Comunicación de haber realizado modificaciones no sustanciales en establecimientos hoteleros
Comunicación de haber realizado modificaciones no sustanciales en establecimientos hoteleros
Departamento / Organismo Autónomo
Turismo, Comercio y Consumo
Órgano gestor
Dirección de Turismo y Hostelería
Objeto
Comunicación obligatoria a la Oficina Territorial correspondiente de las ?modificaciones no sustanciales?, es decir, de los cambios y alteraciones que NO supongan una modificación de las instalaciones de infraestructura o características de los establecimientos que fueron originalmente declaradas a esta Administración. Para considerarse ?modificaciones no sustanciales?, las modificaciones NO han de afectar a su superficie, capacidad o a su propia clasificación como tal; y se tratarían de cambios tales como el cambio de titular, el cambio de denominación de la empresa, etc.
Dicha comunicación se debe de producir en el plazo de un mes a partir del momento en que se produzca la modificación, acompañando en todo caso los documentos necesarios.
Destinatarios/asTodos los establecimientos turísticos hoteleros que HAYAN REALIZADO ?modificaciones no sustanciales? (ver ?Objeto?).
Está excluida la simple tenencia de huéspedes.
Normativa reguladora
- Ley 13/2016, de 28 de julio, de Turismo
- DECRETO 6/2015, de 27 de enero, de segunda modificación del Decreto por el que se establece la ordenación de los establecimientos hoteleros, y de tercera modificación del Decreto por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro de Empresas Turísticas del País Vasco.
- DECRETO 201/2013, de 16 de abril, de modificación del Decreto por el que se establece la ordenación de los establecimientos hoteleros.
- Decreto 102/2001, de 29 de mayo, por el que se establece la ordenación de los establecimientos hoteleros.
- Decreto 199/2003, de 2 de septiembre, por el que se crea el Registro de Empresas y Establecimientos Turísticos del País Vasco.
- Decreto 178/2006, de 26 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 199/2003.
- Decreto de modificación de las disposiciones reguladoras de las empresas y establecimientos turísticos en la CAPV.
Personas de contacto
Técnicos de Gestión Turística en las Delegaciones Territoriales
OFICINA TERRITORIAL DE TURISMO Y COMERCIO DE ÁLAVA
Samaniego 2
01008 Vitoria-Gasteiz
Tef.: 945 01 70 55
E-mail: gema-etxenike@euskadi.eus
OFICINA TERRITORIAL DE TURISMO Y COMERCIO DE BIZKAIA
General Concha, 23
48010 Bilbao
Tef.: 944 03 14 78
E-mail: a-lekue@euskadi.eus
OFICINA TERRITORIAL DE TURISMO Y COMERCIO DE GIPUZKOA
Easo, 10
20006 Donostia-San Sebastian
Tef.: 943 02 25 64
E-mail: m-etxebeste@euskadi.eus
- Comunicación de haber realizado modificaciones no sustanciales en establecimientos hoteleros.
- Documentación justificativa de los cambios y/o alteraciones efectuados, p.e. en el caso de cambio de titularidad y/o denominación:
- Identificación del titular.
- Designación de nuevo representante.
- Título de propiedad o arrendamiento.
- Autorización de la persona propietaria.
Tasas a aplicar
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Plazo de presentacionDurante todo el año.
Lugar presentación solicitudes
Organismos autorizados.
Oficina Territorial correspondiente.
Documentación que debe presentar
Descripción de los trámites- Presentación de la comunicación y de la correspondiente documentación en la Oficina Territorial.
- Análisis de la documentación por parte del técnico/a. Si la documentación es incompleta, se requiere aporte de documentación complementaria.
- Si la documentación es correcta, personal de la Oficina Territorial modifica el registro y genera la notificación que es firmada por la Oficina Territorial.
- Comunicación al titular o representante del titular.
Órgano que resuelve
Oficina Territorial.
Plazo de resolución
Tres meses tras efectuar la oficina Territorial el requerimiento de la documentación (ver ?documentación a aportar?)
Efectos del silencioNo procede
Fín de la vía administrativa
No procede
Recursos / Reclamaciones
Formularios
Comunicación de realización de modificaciones NO sustanciales.
Solicitud de ampliación de plazo para aportar la documentación requerida.
Documentación que debe presentar
Otros documentos---
Observaciones
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NotaEsta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
Fecha de la última modificación
23/04/2018
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
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Artatzu Goiko Irale Irakastegia
Camino Artazu 5, 48003, Bilbao
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Delegacion Territorial de Araba-Educacion
Calle San Prudencio 18, 01005, Vitoria-Gasteiz
Cip Samaniego IPI
Calle Monseñor Estenaga 1, 01002, Vitoria-Gasteiz
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Avenida De los Chopos S/N, 48992, Getxo
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Calle San Prudencio 8, 01005, Vitoria-Gasteiz
Delegación Territorial de Bizkaia
Calle General Ochoa 23, 48010, Bilbao