de transporte privado de mercancías.
- El transporte que realiza un productor de residuos cuando transporta sus propios residuos de forma regular y habitual a una planta de tratamiento. El título habilitante que deberá poseer es el de transporte privado de mercancías. Se incluye en este punto el transporte de residuos de construcción y demolición producidos en una obra realizado por la empresa constructora a una planta de tratamiento.
Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados
Personas de contacto
Servicio de Residuos Peligrosos
Teléfono: 945 01 99 05
Documentación a aportarPresentar los siguientes documentos completados y firmados:
- Comunicación de transportista de residuos peligrosos (DOC, 37 KB) (DOC, 352 KB)
- Declaración responsable (DOC, 37 KB)
El escrito de comunicación previa al inicio de la actividad de transporte de residuos peligrosos con carácter profesional debe contener la siguiente información:
- Datos de identificación de la empresa y de su representante legal incluido NIF/CIF, domicilio social, CNAE, NIMA, teléfono y correo electrónico.
- Residuos a transportar identificados según la Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos.
- Contenido de la autorización de que disponga en virtud de la legislación vigente en materia de transporte de mercancías y acreditación de la vigencia y alcance de la póliza del seguro de responsabilidad civil suscrita para el desarrollo de dicha actividad (Anexo VIII.2.b) de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
- Listado de los vehículos a utilizar para el transporte de los residuos peligrosos (tipo de vehículo, matrícula, marca y modelo). Se deberá adjuntar copia de la documentación de los vehículos (fotocopia de los permisos de circulación, tarjetas de transportes de servicio públicas o privadas según corresponda, ficha técnica, así como tarjeta técnica con las inspecciones reglamentarias (ITV))
- En el caso de que la propiedad de los vehículos que figura en los permisos de circulación difiera de la persona física o jurídica que realiza la comunicación, ésta deberá acreditar la disponibilidad de los mismos (por ejemplo, mediante contrato de cesión suscrito por ambas partes).
- Descripción de las medidas a adoptar para asegurar que no se van a mezclar los residuos durante su manipulación y transporte.
- Declaración responsable del representante legal de la empresa en la que se responsabiliza de la adopción y mantenimiento de todas las medidas de seguridad requeridas en la normativa sectorial aplicable para realizar el transporte de los residuos objeto de comunicación.
- Documentación acreditativa de la suscripción de la garantía financiera exigible conforme a las normas aplicables, de conformidad con lo establecido en el artículo 20.4.b) de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Dado que la Ley básica anterior en materia de residuos no exigía este requisito para los transportistas por cuenta de terceros, procede determinar por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y los órganos ambientales de las comunidades autónomas los criterios para la fijación de dichas garantías financieras, posponiendo por tanto la acreditación de dicho requisito hasta ese momento.
Tasas a aplicar
No hay
Plazo de presentacionDurante todo el año
Lugar presentación solicitudes
VICECONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE
C/ Donostia-San Sebastian, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
OFICINA TERRITORIAL DE ARABA
C/ Portal de Foronda, 11
01010 Vitoria-Gasteiz
OFICINA TERRITORIAL DE BIZKAIA
C/ Gran Vía 85
48011 Bilbao
OFICINA TERRITORIAL DE GIPUZKOA
C/ Infanta Cristina, 11 'Villa Begoña'
20008 Donostia-San Sebastian
- La comunicación previa presentada ante el órgano ambiental, siempre que se acompañe de la totalidad de la documentación exigida surtirá efectos desde su presentación, tras lo cual podrá iniciarse el ejercicio de la actividad bajo la exclusiva responsabilidad del titular, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección atribuidas a la Administración pública.
- Si la comunicación estuviese incompleta o fuera insuficiente, se requerirá al interesado su subsanación, ordenándole la paralización de la actividad o dándole un plazo para proceder a dicha subsanación. Transcurrido el plazo concedido sin que aquel atienda dicho requerimiento, se le notificará la ineficacia de la comunicación presentada, procediendo de oficio a dar traslado de las actuaciones al Servicio de Inspección Ambiental al efecto de que, si procede, se inicien las actuaciones necesarias para comprobar la existencia de responsabilidad administrativa determinante de la incoación de expediente sancionador de acuerdo con la normativa vigente en materia de residuos.
- Una vez comprobada la suficiencia y adecuación de la documentación presentada, se procederá a la inscripción en el Registro de Producción y Gestión de residuos de la Comunidad Autónoma de Euskadi como Transportista de Residuos Peligrosos con carácter profesional, y a su publicación en los listados de gestores de la página web del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial, así como a su traslado al Registro de Producción y Gestión de Residuos estatal.
Órgano que resuelve
Dirección de Administración Ambiental
Plazo de resolución
No hay
Efectos del silencioEstimatorios
Fín de la vía administrativa
La resolución NO pone fín a la vía administrativa
Recursos / Reclamaciones
Comunicación de transportista de residuos peligrosos (DOC, 352 KB)
No hay.
Observaciones
Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
Fecha de la última modificación
10/06/2015
Trámites relacionados
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